Ayudas Montepío NEAE
INSCRIPCIONES
Ayudas Montepío NEAE: solicitud y plazos
Descripción
La Fundación Obra Social Montepío lleva a cabo la convocatoria de numerosas becas y ayudas orientadas a favorecer y facilitar el desarrollo de estudios. En esta ocasión esta fundación presta especial atención a aquellos alumnos que cuentan con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo, por lo que lleva a cabo la convocatoria de las Ayudas Montepío NEAE.
A través de esta convocatoria se ofrecen ayudas destinadas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad, alumnado con trastorno grave de comunicación y el lenguaje, alumnado con TEA y alumnado con alta capacidad intelectual.
Mediante las Ayudas Montepío NEAE concedidas, se otorgará una dotación económica de 150 euros por alumno.
La Fundación Obra Social Montepío es una institución que cuenta con un alto nivel de compromiso social y que a lo largo de su trayectoria ha contribuido con los alumnos que cuentan con los perfiles académicos más complejos.
Para poder optar a una de estas ayudas, se deberá reunir una serie de requisitos tanto por parte del padre, madre, tutor o representante del alumno, como por parte del propio alumnado.
Algunos de los requisitos a reunir por los alumnos serán variables dependiendo del tipo de perfil del mismo y del tipo de necesidad específica de apoyo que requiera.
Aquí tienes a tu disposición toda la información relacionada con las Ayudas Montepío NEAE.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Educación especial
- Enseñanzas Artísticas Superiores
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para ser beneficiario de las Ayudas Montepío NEAE será necesario reunir los siguientes requisitos:
- El padre, madre, tutor o representante del alumno debe ser afiliado al Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana a 31 de diciembre de 2025 y estar al día en el abono de las cuotas.
- Curso los estudios en centros docentes de carácter público o concertado.
- El alumno/a que opte a la ayuda del apartado 2. a), b), c) y d) deberá:
- a. Acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante alguna de las siguientes vías:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
- Certificado de discapacidad.
- b. Tener cumplidos dos años a 31 de diciembre de 2024. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
- c. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
- d. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
- a. Educación Infantil.
- b. Educación Primaria.
- c. Educación Secundaria Obligatoria.
- d. Bachillerato.
- e. Ciclos formativos de grado medio y superior.
- f. Enseñanzas artísticas profesionales.
- g. Formación Profesional Básica.
- h. Programas de formación para la transición a la vida adulta.
- El alumno/a que opte a la ayuda del apartado 2. d) deberá:
- a. Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
- b. Tener cumplidos seis años a 31 de diciembre de 2025.
- c. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
- a. Educación Primaria.
- b. Educación Secundaria Obligatoria.
- c. Bachillerato.
- d. Ciclos formativos de grado medio y superior.
- e. Enseñanzas artísticas profesionales.
Dotación
La cuantía otorgada mediante las Ayudas Montepío NEAE será de 150 euros por beneficiario.Presentación
- La solicitud de las Ayudas Montepío NEAE, cuya presentación corresponde al padre, madre, tutor o representante legal del alumno, socio de la Mutualidad, se deberá cumplimentar en el formulario accesible por vía telemática a través de la página web: http://www.montepio.es/becas-e-investigacion/, “Formulario para la solicitud de las becas de educación” de la Mutualidad, o recogerla en las Juntas Locales del Montepío o en la sede central de Oviedo.
- Una vez cumplimentada, deberá ser firmada por el padre, madre, tutor o representante legal del alumno y, acompañada de la documentación correspondiente, podrá ser entregada en las Juntas Locales del Montepío, en la sede central de Oviedo o remitida por vía telemática al correo electrónico: fundacion@montepio.es.
Más información
Objeto
Ayudar a financiar los costes del curso académico 2026-27 con ayuda para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático para alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.
Un colectivo que requiere una especial protección a estos efectos es el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada bien a algún tipo de discapacidad o trastorno grave de conducta de la que resulte la necesidad de recibir educación especial, bien a una alta capacidad intelectual que precise actividades complementarias a la formación reglada.
Ayudas a:
- a. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad en grado igual o superior al 25 por ciento o trastorno grave de conducta asociados a necesidades educativas especiales.
- b. Alumnado con trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.
- c. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a trastorno del espectro del autismo (en adelante TEA).
- d. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual.
Compatibilidad de las ayudas
- Estas ayudas convocadas son compatibles con cualesquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibirse de cualquier administración, institución, entidad o personas.
- Serán compatibles con la ayuda a la educación obligatoria y postobligatoria (Bachiller y Ciclos Formativos de Grado Medio, Universidad y Ciclos Formativos de Grado superior) otorgada por el Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana al socio de la mutualidad y con cualesquiera otras ayudas a la educación que la Mutualidad pudiera establecer para el curso 2026-27.
- El alumno/a que genere el derecho a percibir esta ayuda de necesidades específicas de apoyo educativo no generará el derecho a percibir otra ayuda educativa del Montepío.
- En el plazo de 30 días hábiles a contar desde el fin del período de solicitud de ayuda la Comisión de Asunto Sociales resolverá las solicitudes presentadas.
- Tanto las notificaciones de propuestas de concesión como las propuestas de denegación serán comunicadas al solicitante por cualquiera de los medios admitidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo incluidos correos electrónicos. En las notificaciones de propuestas de denegación, a quienes no cumplan los requisitos exigibles, se hará constar la causa que la motiva e informándoles que pueden interponer una reclamación en el plazo de diez días a partir de la recepción de la notificación, indicando el número de expediente.
- El listado de beneficiarios, con número de expediente se hará público en la página web del Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana: http://www.montepio.es/, en las Juntas Locales del Montepío y en la sede central de Oviedo, entendiéndose denegadas el resto de las solicitudes por el mismo motivo que consta en la propuesta de denegación.
- Concedida la ayuda, se efectuará el abono de esta en la cuenta corriente o libreta que el solicitante ha consignado para el pago de esta.
- Preferentemente, todas las ayudas a la educación, obligatoria, postobligatoria y las otorgadas a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo por el Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana, se abonarán de manera simultánea antes del segundo trimestre del año.
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del NIF/NIE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
- Certificado del Centro Publico o concertado que acredite la matrícula en el curso lectivo.
- Fotocopia del Libro de familia y título de familia numerosa (si corresponde).
- Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2025 de todos los miembros de la unidad familiar. Páginas 1, 2 y las correspondientes a las casillas 435, 460 y 595.
- Certificado de Ingresos de los miembros de la unidad familiar si no han presentado la declaración de la renta o tiene rentas exentas.
- Prejubilados, certificado de ingresos y retenciones emitido por la entidad pagadora de la prejubilación.
- Fotocopia del número de cuenta corriente o libreta (IBAN) del solicitante.
- Certificado de discapacidad y/o certificado de un equipo de valoración y orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente (si procede).






