Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo
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Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Alicante crea las Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo. Éstas tienen el objetivo de conceder ayudas económicas para actividades formativas en dicho gabinete así como otras que desarrolle la universidad.
Las becas podrán ser solicitadas por alumnos que hayan estado matriculados en la UA durante el curso 25-26 y posteriormente durante el curso 26-27 en estudios de grado, máster o doctorado universitario. Además deberán tener disponibilidad horaria, de lunes a viernes, para adaptarse a las diferentes actividades.
Las ayudas se otorgarán en régimen de compatibilidad con los estudios cursados y como complemento de dichos estudios. De esta manera, podrán ampliar sus competencias transversales y aumentar sus capacidades y aptitudes, fomentando la empleabilidad.
La cuantía de las Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo será de 10 euros por cada hora o fracción de hora (a partir de 30 minutos) de participación en los actos, con un mínimo de 2 horas de participación por cada acto. Esta colaboración se realizará en horario de mañana y/o tarde por el becario, según las necesidades del acto.
Si deseas solicitar una de las Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo consulta aquí toda la información.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo:
Podrá obtener la condición de persona beneficiaria el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos:
- Poseer matrícula en la Universidad de Alicante en el curso 2025/2026, y posteriormente en el curso 2026/2027, en estudios de Grado, Máster o Doctorado.
- Tener disponibilidad horaria, de lunes a viernes, para adaptarse a las distintas actividades formativas (preferentemente en horario de mañana).
- Es obligatorio asistir a un curso de formación inicial relacionada con las actividades a realizar. Dicha formación, con una duración aproximada de 3 horas, se realizará en horario de mañana o tarde, a elección del solicitante (fechas indicadas en el apartado calendario de trámites).
Dotación
Número y dotación de las Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo:
El número de ayudas concedidas vendrá determinado por el número de asistencias a las actividades que realice el estudiantado beneficiario.
La cuantía de cada ayuda será la cantidad que resulte del total de días de asistencia a las actividades programadas, a razón de 10 € brutos por cada hora o fracción de hora (a partir de 30 minutos), con un mínimo de 2 horas. Las actividades se realizarán en horario de mañana o tarde, según las necesidades de la actividad en que se participe.
La duración de las ayudas será, el curso académico 2025/2026 y, en su caso, hasta que se resuelva una nueva convocatoria.
Presentación
La solicitud para las Becas de Colaboración con el Gabinete de Protocolo se presentará, a través del formulario electrónico (UACloud), al cual se deberá adjuntar la documentación requerida en su caso. El acceso al formulario electrónico se realiza desde:
https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/acceso/preguntas.aspx?idcuestionario=225361&idioma=es
La identificación se realizará con las mismas claves de usuario/a y contraseña de UACloud/Campus Virtual.
Cuando una solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación en el procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
Más información
Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para actividades formativas en el Gabinete de Protocolo de la Universidad de Alicante y otras actividades de este tipo que desarrolle la universidad.
Estas ayudas están destinadas al estudiantado en régimen de compatibilidad con sus estudios universitarios y como complemento a los mismos, para ampliar sus competencias transversales, aumentando sus capacidades y, por tanto, sus aptitudes, potenciando con ello su empleabilidad.
Criterios de adjudicación
Se ordenarán las solicitudes según los méritos aportados por el estudiantado aspirante, de acuerdo con el baremo que figura a continuación. Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- Experiencia. Máximo 3 puntos. Se valorará el conocimiento de actividades relacionadas con el objeto de la convocatoria. Dicha experiencia se podrá acreditar mediante participación en convocatorias anteriores del Gabinete de Protocolo, curso 2024/2025 y anteriores (2 puntos), o mediante participación en otras convocatorias de la Universidad de Alicante (Programa de visitas de estudiantado de secundaria, Actividades de divulgación científica, Atención a usuarios en sala informáticas de libre acceso, etc.) (1 punto).
- Conocimiento de idioma extranjero (inglés). Máximo 2 puntos. Nivel B1: 0,5 puntos. Nivel B2: 1 punto. Nivel C1: 1,5 puntos. Nivel C2: 2 puntos.
- Conocimiento de otros idiomas extranjeros (francés y/o alemán). Máximo 1 punto por cada idioma. Nivel B1: 0,25 puntos. Nivel B2: 0,5 puntos. Nivel C1: 0,75 puntos. Nivel C2: 1 punto. Se valorarán los cursos de idiomas debidamente acreditados por centros u organismos oficiales a partir del B1.
- Conocimiento de valenciano. Máximo 2 puntos. Nivel B1: 0,25 puntos. Nivel B2: 0,5 puntos. Nivel C1: 1 punto. Nivel C2: 2 puntos. Se valorarán los conocimientos de valenciano debidamente acreditados, a partir del B1, mediante certificación expedida por la Junta Cualificadora de conocimientos de valenciano o por las Universidades del ámbito lingüístico catalán, o convalidados o equiparados por la normativa vigente o por acuerdos específicos.
- Cursos de formación en materia de igualdad de género. Se valorarán a razón de 0,01 puntos por hora de formación, con un máximo de 1 punto.
Órgano gestor y comisión de valoración
Órgano gestor: El órgano gestor de la convocatoria, el Vicerrector de Estudiantes y Empleo, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento y acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución. La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es el Gabinete de Protocolo, situado en el edificio de Rectorado y Servicios Generales (planta baja). Su método de contacto es el teléfono 965903906 (en horario de lunes a viernes, de 9 a 14 horas), o por e-mail ayudas.protocolo@ua.es.
Resolución, notificación y publicación de los resultados: Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las sucesivas resoluciones, así como la información de otros actos que requieran publicación y que se deriven de la presente convocatoria, se publicarán en la dirección de la página web del Gabinete de Protocolo. No se notificará por correo electrónico ninguna resolución.
https://web.ua.es/es/protocolo/estudiantes/convocatoria-2025/ayudas-formativas-con-el-gabinete-de-protocolo-durante-el-curso-2025-2026.html
Calendario de trámites:
- Listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en el procedimiento: 24 de octubre. Plazo para presentar reclamaciones (3 días hábiles).
- Listado definitivo de personas aspirantes admitidas y excluidas en el procedimiento: 31 de octubre.
- Formación obligatoria: martes 4 de noviembre (en horario de mañana o tarde), o miércoles 5 de noviembre (en horario de mañana) a elección del interesado.
- Propuesta provisional de resolución de las ayudas.
- Resolución de concesión de las ayudas. Periodicidad mensual, a partir de noviembre 2025, según número de actividades efectuadas, hasta agotar la convocatoria.
Obligaciones y justificación de personas beneficiarias y pago
- Asistencia obligatoria a un curso de formación inicial con una duración de 3 horas y relacionado con las actividades formativas a realizar. La falta de asistencia al curso y/o de presentación de la documentación requerida en su caso implicará la no concesión de la ayuda.
- Cumplimentación de la documentación necesaria conducente a la tramitación de las ayudas.
- Cumplimiento de los compromisos adquiridos y la participación con la debida responsabilidad en las actividades formativas para las que se les requiera.
- La actividad subvencionada debe realizarse desde 2025 hasta 2026.
El estudiantado seleccionado en anteriores convocatorias y que hubiera participado en ediciones anteriores del curso de formación inicial no está obligado a asistir al mismo. En cuanto a la documentación indicada, no es necesario que aporte salvo que haya habido algún cambio en la misma.
Se reservará un 5% de las ayudas ofertadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
La concesión de esta ayuda será incompatible con la percepción de sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada con la Universidad de Alicante.
La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida mediante resolución que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/61861
Personas con discapacidad
Se reservará un 5% de las becas ofertadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.




