Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla
INSCRIPCIONES
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Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla: solicitud y plazos
Descripción
Con la finalidad de favorecer y facilitar el acceso a la Escuela de Teatro de la Asociación "Montilla a Excena", e impulsar el arte de la cultura y el ocio el Ayuntamiento de Montilla presenta la convocatoria de las Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla.
Estas becas están orientadas a aquellas personas que se encuentren empadronadas en este municipio cordobés y que cumplan con el resto de los requisitos establecidos en la convocatoria. Entre estos requisitos se encuentran haber presentado solicitud de matrícula para el correspondiente curso escolar en la Escuela de Teatro y pertenecer a una unidad familiar en la que no se exceda el nivel de renta indicado.
De este modo, el Ayuntamiento de Montilla favorece el desarrollo de la actividad teatral entre los colectivos más desfavorecidos o que se encuentren en riesgo de exclusión.
En esta convocatoria de las Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla, se ofrecerán un total de 10 becas, 5 de ellas cubrirán el 100% del coste de la mensualidad, y las otras 5 cubrirán el 50% de dicho coste.
Las solicitudes presentadas serán valoradas por una Comisión de Valoración que determinará las candidaturas que finalmente se beneficien de estas becas.
Para conocer toda la información relacionada con las Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla y poder solicitar una de ellas, te será de gran ayuda conocer todos los datos que te facilitamos a continuación.
Datos básicos
- Nº de becas
- 10
- Nivel de estudio
- Arte Dramático (Teatro)
- País de origen
- España
- Región de origen
- Andalucía
- Provincia de origen
- Córdoba
- Localidad
- Montilla
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos fijados para optar a alguna de las Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla, anunciadas en esta convocatoria y bases son los siguientes:
- Estar empadronados en el municipio de Montilla con una antigüedad de, al menos, tres meses contados desde la fecha de la presente Convocatoria.
- Haber presentado solicitud de matrícula para el curso escolar 2024-2025 en la Escuela de Teatro de la Asociación «Montilla a Excena» en cualquiera de sus modalidades. En caso de no haberse abierto el plazo para dicha matrícula, la posible concesión de beca quedará vinculada, en su caso, a la obligación de matricularse en el curso.
- Disponer la unidad de convivencia en la que se integra la persona solicitante de una renta per cápita no superior a los 4.500,00 € anuales. Por razones justificadas, y siempre que no se cubra la totalidad de las becas, la Comisión de Adjudicación podrá aumentar este límite de rentas.
- Solo podrá solicitarse una beca por persona.
Dotación
Se ofrecen un total de 10 Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla de las cuales, 5 serán de exención del pago del 100% de la mensualidad, mientras que otras 5 cubrirán el 50% de dicha mensualidad.
Presentación
Las solicitudes a las Becas Escuela de Teatro Ayto. Montilla se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Montilla, acompañada de la documentación indicada.
Más información
Objeto
- Con la finalidad de favorecer el acceso a la Escuela de Teatro de la Asociación «Montilla a Excena» de personas en situación de riesgo o vulnerabilidad social o económica, y a través del convenio que el Ayuntamiento de Montilla tiene con la mencionada asociación, se convocan DIEZ becas destinadas al alumnado que se seleccione de conformidad con los criterios que se recogen en las presentes bases.
- Se deja patente la inexistencia de vínculo económico entre el Ayuntamiento y la persona o persona becadas, ya que la ayuda consiste en una exención de pago de matrícula por parte de la propia Asociación «Montilla a Excena»; donde el Ayuntamiento actúa como simple mediador, proponiendo a las personas beneficiarias en base a las condiciones fijadas por esta Convocatoria.
Valoración
- Un representante de la Asociación «Montilla a Escena».
- Un Técnico de Servicios Sociales Municipales.
- Un Técnico de la Delegación de Cultura.
- Actuará como Secretario/a del Grupo; con voz pero sin voto, una persona trabajadora adscrita al Área de Cultura del Ayuntamiento.
- Se considerará de manera especial la información aportada desde la Escuela de Teatro de la Asoc. «Montilla a Excena», en relación al aprovechamiento de la actividad, para aquel alumnado que ya haya participado en cursos anteriores de la Escuela de Teatro, esta información será conjugada con los datos anteriores a la hora de hacer la propuesta de ayuda.
- Cuando derivado de la conjunción de informes de Servicios Sociales y de la Escuela de Teatro, no se concedan la totalidad de ayudas disponibles, y a la vista de la documentación presentada, el grupo de trabajo priorizará, de entre las restantes solicitudes, las que contemplen situaciones familiares con mayor desventaja desde el punto de vista laboral y económico, siempre que no sobrepasen el umbral de ingresos máximo fijado.
- Se priorizará conceder una sola bonificación por unidad de convivencia, pudiéndose dar excepciones en situaciones debidamente justificadas siempre que no se hayan agotado la totalidad de las ayudas.
- La ocultación, falseamiento o manipulación de cualquier dato o fuente de renta podrá dar lugar a la denegación o anulación de la ayuda.
- El Grupo de Trabajo elaborará una propuesta fundamentada en base a la valoración descrita en estas bases que elevará a la Comisión de Adjudicación, que será quién definitivamente adjudique las ayudas y que podrá introducir cambios y modificaciones en la propuesta del Grupo de Trabajo.
- Por razones justificadas, podrá quedar desierta la totalidad o alguna de las ayudas.
- Si, una vez terminado el plazo inicial de solicitudes, no se hubiesen otorgado la totalidad de las ayudas, se mantendrá abierto el plazo de solicitudes hasta la finalización del curso de la Escuela de Teatro, de tal forma que se podrán aceptar solicitudes hasta que se cubra el límite máximo de ayudas. Para el estudio y concesión de estas solicitudes posteriores al plazo inicial, no tendrá que convocarse a la Comisión de Adjudicación siempre que se cumpla el requisito del umbral de rentas máximas por parte de la persona beneficiaria o cuente con informe favorable por parte de Servicios Sociales, bastando para la concesión Informe Técnico del Área de Cultura y Resolución de la Presidenta de la Comisión de Adjudicación; debiendo ser convocada la misma en caso de que existan otras circunstancias.
Enlaces de interés
https://montilla.es/wp-content/uploads/2024/08/bases-ayudas-ESCUELA-DE-TEATRO-2024-25.pdf
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la siguiente documentación:
- DNI de la persona solicitante y de su tutor/a legal en caso de ser menor de edad.
- Copia del Libro de Familia. Las familias monoparentales por razón de divorcio se acreditarán mediante la correspondiente resolución judicial o Certificación de Matrimonio donde conste dicho extremo.
- Certificado de Empadronamiento, que se solicitará de oficio por el propio Ayuntamiento referido a todos los miembros de la unidad de convivencia de referencia, salvo que se aporte por el propio solicitante.
- Declaración responsable de todos los ingresos de la unidad de convivencia, referidos al ejercicio económico 2023, según modelo recogido en el Anexo 1, debidamente firmada por todos los miembros mayores de 16 años.
- Si alguno/s de los miembros de la unidad de convivencia estuvo obligado a realizar la Declaración de la Renta del ejercicio 2023, conjunta o individualmente, se recogerán las cifras que aparezcan en las casillas 435 y 460.
- Si algún miembro no está obligado a realizar la Declaración de la Renta, la declaración responsable recogerá sus ingresos totales, por cualquier concepto imputable a su renta de 2023.
- En caso de modificación de las condiciones económicas actuales respecto a las de 2023, que haya supuesto una merma de ingresos en la unidad familiar, deberá acreditarse tal supuesto con la presentación de los siguientes documentos:
- En su caso, certificados del SAE de inscripción como demandante de empleo de las personas mayores de 16 años de la unidad familiar.
- Certificado del SEPE referido al cobro de prestaciones de este servicio, para los mayores de 16 años.
- Certificado del INSS en el que se haga constar el cobro de pensiones por alguno de los miembros de la unidad familiar.
La Comisión de Valoración, examinada la documentación aportada, podrá solicitar en caso de duda, documentación aclaratoria de aquellas situaciones que así lo estime pertinente. En especial, se podrá requerir al solicitante para que presente copia de la Declaración de la Renta del ejercicio 2023, al objeto de verificar los ingresos contemplados en la Declaración responsable.
Asimismo, si las personas solicitantes no acompañaran toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, se podrá requerir su subsanación, con el apercibimiento de que si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición, archivándose sin más trámite.