Ayuntamiento de Catral

Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral

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INSCRIPCIONES

Inicio09/10/2026 Fin13/10/2026
Finalizada

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Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Catral cree conveniente apoyar a las familias y jóvenes que cursen estudios en distintos niveles educativos, y que tengan recursos limitados para afrontar los gastos escolares. Es por ello que convoca las Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral. Estas becas se establecerán en dos modalidades: libros de texto, dirigidas a los menores escolarizados en Segundo Ciclo de Educación Infantil, y gastos de transporte, destinadas a estudiantes de bachillerato, módulos formativos y estudios universitarios en todo el ámbito nacional fuera del municipio de Catral.

Para poder solicitar las Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral se deberán cumplir los requisitos indicados, entre los que se encuentran estar empadronados en dicho municipio. Las solicitudes para estas ayudas deberán formalizarse en el impreso normalizado disponible en la sede electrónica municipal.

Para seleccionar a los becarios, se tendrán en cuenta las circunstancias familiares (familia numerosa, progenitores en desempleo, etc), los ingresos anuales de la unidad familiar, la minusvalía si la hubiese y el tiempo de permanencia en desempleo.

Si te interesan las Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral aquí puedes ver toda la información que necesitas para solicitarlas. Consulta en nuestra web los plazos, requisitos, documentación y mucho más.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Provincia de origen
  • Alicante
Localidad
Catral
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos generales para solicitar las Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral

Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas los/as estudiantes para quienes se solicite la subvención, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  • a. Estar matriculado/a en enseñanzas del sistema educativo público español.
  • b. Ser español/a o poseedor/a de autorización de residencia en vigor en España.
  • c. Estar empadronado/a en el municipio de Catral con anterioridad al 1 de enero de 2026.
  • d. No estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • e. Obtener una puntuación mínima de 2 puntos, conforme al baremo de valoración establecido en estas Bases.

Las personas menores de edad actuarán mediante su representante legal, sin perjuicio de que la condición de beneficiaria corresponda al estudiante.

Modalidades de ayudas y beneficiarios/as:

1. Ayuda para libros de texto y material escolar:

Para estudiantes que cursen 2.º ciclo de Educación Infantil en centros públicos del municipio de Catral. (Se excluye al alumnado de Primaria, Secundaria y Bachillerato, dado que dispone de programas específicos de otras administraciones, como Xarxa Llibres o las becas del Ministerio de Educación).

2. Ayuda para gastos de transporte:

Para estudiantes empadronados/as en Catral que cursen Bachillerato, Ciclos Formativos o estudios universitarios en centros públicos situados fuera del municipio de Catral.

No podrán ser beneficiarios/as quienes cursen estudios en la modalidad a distancia.

Dotación

Cuantía de las Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral

1. Libros de texto y material escolar (2.º ciclo de Infantil):

  • Crédito inicial: 4.000,00 €.
  • Importe máximo por solicitante: 50,00 €, o el gasto justificado si es menor.

2. Gastos de transporte (Bachillerato, FP y Universidad):

  • Crédito inicial: 11.000,00 €.
  • Importe máximo por solicitante: 200,00 €.

Limitaciones:

  • Las ayudas no son acumulables: cada solicitante deberá optar por una modalidad.
  • No podrán concederse más de cuatro ayudas por unidad familiar.
  • Si el número de solicitudes supera el crédito disponible, se atenderá al orden de prelación resultante del baremo socioeconómico. Son incompatibles con otras becas o subvenciones para la misma finalidad concedidas por otras administraciones u organismos públicos. El órgano competente para resolver podrá redistribuir el crédito sobrante entre ambas modalidades, garantizando la ejecución íntegra de los 15.000,00 euros previstos.

Presentación

A. Las solicitudes para las Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral deberán formalizarse en el impreso normalizado disponible en la sede electrónica municipal (https://catral.sedelectronica.es) o en la página web del Ayuntamiento (www.catral.es).

B. También podrán recogerse en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de España n.º 1, planta baja).

C. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Catral, en horario de 9:00 a 14:00 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Plazo

  • El plazo de presentación se abrirá desde la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Alicante hasta el 13 de octubre de 2026 (00:00 horas).
  • Publicada la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, se dispondrá de cinco (5) días hábiles para subsanar errores, conforme al artículo 23.5 de la LGS y al artículo 68 de la Ley 39/2015.
  • Concluido este trámite, se publicará la lista definitiva de beneficiarios/as en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Más información

Objeto

El Ayuntamiento de Catral convoca, para el curso académico 2026–2027, una línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinada a sufragar los gastos derivados de:

  • Adquisición de libros de texto y material escolar, y
  • Gastos de transporte escolar y universitario,

con el fin de fomentar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación y contribuir a la formación académica y profesional de los/as estudiantes del municipio.

Estas ayudas tendrán carácter de subvención, y se regirán por lo dispuesto en:

  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
  • El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y
  • Las presentes Bases reguladoras.

El órgano competente para la gestión, instrucción y resolución del procedimiento será la Alcaldía, mediante Decreto, en el ámbito de sus competencias.

A efectos de esta convocatoria, se entiende por beca o ayuda al estudio toda aportación económica que el Excmo. Ayuntamiento de Catral conceda a estudiantes matriculados en centros públicos que impartan enseñanzas oficiales, durante el curso académico 2026–2027. La Alcaldía podrá redistribuir el crédito disponible entre las distintas modalidades de ayudas en función del número de solicitudes admitidas y de las modalidades con mayor demanda, garantizando el cumplimiento de los principios de igualdad, concurrencia y publicidad.

Procedimiento de concesión

  1. El procedimiento se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22 de la Ley 38/2003.
  2. La iniciación se producirá previa solicitud, en los términos previstos en estas Bases.
  3. El órgano instructor (designado por Decreto de Alcaldía) verificará el cumplimiento de los requisitos y elevará propuesta de resolución.
  4. Se publicará una resolución provisional en la sede electrónica, tablón de edictos y página web municipal, otorgando cinco (5) días hábiles para alegaciones.
  5. Examinadas las alegaciones, se dictará resolución definitiva, que se publicará en los mismos medios y surtirá los efectos de notificación.
  6. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis (6) meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  7. Contra la resolución cabrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en la legislación vigente.

Criterios de valoración

La valoración de las solicitudes se ajustará al siguiente baremo:

1. Situación familiar (máx. 6 puntos).

  • Ambos progenitores en desempleo, sin prestaciones: 4 puntos.
  • Ambos progenitores en desempleo, uno sin prestaciones: 3 puntos.
  • Ambos progenitores en desempleo, ambos con prestaciones: 2 puntos.
  • Un progenitor en desempleo, sin prestaciones: 2 puntos.
  • Un progenitor en desempleo, con prestaciones: 1 punto.
  • Progenitor en desempleo sin justificar percepción: 0,5 puntos.
  • Familia monoparental: 3 puntos.
  • Familia numerosa: 2 puntos.

2. Ingresos anuales de la unidad familiar (máx. 7 puntos).

  • Hasta 14.818,00 €: 7 puntos.
  • Hasta 25.293,00 €: 6 puntos.
  • Hasta 34.332,00 €: 5 puntos.
  • Hasta 40.773,00 €: 4 puntos.
  • Hasta 49.196,00 €: 3 puntos.
  • Hasta 52.780,00 €: 2 puntos.
  • Hasta 56.348,00 €: 1 punto.

(Se tendrán en cuenta las rentas del ejercicio 2025 de los miembros computables, según se detalla en la base original).

A los efectos del presente programa, la renta de la unidad familiar se determinará sumando las rentas correspondientes al ejercicio 2025 de cada uno de los miembros computables de la familia, conforme a las siguientes reglas:

  • a. En el caso de los miembros que hubieran presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2025, se tomará la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, minorando el resultado en el importe de la cuota de la autoliquidación.
  • b. En el caso de los miembros que hubieran obtenido ingresos sin estar obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se deducirán de los ingresos obtenidos los pagos a cuenta efectuados. Los rendimientos del trabajo se reducirán, además, en 2.000 euros —5.500 euros en el supuesto de discapacidad igual o superior al 33 %, o 9.750 euros en el supuesto de discapacidad igual o superior al 65 %—, sin que el saldo resultante pueda ser negativo.

3. Discapacidad acreditada ≥ 33 %: 2 puntos.

4. Tiempo en desempleo acreditado: 0,04 puntos/mes, hasta 1 punto máximo.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria.

Desempates

En caso de empate en la puntuación total, se resolverá siguiendo este orden de prelación:

  1. Mayor puntuación en situación familiar.
  2. Mayor puntuación en ingresos familiares.
  3. Mayor puntuación en tiempo de desempleo.

Documentación a adjuntar

Con la solicitud deberá aportarse:

Documentación obligatoria (SUBSANABLE)

  1. Fotocopia DNI/NIE del/la solicitante destinatario de la ayuda.
  2. Certificado bancario de titularidad de cuenta donde aparezca, al menos, como autorizado, el beneficiario destinatario de la ayuda (alumno/a).
  3. Justificación de la matrícula en Centro de Estudios Público en caso de optar a los gastos de transporte.
  4. Factura original a nombre del/la solicitante destinatario de la ayuda. Debe aparecer la razón social del emisor/proveedor, número y fecha de factura, nombre del alumno/a y conceptos desglosados por unidades e importes para las solicitudes de libros y material escolar.

Documentación valorable (sin ella no se podrá obtener la puntuación mínima requerida para su concesión. La no presentación de dicha documentación NO será SUBSANABLE)

  1. Certificado oficial de discapacidad (si procede).
  2. Título de familia numerosa (si procede).
  3. Sentencia o resolución de separación/divorcio (si procede).
  4. Declaración de la Renta 2025 o, en su caso, certificados negativos y de imputaciones fiscales de la AEAT de todos los miembros computables o declaración responsable según modelo normalizado en la instancia.
  5. Acreditación de situación económica actual (prestación por desempleo, certificado negativo y tarjeta DARDE actualizada).

Lo que se hace público para general conocimiento desde su publicación hasta el 13 de octubre de 2026.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral

El Ayuntamiento de Catral cree conveniente apoyar a las familias y jóvenes que cursen estudios en distintos niveles educativos, y que tengan recursos limitados para afrontar los gastos escolares. Es por ello que convoca las Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral. Estas becas se establecerán en dos modalidades: libros de texto, dirigidas a los menores escolarizados en Segundo Ciclo de Educación Infantil, y gastos de transporte, destinadas a estudiantes de bachillerato, módulos formativos y estudios universitarios en todo el ámbito nacional fuera del municipio de Catral.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral" es: desde 09/10/2026 hasta 13/10/2026.

La Beca "Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Becas Libros y Transporte - Ayuntamiento de Catral" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas transporte
  • Becas de libros