Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel
INSCRIPCIONES
Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel son convocadas por el Ayuntamiento Sallent de Gállego. Gracias a estas becas se ofrecerá una ayuda a aquellos alumnos que hayan cursado sus estudios fuera de la localidad, que no puedan ser realizados en la Comarca Alto Gállego y deportistas de alto nivel. Las becas se ofrecen para paliar las dificultades que supone seguir los estudios reglados en su término municipal.
El ayuntamiento pretende con estas becas promocionar la cultura y formación entre sus habitantes, así como las actividades deportivas de alto nivel, otorgando ayudas a aquellos jóvenes que precisen continuar sus estudios fuera de la localidad.
Podrán ser beneficiarios de estas becas los estudiantes empadronados en el municipio y que cumpla con todos los requisitos indicados en la presente convocatoria.
La cuantía económica que se ofrecerá a los beneficiarios de las Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel será un máximo de 1.800 euros. Esta cantidad variará dependiendo de si son estudiantes y la duración de los cursos que estén realizando, o si estudian Grado y Máster y tienen un excepcional rendimiento académico.
Si cumples los requisitos y te interesa solicitar una de las Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel, aquí puedes consultar toda la información que necesitas conocer.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Artes plásticas y Diseño
- Música
- Danza
- Enseñanzas deportivas
- País de origen
- España
- Región de origen
- Aragón
- Provincia de origen
- Huesca
- Localidad
- Sallent de Gállego
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Beneficiarios de las Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel
Podrán ser beneficiarios de esta subvención los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
Estar empadronado/a, tanto el solicitante como sus padres o tutores, en el municipio y núcleo de Sallent de Gállego con una antigüedad de dos años a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, con residencia efectiva de los padres o tutores y haber nacido el solicitante en el año 2000 o posteriores.
Haber cursado estudios en un centro de enseñanza postobligatoria oficial reglada en el curso 2025-2026, que estén encaminados a la obtención de un título oficial o profesional, fuera de la Comarca Alto Gállego, la cual se encuentre situada a una distancia que obligue al beneficiario/a, a residir forzosamente fuera del municipio.
Haber solicitado la ayuda en tiempo y forma, según se establece en estas Bases.
No estar incurso el solicitante, ni sus familiares directos, en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con este Ayuntamiento. Asimismo, estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, a excepción de quienes justifiquen estar emancipados.
No se concederá ayuda a quienes repitan curso. Sólo se otorgará una ayuda por beneficiario.
Requisitos
Para obtener la ayuda deberán acreditar haber superado en los últimos estudios cursados, los siguientes porcentajes de los créditos matriculados, según los estudios realizados:
A. ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS DEL SISTEMA UNIVERSITARIO ESPAÑOL.
RAMA O ÁREA DE CONOCIMIENTO - PORCENTAJE DE CRÉDITOS A SUPERAR:
- Arte y Humanidades: 90 %.
- Ciencias 65%.
- Ciencias Sociales y jurídicas 90%.
- Ciencias de la Salud 80%.
- Ingeniería o Arquitectura/Enseñanzas Técnicas 65%.
B. ENSEÑANZAS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO Y DE ENSEÑANZAS DEPORTIVAS: Los estudiantes deberán acreditar haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que supongan el 85% de las horas totales del curso en que hubieran estado matriculados.
C. ENSEÑANZAS DE BACHILLERATO, PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA Y GRADO MEDIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO Y DE LAS ENSEÑANZAS DEPORTIVAS: Los estudiantes de cursos organizados por módulos deberán acreditar haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que supongan el 85% de las horas totales del curso en que hubieran estado matriculados.
D. ESTUDIOS DE MÁSTER OFICIAL O PROFESIONAL: Para obtener la ayuda en los estudios conducentes a la obtención de un título oficial o profesional de Máster, será preciso que el estudiante se haya matriculado en el curso 2025-2026, en la modalidad presencial y como mínimo tenga una duración de 1 año y un mínimo de 60 créditos. El número mínimo de créditos aprobados para solicitar la ayuda será del 90 %.
E. DOCTORADO: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los estudiantes que realicen estudios de Doctorado, siempre que tengan una edad máxima de 30 años, inclusive. Para obtener la ayuda, los estudiantes de Doctorado deberán aportar certificado de matrícula o de tutela académica correspondiente al curso 2025/2026, justificante de su abono, certificado de evaluación anual favorable emitido por la Comisión Académica del programa de Doctorado y documentación acreditativa de las becas, ayudas, contratos predoctorales u otros medios de financiación obtenidos o solicitados. Asimismo, deberán aportar justificantes de los gastos de matrícula, tutela académica, desplazamiento, alojamiento o residencia derivados de la realización del Doctorado fuera del núcleo de Sallent de Gállego.
F. CURSOS PARA LA OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS DE TÉCNICO DEPORTIVO SUPERIOR (TD1, TD2 y TD3): Los estudiantes que hayan realizado el curso para la obtención del título de Técnico Deportivo (TD1, TD2 y TD3), deberán aportar un certificado en el que consten aprobadas las notas de los bloques común y específico, y aportar el título una vez se hayan realizado las prácticas y se esté en posesión del mismo.
Dotación
Dotación de las Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel:
El Ayuntamiento tiene aprobada una partida presupuestaria de ayuda al estudio de 45.000 €.
El importe máximo de la ayuda será de 1.800 euros (*), y se otorgará de acuerdo con el siguiente baremo:
ESTUDIANTES:
- Curso de hasta 3 meses, 500 €
- Curso de 3 a 6 meses: 700 €
- Curso de 1 año académico: 1.500 €
(*) En el caso de que se conceda la ayuda adicional por excepcional rendimiento académico u otros conceptos no se tendrá en cuenta este importe máximo.
La adjudicación tiene el carácter de concurrencia competitiva. Por lo tanto, tras valorarse la documentación aportada se hará una lista de mayor a menor puntuación, subvencionándose por este orden hasta el tope de los 45.000 € existentes en la partida presupuestaria.
Los estudiantes, hijos de familia numerosa o familia monoparental, tendrán una ayuda adicional de 300 €, siempre que cumplan el baremo establecido y prorrateado según el periodo de tiempo del curso realizado estudiado:
- Curso de hasta 3 meses: 100 €
- Curso de 3 a 6 meses: 200 €
- Curso de 1 año académico: 300 €
En caso de quedar remanente en la partida presupuestaria, se aprueba conceder las siguientes ayudas adicionales.
1) Para aquellos estudiantes que no hayan alcanzado el porcentaje de créditos a superar según los estudios realizados, se realizará un prorrateo de acuerdo con la siguiente fórmula:
Importe total subvencionable
________________________ x Créditos aprobados
Créditos totales matriculados
El número máximo de asignaturas no superadas no podrá ser superior a dos. No obstante, cuando el número de asignaturas no superadas sea superior, podrá valorarse excepcionalmente la concesión de la ayuda cuando dicha circunstancia se deba a causas de fuerza mayor debidamente justificadas, tales como enfermedad u otras situaciones personales debidamente acreditadas.
2) Para aquellos estudiantes de Grado Universitario y Máster, que tengan un excepcional rendimiento académico, otorgar una ayuda adicional, con los siguientes importes:
- 150 € por matrícula de honor.
- 100 € por sobresaliente.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Estudiantes Desplazados y Deportistas Alto Nivel, junto con la documentación pertinente, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sallent de Gállego, a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sallent (https://sallentdegallego.sedelectronica.es/info.0)
El plazo de admisión de instancias será del 1 al 31 de octubre de 2026, las bases serán publicadas en la BNDS, BOP y tablón edictal de la sede electrónica del Ayuntamiento y tablón de anuncios.
Si la solicitud no reúne los requisitos que señala la convocatoria se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si no lo hace, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución del Alcalde-Presidente de la Corporación de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto de la convocatoria
Es objeto de esta convocatoria la concesión, mediante convocatoria pública, de ayudas a los alumnos que hayan cursado sus estudios fuera de la localidad, que no puedan ser realizados en la Comarca Alto Gállego, durante el curso 2025-2026. Dada la situación de la localidad y las dificultades de seguir los estudios reglados en su término municipal, es objetivo de este Ayuntamiento el promocionar la cultura y formación entre sus habitantes, otorgando ayudas a aquellos jóvenes que precisen continuar sus estudios fuera de la localidad.
Beneficiarios de la subvención
Podrán ser beneficiarios de esta subvención los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado/a, tanto el solicitante como sus padres o tutores, en el municipio y núcleo de Sallent de Gállego con una antigüedad de dos años a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, con residencia efectiva de los padres o tutores y haber nacido el solicitante en el año 2000 o posteriores.
- Haber cursado estudios en un centro de enseñanza postobligatoria oficial reglada en el curso 2025-2026, que estén encaminados a la obtención de un título oficial o profesional, fuera de la Comarca Alto Gállego, la cual se encuentre situada a una distancia que obligue al beneficiario/a, a residir forzosamente fuera del municipio.
- Haber solicitado la ayuda en tiempo y forma, según se establece en estas Bases.
- No estar incurso el solicitante, ni sus familiares directos, en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con este Ayuntamiento. Asimismo, estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, a excepción de quienes justifiquen estar emancipados.
No se concederá ayuda a quienes repitan curso. Sólo se otorgará una ayuda por beneficiario.
Procedimiento y forma de presentación de las instancias
La presentación de la instancia firmada por el solicitante o, en el caso de que éste sea menor de edad o no esté emancipado, por el padre, madre, tutor o persona encargada de su guarda y protección, implica que, con dicha firma, el peticionario o sus representantes declaran bajo responsabilidad solidaria lo siguiente:
- Que aceptan las Bases de la convocatoria para la que solicitan ayuda.
- Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
- Que quedan enterados de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o reintegro de la ayuda.
Justificación complementaria
En caso de que la ayuda que se obtenga por parte del Ayuntamiento sea superior al importe de la matrícula, deberá justificarse la diferencia con otros gastos producidos, derivados de la estancia fuera del término municipal. En caso de no hacerlo, el estudiante deberá reintegrar la diferencia, y si hubiera incumplimiento no podrá solicitar ayuda en la siguiente convocatoria.
Comisión de valoración
La Comisión de Valoración de los méritos de los solicitantes estará presidida por el Sr. Alcalde, y formada por un representante de cada uno de los grupos municipales que conforman la Corporación, y de dos profesores del CRA. Se considerará constituida si acuden la mitad más uno de sus componentes. Actuará de Secretaria, la de la Corporación.
Subsanación de solicitudes
En caso de faltar algún documento o requerirse alguna aclaración, se notificará al interesado, el cual dispondrá de un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación omitida, desde el momento en que se le notificó. En caso de no hacerlo, se le tendrá por desistido en su petición, previa la resolución correspondiente de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano competente para su otorgamiento
La competencia para el otorgamiento de estas ayudas corresponderá al Sr. Alcalde, atendiendo a las propuestas de la Comisión de Valoración. En caso de que estas propuestas no sean atendidas, se razonará mediante informe los motivos que han provocado tal circunstancia.
Enlaces de interés
https://www.xn--sallentdegllego-wjb.es/documents/10339908/0/20260924_Otros_BASES+AYUDAS+ESTUDIANTES+DESPLAZADOS+CURSO+25-26-1+%281%29.pdf/7fc3a7c7-4a6c-22bf-5db0-a3f540f877df?t=1790758458382
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se formalizarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Sallent de Gállego, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante, según consta en ANEXO I, acompañándola de la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I.
- Justificante solicitud matrícula curso 2025-2026.
- Justificante pago de la matrícula en el año 2025-2026.
- Documentación Académica: CERTIFICADO académico, expedido oficialmente por el centro de estudios, en el que se manifieste la totalidad de las asignaturas que componen el curso académico que se ha cursado, y las que se ha estado matriculado durante el curso 2025-2026, así como calificación obtenida. En caso de realizarse estudios en el extranjero, la documentación justificativa debe aportarse traducida por un traductor oficial.
- Para los alumnos de los TD1, TD2 y TD3, certificado académico del centro de estudios, con las calificaciones obtenidas en el bloque común y específico y justificante del título obtenido.
- Declaración responsable de los padres o tutores, o en su caso, del alumno mayor de 18 años, sobre la residencia del solicitante, fuera del hogar familiar, a lo largo del curso.
- Declaración responsable de no estar incurso en obligaciones tributarias con la Hacienda municipal, Estado, Seguridad Social, Ayuntamiento de Sallent y sus sociedades.






