Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente
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Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente son convocadas por este organismo público con la intención de facilitar a los alumnos empadronados en este municipio, el desarrollo de estudios en el extranjero.
El Ayuntamiento de Crevillente es un organismo consciente de las muchas dificultades económicas por la que atraviesan algunos alumnos durante su etapa académica, y además también es consciente de la importancia de cursar estudios en el extranjero, y de los costes de dichas movilidades.
Mediante estas ayudas, los alumnos seleccionados recibirán una dotación económica mensual, o por días sueltos, que permitirán a los alumnos hacer frente a parte de sus gastos.
Por todo ello, consideramos que las Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente son una gran oportunidad que no debes dejar pasar si deseas cursar parte de tus estudios en el extranjero y además estás empadronado en este municipio con una antigüedad mayor a un año.
¿Deseas conocer más datos sobre las Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente?, pues te encuentras en el lugar más indicado ya que aquí podrás conocer cuáles son los plazos de solicitud de las becas, la documentación a presentar y el lugar donde deberás hacerlo, así como otros datos sobre la resolución de la convocatoria y el método de pago de las becas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Crevillente
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los beneficiarios de estas Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente deberán estar empadronados en la ciudad de Crevillent, con al menos un año de antigüedad, y la documentación académica que haga referencia a que ha estado incluido en un programa de estudios en el extranjero, regulado por la Universidad en la que está matriculado, para el curso escolar 2025-2026. La estancia en el extranjero deberá haberse producido durante el curso 2025-2026, aunque corresponda a otro curso académico, o la Universidad española haya concedido dicha beca de movilidad durante el curso anterior.
No hallarse incurso en los supuestos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Dotación
Criterios de baremación y cuantías de las Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente:
La cuantía individual de cada ayuda se determinará en función de la duración de la estancia acreditada en el extranjero, estableciéndose un importe máximo de 100 euros por cada mes completo de estancia y de 3 euros por cada día adicional que no complete un mes, sin que en ningún caso pueda superarse el importe resultante de la aplicación de dichos límites. El crédito máximo destinado a la presente convocatoria asciende a 6.300 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2026-3340-48803. En el supuesto de que la suma de las cuantías máximas que corresponderían a todas las solicitudes que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiarias exceda del crédito disponible, este se distribuirá entre todas ellas mediante la aplicación de un coeficiente único de prorrateo, de forma que se reduzca proporcionalmente el importe correspondiente al mes completo y al día adicional de estancia, garantizando la aplicación de un mismo valor económico por mes y por día a todas las personas beneficiarias. A tal efecto, el coeficiente de prorrateo se obtendrá dividiendo el crédito disponible entre el importe total que resultaría de aplicar las cuantías máximas previstas en la convocatoria a todas las solicitudes que cumplan los requisitos. El importe definitivo de las ayudas se obtendrá aplicando dicho coeficiente a las cuantías inicialmente calculadas.
Presentación
Una vez publicada la convocatoria de las Becas Estudios en el Extranjero Ayto. Crevillente en el BOP de Alicante, las solicitudes se presentarán en las oficinas del Registro General Municipal, o a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que se publica en la página web del Ayuntamiento de Crevillent como Anexo I. El plazo de presentación de solicitudes al efecto será de 15 días contados a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, estando limitadas las subvenciones al agotamiento de las aplicaciones presupuestarias correspondientes.
Más información
Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas a los alumnos universitarios de Crevillent con becas de movilidad, para el curso 2025-2026. Las ayudas otorgadas a los estudiantes serán compatibles con otras ayudas públicas o privadas.
Resolución
La Concejalía de Cultura elevará a la Junta de Gobierno Local la propuesta de acuerdo de concesión de las ayudas, para su aprobación definitiva. La resolución será notificada a los interesados y comunicada al Consejo Rector del Ateneo, con carácter meramente informativo. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso de reposición dentro del plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación de resolución, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de la misma forma. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria.
Pago de las ayudas
El mantenimiento de terceros es requisito imprescindible para que el Ayuntamiento de Crevillent proceda al pago de la ayuda, que se llevará a cabo una vez realizados los estudios en el extranjero y aportada toda la documentación, y se ingresará en la cuenta bancaria señalada por el beneficiario, cuyos datos necesariamente habrán de ser especificados en los Anexos I y III. Al importe de las ayudas se les podrá aplicar las retenciones legales que correspondan en su caso.
Obligaciones de los beneficiarios
El beneficiario, en trabajos de edición que pudiera realizar fruto de su periodo de estancia en el extranjero, deberá hacer constar que ha sido becado por el Ateneo Municipal de Cultura.
Financiación de las ayudas
El importe total que el Ayuntamiento de Crevillent destinará a estas ayudas es de 6.300,00 €, que se financiará con cargo a la consignación presupuestaria 2026-3340-48803 (Subvención Becas para estudiantes universitarios en el extranjero), estando condicionadas a la existencia de crédito en los presupuestos generales municipales vigentes.
Compatibilidad con otras ayudas y subvenciones
Las prestaciones económicas reguladas en esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad y sean de otras Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que el importe de la prestación en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad financiada.
Enlaces de interés
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/921607
Documentación a adjuntar
La solicitud (Anexo I) habrá de ser acompañada necesariamente de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI
- Acreditación, mediante declaración responsable, de no encontrarse incurso en los supuestos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (Anexo II).
- Certificado de la estancia en la Universidad de destino con las fechas exactas de permanencia.
- Certificado de concesión de una beca de movilidad expedido por la Universidad a la que pertenece.
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si no autorizan expresamente al Ayuntamiento a obtenerlos.
Además de la presentación de la solicitud y la documentación indicada anteriormente, los interesados deberán presentar por registro o por la sede electrónica el trámite: “Mantenimiento de terceros”, para dar de alta la cuenta bancaria para el abono de la beca. Para ello se adjunta el enlace directo a la sede: https://crevillent.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=28893
Si la solicitud no incluyera los datos exigidos o faltara documentación se le requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto.
En base al artículo 28 de la Ley 39/2015, el solicitante autorizará o no al Ayuntamiento de Crevillent a consultar la documentación accesible necesaria vía telemática, para comprobar la veracidad de los datos aportados por el mismo, y deberá indicarlo expresamente en el Anexo II.
Se remitirá información de esta convocatoria y las resoluciones de concesión recaídas en la BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES.






