Cabildo de Tenerife

Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife

Becas de estudiosBecas de movilidadBecas de formación prácticaNo universitarios

INSCRIPCIONES

03/07/202331/10/2023
Finalizada

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Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife: solicitud y plazos

Descripción

El Cabildo de Tenerife, a través del Servicio Administrativo de Educación y Juventud convoca las Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife, becas para cursar de forma íntegramente presencial enseñanzas artísticas, cursos preparatorios de acceso, de formación específicos, de especialización y/o másteres, en centros públicos o privados, durante el curso académico que se indica en la correspondiente convocatoria.

Las Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife las componen diferentes modalidades; Estudios artísticos generales: para la realización presencial de estudios de carácter artístico fuera de Tenerife, Prácticas formativas: para facilitar la movilidad en la realización de prácticas formativas fuera de Tenerife, Complemento al programa Erasmus+: para complementar las ayudas recibidas para la participación en dicho programa europeo de movilidad.

Pueden solicitar las Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife los estudiantes de Arte Dramático y Artes Escénicas, Artes Plásticas, Diseño, Fotografía, Audiovisuales, Danza, Música y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, que cumplan el resto de los requisitos especificados en la convocatoria entre los que se encuentran el tener residencia habitual en algún municipio de la isla de Tenerife. 

No pierdas esta oportunidad y solicita ya una de las Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife.

Aquí podrás consultar las bases para esta convocatoria, requisitos, documentación, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Artes plásticas y Diseño
  • Conservación y Restauración de bienes culturales
  • Música
  • Danza
  • Arte Dramático (Teatro)
  • Enseñanzas Artísticas Superiores
  • Audiovisuales
País de origen
  • España
Región de origen
  • Canarias
Provincia de origen
  • Santa Cruz de Tenerife
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos generales para todas las modalidades

  1. Los requisitos habrán de reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
    • a. Tener residencia habitual en un municipio de la isla de Tenerife, salvo lo que se establece para las personas víctimas o familiares de víctima de violencia de género en la base 12.
    • b. Renta familiar por persona: será el importe resultante de la suma dela totalidad de las rentas obtenidas por los miembros computables dela familia y su posterior división por el número de tales miembros correspondiente al ejercicio 2022. Durante este ejercicio, el nivel de renta familiar por persona durante no podrá superar la cuantía de veinte mil euros (20.000,00 €).

Requisitos específicos de la modalidad "Estudios artísticos generales"

  1. Requisito académico de acceso: la persona solicitante debe realizar sus estudios en un centro ubicado fuera de Tenerife, y no debe haber efectuado matrícula en los estudios para los que solicita la beca durante un número de cursos, incluido el objeto de la convocatoria,superior al número que establezca el plan de estudios.
  2. Requisitos de matrícula
    1. En caso de matriculación por primera vez, deberá efectuarse por la totalidad de los créditos o asignaturas estipulados en el plan de estudios para el primer curso de las enseñanzas.
    2. Para los siguientes cursos se exigirá la matriculación, como mínimo, del número de créditos o asignaturas equivalente a un curso académico completo, esto es, el número de créditos o asignaturas totales divididos entre el número de años que componen el plan de estudios, o, en su caso, el número de créditos o asignaturas que le reste por superar, si fuese inferior.
    3. Cuando el centro no permita la matriculación del curso completo al inicio, la persona solicitante hará constar en la declaración responsable el número total de créditos o asignaturas de que pretende matricularse.
    4. En el caso de estudios realizados en el extranjero que no se rijan por el sistema de créditos, asignaturas u otro análogo, se entenderá por curso académico completo el que suponga una distribución proporcional del esfuerzo lectivo en cada uno de los períodos de que se compongan dichos estudios.
  3. Rendimiento académico obligatorio: las personas beneficiarias deberán obtener, en el mismo curso matriculado, el siguiente rendimiento académico mínimo:
    • Superación del sesenta por ciento (60%) de los créditos o asignaturas equivalentes de un curso académico completo, según el cálculo recogido en la base 3.2 anterior.
    • Si el número de créditos o asignaturas matriculados fuese inferior al equivalente a un curso académico completo el rendimiento académico mínimo consistirá en la superación de todos los créditos objeto de matriculación.
    • Los créditos o asignaturas convalidados no se incluirán en el cómputo de créditos superados.
Requisitos específicos de la modalidad "Práctica formativas"

  1. Requisito académico de acceso: la persona solicitante debe haber sido admitida para la realización de prácticas formativas en un centro ubicado fuera de Tenerife.
  2. Rendimiento académico obligatorio: las personas beneficiarias deberán obtener, en el mismo curso matriculado, el siguiente rendimiento académico mínimo:
    • Superación íntegra del período de prácticas.
Requisitos específicos de la modalidad "Complemento al Programa Erasmus+"

  1. Requisito académico de acceso: la persona solicitante debe haber sido admitida a la participación en el programa de intercambio Erasmus+ para el curso académico 2023/2024.
  2. Rendimiento académico obligatorio: las personas beneficiarias deberán obtener, en el mismo curso matriculado, el siguiente rendimiento académico mínimo:
    • Participación en el programa Erasmus+ sin interrupciones injustificadas.

Dotación

  • Modalidades "Estudios artísticos generales" y "Prácticas formativas": el importe de la beca a conceder se compondrá de:
    • a. Un concepto básico variable en atención a la renta familiar por persona.
    • b. Un concepto adicional por la consideración de familia numerosa o situación de dependencia o discapacidad de un miembro de la unidad familiar (500,00 €).
    • El concepto básico variable en función de la renta familiar se concretará en una cuantía desde 6.000,00 € hasta 500,00 € calculada según las siguientes reglas:
      1. Para cada miembro computable de la unidad familiar se efectuará el siguiente cálculo, en aplicación de los conceptos definidos por la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
        • a. Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo todos los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2018 a 2021 y el saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2018 a 2021 a integrar en la base imponible del ahorro.
        • b. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
      2. En el caso de las personas que no estén obligadas a presentar la declaración del impuesto se atenderá al régimen de ingresos, gastos,reducciones y demás conceptos contemplados en la normativa del impuesto.
      3. El importe total así obtenido se dividirá entre el número de miembros dela unidad familiar, siendo este resultado la renta familiar por persona.
      4. En función de dicha renta familiar por persona se obtendrá la cuantía variable, de acuerdo a lo dispuesto en la siguiente tabla:
        • Renta familiar por persona - Cuantía
          • Hasta 8.000,00 € - 6.000,00 €
          • Desde 8.000,01 hasta 20.000,00 € - De 6.000 hasta 500,00 €, según fórmula
          • La fórmula a que hace referencia la tabla anterior es la siguiente: C= cm * RM - rfpp / RM - RO
          • El importe a percibir será, como mínimo, de 500,00 €, aunque por aplicación de la fórmula resultase menor.En consecuencia, la fórmula queda como sigue :C= 6.000 * 20.000 - rfpp / 12.000
          • El concepto adicional por familia numerosa o situación de dependencia o discapacidad de alguna de las personas integrantes de la misma consistirá en una cuantía adicional de quinientos euros (500,00 €) a la que se tendrá derecho cuando la unidad familiar de la persona solicitante tenga la consideración de familia numerosa, o alguno de sus miembros se encuentre en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%, valorada con arreglo a la legislación vigente en el momento de la finalización de la convocatoria.
  • Modalidad "Complemento al Programa Erasmus+": el importe de la beca a conceder se compondrá de un único concepto de dos mil euros (2.000,00 €).

Presentación

La presentación de la solicitud se realizará en la sede electrónica https://sede.tenerife.es/es/datos-de-la-sede/tramitar-en-linea conforme a las siguientes instrucciones:

  • a. En la sección de “Trámites y Servicios” de la sede electrónica podrá acceder a los trámites y utilizando el buscador podrá encontrar el procedimiento de becas cuya solicitud quiere presentar.
  • b. Utilizando el botón de "Tramitar por Internet", se accede automáticamente al área personal y se inicia el proceso de tramitación.
  • c. Para poder iniciar la tramitación de la beca, los solicitantes podrán identificarse por cualquier medio reconocido por el sistema cl@ve (v. https://sede.tenerife.es/es/datos-de-la-sede/tramitar-en-linea)
  • d. Una vez cumplimentada la solicitud y aportados los documentos requeridos, deberá presentarse en el Registro electrónico a través de la sede electrónica.E. En el momento en que concluya la presentación de su solicitud por Internet, recibirá de forma automática un recibo acreditativo firmado electrónicamente por el Registro Electrónico.

Más información

Objeto y modalidades

A título no exhaustivo, forman parte del objeto de esta línea de becas los siguientes estudios:

  • Arte Dramático y Artes Escénicas.
  • Artes Plásticas (entre las que se incluyen los estudios superiores de cerámica y del vidrio), Diseño y Fotografía.
  • Audiovisuales.
  • Danza.
  • Música.
  • Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
  • La realización de Estudios o Prácticas formativas conforme a lo establecido en el Programa Erasmus + para la realización de alguno de los estudios anteriormente enumerados.

Las modalidades de beca y sus respectivos objetos son:

  • a. Estudios artísticos generales: para la realización presencial de estudios de carácter artístico fuera de Tenerife.
  • b. Prácticas Formativas: para facilitar la movilidad en la realización de prácticas formativas fuera de Tenerife.
  • c. Complemento al Programa Erasmus+: para complementarlas ayudas recibidas para la participación en dicho programa europeo de movilidad.
Quedan expresamente excluidos del objeto de las presentes becas:
  • a. Los estudios universitarios oficiales de grado, máster o doctorado. No obstante, están contemplados en estas becas los estudios artísticos de grado, posgrado, máster o doctorado de carácter no oficial o con naturaleza de título propio.
  • b. Los estudios de formación profesional de grado medio o superior cuya titulación quede fuera de las enseñanzas artísticas previamente mencionadas.
  • c. Las enseñanzas no presenciales.
  • d. Las retitulaciones o adaptaciones de titulaciones, los proyectos de fin de ciclo, carrera o trabajos de fin de grado o estudios.

Régimen de compatibilidad e incompatibilidad

  1. Regla general: cada persona solicitante podrá obtener beca por una sola de las modalidades previstas en estas bases reguladoras.
  2. Modalidades "Estudios Artísticos Generales" y "Prácticas Formativas" : son incompatibles con becas o medidas análogas de otras entidades públicas o privadas cuando estén destinadas a la realización de los mismos estudios y con el mismo fin. Una vez se publique la resolución definitiva de concesión de la beca del Cabildo Insular de Tenerife, las personas designadas como beneficiarias deberán, en el plazo de diez (10) días hábiles, optar por:
    • Renunciar a la beca incompatible concedida por otra entidad,acreditando ante este Cabildo dicha renuncia y el subsiguiente reintegro.
    • Renunciar a la beca de este Cabildo mediante el formulario previsto por la convocatoria.
  3. Modalidad "Complemento al Programa Eramus+”: son compatibles con las otorgadas por otras entidades públicas o privadas, sin límite de cuantía.
Propuesta de resolución provisional

  1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de evaluación de la Comisión, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, con indicación de las becas seleccionadas para su concesión, denegación y exclusión.
  2. Dicha propuesta de resolución provisional se hará pública mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios (https://sede.tenerife.es/es/servicios-de-la-sede/tablon-anuncios), otorgando un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el tablón de anuncios para que las personas interesadas presenten las alegaciones que estimen oportunas acompañadas de los documentos en los que se fundamenten las mismas.
  3. La presentación de las alegaciones se realizará a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife accediendo al Área personal -apartado “Mis expedientes”.
Para acceder al Área Personal, los usuarios deberán identificarse por cualquier medio reconocido por el sistema cl@ve. Una vez se haya accedido, se podrán consultar todos los expedientes en los que se tiene la condición de interesados. Para localizar el expediente en el que se quiere aportar la documentación, los usuarios disponen de un mecanismo de búsqueda.

Localizado el expediente, se accede al mismo pulsando en el botón“Acceder al expediente” y una vez dentro mostrará toda la información relativa a dicho expediente. Para la presentación de la documentación se debe pulsar en el botón “Iniciar aportación.

Propuesta de resolución definitiva

  1. Examinadas en su caso las alegaciones aducidas por las personas interesadas, el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de evaluación de la Comisión, formulará la propuesta de resolución definitiva,que se elevará al órgano competente para resolver el procedimiento,expresando las solicitudes seleccionadas y aquellas que han quedado excluidas por no ajustarse a los requisitos exigidos en las presentes bases o en las específicas.
  2. Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor de la persona beneficiaria propuesta frente al Cabildo Insular hasta que no se haya procedido a la publicación en el tablón de anuncios de la resolución de concesión (https://sede.tenerife.es/es/servicios-de-la-sede/tablon-anuncios)
Concesión

  1. Será competente para resolver la persona titular del órgano con competencias en materia de educación en atención a la distribución de competencias operada por el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife y las Bases de Ejecución del Presupuesto.
  2. La resolución de concesión será objeto de publicación mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios (https://sede.tenerife.es/es/servicios-de-la-sede/tablon-anuncios).
  3. El plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis (6) meses, contado desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Documentación a adjuntar

La documentación justificativa que habrá de presentarse es la siguiente:

  • Estudios artísticos generales: certificado de notas o calificaciones indicativo de las asignaturas superadas, no superadas y no presentadas, acreditativa del cumplimiento del rendimiento académico obligatorio.

La documentación anterior podrá sustituirse por la acreditación de la solicitud del título oficial del estudio realizado.

Cuando los estudios se realicen en el extranjero la documentación consistirá en la certificación académica antes mencionada o documento análogo.

El órgano competente para resolver la justificación podrá exigir la aportación de certificación académica oficial cuando aprecie motivadamente dudas respecto de los resultados académicos alegados.

  • Complemento al programa ERASMUS+: informe o certificación oficial acreditativo de la participación efectiva en el programa.
  • Prácticas formativas: certificación, informe o documento análogo del centro de matriculación acreditativa de la superación íntegra del período de prácticas formativas.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Cabildo de Tenerife, a través del Servicio Administrativo de Educación y Juventud convoca las Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife, becas para cursar de forma íntegramente presencial enseñanzas artísticas, cursos preparatorios de acceso, de formación específicos, de especialización y/o másteres, en centros públicos o privados, durante el curso académico que se indica en la correspondiente convocatoria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife" es: desde 03/07/2023 hasta 31/10/2023.

La Beca "Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Estudios Artísticos Cabildo de Tenerife" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes