Becas Estudios Musicales Ayuntamiento de Ortuella
INSCRIPCIONES
Becas Estudios Musicales Ayuntamiento de Ortuella: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Estudios Musicales Ayuntamiento de Ortuella ofrecen una ayuda económica destinada a fomentar la formación musical entre los vecinos y vecinas del municipio. Esta iniciativa del Ayuntamiento de Ortuella busca facilitar el acceso a los estudios musicales y contribuir a reducir los gastos que supone aprender música en una escuela oficial.
Para optar a estas ayudas, las personas solicitantes deben estar empadronadas en Ortuella y cursar estudios en una Escuela Oficial de Música. Además, es necesario asistir al menos al 80 % de las horas lectivas, completar el año académico y no recibir otra subvención destinada a financiar esos mismos estudios.
Las solicitudes deberán presentarse del 1 al 30 de octubre de 2026, ambos inclusive, a través del Registro General o de la sede electrónica del Ayuntamiento. La documentación requerida deberá entregarse debidamente cumplimentada y dentro del plazo establecido, hasta las 14:30 h del último día de presentación. El procedimiento contempla un plazo máximo de tres meses para dictar resolución, contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Si estás pensando en continuar tu formación musical y cumples los requisitos, las Becas Estudios Musicales Ayuntamiento de Ortuella pueden ayudarte a dar un nuevo impulso a tu aprendizaje. Consulta las bases completas, prepara la documentación necesaria y aprovecha esta oportunidad.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Música
- País de origen
- España
- Región de origen
- País Vasco
- Provincia de origen
- Vizcaya
- Localidad
- Ortuella
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos para solicitar las Becas Estudios Musicales Ayuntamiento de Ortuella:
- a. Las personas solicitantes deberán ser de Ortuella.
- b. Se subvencionarán los estudios musicales cursados y aprobados en centros oficiales.
- c. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 3.5 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ortuella.
- d. Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Dotación
Dotación de las Becas Estudios Musicales Ayuntamiento de Ortuella:
Beca ordinaria: Se subvencionará hasta un máximo del 20 % del importe abonado.
Beca para desempleados/as: Se subvencionará hasta un máximo del 30 % del importe abonado.
Presentación
Plazo de presentación para las Becas Estudios Musicales Ayuntamiento de Ortuella:
Las solicitudes se deberán presentar en el Registro General o en la sede electrónica del Ayuntamiento del 1 al 30 de octubre de 2026, ambos incluidos.
Más información
Objeto, finalidad y condiciones
El Ayuntamiento de Ortuella, en su tarea de fomentar el estudio de la música entre la población, pretende establecer medidas que resulten incentivas para los/las vecinos/as del municipio que deseen realizar estudios musicales. Y como es labor de las administraciones públicas garantizar el respeto a los derechos básicos de los/las administrados/as, se establecen una serie de subvenciones económicas que ayuden a paliar los gastos derivados del estudio de la música.
Condiciones
- Estar empadronado/a en el municipio de Ortuella.
- Estudiar en una Escuela Oficial de Música.
- Asistencia al 80% de las horas de los cursos realizados y completar el año académico.
- No recibir ningún otro tipo de subvención para realizar dichos estudios.
- Entregar el impreso de solicitud debidamente rellenado y la documentación requerida, en el Registro o en la sede electrónica del Ayuntamiento del 1 al 30 de octubre de 2026 y hasta las 14:30 h del último día.
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para dictar resolución será:
De tres meses, a contar desde el siguiente a la finalización de entrega de solicitudes, en el caso de subvenciones a conceder por el sistema de concurrencia competitiva.
En el caso de que transcurran los plazos indicados en el punto anterior sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá que la misma ha sido denegatoria.
La notificación del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 41 de la citada ley.
Indicar si la resolución pone fin a la vía administrativa
La resolución pone fin a la vía administrativa.






