Becas Prácticas UPV - Santander
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Becas Prácticas UPV - Santander: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Prácticas UPV - Santander, son convocadas por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) gracias a la colaboración del Banco Santander. Con el desarrollo de estas ayudas, ambos organismos convocantes pretenden facilitar el desarrollo de prácticas académicas a los alumnos que cursan estudios de Grado o Máster en esta universidad, en empresas o instituciones colaboradoras durante un periodo de tiempo de tres meses.
Estas becas además ofrecen la posibilidad de realizar las prácticas en el extranjero, lo que también contribuye a la movilidad de los estudiantes y la internacionalización de la formación.
La Universidad Politécncia de Valencia (UPV) es consciente de la importancia de una adecuada formación académica por parte de sus alumnos, pero también conoce el valor añadido que suponen las prácticas formativas de los mismos de cara a su inserción en el mundo laboral. Es por ello que entre muchas acciones encaminadas a facilitar la vida académica de sus alumnos, convoca las Becas Prácticas UPV - Santander.
Además de realizar las correspondientes tareas que les sean asignadas y de poner en práctica los conocimientos adquiridos, las personas que sean beneficiarias, también recibirán una dotación económica mensual, lo que sin duda les será de gran ayuda para sufragar parte de sus gastos personales y académicos.
Por todo ello, si eres estudiante de esta universidad y estás interesado en saber más sobre las Becas Prácticas UPV - Santander, te animamos a que consultes todos los datos que te facilitamos en esta web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 70
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las personas solicitantes de las Becas Prácticas UPV - Santander deben cumplir, tanto al término del plazo de solicitud como durante la realización de la práctica, los siguientes requisitos:
- Ser estudiante de la UPV en cualquiera de los estudios oficiales de grado o máster o de títulos propios de más de 60 ECTS, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria. No podrán participar en este programa los estudiantes de centros adscritos a la UPV ni los alumnos de intercambio.
- Contar con los requisitos necesarios para participar en los Programas de Cooperación Educativa, según el artículo 11 del Reglamento sobre prácticas en empresas e instituciones de los estudiantes de la UPV y demás normativa aplicable a las prácticas en empresa de la UPV, en todo aquello que no contradiga el requisito 1 indicado anteriormente.
La obtención de estas Becas quedará condicionada a que las personas beneficiarias tramiten y realicen una práctica bajo el marco legal establecido por el RD 592/2014 y siguiendo los procedimientos y documentación establecidos para tal fin por el Servicio Integrado de Empleo de la UPV.
Dotación
Cada una de las Becas Prácticas UPV - Santander está dotada con un máximo de 500€ Brutos, correspondientes a la realización de 1 mes de prácticas académicas externas (fuera de la UPV) de un mínimo de 4 horas diarias (20 horas semanales). Adicionalmente, los beneficiarios de una de estas “Becas Santander - Prácticas 2026”, podrán solicitar una Ayuda UPV complementaria de 250€ Brutos, en caso de que la práctica objeto de estas becas sea CURRICULAR de 150 horas totales (6 ECTS) y mes y medio de duración. El número total de estas Ayudas a conceder será de 70, concediéndose por orden de Baremación, detallado en la cláusula CUARTA de esta convocatoria.
De las citadas ayudas se descontarán los gastos correspondientes al cumplimiento de las obligaciones que, en materia de seguridad social, fiscal, de seguridad social o de cualquier otro tipo con carácter general, correspondan o puedan llegar a corresponder, por imperativo legal o reglamentario.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Prácticas UPV - Santander, junto con el resto de la documentación, se presentarán en la forma, lugar y plazo establecidos en la cláusula tercera de la convocatoria.
La presentación de la solicitud supone la aceptación de estas bases, así como de las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de becas y subvenciones.
Convocantes Asociados
Más información
Objeto
La Universitat Politècnica de València, en adelante UPV, a través del Servicio Integrado de Empleo dependiente del Vicerrectorado de Empleo, Formación Permanente y Lenguas, en lo sucesivo VEFPL, lanza una convocatoria de Becas para fomentar la empleabilidad de sus estudiantes a través de la realización de prácticas académicas externas en empresa, de acuerdo con las siguientes bases.
El objeto de esta convocatoria es la concesión de 70 “Becas Santander - Prácticas 2026” de 500€ Brutos cada una, a los estudiantes de grado o máster de la UPV que realicen una práctica académica externa (fuera de la UPV) de un mes de duración y un mínimo de 4 horas diarias (20 horas semanales), que comiencen en los plazos descritos en la cláusula “TERCERA” de esta Convocatoria. Si tu práctica supera las 5 h/día, la entidad de acogida deberá aportar una remuneración adicional teniendo en cuenta que la normativa UPV establece que el precio/hora mínimo de las prácticas es de 5 €/hora.
Adicionalmente, los beneficiarios de una de estas “Becas Santander - Prácticas 2026”, podrán solicitar una “Ayuda UPV complementaria para PRACTICAS CURRICULARES” de 250€ Brutos, en caso de que la práctica objeto de estas becas sea CURRICULAR de 150 horas totales (6ECTS) y mes y medio de duración. El número total de estas Ayudas a conceder será de 70, concediéndose por orden de Baremación, detallado en la cláusula CUARTA de esta convocatoria.
En caso de que la práctica se realice en el extranjero, la UPV se reserva el derecho de denegar y/o aplazar una beca, en caso de que la práctica se realice en un país que no ofrezca garantías sanitarias y de seguridad suficientes tanto en el momento de la Resolución de Concesión como en la fecha de inicio de la práctica.
El extracto de la convocatoria se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
Publicación del listado provisional de admitidos y excluidos
El órgano de instrucción publicará en el apartado de “Convocatorias y Becas” del apartado de Prácticas de la Web del SIE https://www.upv.es/contenidos/siepract/convocatorias-sie/ el listado provisional de solicitantes admitidos y excluidos, en el que se indicarán, en su caso, los motivos de la exclusión.
Los interesados dispondrán de un plazo de 5 días hábiles (dicho plazo será debido a que las prácticas de los estudiantes deben estar dentro del plazo de vigencia del convenio) para realizar las alegaciones y/o subsanaciones que tengan por conveniente.
Publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos
El órgano instructor, teniendo en cuenta las alegaciones y/o subsanaciones presentadas, publicará en el apartado de “Convocatorias y Becas” del apartado de Prácticas de la Web del SIE https://www.upv.es/contenidos/siepract/convocatorias-sie/ el listado definitivo de solicitantes admitidos y excluidos del procedimiento.
Baremación
La Comisión de Selección evaluará las solicitudes en base a los criterios objetivos de concesión establecidos en la base quinta y emitirá el correspondiente informe motivado.
Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor, según la puntuación obtenida, determinándose así el orden de concesión de estas Becas.
La Comisión de Selección podrá declarar desierto cualquiera de las Becas por no alcanzar las candidaturas la calidad exigida u otros motivos que serán debidamente motivados.
Propuesta de resolución
El Órgano de Instrucción, teniendo en cuenta los informes emitidos por la Comisión de Selección y el expediente, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se publicará en el apartado de “Convocatorias y Becas” del apartado de Prácticas de la Web del SIE https://www.upv.es/contenidos/siepract/convocatorias-sie/ .
Se concederá un plazo de 5 días hábiles, (dicho plazo será debido a que las prácticas de los estudiantes deben estar dentro del plazo de vigencia del convenio), para presentar las alegaciones y/o aportar los documentos que estimen oportunos frente a esta propuesta de resolución.
El órgano instructor, teniendo en cuenta las alegaciones presentadas, elevará propuesta de resolución definitiva al Rector.
Resolución definitiva
El Rector dictará la resolución motivada de concesión definitiva, que se publicará en el apartado de “Convocatorias y Becas” del apartado de Prácticas de la Web del SIE https://www.upv.es/contenidos/siepract/convocatorias-sie/ en fecha no posterior a 3 meses desde la fecha de publicación de la Convocatoria en el DOGV. Así mismo, se comunicará también a todos los interesados vía correo electrónico.
En el caso de que se deba modificar la resolución de concesión por incumplimiento de los requisitos de los beneficiarios, renuncia de la persona ganadora o por cualquier otra causa justificada, se establecerá una lista de reserva con las puntuaciones asociadas a cada participante y en el caso de que no exista, se declarará desierta la ayuda. La lista de espera para el proceso de Marzo/Abril finalizará el 01/07/2026, y para el proceso de septiembre/octubre el 1/02/2027.
Aceptación de la beca
Tras la concesión de la beca por resolución del Rector de la UPV, será necesaria la aceptación de la ayuda en el plazo máximo de 3 días hábiles a contar desde la fecha de la publicación de la Resolución de concesión definitiva, mediante el envío a becaspracticas@sie.upv.es de la documentación firmada digitalmente con certificado electrónico, cuyos modelos recibirán los beneficiarios por correo electrónico tras la publicación de la “Resolución Definitiva”, así como la solicitud de ampliación, si procede, en el cuerpo del correo. Para aquellos a quienes se les haya concedido la beca por la “lista de espera”, el plazo anteriormente citado será máximo de 1 días hábil desde la comunicación de la concesión de la ayuda.
Criterios de valoración
La concesión de la ayuda se efectuará mediante el régimen de concurrencia competitiva.
Los baremos y criterios de valoración que se apliquen serán objetivos, no discriminatorios y respetarán el principio de igualdad.
Las solicitudes presentadas serán baremadas conforme a los siguientes criterios:
Baremo = (Nota Persona – Nota Titulación) + No Beca anterior + Curricular + Organismo Público
Siendo:
Nota Persona = Nota media de la titulación de cada persona candidata. El Departamento o Servicio de la UPV que corresponda proporcionará a la Comisión de Selección la información sobre la nota media de los candidatos que han formalizado la solicitud.
Nota Titulación = Nota media de la titulación del candidato del curso anterior a la fecha de inicio de la presente convocatoria (curso 2024/2025). El Departamento o Servicio de la UPV que corresponda proporcionará a la Comisión de Selección la información sobre la nota media de la titulación del candidato. En aquellos casos en los que, de forma excepcional, no se pueda determinar la nota media del candidato o la nota media de la titulación del curso anterior, la Comisión de Selección articulará medidas adicionales, como utilizar la nota media de otros cursos.
No haber disfrutado de una Beca Santander Prácticas: Considerando que el estudiantado puede presentarse a varios procesos de selección en el marco de las Becas Santander para Prácticas, todo candidato que no haya disfrutado anteriormente de una “Beca Santander para Prácticas” en esta o en anteriores convocatorias, contará con 5 puntos.
Toda práctica que sea CURRICULAR recibirá 2 puntos.
Toda práctica que se realice en un Organismo público o entidad vinculada a una administración pública recibirá 2 puntos.
En el caso de que se produzca un empate en la baremación y no exista dotación presupuestaria suficiente para otorgar a cada uno de los candidatos empatados una beca en las condiciones establecidas en la presente convocatoria, este empate se resolverá concediendo la beca al que mayor número de créditos de su titulación tenga aprobados; si el empate persiste se resolverá mediante sorteo.
En el caso de que el número de solicitudes aceptadas sea igual o inferior al número de becas disponibles, no será necesario proceder a la baremación de las solicitudes.
Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias de las becas quedan obligadas a:
- Aceptar las bases de la presente convocatoria
- Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede
- Presentar los certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social; si no se ejerce actividad económica, en este caso, se debe presentar una declaración responsable
- Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizar los órganos competentes, quedando obligadas a facilitar toda la información y documentación que les pueda ser requerida
- Aceptar y llevar a cabo los procesos de tramitación y gestión establecidos tanto en las presentes bases (https://www.upv.es/contenidos/siepract/convocatorias-sie/) como en la normativa e instrucciones UPV para la gestión de prácticas en empresa (https://www.upv.es/contenidos/siepract/17477-2-2/). No se aceptará la utilización de modelos de convenios de prácticas distintos a los establecidos por el SIE-UPV
- Llevar a cabo la práctica a través del Programa de Cooperación Educativa entre la UPV y la entidad elegida, gestionado por el Servicio Integrado de Empleo, dentro de los plazos establecidos en la convocatoria de estas becas
- Asegurarse de que el Servicio Integrado de Empleo reciba en un plazo máximo de 7 días hábiles desde la finalización del convenio el informe de evaluación, tanto del estudiante como del tutor de la entidad/empresa, por cada convenio de prácticas ligado a estas becas, de acuerdo con el modelo, procedimiento y plataforma establecidos por la UPV
- Comunicar la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, con cargo a presupuestos generales del Estado u organismos de la Administración autonómica, local o institucional o entidades públicas o privadas
- Aceptar las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de becas y subvenciones
El incumplimiento de estas obligaciones, así como la falta de presentación del informe de evaluación en los plazos establecidos, supondrá la pérdida de la ayuda y, en su caso, la devolución de las cantidades ya percibidas.
Compatibilidad
Las becas objeto de la presente convocatoria serán compatibles con la percepción, para el mismo curso, de cualquier otra beca o beneficio económico otorgado para la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado u organismo de la Administración autonómica, local o institucional o entidades públicas o privadas.
Enlaces de interés
https://www.upv.es/contenidos/siepract/wp-content/uploads/2026/03/Conv_Bases_Becas-PRACTICAS-UPV_2026_cas.pdf
Documentación a adjuntar
A través del formulario online deberá adjuntarse:
- Justificante de la inscripción realizada en la plataforma Santander (copia en pdf del correo recibido al inscribirse)
- Carta de aceptación de la empresa, firmada digitalmente por la empresa (según modelo UPV)
- En caso de solicitar la beca para una práctica curricular, copia de la matrícula en la asignatura de práctica curricular
Se aceptará una única solicitud por persona. En caso de que se reciban varias solicitudes, será válida únicamente la solicitud más correcta y beneficiosa para la persona candidata. El resto de solicitudes se eliminarán.
Plazos de presentación de la documentación y concesión máxima por proceso:
Se establece una convocatoria abierta con dos procesos de selección:
Proceso marzo/abril – prácticas curso 25/26 – edición I
- Importe máximo a otorgar: 25.000€ (50 becas Santander) + 12.500€ (ayuda complementaria UPV)
- Plazo de presentación de solicitudes: desde la publicación en el DOGV de la presente convocatoria hasta el 16/04/2026
- Las prácticas deberán realizarse durante el periodo del 01/07/2026 al 31/08/2026 (en caso de curriculares de 6 ECTS hasta el 15/09/2026) y comenzando siempre el primer día del mes
Proceso septiembre/octubre – curso 26/27 – edición II
- Importe máximo a otorgar: 10.000€ (20 becas Santander) + 5.000€ (ayuda complementaria UPV), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Plazo de presentación de solicitudes: desde el 25/06/2026 hasta el 02/10/2026
- Las prácticas deberán realizarse durante el periodo del 01/12/2026 al 28/02/2027 (en caso de curriculares de 6 ECTS hasta el 15/03/2027) y comenzando siempre el primer día del mes
De acuerdo con el artículo 59, apartado 5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido las becas correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones que recaigan en el marco de esta misma convocatoria.




