Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa
INSCRIPCIONES
Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Vigo (UVigo) es la institución académica encargada de la convocatoria de las Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa.
Estas becas están orientadas a complementar la formación de aquellos alumnos de estudios de Grado o Máster de esta universidad, mediante el desarrollo de un curso ofrecido por la Universidad de Vigo.
Quienes deseen optar a una de estas becas deberán tener en cuenta el cumplimiento de una serie de requisitos como ser estudiante de Máster o Grado de esta universidad, y no pertenecer a ninguna de las categorías laborales de la misma.
Además, y a lo largo del proceso de selección, se tendrán en cuenta diferentes criterios como la nota de acceso a los estudios que se cursen y la nota media del expediente académico de los periodos académicos correspondientes.
A través de la Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa, se cubrirá el 50% del precio de matrícula del curso, lo que facilitará el acceso al alumnado mediante esta ayuda de carácter económico.
La Universidad de Vigo (UVigo) es una institución altamente comprometida con la formación de su estudiantado, ofreciendo una formación de calidad que cumpla con las exigencias del actual mercado laboral.
Conoce aquí y ahora todos los detalles de las Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa, y complementa tu formación.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
- a. Estar matriculados en alguna titulación de grado o máster universitario de la Universidad de Vigo durante el curso 2026/2027.
- b. Estar matriculados en la edición de 2026 del Curso de Formación en Introducción a la Bolsa.
- c. No pertenecer a ninguna de las categorías laborales de la Universidad (únicamente estudiantes).
No podrán tener la condición de beneficiarias las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dotación
- La cuantía individual de las Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa será del 50 % del precio de matrícula del curso, con un importe máximo de 50 €. Esta cuantía estará sujeta a la retención que establezca la normativa tributaria vigente en esta materia.
- El pago de la beca se efectuará una vez comprobado el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la base octava, mediante transferencia a una cuenta bancaria en España indicada en la solicitud, de la que la persona beneficiaria deberá ser titular. Asimismo, podrá realizarse el abono de la ayuda mediante el procedimiento de pago en formalización para aquellos estudiantes que tengan importes de precios públicos pendientes de abonar.
Presentación
- La solicitud de las Becas UVigo Curso Formación Introducción a la Bolsa se realizará a través del formulario en línea disponible en la Secretaría Virtual de la Universidad de Vigo: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/bolsas/convocatorias/index. Se deberá seleccionar la convocatoria «Beca de Introducción a la Bolsa».
- El modelo específico de presentación de solicitudes será de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento, de conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le requerirá que la presente por vía electrónica.
Más información
Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto conceder becas destinadas a sufragar una parte de los precios públicos de la matrícula del curso de formación en Introducción a la bolsa en el curso académico 2026/2027.
Selección y resolución
- La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas estas junto con la documentación presentada, publicará el listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con mención de la causa de exclusión.
- Las personas interesadas dispondrán de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación para subsanar los errores, así como la falta de documentación y las causas de denegación. Para ello deberán emplear el formulario de alegaciones disponible en la secretaría virtual. De no presentarse la subsanación, se entenderá que la persona desiste de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por la comisión de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:
- Para estudiantes que inician estudios: la nota de acceso a los estudios que cursen durante el curso académico 2026/2027.
- Para estudiantes que continúan sus estudios: la nota media del expediente académico de los estudios de grado o máster oficial que estén cursando, hasta el curso académico 2025/2026.
- Una vez efectuada la selección por la comisión, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, con beca denegada, indicando la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que se produzcan renuncias.
- Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación. Para ello, deberán utilizar el formulario de alegaciones disponible en la Secretaría Virtual.
- Una vez revisadas las alegaciones por la comisión, la Sección de Ayudas y Becas remitirá la propuesta a la vicerrectora de Oferta Académica, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.
- Las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes si no se dicta resolución expresa en el plazo de tres meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- La resolución contendrá la lista definitiva de personas beneficiarias de las becas y su cuantía, la lista de solicitudes denegadas y la causa de denegación, así como la lista de espera para el caso de que se produzcan renuncias.
- Las listas mencionadas en este apartado, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Vigo: https://sede.uvigo.gal/, y en el portal de becas de la página web de la Universidad, con los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Las comunicaciones individuales que resulten necesarias se realizarán a la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud, sin que dichas comunicaciones tengan la consideración de notificación oficial.
Enlaces de interés
Documentación a adjuntar
Asimismo, deberán subir la siguiente documentación:
- Certificación académica de los estudios realizados en el caso de que se hayan cursado en una universidad distinta a la de Vigo.
También se les podrá requerir que aporten otra documentación que resulte necesaria para la correcta evaluación de los requisitos y méritos alegados.






