Universidad de Valencia (UV)

Becas Ayudas para la colaboración en la investigación

Becas de estudiosUniversitarios

INSCRIPCIONES

02/10/202325/10/2023
Finalizada

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Becas Ayudas para la colaboración en la investigación: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Valencia (UV) abre el plazo de solicitud para la convocatoria de las Becas Ayudas para la colaboración en la investigación para los estudiantes de la Universidad de Valencia.

Las Becas Ayudas para la colaboración en la investigación tienen como objetivo iniciar a los estudiantes de la Universidad de Valencia en las tareas de investigación. Las tareas de investigación estarán vinculadas con los estudios realizados, facilitándoles así en la orientación para entrar en el mercado laboral profesional y en el campo de la investigación.

Estas becas ayudas van destinadas a los alumnos que hayan terminado sus estudios de Grado o a aquellos que estén realizando el primer curso de uno de los másteres ofrecidos por la Universidad de Valencia. Para la adquisición de una de las Becas Ayudas para la iniciación a la investigación, se realizará un cálculo de la nota media del expediente académico.

Los beneficiarios de las Becas Ayudas para la iniciación a la investigación recibirán una ayuda económica de 1.000€ a cada uno de los candidatos seleccionados.

Si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad de Valencia, aquí puede encontrar todo lo que necesitas saber. Te ofrecemos toda la información sobre las Becas Ayudas para la iniciación a la investigación de la Universidad de Valencia, requisitos, plazos y como solicitarla.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Salud y Biología
  • Turismo, Ciencias Sociales y Educación
  • Artes y Humanidades
  • Arquitectura e Ingenierías
  • Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Pueden obtener la ayuda para la iniciación en la investigación los y las estudiantes de Grado que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos siguientes:

  1. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo nivel o nivel superior al que corresponde a los estudios desde los que solicitan la ayuda.
  2. Estar matriculados el curso 2023-2024 en centros propios de la Universitat de València, de la totalidad de las asignaturas o créditos que le faltan para cumplir los requisitos para la obtención del título. En caso de que las persones candidatas opten para realizar créditos por participación en actividades universitarias o estén pendientes de incorporarlos a sus expedientes, tienen que indicar este hecho en el formulario electrónico de solicitud, en el apartado “Observaciones”.
  3. Haber superado 180 créditos con fecha 30 de septiembre de 2023.
  4. Tener como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior, sin valorar las calificaciones correspondientes al curso 2023-2024, la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
  5. 6,00 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura.
  6. 7,00 puntos para las ramas de Ciencias y Ciencias de la Salud.
  7. 7,50 puntos para las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas y Artes y Humanidades.
  8. En el caso de estudiantes y estudiantes de doble grado, todos los requerimientos académicos establecidos en estas bases se valorarán en referencia al expediente de la doble titulación.

El estudiantado de primer curso de másteres oficiales debe cumplir, cuando termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • a. No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de máster oficial o de doctor/a.
  • b. Estar matriculado, en el curso 2023-2024, de primer curso del máster por primera vez, y en la totalidad de los créditos de primero. No se admite matrícula parcial.
  • c. Haber obtenido, como nota media en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que den acceso al máster, las siguientes calificaciones según la rama de conocimiento:
    • 6,00 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura.
    • 7,00 puntos para las ramas de Ciencias y Ciencias de la Salud.
    • 7,50 puntos para las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas y Artes y Humanidades.

Dotación

La dotación total y única de la ayuda para todas las personas beneficiarias es de 1.000 euros, que en ningún caso tiene consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación. La concesión de esta ayuda no comporta la exención del pago por parte de la persona beneficiaria de los precios públicos por servicios académicos.

La Universitat de València suscribirá un seguro de accidentes y/o de responsabilidad civil para las personas beneficiarias de estas ayudas, en caso de que estas responsabilidades no estén atendidas por otras coberturas públicas o privadas de las que ya se beneficien los estudiantes y las estudiantes por el hecho de serlo.

Las acciones financiadas por estas ayudas deben desarrollarse entre la fecha de aceptación de la ayuda y el día 31 de agosto de 2023, con una dedicación de 225 horas.

Presentación

Las solicitudes deben presentarse mediante el procedimiento disponible en la sede electrónica de la Universidad de Valencia [https://seu.uv.es], en aplicación del acuerdo 92/2020 de 23 de junio, del consejo de gobierno de la Universidad de Valencia, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Electrónico Generalde la UV.

Más información

Cálculo de la nota media del expediente académico.

  1. Para calcular la nota media de cada candidato/a a efectos de esta convocatoria, se tiene que tomar la nota media de su expediente académico, en la escala 0-10.
  2. Si en el expediente no figura la calificación numérica, la valoración de las calificaciones obtenidas se tiene que hacer de acuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:
  • Matrícula de honor: 10,00 puntos
  • Excelente: 9,00 puntos
  • Notable: 7,50 puntos
  • Aprobado: 5,50 puntos
  • Suspenso o no presentado: 2,50 puntos

Para calcular la nota media, hay que tener en cuenta las siguientes reglas:

  1. No se tienen que contabilizar los créditos que, según los planes de estudios, solo se pueden calificar de Apto, ni el reconocimiento de créditos en que no haya calificación.
  2. Los créditos convalidados y los créditos adaptados se tienen que computar con la calificación obtenida en el centro o estudios de procedencia. Si no se especifica la calificación obtenida, se tiene que valorar como aprobado con 5,50 puntos.
  3. Para obtener la nota media, la puntuación de cada asignatura se tiene que ponderar en función del número de créditos que la integran, de acuerdo con la fórmula matemática siguiente: V=(P x NCa)/NCt. V = valor resultante de la ponderación de la nota obtenida en cada asignatura,P = puntuación de cada asignatura de acuerdo con la tabla de equivalencias, NCa = número de créditos que integran la asignatura, NCt = número de créditos total cursados.
  4. Los valores resultantes de aplicar esta fórmula a cada asignatura se tienen que sumar y el resultado es la nota media final.
  5. Solo hay que tener en cuenta las calificaciones que figuran consolidadas en el expediente a fecha de 30 de septiembre de 2023.
  6. En caso de personas solicitantes que cursan estudios de Máster oficial, se valorará la nota media de los estudios que dieron acceso: Grado o primero y segundo ciclo de Licenciaturas o Ingenierías.

Tramitación

La unidad administrativa del Servicio de Información y Dinamización (Sedi) de la Universidad de Valencia instruye el procedimiento de concesión de las ayudas.

Las notificaciones que tengan lugar en las diferentes fases de la instrucción se realizarán, en su caso, a través dela Sede electrónica de la Universidad de Valencia, y de acuerdo en las disposiciones que la regulen.

La convocatoria y la resolución de concesión de estas ayudas deben publicarse, con efectos de notificación, en el Tablón oficial de la Universidad de Valencia [https://tauler.uv.es] y deben comunicarse a todas ellas las personas que han solicitado la ayuda.

Si la solicitud no reúne todos los requisitos, la unidad instructora deberá requerir a la persona interesada que los subsane en un plazo de 10 días, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, e indicarle que, en caso contrario, se entiende que desiste de la petición y que se archiva, previa resolución dictada al efecto de acuerdo con el artículo 21.1 de la citada ley.

Procedimiento de selección y resolución

Una comisión nombrada por la rectora de la Universidad de Valencia, a propuesta de la vicerrectora de Estudios, evalúa las solicitudes y realiza una propuesta de concesión. Esta comisión está integrada por el delegado de Estudiantes que actúa como presidente, por una persona representante del Servicio de Gestión de la Investigación, dos personas representantes del Sedi, una de las cuales actúa como secretaria y uno ouna estudiante claustral.

El procedimiento para la evaluación y selección de las personas candidatas es el siguiente:

  • a. Recibidas las solicitudes, la unidad de tramitación elabora una relación por departamento, instituto y ERI con las candidaturas que cumplan los requisitos académicos de la convocatoria (punto 2 de estas bases) y junto con las propuestas de colaboración en la investigación que corresponda, la remite a los departamentos,institutos y ERIs interesados para que den el visto bueno a las propuestas entregadas. A tal efecto, se considera departamento, instituto o ERI interesado aquél en el que tiene la adscripción investigadora el personal docente y/o investigador propuesto para supervisar la colaboración.
  • b. Los departamentos, institutos y ERIs remiten a la unidad de tramitación una relación de las propuestas que tienen el visto bueno consejo del departamento, el consejo del instituto o de la estructura equivalente del ERI, que debe ser motivado. Las propuestas deben cumplir todo lo que establece el punto 6.a), de estas bases. Una vez obtenido el visto bueno, las propuestas no se podrán cambiar, a no ser por causa de fuerzamayor justificada y acreditada. En este caso, es necesaria notificación previa al Sedi del departamento, del instituto o del ERI correspondiente.
  • c. Las solicitudes de los y las estudiantes, cuando sus propuestas tengan el visto bueno del departamento,del instituto o del ERI, se ordenan por nota media del expediente, de acuerdo con los puntos 2.1 .d) y2.3 de estas bases, de mayor a menor. En caso de haber empates, tendrán prioridad los expedientescon más asignaturas calificadas con matrícula de honor; en caso de persistir el empate, quien tengamás asignaturas calificadas con excelente, notable, etc. Una vez ordenados, se asigna una ayuda a cada estudiante, hasta un máximo de 60, respetando el orden denota y sin repetir departamento ni instituto ni ERI. Excepcionalmente, pueden coincidir hasta dos personas beneficiarias, en departamentos, institutos o ERIs (ver anexo II) en los que veinticinco miembros o más del personal docente e investigador, a tiempo completo o equivalente, hayan obtenido, al menos, diez puntos por persona en la anterior memoria de investigación evaluada.Si llegados al final de la lista ordenada de personas candidatas quedan ayudas por asignar, se repite el mismo procedimiento tantas veces como sea necesario, y aplicando los mismos criterios, hasta la concesión de todas las ayudas. Asimismo, las personas candidatas que, aun cumpliendo los requisitos académicos y habiendo adjuntado la documentación adecuada, no obtengan ninguna ayuda,conformarán una lista de espera, ordenada según la nota media del expediente.
  • d. Con estos resultados, la comisión elabora una propuesta de resolución de concesión. La vicerrectora de Estudios de la Universidad de Valencia, resuelve la adjudicación provisional de estas ayudas,estableciéndose un plazo de 10 días para la presentación de posibles alegaciones.e) Resueltas las alegaciones, la vicerrectora de Estudios de la Universidad de Valencia emitirá resolución definitiva, dentro de los seis meses siguientes a la publicación de la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 25 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Aceptación

Las personas beneficiarias de las ayudas deben comunicar al Sedi la aceptación de la ayuda económica ola renuncia en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de concesión definitiva. La aceptación debe realizarse preferentemente mediante la sede electrónica o en cualquier registro de la Universidad. Si no se entrega este documento en el plazo establecido, se entenderá que se renuncia a la ayuda, de acuerdo con el arte. 94 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El Sedi facilitará un modelo deaceptación y renuncia.

Las renuncias que pudieran existir desde la fecha de publicación de la resolución de concesión definitiva de las ayudas, podrán ser cubiertas con la adjudicación del número de ayudas que se queden sin asignar, ofreciéndolas a las personas incluidas en la lista de espera. A tal efecto,se podrán realizar como máximo dos nuevas adjudicaciones: la primera, un mes después dela publicación y la segunda, en el mes siguiente. Las nuevas adjudicaciones de las ayudas se asignarán a las personas de la lista con los criterios establecidos en el punto 8.2 c) de estas bases. Antes de dictar resolución, se comunicará a las personas candidatas esta opción y seles informará que tendrán que aceptar la ayuda en el plazo improrrogable de 5 días; en caso de no aceptar la ayuda, se ofrecerá a la siguiente persona incluida en la lista de espera.

Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con las siguientes becas y ayudas:
  • Becas de colaboración de estudiantes y estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2023-2024, del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Cualquier beca, ayuda o contrato de carácter predoctoral, en el marco de convocatorias públicas deI+D+i.
  • Cualquier otra beca o ayuda, con igual finalidad y desarrollada simultáneamente, financiada con fondos públicos o privados, españoles o comunitarios. Asimismo, será también incompatible con relaciones contractuales que tengan la misma finalidad en el marco de proyectos de investigación,convenios o similares.
  • Estas ayudas pueden compatibilizarse con otras becas, ayudas o contratos con distinta finalidad,siempre que no se superpongan con el tiempo de dedicación de esta ayuda, y siempre que no se especifique la incompatibilidad en aquellas becas, ayudas o contratos.

Documentación a adjuntar

Con la solicitud, es necesario aportar la siguiente documentación:

  • a. Documento para la descripción de la propuesta de la colaboración en la investigación, redactado por elestudiante, según el modelo facilitado por el Sedi [www.uv.es/sedi > Ayudas] que se ajuste a los objetivos de esta convocatoria.Este documento debe contener:
    1. Línea o proyecto de investigación que esté desarrollándose en el departamento, en el instituto o enel ERI ya la que se incorporará la persona solicitante para realizar su colaboración.
    2. Nombre y categoría docente del personal docente y/o investigador que supervisará las labores de colaboración, de acuerdo con el apartado 4.5 de estas bases. La tarea de supervisión debe realizarla una única persona.
    3. Departamento, instituto o ERI al que está adscrito, a efectos de investigación, el personal supervisor especificado en el punto anterior.
    4. Descripción detallada de las tareas y actividades que debe cumplir el estudiante durante la colaboración, considerando que la duración debe ser de 225 horas. El objeto de la colaboración no puede constituir un trabajo original de la persona solicitante, ni el contenido del TFG/TFM ni de las prácticas curriculares o extracurriculares.
    5. La descripción, de forma expresa, del impacto formativo complementario que su desarrollo tendrá en algunas de las competencias asociadas a las materias obligatorias de la titulación que está cursando la persona solicitante.
    6. Esquema de la dedicación a la colaboración, en el que se indique número de horas que dedicará a cada actividad prevista, número de semanas que ocupará la colaboración, número de horas por semana etc. Hay que tener en cuenta que la colaboración no podrá iniciarse antes de que se resuelva esta convocatoria (enero de 2024 aproximadamente) y que debe finalizar antes del 31.08.2024.
  • b. En el caso de estudiantes de máster, si las calificaciones de los estudios previos proceden de otra institución académica distinta a la Universidad de Valencia, se adjuntará copia de la certificación académica oficial en la que figure la nota media calculada según el baremo indicado en el punto 2.3 de estas bases. Además, si la universidad de origen es una universidad extranjera, las calificaciones deben estar convertidas al sistema de calificaciones español, mediante el procedimiento previsto para tal efecto en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • c. En caso de que el estudiante desee cambiar la cuenta bancaria que haya facilitado en el momento de efectuarla matrícula en los estudios que esté cursando, o en caso de que el pago de ésta se haya efectuado por otro medio, y la Universitat de València no tenga ninguna cuenta bancaria vinculada a la persona solicitante,deberá aportarse documento de titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud, emitida por la entidad bancaria correspondiente, en la que debe constar el número de cuenta y la titularidad, que debe ser de la persona solicitante.
  • d. En el caso de las personas que cursan un máster, cuando los estudios previos de acceso al máster se hayan realizado en el extranjero, será necesario adjuntar una declaración responsable en la que conste que no dispone, ni reúne las condiciones para obtenerla, de otra titulación del mismo nivel o superior a la de los estudios desde los que solicita la ayuda.Puede requerirse la presentación de los documentos originales para cotejarlos con los presentados o cualquier otro documento que se considere necesario para la concesión de estas ayudas.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Valencia (UV) abre el plazo de solicitud para la convocatoria de las Becas Ayudas para la colaboración en la investigación para los estudiantes de la Universidad de Valencia.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas para la colaboración en la investigación" es: desde 02/10/2023 hasta 25/10/2023.

La Beca "Becas Ayudas para la colaboración en la investigación" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Ayudas para la colaboración en la investigación" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes