Cabildo de Fuerteventura

Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura

Becas de estudiosBecas de movilidadBecas de formación prácticaBecas para estudiar en el extranjeroBecas socialesBecas NEAENo universitariosUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

Inicio15/09/2025 Fin15/10/2025
Finalizada

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Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura: solicitud y plazos

Descripción

El Cabildo de Fuerteventura convoca las Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventuradestinadas a estudiantes de enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de Grado, Máster, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero técnico y Arquitecto técnico. También van dirigidas a estudiantes de estudios oficiales de Formación Profesional de Grado Medio y Superior y Estudios Artísticos Superiores.

Para ser beneficiario de las Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura, los candidatos solicitantes deberán reunir los requisitos indicados en la convocatoria, entre los que se encuentran el tener nacionalidad española o de algún otro país miembro de la Unión Europea, y contar con empadronamiento en la isla de Fuerteventura.

El Cabildo de Fuerteventura trabaja constantemente para que todos sus ciudadanos tengan acceso a una educación de calidad a través de su programa de becas y ayudas al estudio. 

Dichas ayudas otorgan a los estudiantes seleccionados, beneficios económicos que les facilitan el desarrollo de los estudios en los que se hallen matriculados.

De este modo, además se conceden igualdad de oportunidades entre la población.

En nuestro portal web podrás consultar todas las becas y ayudas convocadas por el Cabildo de Fuerteventura. 

Y si además deseas solicitar una de las Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura, te facilitamos toda la información necesaria como requisitos, plazos, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Ingeniería
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Arquitectura
  • Artes plásticas y Diseño
  • Música
  • Danza
  • Arte Dramático (Teatro)
  • Postgrado-Especialidad
  • Audiovisuales
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Canarias
Provincia de origen
  • Las Palmas
Localidad
Fuerteventura
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos generales de las Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura

  • No estar en posesión de un título académico de igual o superior rango o categoría al de los estudios para los que solicita beca o ayuda, siempre que se hubiese recibido beca del Cabildo de Fuerteventura para la obtención de aquel.
  • La condición de beneficiario podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
  • Que la Renta de la unidad familiar y/o del solicitante (si se encuentra emancipado) no supere los límites o umbrales que se establecen en las bases reguladoras específicas de cada modalidad.

Los requisitos deben cumplirse al último día del mes de publicación de cada convocatoria,siempre que no se establezca de manera expresa un cómputo distinto en los requisitos específicos de cada modalidad.

Requisitos de carácter económico

* Consultar los requisitos económicos en las bases de la convocatoria.

Requisitos académicos

* Consultar los requisitos académicos en las bases de la convocatoria.

Requisitos específicos

  • Estudios de ESO y Bachillerato:
    • a. Estar federado en cualquier disciplina deportiva en algún club con sede fuera de la isla de Fuerteventura.
    • b. Hospitalización o tratamiento sanitario del solicitante, sus progenitores o hermanos.
    • c. Haber aprobado el número de asignaturas del curso anterior que le permita pasar al siguiente, entendiéndose que la no presentación en alguna de aquellas equivale al suspenso de la misma.
    • d. Acreditar la condición de víctima de violencia de género por cualquier miembro de la unidad familiar.
    • e. Estudios no contemplados en la oferta educativa oficial de la isla, o porque estando contemplados en esa oferta, se acredite que no obtuvo plaza.
  • Estudios de Formación Profesional:
    • a. Estudios no contemplados en la oferta educativa oficial de la isla, o porque estando contemplados en esa oferta, se acredite que no se obtuvo plaza.
    • b. Haber aprobado el número de asignaturas del curso anterior que le permita pasar al siguiente, entendiéndose que la no presentación en alguna de aquellas equivale al suspenso de la misma.
    • c. Estar federado en cualquier disciplina deportiva en algún club con sede fuera de la isla de Fuerteventura, hospitalización o tratamiento sanitario del solicitante, sus progenitores o hermanos o acreditar la condición de víctima de violencia de género por cualquier miembro de la unidad familiar.
  • Enseñanzas universitarias:
    • a. Estar matriculado de al menos el 50% de los créditos que conforman un curso dentro del plan de estudios oficial. Este número mínimo de créditos no será exigible en el caso de alumnos a quienes, para finalizar sus estudios, le resten un número de créditos inferior al 50% de los créditos que conforman un curso académico.
    • b. Haber aprobado, como mínimo, un 30% de los créditos en que se haya matriculado en el curso anterior o último curso realizado, para el caso de estudios universitarios estructurados por créditos.
  • Estudios de postgrados oficiales, doctorados o máster oficial o de otros programas de postgrados (experto o especialista universitario):
    • a. Podrán acceder a este tipo de becas aquellos estudiantes que estén en posesión de un título universitario de grado y que no hayan sido becados por este Cabildo para los estudios de postgrados oficiales, doctorados o máster oficial o de otros programas de posgrados (experto o especialista universitario).
    • b. Esta beca solo podrá disfrutarse durante un máximo de dos cursos académicos, bien para estudiar un máster o un programa de doctorado con una duración de dos cursos académicos o bien para cursar un máster universitario oficial de un curso académico de duración asociado a un programa de doctorado que dure otro curso académico de manera consecutiva, debiendo superarse un mínimo del 50% de los créditos matriculados para optar a la beca del siguiente curso.

Dotación

La cuantía según las diferentes modalidades de las Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura será la siguiente:

  • Becas para la realización de estudios presenciales y semipresenciales de ESO, Bachillerato y FP fuera de la isla:
    • 12 puntos: 1.800,00 euros
    • 11 puntos: 1.700,00 euros
    • 10 puntos: 1.600,00 euros
    • 9 puntos: 1.400,00 euros
    • 8 puntos: 1.200,00 euros
    • 7 puntos: 1.000,00 euros
    • 6 puntos: 900,00 euros
    • 5 puntos: 700,00 euros
  • Becas para la realización de estudios presenciales y semipresenciales de grado universitario y estudios de posgrado fuera de la isla:
    • 12 puntos: 2.800,00 euros
    • 11 puntos: 2.700,00 euros
    • 10 puntos: 2.600,00 euros
    • 9 puntos: 2.400,00 euros
    • 8 puntos: 2.200,00 euros
    • 7 puntos: 2.000,00 euros
    • 6 puntos: 1.900,00 euros
    • 5 puntos: 1.700,00 euros

Presentación

Las solicitudes de las Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura deberán presentarse únicamente a través de la plataforma web de solicitud y seguimiento de las becas de estudio: https://becas.cabildofuer.es.

Más información

Criterios de valoración

  • Solo se valorarán aquellas solicitudes que cumplan con todos los requisitos señalados en las bases reguladoras, así como aquellas que aporten toda la documentación exigida.
  • Si las solicitudes y los solicitantes, cumplen con los requisitos generales y específicos establecidos en las bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo Insular de Fuerteventura, se aplicarán los criterios de valoración establecidos en el Capítulo III del Título III de bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo de Fuerteventura según el tipo de beca solicitada, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el Título I, de acuerdo a los estudios para el que solicita la beca o ayuda al estudio.

Plazo de resolución

  • El plazo máximo de resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si por causa justificada no pudiera resolverse en este plazo, se ampliará en tres meses más el plazo de resolución. Con carácter general, transcurrido el plazo de resolución sin que ésta se haya dictado expresamente, se entenderá desestimada.
  • La resolución de concesión becas podrá realizarse de manera individual, parcial o total.

Medios de notificación

  • Los siguientes actos o resoluciones se notificarán a los interesados de acuerdo con el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la publicación en la página web del Cabildo de Fuerteventura: www.cabildofuer.es, en la Sede Electrónica: sede.cabildofuer.es, y tablón es electrónicos de anuncios oficiales de la corporación. Además los interesados podrán recibir en la dirección de correo electrónico que hayan indicado en el registro de usuario, un aviso de la publicación de aquellos actos en los que figuren.
  • Requerimiento de subsanación y mejora de las solicitudes de becas y ayudas al estudio. 
  • Resolución o resoluciones provisional/es y definitiva/s de becas y ayudas al estudio concedidas, denegadas y desistidas. Cualquier otra información que sea de conocimiento general por los solicitantes (solicitudes y documentación a aportar con la solicitud).

Enlaces de interés

https://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/bases_becas_estudio.pdf

https://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/becas_fuera_isla/2025/Convocatoria_fuera.pdf

Documentación a adjuntar

En todas las modalidades, en caso de no autorización expresa a aquellos documentos a los que pueda acceder el Cabildo de Fuerteventura según se muestre en la página web de solicitudes, deberá aportarse:

  • DNI/NIE del solicitante.
  • Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento de la isla de Fuerteventura donde resida el solicitante y se acredite la residencia en el mismo durante, al menos, 1 año anterior a la convocatoria, tomando como fecha final del cómputo el último día del mes en que se publica la convocatoria. En el caso en que el solicitante haya residido en dos municipios diferentes de la isla durante el último año deberá acreditarlo entregando los certificados históricos de ambos municipios.
  • El certificado deberá ser expedido por el ayuntamiento correspondiente en el plazo no superior a tres meses al inicio de presentación de solicitudes o, en el caso de ser requerida, del inicio del plazo de requerimiento y subsanación.
  • Declaración de la renta del ejercicio 2024 de todos los miembros de la unidad familiar. En el caso que el solicitante no dependa económicamente de sus progenitores declaración de la renta del solicitante. En caso de no haber trabajado o no estar obligado a declarar, certificado de imputaciones y retenciones del ejercicio 2024 de los miembros de la unidad familiar. En el caso que el solicitante no dependa económicamente de sus progenitores, certificado de imputaciones y retenciones del solicitante.
  • En caso de que algún miembro de la unidad familiar, o el propio solicitante, tenga reconocida alguna pensión, certificado de los importes percibidos durante el ejercicio 2024.
  • En caso de familia numerosa, se debe aportar título de familia numerosa en vigor.
  • En caso de discapacidad superior al 33%; certificado de discapacidad del solicitante o de los hermanos o hijos del solicitante.
  • En caso de orfandad simple (un solo progenitor) o absoluta, del estudiante menor de 25 años, certificado de defunción del padre y/o de la madre.
  • En caso de hermanos mayores de 25 años que convivan en el domicilio de la unidad familiar, certificado de estar inscrito como demandante de empleo y acreditación deque no percibe prestación por desempleo.En caso de independencia económica del solicitante, informe de vida laboral de los últimos 12 meses y contrato de arrendamiento de la vivienda o cualquier otro documento que acredite la titularidad o residencia en vivienda distinta de la de la unidad familiar.
  • Acreditación de la condición de familia monoparental. A efectos de esta convocatoria,se entiende por familia monoparental aquella que ha sido concebida por un solo progenitor, excluyéndose de este supuesto los casos de separación o divorcio o la pérdida de la patria potestad por sentencia judicial.
  • Acreditación de la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (sentencia condenatoria por cualquiera de las manifestaciones de la violencia contra las mujeres previstas en la ley, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.También podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género.
  • En el caso de víctimas menores de edad, la acreditación podrá realizarse, además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial.
  • Acreditación de la tutela, en el caso de solicitante menores de edad con tutor legal.

Para las becas de enseñanzas de la ESO, Bachillerato y Formación Profesional presencial o semipresencial, se deberá aportar, en su caso, además:

  • Documento original, con validez académica, de la matrícula del curso 2025/2026.
  • Calificaciones finales del curso académico 2024/2025, o de años anteriores en caso de haber dejado transcurrir algún año sin estudiar.
  • Quienes realicen sus estudios fuera de la isla, deberán aportar, según cada caso, la siguiente documentación:
    • Certificado de estar federado en cualquier disciplina deportiva en algún club con sede fuera de la isla de Fuerteventura.
    • Acreditación de hospitalización o tratamiento sanitario del solicitante, sus progenitores o hermanos.
    • En caso de estudios de FP que se impartan en la isla, acreditación de no haber obtenido plaza en centros de Fuerteventura.
    • Acreditar la condición de víctima de violencia de género por cualquier miembro de la unidad familiar.
  • Para las solicitudes de becas para la realización de estudios universitarios de grado y máster presencial o semipresencial, se deberá aportar, en su caso, además:
    • Documento original, con validez académica, de la matrícula del curso 2025/2026 donde figuren los créditos matriculados y quede suficientemente acreditado que la matrícula ha sido abonada.
    • Estudiantes universitarios: documento extracto del expediente académico, con validez oficial, actualizado del curso 2025/2026, donde figuren los datos identificativos del solicitante y de la Universidad, los créditos matriculados en el curso 2025/2026 y los matriculados, superados y no superados en el curso 2024/2025.
    • En caso de estudiantes de primer curso de grado, certificado de calificaciones de los estudios cursados en el curso 2024/2025, o en años anteriores en caso de haber dejado transcurrir algún año sin estudiar.
    • Estudiantes de posgrado: matrícula, con validez académica, del curso 2025/2026, además del título académico que les dio acceso a los estudios de máster o doctorado. En su caso, justificante del pago de las tasas del mismo.
    • Para estudiantes que realicen sus estudios fuera de la isla de Fuerteventura, en caso de hermanos que también realicen sus estudios universitarios fuera de la isla, documento original con validez académica de la matrícula del curso 2025/2026.
Los documentos de universidades o centros de estudios extranjeros, deben presentarse traducidos al español. Aquellos que incumplan este extremo serán considerados no válidos.

Personas con discapacidad

Documentación a adjuntar

  • En caso de discapacidad superior al 33%; certificado de discapacidad del solicitante o de los hermanos o hijos del solicitante.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura

El Cabildo de Fuerteventura convoca las Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventuradestinadas a estudiantes de enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de Grado, Máster, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero técnico y Arquitecto técnico. También van dirigidas a estudiantes de estudios oficiales de Formación Profesional de Grado Medio y Superior y Estudios Artísticos Superiores.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura" es: desde 15/09/2025 hasta 15/10/2025.

La Beca "Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Ingeniería
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Arquitectura
  • Artes plásticas y Diseño
  • Música
  • Danza
  • Arte Dramático (Teatro)
  • Postgrado-Especialidad
  • Audiovisuales

La Beca "Becas Estudios Presenciales Semipresenciales Fuera de Fuerteventura" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de formación práctica
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas sociales
  • Becas NEAE