Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster
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Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Rey Juan Carlos convoca las Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster con el objetivo de promover la excelencia en los estudios. Para conseguir dicho objetivo, la URJC concederá 66 becas a los estudiantes que tengan los expedientes académicos más excelentes en la titulación de acceso a los estudios de máster.
Se ofrecerá una cuantía de 1.500 euros por cada beca. El abono de estas becas se realizará mediante transferencia bancaria a una cuenta donde el beneficiario sea el titular.
Para poder solicitar una de las Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster, se deberá estar matriculado por vez primera en la URJC en estudios de máster, y cumplir con el resto de requisitos indicados. Será necesario acreditar una nota media de 7,5 o superior, para seleccionar a los estudiantes con los mejores expedientes.
La selección de los beneficiarios se realizará en concurrencia competitiva. Las solicitudes admitidas se evaluarán con una puntuación de 0 a 10 como resultado de multiplicar la nota media de acceso al máster por un factor multiplicador diferente en cada área de estudio, y que podrás consultar en la convocatoria.
Si vas a cursar el máster universitario por primera vez en la URJC, y tienes un buen expediente académico, estas becas pueden ser de tu interés. Aquí podrás consultar todo lo necesario para solicitar una de las Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster.
Datos básicos
- Nº de becas
- 66
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Personas beneficiarias de las Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster
El estudiantado de la Universidad Rey Juan Carlos que resulte beneficiario de esta ayuda a la excelencia percibirá el importe correspondiente a 1.500 euros. Dicha ayuda irá destinada a estudiantes de Máster Universitario matriculados por primera vez como mínimo de 60 ECTS, en el curso académico 2026-27.
Requisitos de los destinatarios
Para ser beneficiario de estas ayudas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos que figuran en esta base.
Requisitos Generales:
- Ser estudiante de nuevo ingreso en Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos. Para ser beneficiario de estas ayudas, el estudiantado deberá estar matriculado, por primera vez, y como mínimo de 60 créditos ECTS en un Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos, en el curso académico 2026-27. El estudiantado que solicite reconocimiento académico de créditos en el curso 2026-2027 deberá tener en cuenta que los créditos reconocidos no tendrán la consideración de créditos matriculados a efectos del citado curso académico. En consecuencia, si como resultado del reconocimiento dejara de cumplir el requisito de estar matriculado en 60 créditos ECTS, esto se considerará causa de reintegro de la ayuda concedida.
- Haber finalizado, en el momento de formalizar su solicitud, los estudios que le hayan dado acceso al Máster universitario en el que se encuentren matriculados: el estudiantado que haya accedido a través de acceso condicionado no podrá concurrir a las ayudas objeto de esta convocatoria salvo que haya finalizado dichos estudios dentro del plazo de presentación de solicitudes.
- Sólo podrán concurrir a esta convocatoria el estudiantado que se encuentre matriculado en centros propios de la Universidad Rey Juan Carlos.
- Todos los solicitantes tendrán que cumplimentar la solicitud a través de la plataforma de becas del Banco Santander: (www.santanderopenacademy.com)
- La titulación que da acceso al Máster sea una titulación universitaria del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
- Haber formalizado y estar al corriente de pago de la matrícula de los estudios universitarios conducentes a título de Máster universitario durante el curso académico 2026-27 en la Universidad Rey Juan Carlos. No se concederán ayudas para titulaciones de Formación Continua de la Universidad Rey Juan Carlos.
- En el caso de simultaneidad de dos másteres universitarios o matrícula en doble máster, solo se concederá la ayuda para uno de los dos másteres en los que se encuentre matriculado el estudiante.
- Para poder concurrir a las ayudas objeto de esta convocatoria, el estudiantado deberá acreditar, como mínimo, una nota media de expediente académico de 7,5 puntos o superior en la titulación universitaria que le haya dado acceso a los estudios de Máster Universitario. La nota media se calcula mediante el sistema de calificación de 0 a 10 que se establece en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En el caso particular de estudiantes que dispongan de un título de Doble Grado, sólo se tendrá en cuenta la nota media de expediente del título de Grado que haya dado acceso al Máster universitario; si las dos titulaciones del Doble Grado dan acceso al Máster Universitario, se tendrá en cuenta la nota media más alta.
- En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Todos los requisitos deben cumplirse desde la presentación de las solicitudes hasta la finalización de todo el proceso de la ayuda/beca/subvención/premio.
Dotación
Dotación de las Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster:
La dotación total de las ayudas ascenderá a 99.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 30.VC.OA.EM - 422A - 483.00 de la Escuela de Másteres Oficiales – Vicerrectorado de Ordenación Académica, para el ejercicio presupuestario 2026, de los cuales 50.000 euros serán aportados por la Universidad Rey Juan Carlos y los 49.000 euros restantes serán aportados por el Banco Santander.
Se concederán 66 ayudas, cada una de ellas con una dotación económica de 1.500 euros. Este importe será ingresado en el número de cuenta bancaria del beneficiario con las retenciones previstas en la legislación vigente.
En atención al interés público concurrente, con el fin de posibilitar que el pago de las ayudas objeto de la presente convocatoria pueda materializarse con la mayor celeridad posible en favor de los solicitantes que resulten beneficiarios, se acuerda, de oficio, la tramitación del procedimiento por la vía de urgencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, reduciéndose a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Presentación
Plazo de presentación de solicitudes para las Becas Excelencia Estudiantes cursen Primera vez Máster
El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de los plazos establecidos en este epígrafe.
Procedimiento de solicitud:
Las solicitudes se presentarán, obligatoriamente, cumplimentando el formulario de solicitud que estará disponible en la Sede Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos, accediendo a través del siguiente enlace:
https://sede.urjc.es/convocatorias
En ningún caso podrá utilizarse la instancia general (expone/solicita) como modelo de solicitud válido para participar en la presente convocatoria.
Para acceder al formulario de solicitud de participación, el personal interesado podrá identificarse mediante certificado electrónico o DNI electrónico, Cl@ve temporal o permanente o usuario y contraseña.
Para firmar la solicitud, las personas interesadas podrán utilizar cualquiera de estos medios:
- Un certificado cualificado de firma electrónica expedido por un prestador incluido en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” (FNMT, DNIe, etc.), conforme a lo establecido en el art. 6.2.a) del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos.
- Una firma no criptográfica (sin certificado de firma ni DNI electrónico) con doble factor de validación, según lo previsto en el art. 6.2.c) del mismo Reglamento.
Es obligatorio, a su vez, registrarse en la aplicación del Santander https://www.santanderopenacademy.com/es/scholarships.html, y también registrar la solicitud de la ayuda en la parte correspondiente en la página web de ayudas del Santander.
Convocantes Asociados
Más información
Objeto de la convocatoria
El objeto de la presente convocatoria es fomentar, en régimen de concurrencia competitiva, la excelencia en los estudios mediante la concesión de ayudas a los 66 estudiantes con los mejores expedientes académicos en la titulación de acceso a los estudios de Máster Universitario de la Universidad Rey Juan Carlos para el curso académico 2026-27. Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, los solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma. Esta ayuda es compatible con otras ayudas/becas/subvenciones/premios, y con otras fuentes de financiación dirigidas a los mismos fines.
Revisión de las solicitudes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se examinará la documentación recibida y se hará público en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos un listado provisional que contenga las solicitudes admitidas y excluidas a estudio, así como los motivos de su exclusión, que podrán subsanarse en un plazo de 5 días hábiles a través del registro electrónico de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos o bien a través de los diferentes medios que señala el artículo 16.4 de Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Transcurrido dicho plazo, se examinará la documentación aportada en la fase de subsanación. La Vicerrectora de Ordenación Académica procederá a hacer público el listado definitivo de solicitudes admitidas y las excluidas a estudio, para su publicación en el Tablón Electrónico Oficial de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos.
El estudiantado cuya solicitud figure en el listado definitivo de solicitudes admitidas accederá, en régimen de concurrencia competitiva, al proceso de selección de las personas beneficiarias.
Comisión evaluadora
El Vicerrectorado de Ordenación Académica de la Universidad Rey Juan Carlos, órgano gestor de la presente Convocatoria, constituirá la comisión evaluadora.
La composición de la comisión evaluadora tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y actuará de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
La comisión evaluadora estará constituida por un Presidente, dos vocales nombrados por la Vicerrectora de Ordenación Académica y un Secretario, con voz, pero sin voto. Como Presidente/a actuará la Vicerrectora de Ordenación Académica o persona en quien delegue, y como Secretaria actuará la Jefa de Servicio de Gestión Económica Académica, o persona en quien delegue.
La composición definitiva de la Comisión será publicada junto al listado definitivo de solicitudes admitidas a estudio.
Criterios de valoración e informe de la comisión de valoración
- La selección de los beneficiarios de la ayuda se determinará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23.2.d de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Las solicitudes que hayan sido admitidas serán evaluadas de mayor a menor puntuación por la Comisión evaluadora, como resultado de multiplicar la nota media del expediente académico de la titulación universitaria que haya dado acceso a los estudios de Máster matriculados (calificación de 0 a 10) por un factor multiplicador (coeficiente) en función del tipo de titulación universitaria, de conformidad con la Tabla I.
Tabla I. Factor multiplicador (coeficiente) en función del tipo de titulación universitaria que da acceso a los estudios de Máster universitario.
Titulación universitaria que da acceso al Máster - Coeficiente
- Estudios del área de Arquitectura e Ingeniería 1,17
- Estudios del área de Ciencias 1,11
- Estudios del área de Ciencias de la Salud 1,05
- Estudios del área de Ciencias Jurídicas y Sociales 1,00
- Estudios del área de Artes y Humanidades 1,00
- En el caso de candidaturas que presenten la misma puntuación, se ordenarán con base en el mayor número de créditos con calificación de Matrícula de Honor y, en caso de nuevo empate, también sobresaliente.
- Tal y como se recoge en el epígrafe 5, en el caso de estudiantes que dispongan de un título de Doble Grado, sólo se tendrá en cuenta la nota media de expediente del título de Grado que haya dado acceso al Máster Universitario. No obstante, si las dos titulaciones que conforman el Doble Grado diesen acceso al Máster Universitario, se tendrá en cuenta la nota media más alta.
- Siguiendo el orden de mayor a menor puntuación obtenido por el estudiantado de acuerdo con el epígrafe anterior, se procederá al reparto de las 66 ayudas.
Propuesta y Resolución
El Vicerrectorado de Ordenación Académica, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, publicará la resolución provisional de personas beneficiarias y excluidas, debidamente motivada, junto con las puntuaciones obtenidas, que será publicada en el Tablón Electrónico Oficial, frente a la que podrán presentarse alegaciones en un plazo de 5 días hábiles.
Una vez resueltas las alegaciones que, en su caso, se formulen contra la propuesta de Resolución Provisional, el Vicerrectorado de Ordenación Académica elevará al Rector, para su firma, la propuesta de Resolución Definitiva de las Personas Beneficiarias y Excluidas.
La Resolución de concesión de ayudas corresponde al Rector y contendrá las ayudas concedidas y las denegadas. El plazo máximo de resolución y notificación será de tres meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Asimismo, dicha Resolución, y a efectos de eventuales renuncias, incluirá la relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en la convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no hayan resultado adjudicatarias por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la misma, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración y desempate establecidos anteriormente.
Esta Resolución Definitiva incluirá el listado definitivo de los beneficiarios y excluidos de las ayudas objeto de la presente convocatoria y será publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos.
Asimismo, se publicará el listado de las personas beneficiarias en la plataforma de becas del Banco Santander (www.santanderopenacademy.com), y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La publicación de la resolución en el Tablón Electrónico Oficial de la URJC surtirá efectos de notificación individual a los interesados.
Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Aceptación de la ayuda
La publicación de la resolución definitiva en el Tablón Electrónico Oficial de Universidad Rey Juan Carlos surtirá efectos de notificación. La mera presentación de la solicitud supone la aceptación de todas las condiciones establecidas en las bases reguladoras, por lo que la ayuda se entenderá aceptada una vez publicada la resolución definitiva salvo renuncia expresa presentada en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Documentación a adjuntar
Formalización de solicitudes y documentación
La solicitud deberá incluirse e ir acompañada de la siguiente documentación, que se adjuntará, en formato digital, junto con la solicitud:
- Si la titulación que da acceso al Máster no es de la Universidad Rey Juan Carlos, el estudiante ha de presentar la certificación académica oficial o Suplemento Europeo al Título, con las calificaciones obtenidas, donde se acredite la nota media, conforme a lo establecido en el epígrafe 5 h).
- Número de cuenta corriente de que el beneficiario sea titular, el abono de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria.
- Justificante de haber realizado la solicitud a través de la plataforma de becas del Banco Santander.
- Con la entrega de la solicitud, la persona solicitante declara, bajo su responsabilidad:
- Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Hallarse al corriente de pago con la Universidad Rey Juan Carlos.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.
- No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- El compromiso de mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.
- Que acepta las bases de la presente convocatoria.
- Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
- Que queda advertido de que la inexactitud o falsedad de los datos aportados determinará la denegación o revocación de la ayuda.
La presentación de la solicitud a estas ayudas supone:
- La plena aceptación por el solicitante de las presentes bases y su convocatoria.
- Que todos los datos incorporados a la solicitud sean veraces.
- Que la inexactitud en las circunstancias declaradas en la solicitud dará lugar a la denegación, revocación o reintegro de las ayudas/becas/subvenciones/premios.
- El conocimiento del solicitante de la compatibilidad/incompatibilidad de estas ayudas con otras ayudas/becas/subvenciones/premios, y que, en caso de obtener otras ayudas/becas/subvenciones/premios procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada para los mismos fines, deberá comunicarlo a la Escuela de Másteres Oficiales.
- Que la Universidad Rey Juan Carlos hará pública la relación de adjudicatarios con indicación de sus datos identificativos y de los importes concedidos, de acuerdo con lo previsto en materia de subvenciones y en la normativa de protección de datos de carácter personal.
- Que el solicitante consiente el tratamiento de sus datos personales a los efectos de la presente convocatoria, conforme a lo establecido en la Cláusula correspondiente al tratamiento de datos de carácter personal.
- Que la Universidad Rey Juan Carlos podrá, salvo oposición del solicitante, conforme a lo establecido en la cláusula correspondiente al tratamiento de datos de carácter personal, obtener o contrastar de otras Administraciones Públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos necesarios para la resolución de estas ayudas.






