Universidad de Vigo (UVigo)

Becas de formación en Sistemas Informáticos

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INSCRIPCIONES

Inicio23/06/2026 Fin31/07/2026
Abierta

Becas de formación en Sistemas Informáticos: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas de formación en Sistemas Informáticos de la Universidad de Vigo (UVigo) son convocadas con la intención de mejorar la formación teórica y práctica del alumnado.

Estas ayudas están dirigidas especialmente a alumnos que cuenten con nacionalidad española, de un país miembro de la Unión Europea, o de países extracomunitarios que sean residentes en España, y que se encuentren cursando estudios de Grado o Máster en el curso académico, debiendo además cumplir con los requisitos específicos indicados en las bases de la convocatoria.

Durante todo el disfrute y desarrollo de las becas, los alumnos serán supervisados por los tutores responsables quienes realizarán un seguimiento de las actividades llevadas a cabo por los becarios, garantizando de este modo el correcto uso y aprovechamiento de las ayudas.

La duración total en la que tendrá lugar el desarrollo de las Becas de formación en Sistemas Informáticos es de 9 meses y medio. A cambio de estas prácticas, además de la adquisición de conocimientos teóricos y prácticos, los alumnos becados recibirán una dotación económica máxima de 480 euros mensuales.

Aquí puedes consultar todos los datos relacionados con las Becas de formación en Sistemas Informáticos para que puedas solicitarlas, por ejemplo, los plazos de presentación de solicitudes, los requisitos y cómo será el proceso de selección y seguimiento de las mismas.

Datos básicos

Nº de becas
75
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrá solicitar las Becas de formación en Sistemas Informáticos, el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en alguno de los siguientes casos:
  • Poseer nacionalidad española.
  • Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar la condición de residente legal.
  • Poseer nacionalidad extracomunitaria y acreditar la residencia legal en España, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (no es suficiente el permiso de estancia por estudios).

Estar matriculado en centros propios en el curso 2026/2027 y durante todo el período de duración de la beca, en las titulaciones oficiales de grado o máster universitario señaladas en el anexo II, en el campus en el que se opta a la beca. A estos efectos se tendrá en cuenta el estado de la matrícula a fecha de 14 de septiembre de 2026.

En el caso de matrícula en Grado, tener superado el 50 % de los créditos de los estudios de grado, excepto en aquellos casos en los que en el anexo II se establezca un mayor porcentaje de créditos superados. A estos efectos se tendrá en cuenta el último día establecido por la universidad para presentar las actas de julio que, según el calendario académico, es el 20 de julio.

Cumplir los demás requisitos específicos señalados en el anexo II. A estos efectos se tendrá en cuenta que el último día establecido por la universidad para presentar las actas de julio, según el calendario académico, es el 20 de julio.

No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación complementaria de la Universidad de Vigo durante más de doce meses, de forma consecutiva o discontinua. El cómputo del tiempo se realizará de fecha a fecha.

No podrán tener la condición de beneficiario/a las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación

Los fondos destinados a las Becas de formación en Sistemas Informáticos ascienden a un máximo de 241.451,90 € a expensas de los posibles incrementos de la cuota patronal que se puedan producir a lo largo del período de ejecución de las becas), con cargo a la aplicación presupuestaria:

  • 2026 0000 121D 482.11: 64.132,10 € (61.682,90 € por la dotación bruta de las becas y 2.449,20 € en concepto de cuota patronal),
  • 2027 0000 121D 482.11: 177.319,80 € (171.605 € por la dotación bruta de las becas y 5.714,80 € en concepto de cuota patronal),

para lo que se aporta el correspondiente certificado de existencia de crédito.

La cuantía individual será como máximo de 400 €/mes para las becas de 15 horas y 265 €/mes para las becas de 10 horas. Esta cuantía estará sujeta a la retención establecida en la normativa tributaria aplicable y a las obligaciones de cotización a la Seguridad Social (cuota obrera) que establezca la normativa vigente en esta materia.

El pago se realizará por meses vencidos mediante una transferencia a la cuenta bancaria en España que señale la persona beneficiaria de la beca en su solicitud y de la que deberá ser titular. En caso de que no llegase a completarse el período de la beca, solo se abonará la cuantía proporcional de la beca correspondiente al período realizado, siempre y cuando este sea superior a 15 días; en caso contrario no se percibirá cuantía alguna.

Si la actividad desarrollada por la persona becaria en cada mes no se corresponde con las condiciones fijadas en esta convocatoria, y con el fin de adecuar el pago a la actividad real realizada en ese mes, la persona tutora deberá emitir un informe en el que constará la actividad realizada y lo aportará a la Sección de Ayudas y Becas antes del día 25 del mes en curso. En caso de no realizar ninguna de las horas de dedicación en una semana, deberá notificarlo inmediatamente a la Sección de Ayudas y Becas.

Presentación

Las personas solicitantes de las Becas de formación en Sistemas Informáticos deberán emplear el formulario en línea en el siguiente enlace https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/formularios/encuesta/cubrir_paso1/15445, descargarlo y presentarlo en la sede electrónica de la Universidad de Vigo (https://sede.uvigo.gal) a través de la instancia genérica (SXER) existente en la sede. En el asunto indicarán “Becas formación sistemas informáticos” y adjuntarán únicamente el formulario con la solicitud. Solo se podrá presentar una solicitud por persona.

El modelo específico de presentación de solicitudes es de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fue realizada la subsanación, de acuerdo con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de publicarse esta convocatoria y finalizará el 31 de julio de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española).

Las personas solicitantes establecerán un orden de prioridad en las becas solicitadas que será vinculante.

Más información

Objeto

La presente convocatoria está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de Vigo como acción destinada al cumplimiento del objetivo de «desarrollar programas formativos conjuntos con las empresas y con las instituciones que mejoren la empleabilidad del estudiantado», a través del fomento de una mejor formación teórica y práctica del estudiantado, colaborando, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en actividades vinculadas a la titulación en la que se matricula.

Se convocan 65 becas conforme a la distribución del anexo II.

Plan formativo

A. Objetivos y competencias que se adquirirán: conforme a lo señalado en el anexo II.

B. Personas tutoras responsables:

Las personas becarias estarán bajo la tutoría de las personas señaladas en el anexo II, las cuales se responsabilizan de la formación impartida, del desempeño de la actividad de colaboración y de la orientación en el desarrollo del plan formativo.

C. Seguimiento y evaluación de la formación:

La persona becaria deberá entregar a la persona tutora una memoria trimestral de las actividades realizadas y una memoria final de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de esta convocatoria.

Asimismo, deberá cumplimentar al final del período formativo un cuestionario de satisfacción con el programa realizado.

Incompatibilidades

  • Esta beca será incompatible con cualquier relación laboral o administrativa por la que se perciban retribuciones a cargo de alguna entidad pública o privada. Asimismo, será incompatible con la prestación o subsidio por desempleo.
  • También será incompatible con cualquier otra beca de formación complementaria convocada por cualquier entidad pública o privada para el mismo período, y entre ellas con la beca de colaboración con los departamentos universitarios del MEFPD.

Duración y desarrollo del periodo formativo

La duración máxima del período formativo será de 9 meses y 15 días y no se iniciará antes del 16 de octubre de 2026, finalizando el 31 de julio de 2027.

El número de horas de colaboración será de 15 horas semanales para las becas-15 y de 10 horas semanales para las becas-10, las cuales se realizarán teniendo en cuenta los períodos lectivos y no lectivos del curso académico y la carga lectiva de la persona becaria, que podrá distribuir y compensar hasta un 20 % de las horas de dedicación de un mes entre distintas semanas dentro del mismo mes.

El disfrute de la beca supondrá la aceptación de lo previsto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

Las personas becarias no adquirirán ninguna relación contractual, administrativa o estatutaria con la Universidad de Vigo. La beca no supone ningún compromiso de cara a la posterior incorporación de la persona becaria a las plantillas de personal de la universidad.

El período de prestación de estas becas podrá ser objeto de reconocimiento de créditos en virtud de lo dispuesto por la Universidad de Vigo.

Selección y resolución

La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con mención de la causa de exclusión.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación para subsanar los errores, la falta de documentación y las causas de exclusión y, para ello, deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la Secretaría Virtual. De no presentar la subsanación, se entenderá que desisten de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por la comisión de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:

  • a. Nota media del expediente académico: hasta un máximo de 5,5 puntos.
  • i. Para estudiantado de continuación de estudios de grado y de máster universitario de más de 60 créditos, nota media del expediente académico según se recoge en el RD 1125/2003.
  • ii. Para el estudiantado de inicio de estudios de máster universitario, nota de acceso.
  • b. Al estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia se le sumarán dos puntos a su nota media.
  • c. Nota media de las materias superadas directamente vinculadas con el plan formativo y que se señalan en el anexo III, y cualquier otra con contenidos afines que la comisión evaluadora considere oportuna: hasta un máximo de 4,5 puntos.

Nota media exp. vinculada = ∑(Calificación × Nº créditos/materia) + 0,11 × número de materias superadas / Nº total de créditos.

  • d. Al estudiantado que tenga concedida en el curso 2025/2026 una beca de carácter general del MEFPD/GOBIERNO VASCO o «Ayudas al estudio propias de la Universidad de Vigo» se le concederá 1 punto adicional.

La Sección de Ayudas y Becas consultará los méritos referidos al expediente académico de la propia universidad. De los restantes méritos solo se tendrán en cuenta los que se acrediten con documentación junto con la solicitud o en el plazo de subsanación.

La comisión de evaluación está compuesta por:

  • Presidente: Félix Quintero Martínez, vicerrector de Planificación y Sostenibilidad.
  • Vocales: Juan Aguiar Fernández, director del Área de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
  • Antonio Vázquez Gago, técnico especialista en Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Si por cualquier causa, en el momento en que la comisión evaluadora tuviese que examinar las solicitudes, alguno/a de sus componentes no pudiera asistir, será sustituido/a por la persona que se nombre al efecto, que deberá pertenecer a la misma unidad, órgano, entidad o colectivo.

Una vez que la comisión efectúe la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, denegada con mención de la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.

En caso de no adjudicarse ninguna de las opciones solicitadas por la persona solicitante, pasará a formar parte de la lista de espera con la puntuación que le corresponda.

Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación y, para ello, deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la Secretaría Virtual.

Una vez que la comisión revise las alegaciones, enviará la propuesta a la vicerrectora de Estudiantado y Empleabilidad, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.

Las personas interesadas podrán entender desestimadas las solicitudes si no se dicta una resolución expresa en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, la lista de personas con beca denegada y la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.

Las listas a las que se refiere este punto, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de la sede electrónica sede.uvigo.gal/ y en el portal de becas de la página web de la universidad, para producir los efectos de la notificación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las comunicaciones individuales que resulte necesario realizar se efectuarán a la dirección de correo electrónico señalada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.

Aceptación y renuncia

Las personas con beca concedida deberán aceptar la beca en el plazo de cinco días desde el siguiente al de la publicación de adjudicación, utilizando el formulario existente en la secretaría virtual para tal efecto (formulario aceptacion).

La no aceptación se entenderá como renuncia a la beca previa resolución, con la consiguiente pérdida del derecho de cobro y concesión de la beca a la siguiente persona de la lista de espera previa resolución.

La persona becaria se presentará en el lugar, día y hora que le indique la persona tutora mediante una comunicación al correo electrónico indicado en la solicitud.

La renuncia voluntaria deberá realizarse mediante el formulario de renuncia existente en la Secretaría Virtual (formulario renuncia) y presentado en la sede electrónica de la Universidad de Vigo https://sede.uvigo.gal dirigido a la Sección de Ayudas y Becas y al tutor/a, con un mínimo de 5 días de antelación a la fecha en que se hará efectiva la renuncia. La renuncia dará lugar a la pérdida de los derechos económicos correspondientes a la parte de la beca no realizada y a la concesión de la beca a la siguiente persona de la lista de espera previa resolución.

Obligaciones

Serán obligaciones de las personas becarias:

Realizar, bajo la supervisión del tutor/a, la actividad formativa y el plan formativo de forma presencial conforme a lo establecido en la convocatoria.

Estar matriculada en la Universidad de Vigo durante todo el período de duración de la beca.

Aportar a la Sección de Ayudas y Becas al Estudio, dentro del mes siguiente a la finalización de la beca, una memoria final de las actividades realizadas durante todo el período de la beca (enlace memoria). Esta memoria debe estar informada favorablemente por la persona tutora.

Comunicar a la Sección de Ayudas y Becas la obtención de ayudas de la misma naturaleza y finalidad. Además, la persona beneficiaria deberá cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que le sean de aplicación.

Documentación a adjuntar

Junto con la solicitud deberán subir al formulario en línea (no hay que subir la documentación a la sede electrónica), en su caso, la siguiente documentación:

  • Certificación académica de los estudios realizados en el caso de que se hayan cursado en una universidad distinta de la Universidad de Vigo.
  • En el caso de estudiantado comunitario, deberá presentar el documento del Registro de ciudadano/a de la Unión Europea.
  • En el caso de estudiantado de fuera de la UE, deberá presentar la tarjeta de identificación de extranjero/a en la que conste el permiso de residencia (no es suficiente con el permiso de estancia por estudios).
  • En el caso de estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia, deberá presentar un certificado expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.

También se les podrá requerir que aporten otra documentación que resulte necesaria para la correcta evaluación de los requisitos y de los méritos alegados.

El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión, previa resolución.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas de formación en Sistemas Informáticos

Las Becas de formación en Sistemas Informáticos de la Universidad de Vigo (UVigo) son convocadas con la intención de mejorar la formación teórica y práctica del alumnado.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de formación en Sistemas Informáticos" es: desde 23/06/2026 hasta 31/07/2026.

La Beca "Becas de formación en Sistemas Informáticos" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas de formación en Sistemas Informáticos" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica