Becas Erasmus + Estudios USAL
INSCRIPCIONES
Becas Erasmus + Estudios USAL: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Salamanca convoca las Becas Erasmus + Estudios USAL para el curso académico 2027/2028, una oportunidad excelente para que los estudiantes universitarios amplíen su formación en instituciones de educación superior de otros países y disfruten de una experiencia internacional enriquecedora.
Estas ayudas, financiadas con fondos europeos del programa Erasmus+, están destinadas a cubrir parte de los gastos adicionales que supone estudiar en el extranjero. Las estancias pueden tener una duración de entre 2 y 12 meses, en función de las condiciones de movilidad y de la universidad de destino. La ayuda económica mensual dependerá del país elegido y de la disponibilidad presupuestaria. También podrán concederse ayudas de viaje y complementos para estudiantes con menos oportunidades, así como financiación adicional para desplazamientos ecológicos.
Para solicitar las Becas Erasmus + Estudios USAL, es necesario estar matriculado en estudios oficiales de la Universidad de Salamanca y cumplir los requisitos académicos y lingüísticos establecidos. En los estudios de Grado, se exige haber superado al menos 30 créditos ECTS de la titulación correspondiente. Además, los solicitantes deberán acreditar el nivel de idioma requerido por la universidad extranjera.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 13 al 30 de octubre de 2026, ambos inclusive, a través de la sede electrónica de la Universidad de Salamanca.
Si quieres estudiar en el extranjero y mejorar tu perfil académico y profesional, consulta aquí toda la información sobre las Becas Erasmus + Estudios USAL, los requisitos, los plazos y el procedimiento de solicitud.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Portugal
- Italia
- Polonia
- Lituania
- Chipre
- Nacionalidades
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Requisitos para solicitar las Becas Erasmus + Estudios USAL
Los interesados en solicitar las Becas ERASMUS deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:
- Podrán solicitar beca los estudiantes de cualquiera de los países participantes en el Programa Erasmus+ que se relacionan en el presente documento, así como aquellas personas que, no siendo nacionales de uno de ellos, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
- Los interesados deberán estar matriculados en estudios de la Universidad de Salamanca conducentes a la obtención de un título oficial. En el caso de estudios de Grado, tener superados, en el plazo establecido para presentar solicitudes en cada convocatoria, al menos 30 créditos ECTS en el Grado para el que vaya a solicitar la movilidad internacional.
- En ningún caso pueden adjudicarse becas a quienes, tras la valoración de su expediente académico, no hayan obtenido una puntuación igual o superior a 5.
- Se podrá optar a una beca Erasmus en una sola titulación de las que se imparten en la Universidad de Salamanca.
- El estudiante deberá justificar el nivel de idioma exigido por la universidad de destino.
- Para más información sobre cursos de idiomas, exámenes oficiales o validez de certificados para la justificación de los conocimientos lingüísticos, se consultará al Servicio Central de Idiomas, situado en la C/ Libreros nº 30 (2ª planta), 37008 Salamanca. Teléfono: 923294494. Email: idiomas_becas@usal.es
Dotación
Condiciones económicas de las Becas Erasmus + Estudios USAL:
La cuantía global máxima estimada de la presente convocatoria es de 2.300.000,00 euros con cargo a la clave orgánica 18.02.41 y clave funcional 324M.C.01 de fondos europeos.
- La institución extranjera de acogida eximirá de las tasas universitarias, que sí serán abonadas en la Universidad de Salamanca.
- Las Becas ERASMUS están destinadas a cubrir los gastos adicionales que supone estudiar en el extranjero.
- Por duración de la Beca Erasmus se entiende el período de estudios que se realice en el extranjero, sin que tenga que coincidir necesariamente con el período de beca que se financie. El número de meses que puede durar la estancia Erasmus está comprendido entre 2 y 12 meses.
- Los estudiantes podrán recibir una ayuda financiera mensual con fondos europeos. No obstante, hasta que no se produzca la adjudicación de presupuesto a la Universidad de Salamanca, por parte del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), no se podrá conocer con exactitud qué número de becas podrán ser financiables y qué número de meses podrán estar sujetos a financiación. En caso de que los fondos adjudicados a la Universidad de Salamanca no permitan financiar todas las estancias solicitadas, se aplicarán criterios de adjudicación basados en la valoración ponderada del expediente académico.
- La ayuda individual mensual europea dependerá del país de destino, de acuerdo con los siguientes grupos, clasificados según su nivel de vida:
Movilidades físicas de larga duración (2-12 meses)
- Grupo 1. Países con costes de vida más altos: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia.
- Terceros países asociados al programa Erasmus: Reino Unido, Suiza.
- Grupo 2. Países con costes de vida medios: Chequia, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia, Malta y Portugal.
- Grupo 3. Países con costes de vida más bajos: Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y Turquía.
Los estudiantes recibirán una ayuda de viaje en función del tramo de distancia entre Salamanca y la ciudad de la universidad de destino.
- Los beneficiarios de Becas Erasmus podrán recibir ayudas adicionales para la realización de viajes ecológicos: utilización de medios de transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto, tales como autobús, ferrocarril o automóvil compartido, y los viajes en barco se considerarán desplazamientos ecológicos si se combinan con otros medios de transporte de bajas emisiones.
- Cualquier periodo de movilidad de estudiantes para estudios en el extranjero, de cualquier duración, puede realizarse como movilidad combinada, es decir, movilidad física con un componente virtual, si bien los periodos virtuales no llevan consigo la percepción de ayuda individual mensual.
- Las becas Erasmus serán compatibles con cualquier otra ayuda adicional de fondos nacionales, regionales o locales, de organismos públicos o privados o un préstamo, siempre que las correspondientes convocatorias no expresen algo en contra.
- La Junta de Castilla y León convoca ayudas complementarias para financiar las movilidades para estudios en el marco del Programa Erasmus. La convocatoria y las condiciones para participar en ella serán anunciadas a todos los posibles beneficiarios.
- Existe también una ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades. Esta ayuda podrán recibirla los estudiantes que cumplan y acrediten algunas de las situaciones siguientes:
DISCAPACIDAD
a. Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, o un grado de discapacidad equivalente, en el caso de estudiantes extranjeros.
OBSTÁCULOS SOCIOECONÓMICOS
- b. Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad o en el curso académico en el que se realice la movilidad.
- c. Percibir la unidad familiar una prestación de Ingreso Mínimo Vital/Renta Mínima de Inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.
- d. Encontrarse en riesgo de exclusión social.
- e. Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.
- f. Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o encontrarse en situación de orfandad.
- g. Encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo.
- h. Tener un contrato de trabajo a tiempo completo. Este contrato se mantendrá en vigor durante el periodo de movilidad, o se estará en situación de excedencia para llevarla a cabo.
DIFERENCIAS CULTURALES
i. Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
La acreditación por parte de los participantes de cualquiera de las situaciones que dan derecho a la percepción de esta ayuda adicional se deberá realizar en los plazos que se establezcan.
Los estudiantes con menos oportunidades no pueden ser participantes con beca cero.
- El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) podrá convocar a través de las distintas universidades ayudas complementarias para estudiantes con discapacidad o necesidades especiales. La información sobre requisitos de las mismas será publicada en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales.
Consulta las tablas de ayudas económicas aquí:
https://internacional.usal.es/wp-content/uploads/sites/194/2026/10/Ayudas_Erasmus_USAL_2027_2028.pdf
Presentación
El enlace de las solicitudes on-line para las Becas Erasmus + Estudios USAL, está disponible en https://sede.usal.es/procedimientos?param1=JUSERA. Las solicitudes se podrán presentar en la sede electrónica de la Universidad de Salamanca desde el 13 hasta el 30 de octubre de 2026, ambos incluidos.
De acuerdo con la legislación aplicable y vigente de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, los requisitos exigidos en la convocatoria deberán reunirse dentro del plazo de solicitud correspondiente en ella establecido.
Una vez finalizado el plazo correspondiente de presentación de solicitudes no podrán ser aportados documentos que avalen nuevos requisitos no declarados inicialmente.
La no aportación de la documentación indicada en el plazo de presentación de solicitudes o en el de subsanación por su defectuosa acreditación, dentro del plazo de 10 días hábiles que a tal fin se otorgue al interesado, supondrá el desistimiento de su petición, de conformidad con lo recogido en la citada legislación.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio Central de Idiomas de la Universidad podrá realizar, de oficio, cuantos actos de instrucción se precisen para la debida acreditación y verificación del nivel de idioma exigido en la convocatoria, a cuyo fin recabará del interesado, a través de comunicación electrónica, la oportuna presentación de la documentación exigida.
Más información
Objeto
Por Resolución del Vicerrector de Internacionalización y Cooperación de la Universidad de Salamanca de fecha 6 de octubre de 2026, se convocan becas de movilidad de estudiantes en el marco del programa ERASMUS para el curso académico 2027/2028 en régimen de concurrencia competitiva y con cargo a los proyectos Erasmus 2025-1-ES01-KA131-HED-000307735 y 2026-1-ES01-KA131-HED-000414966.
Adjudicación de becas y publicación de la resolución
La valoración de las solicitudes y la propuesta de adjudicación de las becas se realizará en cada centro por la Comisión Internacional correspondiente, de acuerdo con el expediente académico, la justificación de conocimientos lingüísticos exigidos por las instituciones extranjeras de destino y aquellos otros que se establezcan en las normas complementarias de los centros.
La Comisión Internacional elevará sus propuestas de adjudicación al Vicerrector de Internacionalización y Cooperación, para la publicación de las resoluciones provisional y definitiva.
Se adjudicarán las ayudas a los solicitantes que cumplan con los requisitos y, en caso de empate entre varios participantes, el orden de selección se realizará alfabéticamente por el primero de su apellido de la letra «B», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 29 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 3 de julio de 2026).
Renuncia y cancelación
Los estudiantes nominados deben contactar inmediatamente con el Servicio de Relaciones Internacionales en caso de que renuncien a la beca.
Los estudiantes nominados se comprometen a responder de forma responsable a los correos enviados desde la institución de destino y desde el Servicio de Relaciones Internacionales. No responder a uno de estos correos equivale a la cancelación automática de la beca, que pasará al siguiente estudiante en lista de espera.
Contrato de estudios
Cada estudiante seleccionado formalizará un contrato con su Universidad, antes de iniciarse el periodo de movilidad, comprometiéndose a respetar las condiciones previamente establecidas hasta la finalización de los estudios previstos.
Obligación de los estudiantes
Durante el periodo de movilidad, los estudiantes mantendrán sus obligaciones con la Universidad de origen, realizando de forma ordinaria en ella su inscripción, matrícula y pago de tasas, estando exentos de pagar estas en la universidad de acogida, donde, sin embargo, deberán realizar los trámites administrativos de inscripción y matrícula.
Reconocimiento de los estudios
Los estudios que se realicen con éxito académico en el extranjero serán reconocidos por la Universidad de Salamanca de acuerdo con lo establecido en las Normas Generales de la Universidad de Salamanca sobre Movilidad Internacional de Estudiantes. El reconocimiento de los estudios realizados por el estudiante en la institución de acogida únicamente podrá ser denegado si el estudiante no alcanza el nivel académico requerido por la institución de acogida o bien si incumple las condiciones relativas al reconocimiento acordadas por las instituciones participantes.
Silencio administrativo
Al vencimiento del plazo máximo establecido en el presente procedimiento sin que se haya publicado la correspondiente resolución, los interesados que hubieren participado podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, y ello, en consonancia con el artículo 8.2.b) de la Resolución de 20 de octubre de 2016, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se publica el Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público (BOCYL 31/10/2016).






