Gobierno de las Islas Baleares

Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores

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INSCRIPCIONES

Inicio13/10/2026 Fin26/10/2026
Abierta

Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores: solicitud y plazos

Descripción

Las Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores son convocadas y concedidas por el Gobierno de las Islas Baleares, con el objetivo de contribuir con los estudiantes de esta Comunidad Autónoma que hayan finalizado los estudios oficiales de Enseñanzas Artísticas Superiores en el curso académico indicado.

Los aspirantes a estas becas deben contar con nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea, así como residencia en las Islas Baleares.

Además, los candidatos deberán haber superado todos los créditos del plan de estudios, y acreditar una nota media del expediente académico igual o superior a 9,00 puntos.

Mediante las Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores, se concederá una cuantía económica a los alumnos que resulten seleccionados, con el objetivo de reconocer y recompensar el esfuerzo realizado por los mismos para obtener unos excelentes resultados académicos.

De este modo, el Gobierno de las Islas Baleares, además impulsa a los nuevos alumnos a superarse a sí mismos.

En esta web podrás consultar y conocer todos los detalles relacionados con las Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores como plazos de solicitud, requisitos y otra información que seguro será de gran interés para ti.

Datos básicos

Nº de becas
3
Nivel de estudio
  • Enseñanzas Artísticas Superiores
Región de origen
  • Islas Baleares
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Para obtener las Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Requisitos generales:
    • a. Tener la nacionalidad española, de algún Estado miembro de la Unión Europea o ser una persona extranjera no comunitaria, en cuyo caso deberá acreditar la condición de residente. Quedan excluidas de participar aquellas personas que se encuentren en situación de estancia.
    • b. Tener el domicilio en las Islas Baleares. A estos efectos, se entiende que tienen el domicilio en las Islas Baleares las personas que tienen vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Islas Baleares.
    • c. Haber finalizado los estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en algún centro español durante el curso académico 2024-2025. A efectos de esta convocatoria, se entiende que un estudiante ha finalizado sus estudios si ha superado todos los créditos que componen el plan de estudios y ha abonado, en su caso, las tasas correspondientes para la expedición del título.
  • Requisitos académicos:
    • Para obtener la ayuda, los solicitantes deberán acreditar una nota media igual o superior a 9,00 puntos, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales.

Dotación

  • La subvención para cada solicitante de las Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores que cumpla los requisitos establecidos en los apartados sexto y séptimo de este anexo consiste en una ayuda de promoción de la excelencia académica con una dotación fija de 1.500,00 €. Se podrán conceder hasta tres ayudas.
  • La ayuda se concederá a los tres solicitantes que hayan obtenido la mayor puntuación de acuerdo con los criterios establecidos en los apartados siguientes. Se denegará al resto de solicitantes por falta de disponibilidad presupuestaria.
  • Para que un alumno pueda ser beneficiario de una ayuda, se deberán valorar la nota media del expediente académico y la tasa de eficiencia.
  • La nota media se calculará de acuerdo con el sistema de calificaciones establecido en el Real Decreto 1614/2009, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.A estos efectos, las valoraciones de cada una de las diferentes calificaciones son las siguientes:
    • 5,0-6,9: Aprobado (AP).
    • 7,0-8,9: Notable (NT).
    • 9,0-10: Sobresaliente (EX).
    • Igual o superior a 9 con mención de matrícula de honor: Matrícula de Honor (MH).
  • La nota media del expediente deberá ser ponderada y se calculará aplicando la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el alumno, multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones correspondientes. Posteriormente, dicha suma se dividirá entre el número total de créditos obtenidos por el alumno. A estos efectos, se tendrá en cuenta la calificación definitiva obtenida en cada asignatura.
  • Los créditos obtenidos mediante el reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no integradas en el plan de estudios no se tendrán en cuenta para calcular la nota media del expediente académico.
  • La tasa de eficiencia se calculará dividiendo el número total de créditos que el estudiante haya superado a lo largo de la titulación en la que se ha graduado entre el número total de créditos en los que se haya matriculado.
  • Una vez obtenida la nota media del expediente académico, esta se multiplicará por la tasa de eficiencia de cada alumno, que deberá estar expresada en una escala de 0 a 1. El resultado será la puntuación del alumno, que se expresará con tres decimales.
  • En caso de empate entre dos o más estudiantes, se tendrán en consideración los siguientes criterios de desempate, por este orden:
    • El mayor número de matrículas de honor.
    • Si persiste el empate, el mayor número de sobresalientes.
    • Si continúa el empate, el mayor número de notables.
    • Si el empate persiste, se establecerá el orden según la fecha de entrada de las solicitudes.

Presentación

Las personas interesadas en solicitar las Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores deberán presentar las solicitudes de forma electrónica, junto con la documentación requerida, mediante el trámite telemático que estará disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de esta Administración, de conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Objeto

  • El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria y el procedimiento de concesión de tres ayudas de excelencia académica para estudiantes de las Islas Baleares que hayan finalizado los estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en cualquier centro español durante el curso académico 2024-2025.

Personas beneficiarias

  • Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta Resolución las personas que hayan finalizado los estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en cualquier centro español durante el curso académico 2024-2025.
  • En el marco de esta convocatoria, no se podrá conceder más de una ayuda por solicitante.

Resolución


  • Una vez analizadas las alegaciones presentadas o una vez finalizado el plazo sin que se haya presentado ninguna, el órgano instructor deberá elevar la propuesta de resolución al consejero de Educación y Universidades, quien dictará la resolución, que deberá incluir la lista de las personas beneficiarias a las que se concede la subvención y la cuantía correspondiente, así como la lista de las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión.
  • En caso de que la convocatoria no se resuelva y notifique en el plazo de seis meses, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, todas las solicitudes se entenderán desestimadas.
  • La resolución del consejero deberá publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores: https://eas.caib.es.
  • Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.
Enlaces de interés

https://www.caib.es/eboibfront/pdf/ca/2026/127/1230043

Documentación a adjuntar

Para tramitar la solicitud, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • a. El impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado por la persona solicitante. El modelo de solicitud se obtiene a través del trámite telemático.
  • b. Copia del pasaporte como documento acreditativo de la identidad para las personas extranjeras que se encuentren en España, en caso de no disponer de DNI o NIE. En el caso de estudiantes extranjeros no comunitarios, una copia de la tarjeta de residencia.
  • c. En caso de que no se autorice a la Administración a comprobar los datos de empadronamiento, un certificado de empadronamiento que acredite la vecindad administrativa del solicitante en un municipio de las Islas Baleares.
  • d. Certificado del expediente académico completo, en el que consten todas las asignaturas cursadas durante la titulación, con el número de créditos, las calificaciones obtenidas y la nota media del expediente académico. La nota media deberá calcularse de acuerdo con el sistema de calificaciones establecido en el mencionado Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre. Los ejemplares impresos de documentos electrónicos únicamente serán válidos si disponen del correspondiente código seguro de verificación (CSV), que permita comprobar la integridad y veracidad del documento.
  • e. Una declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios de la cuenta de la que el alumno sea titular o cotitular, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante. El modelo de declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios se obtiene a través del trámite telemático.
  • f. En caso de presentar la solicitud en representación de un tercero, será necesario acreditar la representación legal y vigente con la que actúa la persona que firma la solicitud. Esta acreditación podrá realizarse mediante alguna de las siguientes formas: un poder notarial; un apoderamiento «apud acta» efectuado mediante comparecencia personal o comparecencia electrónica en la sede electrónica correspondiente, o mediante la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración pública competente.La acreditación de la representación se exigirá, en cualquier caso, cuando se haya requerido su subsanación. La falta de justificación de la acreditación de la representación, una vez finalizado el plazo de subsanación, tendrá como consecuencia la declaración de desistimiento de la solicitud presentada, en los términos previstos en el punto 2 del apartado duodécimo de este anexo.
  • g. Cualquier otro documento que la Administración solicite por considerarlo necesario para verificar el cumplimiento y la efectividad de las condiciones de concesión de la ayuda.

De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Consejería de Educación y Universidades verificará los datos de identidad (DNI o NIE) de las personas interesadas.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores

Las Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores son convocadas y concedidas por el Gobierno de las Islas Baleares, con el objetivo de contribuir con los estudiantes de esta Comunidad Autónoma que hayan finalizado los estudios oficiales de Enseñanzas Artísticas Superiores en el curso académico indicado.

El plazo de inscripción de la Beca "Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores" es: desde 13/10/2026 hasta 26/10/2026.

La Beca "Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Enseñanzas Artísticas Superiores

La Beca "Ayudas Baleares Excelencia Académica Enseñanzas Artísticas Superiores" es un tipo de beca: 

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  • Becas de excelencia
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