Ayuntamiento de Santiago del Teide

Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide

Becas de estudiosBecas de alojamiento o residenciaAyudasNo universitariosUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio21/09/2026 Fin20/10/2026
Abierta

Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Santiago del Teide es un organismo público local muy comprometido con la educación y la formación académica de los habitantes del mismo. Es por ello que, entre otras acciones, lleva a cabo la convocatoria de las Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide.

Estas ayudas tienen como principal objetivo el de facilitar el desarrollo de estudios en alguno de los niveles indicados en las bases de la convocatoria, por parte de los alumnos que cuenten con nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, y que tengan empadronamiento en el municipio de Santiago del Teide con una antigüedad superior a seis meses.

Los solicitantes de estas becas deben estar matriculados en alguno de los niveles educativos indicados y que comprenden desde Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, a estudios de Doctorado.

Para determinar a los candidatos que finalmente resulten beneficiarios de las Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide, se tendrán en cuenta diferentes criterios de valoración como los datos económicos obtenidos de la renta familiar del solicitante, así como la composición de la unidad familiar.

Con esta medida, el Ayuntamiento de Santiago del Teide persigue conceder dichas becas a aquellos alumnos cuyas familias cuenten con menos recursos económicos.

A través de las becas concedidas se otorgará una cuantía económica de máximo 400 euros.

Aquí tienes a tu disposición toda la información relacionada con las Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Ingeniería
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Arquitectura
  • Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
  • Música
  • Danza
  • Idiomas
  • Carrera Militar
  • Enseñanzas deportivas
  • Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos
  • Postgrado-Especialidad
  • Enseñanzas Artísticas Superiores
  • Formación Profesional Básica
  • Estudios Propios Universitarios
País de origen
  • España
Región de origen
  • Canarias
Provincia de origen
  • Santa Cruz de Tenerife
Localidad
Santiago del Teide
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o extranjero con permiso de residencia en España y figurar empadronados con una antigüedad de al menos seis meses.
  • Podrán ser beneficiarios de las presentes ayudas al alquiler previstas en estas bases, aquellas personas que estando empadronados en el municipio, con una antigüedad de al menos seis meses, se encuentren realizando alguna de las enseñanzas a continuación especificadas, todas ellas carácter público:
    • a. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias:
      • Formación Profesional de Grado Medio y Superior.
      • Enseñanzas Artísticas Profesionales.
      • Enseñanzas Deportivas.
      • Enseñanzas Artísticas Superiores.
      • Estudios Religiosos Superiores.
      • Estudios Militares Superiores.
      • Estudios de idiomas.
    • b. Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.
    • c. Programas de Cualificación Profesional Inicial y/o Programas de Formación Básica.
    • d. Enseñanzas Universitarias:
      • Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de educación superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster. Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero y Arquitecto Técnico.
      • Curso de Preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años.
      • Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.
      • Estudios correspondientes a ciclos de doctorado.
      • Estudios de especialización.
      • Títulos propios de las Universidades.
    • e. Enseñanzas Profesionales de Música y Danza.
      • Estudios de formación en Conservatorios Profesionales de Música y Danza.
      • Estudios de formación en Escuelas Superiores de Música y Danza.

Dotación

Los candidatos que resulten seleccionados con una de las Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide recibirán una dotación económica máxima de 400,00 euros.

Presentación

  • Las solicitudes de las Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide se formularán en el modelo que figura como Anexo en las bases de la convocatoria.
  • Podrán presentarse en los Registros de este Ayuntamiento o en cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Más información

Objeto y finalidad

  • Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas al alquiler para estudiantes de enseñanzas postobligatorias todos ellos de carácter público, durante el curso académico correspondiente a cada convocatoria.
  • Estas ayudas están orientadas a facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler a los estudiantes de enseñanzas postobligatorias que reúnan los requisitos exigidos en estas bases.

Criterios de valoración


Para la concesión de estas becas, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos exigidos y no esté incurso en ninguna de las causas de exclusión expresamente previstas en estas bases, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

  • a. Datos económicos obtenidos de la renta familiar del solicitante que se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, aplicándose al rendimiento bruto anual la siguiente baremación:
    • Tramos - Puntos:
      • 1: 0,0€ a 5.050,00€: 2,5
      • 2: de 5.050,00 a 17.360,00€: 2,0
      • 3: de 17.360,00€ a 32.360,00€: 1,5
      • 4: de 32.360,00 en adelante: 1,0
  • b. A los efectos del cálculo de la renta familiar,son miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria en que se concurra o a los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial y se computarán todos los ingresos que por cualquier concepto perciba el solicitante de la ayuda. En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación,así como los hijos si los hubiere. En caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el solicitante de la ayuda.En los supuestos en los que el solicitante de ayuda sea un menor en situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores. A la hora de valorar los miembros computables de la unidad familiar se tendrán en cuenta sólo la unidad familiar, entendiendo esta, al que comprende al padre, la madre, y/o tutores legales y los menores a su cargo y que convivan en el mismo domicilio.
  • c. Composición familiar:
    • Por cada miembro de la unidad familiar de Convivencia de edades comprendidas entre los 0 y 60 años: 0.5 puntos.
    • Por cada miembro de la unidad familiar con Minusvalía igual o superior al 33%: 1.5 puntos.
    • Por familias numerosas:
      • General: 1 punto
      • Especial: 1.5 puntos
En caso de producirse más solicitudes que ayudas convocadas, y/o si coincidieran varias solicitudes con la misma puntuación, se establecerá un orden de preferencia basado en la fecha de presentación de las mismas.

Instrucción y resolución del procedimiento

  • Recibidas las solicitudes, el personal del Área de Educación, comprobará que se ha presentado la documentación en plazo y forma, y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Si este observara deficiencias o insuficiencias en los documentos aportados podrá requerir al interesado para que subsane los defectos detectados en la solicitud en el plazo máximo de 10 días naturales desde la notificación, en la que se advertirá que de no producirse dicha subsanación se le tendrá por desistido de su solicitud, de conformidad con el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo riguroso orden de entrada.
  • El instructor emitirá un informe en el que incluirá, como mínimo, las solicitudes desestimadas y el motivo de la desestimación, las solicitudes estimadas y la cuantía de la subvención a conceder, y el cumplimiento de los requisitos previstos en la presente convocatoria. Por su parte la Comisión de Valoración formulará la propuesta de concesión en base al Informe del Órgano Instructor ante el órgano concedente, que será la Junta de Gobierno Local. La propuesta motivada de resolución del procedimiento se formulará por la Comisión de Valoración formada por un Presidente, el/la Secretario y a un vocal. Actúa como Secretario de la Comisión el Técnico instructor del procedimiento.
  • La resolución hará constar de forma expresa:
    • La relación de solicitantes.
    • Los beneficiarios de las subvenciones y cuantías de las mismas.
    • Los criterios de valoración.
    • Mención expresa a la desestimación del resto de solicitudes y causas de desestimación.
  • El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de tres meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para presentación de solicitudes. Los interesados podrán entender desestimadas las solicitudes, por silencio administrativo, si transcurrido dicho plazo no se hubiere dictado y notificado resolución expresa.
  • La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

Documentación a adjuntar

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • a. Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de DNI, Tarjeta de residen-cia, pasaporte...).
  • b. Fotocopia de matrícula académica o certificado de estar cursando los estudios que se relacionan en el apartado cuatro de las presentes bases.
  • c. Declaración de la Renta del núcleo familiar.
  • d. Libro de Familia.
  • e. Alta de Terceros.
  • f. Modelo de autorización para recabar datos tributarios a la Agencia Tributaria, Seguridad Social y Administración Local.
  • g. Documentación relativa al alquiler de la vivienda (contrato de alquiler).
  • h. Las solicitudes presentadas por alumnos/as menores de edad deberán ser suscritas por su madre,padre o tutor legal. El modelo de solicitud se podrá obtener en las Oficinas de Registro y en la página web municipal: www.santiagodelteide.org/Subven-ciones y Becas.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide

El Ayuntamiento de Santiago del Teide es un organismo público local muy comprometido con la educación y la formación académica de los habitantes del mismo. Es por ello que, entre otras acciones, lleva a cabo la convocatoria de las Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide.

El plazo de inscripción de la Beca "Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide" es: desde 21/09/2026 hasta 20/10/2026.

La Beca "Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Ingeniería
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Arquitectura
  • Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
  • Música
  • Danza
  • Idiomas
  • Carrera Militar
  • Enseñanzas deportivas
  • Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos
  • Postgrado-Especialidad
  • Enseñanzas Artísticas Superiores
  • Formación Profesional Básica
  • Estudios Propios Universitarios

La Beca "Ayudas Alquiler Universitarios Ciclos Formativos Ayto. Santiago Teide" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Ayudas