Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria
INSCRIPCIONES
Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria de la Universidad de Alicante ofrecen una oportunidad para que el alumnado universitario complemente su formación académica, desarrolle competencias profesionales y mejore sus posibilidades de inserción laboral. Estas ayudas están dirigidas a estudiantes matriculados en estudios oficiales de grado, máster universitario o doctorado que deseen participar en el Programa de Visitas de Estudiantes de Secundaria y en otras actividades de información y orientación universitaria.
A través de las Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria, las personas seleccionadas podrán colaborar como monitores durante las visitas de estudiantes de secundaria a la universidad, participar en ferias y apoyar las tareas del Servicio de Información. Esta experiencia permitirá potenciar habilidades muy valoradas en el mercado laboral.
La selección se realizará mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta criterios como la situación académica y económica, y la entrevista personal. Se reservará un 5 % de las becas para estudiantes con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
La actividad se desarrollará principalmente los viernes por la mañana, entre enero y marzo de 2027. Para conocer todos los requisitos, los criterios de selección, los plazos y el procedimiento de solicitud de las Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria, consulta en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las Personas Beneficiarias de las Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria:
Podrá solicitar estas actividades formativas el estudiantado que esté matriculado en estudios oficiales de grados, másteres universitarios o en programas de doctorado en la Universidad de Alicante en régimen de compatibilidad con sus estudios y como complemento a los mismos.
Dotación
El número de Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria concedidas vendrá determinado por el número de asistencias a las actividades programadas que realice el alumnado beneficiario, en función de las necesidades que requieran los diferentes actos o actividades.
La cuantía de cada ayuda será la cantidad que resulte del total de días de asistencia a las actividades programadas, a razón de 48 € brutos cada día de asistencia.
Presentación
Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes para las Becas Actividades Formativas Servicio Información Estudiantes Secundaria
Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV. El plazo de solicitud 15 de octubre y finalizará el 30 de octubre de 2026.
Procedimiento de presentación
La solicitud se formalizará a través del formulario electrónico. El acceso al formulario electrónico se realiza desde:
https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=248122&idioma=es
Identificándose con las mismas claves de usuario/a y contraseña de UACloud Campus Virtual. Aquellas personas que resulten seleccionadas deberán presentar los documentos originales para su cotejo con los documentos enviados.
Se adjuntará la documentación que acredite cada uno de los criterios de valoración alegados y que figuran en el anexo I, cuando no obren en poder de la UA.
Las bases y el baremo también se pueden descargar desde la página web:
https://web.ua.es/es/oia/becas-ayudas/colaboracion/beca-monitores-as-para-el-programa-de-visitas-de-alumnado-de-secundaria.html
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
Más información
Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de actividades formativas becadas en el Programa de Visitas de Estudiantes de Secundaria de la Universidad de Alicante y otras actividades de este tipo.
Uno de los objetivos fundamentales de la formación universitaria es garantizar la empleabilidad de sus titulados y tituladas. Por ello, la Universidad de Alicante desarrolla un plan formativo, a través de actividades formativas becadas, que permite reforzar la adquisición de competencias que incidan positivamente en la mejora de la empleabilidad, a través de actividades de formación complementaria en las que los estudiantes puedan poner en práctica competencias muy valoradas por el personal empleador.
Las competencias transversales (adaptación, trabajo en equipo, resolución, aprendizaje continuo, comunicación...) son herramientas que propician la mejora de la empleabilidad y optimizan la formación del alumnado, que se pueden adquirir gracias a su participación en tareas formativas y en actividades complementarias a sus estudios, como monitor o monitora de estudiantes de secundaria durante las visitas de estos a la universidad, o bien participando en ferias y en labores de apoyo al servicio de información, y desarrollen competencias tales como: comunicación oral, empatía, trabajo en equipo, liderazgo, responsabilidad y compromiso.
La actividad principal se desarrollará habitualmente en horario de mañana los viernes entre enero y marzo de 2027.
Criterios de adjudicación
La valoración de cada uno de los criterios se detalla en el anexo a esta convocatoria.
Primera fase:
- Situación académica
- Ser representante de estudiantes
- Situación económica
- Competencia oral del valenciano
- Dedicación en materia de Igualdad de Género (Formación o voluntariado)
- Haber participado en campañas anteriores de Infomatrícula o similares
Segunda fase:
Entrevista personal y/o en grupos. Se convocará a la entrevista a aquellos candidatos/as que hayan obtenido una puntuación que los sitúe, al menos, entre los seis primeros de cada área.
La selección se efectuará por la Comisión de Valoración considerando los criterios de selección y en aplicación del baremo incluido en el anexo I de esta convocatoria.
Se reservará un 5% de las becas ofertadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
En caso de empate en la puntuación total, la prioridad para la adjudicación se determinará por la mayor nota obtenida en los apartados del baremo de valoración, conforme al siguiente orden de prelación: 1.º Apartado 1; 2.º Apartado 3; 3.º Apartado 6; 4.º Apartado 4; 5.º Apartado 2; 6.º Apartado 5.
La selección y adscripción se efectuará de entre las y los estudiantes matriculados en estudios incluidos en las áreas que resulten en relación a oferta de estudios de grado y de acuerdo a las necesidades de los itinerarios que se establezcan.
Órgano Gestor y Comisión de valoración
1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, el Vicerrector de Estudiantes y Empleo, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es el Servicio de Información, planta baja del Aulario II, y su método de contacto es presencial, telefónico (965903456) o por correo electrónico (informacio@ua.es).
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
2. Comisión de valoración
Las solicitudes serán evaluadas por una comisión de valoración compuesta por los siguientes miembros o, en su caso, personas que les sustituyan:
- Presidencia. Vicerrector de Estudiantes y Empleo.
- Secretaría. Director del Servicio de Información.
Vocales:
- Vicerrector Adjunto de Acceso y Orientación Universitaria.
- Representante del Consejo de Estudiantes.
Los miembros de la comisión de valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán la dirección web https://web.ua.es/es/oia/becas-ayudas/colaboracion/beca-monitores-as-para-el-programa-de-visitas-de-alumnado-de-secundaria.html sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva de concesión es de 6 meses desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.
El calendario de trámites será el siguiente:
Primera Fase: Baremación de solicitudes
- Publicación puntuaciones provisionales: 6 de noviembre.
- Plazo de presentación de reclamaciones a puntuaciones provisionales: del 6 al 11 de noviembre.
- Entrevista voluntaria para valorar conocimientos de valenciano: 12 y 13 de noviembre.
- Publicación puntuaciones definitivas de la primera fase y relación de candidatos/as que han de efectuar la entrevista: 16 de noviembre.
Segunda Fase: Entrevistas
- Realización de las entrevistas a candidatos/as (segunda fase): entre el 18 y el 20 de noviembre. Se anunciarán los días concretos, horarios y lugar de realización de las entrevistas.
- Publicación puntuación segunda fase y relación de candidatos/as propuestos/as para becarios/as: 25 de noviembre.
- Plazo de reclamaciones: del 25 al 27 de noviembre.
- Sesiones formativas con personas seleccionadas y suplentes (asistencia obligatoria): 10 de diciembre de 2026 y 7 de enero de 2027.
La persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
Régimen de compatibilidad con otras subvenciones o ayudas.
Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados.
Obligación y justificación de las personas beneficiarias
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
- La actividad subvencionada debe realizarse desde el 8 de enero al 1 de diciembre de 2027.
- Comunicar al órgano concedente, en el plazo máximo de 5 días hábiles desde su concesión o conocimiento, la obtención de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, públicos o privados, que financien total o parcialmente la misma actividad subvencionada, con independencia de su origen o denominación.
- Con la finalidad de gestionar el pago de la ayuda concedida, las personas beneficiarias con residencia fiscal en España deberán gestionar su alta en la Base de Datos de Terceros de la Universidad de Alicante, a través del siguiente enlace disponible en Administración Electrónica y, dentro de este trámite, deberán aportar el modelo 145:
https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/IniciarTramite?pCodigoTramite=TRAM_ALTA_TERCERO&pModoTramitador=False
A los mismos efectos, las personas beneficiarias con residencia fiscal fuera de España aportarán al órgano gestor de la convocatoria la documentación requerida para tramitar su alta en la referida Base de Datos de Terceros de la Universidad de Alicante.
- Las personas seleccionadas asistirán obligatoriamente a dos sesiones formativas previas en las que se explicarán las actividades a realizar. Quienes no asistan a dichas sesiones formativas decaerán en su derecho a la beca.
- Las personas beneficiarias deberán desarrollar adecuadamente la actividad según las instrucciones recibidas y, a la finalización de todas las actividades propuestas, deberán entregar al órgano gestor una memoria de desarrollo.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
- a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
- b. Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
- c. Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Justificación de personas beneficiarias
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de las obligaciones mediante la presentación de una memoria explicativa de las actividades subvencionadas realizadas, con fecha límite del 10 de diciembre de 2027.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/es/acuerdo/69961






