Universidad de Vigo (UVigo)

Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal

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INSCRIPCIONES

Inicio06/11/2026 Fin30/07/2026
Próximamente

Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal, son convocadas por la Universidad de Vigo, y van dirigidas a aquellas personas que se encuentran en situación de apátrida, beneficiarios de protección internacional, o que tengan autorización de estancia por encontrarse en el período transitorio de adquisición de la condición a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.  También se incluyen las personas en situación de protección temporal otorgada a personas afectadas por el conflicto en Ucrania que puedan encontrar refugio en España.

Gracias a estas becas se les permitirá a las personas con las condiciones anteriormente mencionadas la realización de estudios e integración en nuestro país.

Para poder acceder a las Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal, se deberán cumplir con los requisitos indicados por la Uvigo, como querer matricularse o estar matriculado en estudios de Grado, Máster o Doctorado.

Se ofrecerá una cuantía máxima de 3000 euros por persona, que ayudarán a sufragar la matrícula y los gastos académicos, además de un curso de gallego. Dicho pago se realizará por transferencia bancaria una vez que el interesado se matricule en el actual curso.

En nuestra web podrás encontrar toda la información necesaria para solicitar una de las Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal, como requisitos, documentación, presentación de solicitudes y mucho más.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Estudios Propios Universitarios
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España
  • Cualquier nacionalidad

Requisitos

Podrá solicitar la beca el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos:

a. Tener la condición de apátrida, de beneficiario/a de protección internacional, o tener la autorización de estancia por encontrarse en el período transitorio de adquisición de dicha condición, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, están incluidas las personas en situación de protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España y por la Orden INT/96/2026, de 12 de febrero, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de las personas beneficiarias de protección temporal.

b. Manifestar el interés de realizar la preinscripción o estar preinscrito/a en estudios de grado, máster universitario o doctorado en el curso 2026/2027 en centros propios de la Universidad de Vigo o en centros adscritos de titularidad pública que impartan titulaciones no impartidas en centros propios (Enfermería Ourense, Enfermería Pontevedra y Enfermería Meixoeiro), o en una titulación propia de especialista de la Universidad de Vigo.

En todo caso, para el inicio de los estudios deberán cumplir el correspondiente requisito de acceso establecido.

Titulaciones oficiales:

  • Grado: https://www.uvigo.gal/es/estudiar/que-estudiar/estudios-grado
  • Máster universitario: https://www.uvigo.gal/es/estudiar/que-estudiar/masteres
  • Doctorado: https://www.uvigo.gal/es/estudiar/que-estudiar/doctorado

Títulos propios: https://cpfp.uvigo.gal/gl/

c. No poseer en España un título de estudios del mismo nivel para el que se solicita la beca.

d. Informe sobre la situación socioeconómica de la persona solicitante, emitido por la ONG que gestione o haya gestionado el expediente de protección internacional o la entrada al sistema de Acogida e Integración. En caso de no tener una ONG de referencia, podrá aportarse un informe socioeconómico de la Unidad de Trabajo Social del municipio de residencia.

e. En caso de continuar estudios y haber disfrutado de esta misma beca con anterioridad, deberá haber superado en el curso anterior o en el último realizado en la universidad:

  • El 60 % de los créditos matriculados en las titulaciones de grado de la rama de ingeniería y ciencias.
  • El 70 % de los créditos matriculados en el resto de las titulaciones de grado.
  • El 80 % de los créditos matriculados en las titulaciones de máster universitario que habilitan para el ejercicio profesional.
  • El 90 % de los créditos matriculados en el resto de las titulaciones de máster universitario.

De manera excepcional, se admitirán las solicitudes que tengan un menor número de créditos superados siempre que se justifique adecuadamente el motivo (enfermedad, cuidado de familiares dependientes enfermos, etc.) y así lo considere la comisión de selección.

Será de aplicación a esta convocatoria lo establecido en la convocatoria general de becas del MEFPD relativo al aprovechamiento académico excepcional.

Dadas las especiales características de estas becas y su interés humanitario, podrá obtenerse la condición de beneficiario/a de estas becas aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación

Los fondos destinados a esta beca, con un importe máximo de 20.000 €, irán con cargo a la aplicación presupuestaria:

  • 2026 00EX 121D 482.99 y el importe máximo del crédito presupuestario retenido ascenderá a 19.000 €.
  • 2027 00EX 121D 482.99 por un importe máximo de 1.000 €,

para lo que se aporta el correspondiente certificado de existencia de crédito.

En caso de existir crédito disponible en las condiciones establecidas en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia, podrá ampliarse el crédito de la presente convocatoria y su incremento quedará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. La ampliación de crédito deberá publicarse en el registro electrónico y en el Portal de Becas de la página web de la Universidad de Vigo, sin que dicha publicación implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

La cuantía individual máxima de la beca será de 3.000 € por persona e incluye:

  • Los precios públicos por servicios académicos y administrativos correspondientes a la matrícula, excepto el seguro escolar que, en su caso, deberá ser abonado por el/la estudiante.
  • Una cuantía económica máxima de 2.000 € para todo el curso académico en concepto de ayuda para gastos derivados de la actividad académica. La cuantía máxima se percibirá por la matrícula de un curso académico completo (60 ECTS y el curso académico completo en el doctorado), disminuyendo de forma proporcional en función de los créditos en los que se realice la matrícula.
  • Un curso de gallego de los impartidos por el Área de Normalización Lingüística o de castellano en el Centro de Lenguas de la Universidad de Vigo, a realizar durante el curso académico 2026/2027.

En el caso de estudiantes de la titulación propia de especialista, esta cuantía estará sujeta a la retención establecida en la normativa tributaria aplicable.

El pago de la cuantía económica se efectuará una vez comprobado que las personas beneficiarias están matriculadas en el curso 2026/2027, mediante transferencia a la cuenta bancaria en España indicada por el/la alumno/a en su solicitud y de la que deberá ser titular. Asimismo, podrá realizarse el abono de la ayuda mediante el procedimiento de pago en formalización para aquellos/as estudiantes que tengan importes de matrícula pendientes de abonar.

Con respecto al curso de castellano, se trata de una ayuda en especie cuya contratación se someterá a la Ley de Contratos del Sector Público, según establece la disposición quinta de la Ley General de Subvenciones. Esta cuantía estará sujeta a la retención establecida en la normativa tributaria aplicable.

Presentación

Las personas solicitantes deberán cumplimentar el formulario en línea en el siguiente enlace https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/formularios/encuesta/cubrir_paso1/15481 y presentarlo de forma presencial en los registros de la Universidad de Vigo, en la sede electrónica o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y finaliza el 30 de julio de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española). La presentación fuera de plazo supondrá la no admisión a trámite de la solicitud.

Más información

Objeto

La presente convocatoria está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de Vigo para el año 2026 como una acción destinada al cumplimiento del objetivo de «Definir y poner en marcha una política integrada de responsabilidad social que englobe la cooperación internacional, el voluntariado, la igualdad, la sostenibilidad y la atención a la diversidad», facilitando a las personas en situación de refugio e indicadas en el punto 2.a) de las bases de la convocatoria la realización de estudios universitarios, preferentemente oficiales, que permitan su integración en nuestro país.

Incompatibilidades

Las becas establecidas en esta convocatoria son incompatibles con cualquier otra subvención de la misma naturaleza y para la misma finalidad.

El importe de las becas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, según establece el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Selección y resolución

1. La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas estas junto con la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.

2. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación, para subsanar los errores, la falta de documentación y las causas de exclusión. Para ello presentarán el formulario de alegaciones en la Secretaría Virtual de la Universidad o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, dirigido al Servicio de Ayudas al Estudio, Becas y Precios Públicos. De no presentar la subsanación, se entenderá que desisten de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por la comisión de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:

1.º Tendrán prioridad las personas que continúen estudios, de acuerdo con la siguiente puntuación:

  • a. Condición de apátrida o estatuto de protección internacional: 2 puntos.
  • b. Cursar una titulación oficial: 1 punto.

2.º Las personas que inicien estudios serán valoradas según la siguiente puntuación, manteniendo la prioridad del estudiantado con condición de apátrida o estatuto de protección internacional:

  • a. Situación económica de la unidad familiar, evaluada en función de la renta per cápita: máximo 4 puntos.
  • b. Vulnerabilidad familiar (se tendrán en cuenta situaciones como discapacidad, enfermedad o accidente grave, desempleo, existencia de cargas familiares, etc.): máximo 3 puntos.
  • c. Entrevista personal, que podrá versar sobre la motivación para los estudios, trayectoria académica, experiencia profesional, etc.: máximo 3 puntos.
  • d. Cursar una titulación oficial: 1 punto.

En ningún caso podrá obtener la beca una persona solicitante que obtenga menos de 3 puntos en el apartado de situación económica.

La comisión de evaluación está compuesta por:

  • Presidenta: Susana Reboreda Morillo, vicerrectora de Extensión Universitaria.
  • Vocales: Alejandro Martínez Gómez, jefe del Servicio de Ayudas al Estudio, Becas y Precios Públicos.
  • Magdalena Domínguez Álvarez, jefa del Área de Becas.

Si por cualquier causa, en el momento en que la comisión evaluadora tuviese que examinar las solicitudes, alguno/a de sus integrantes no pudiera asistir, será sustituido/a por la persona que se nombre al efecto mediante resolución rectoral.

4. Una vez que la comisión efectúe la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, denegada con indicación de la causa de denegación y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.

5. Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación. Para ello presentarán el formulario de alegaciones en la Secretaría Virtual de la Universidad de Vigo o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, dirigido al Servicio de Ayudas al Estudio, Becas y Precios Públicos.

6. Una vez que la comisión revise las alegaciones, enviará la propuesta a la vicerrectora de Extensión Universitaria, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.

La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, las personas con beca denegada y la causa de denegación, así como la lista de espera para el caso de que existan renuncias.

7. Las personas interesadas entenderán desestimadas sus solicitudes si no se dicta resolución expresa en el plazo de tres meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

8. Las listas a las que se refiere este apartado, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón electrónico https://sede.uvigo.gal/ y en el Portal de Becas de la página web de la Universidad https://www.uvigo.gal/estudar/xestions-estudantes/bolsas, con los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones individuales oportunas se realizarán en la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.

Renuncia

La renuncia voluntaria deberá realizarse mediante el formulario de renuncia existente en la Secretaría Virtual y presentarse en la sede electrónica de la Universidad de Vigo, dirigido a la Sección de Ayudas y Becas, junto con el justificante de reintegro de la cuantía correspondiente en caso de haberse efectuado el pago. Las renuncias aceptadas darán lugar a la pérdida de los derechos económicos y a la concesión de la beca a la siguiente persona de la lista de espera, previa resolución.

Obligaciones

Son obligaciones de las personas becarias:

  • Matricularse en el curso 2026/2027 antes del 21 de octubre de 2026 en alguna titulación de grado, máster universitario, doctorado o título propio de especialista de la Universidad de Vigo. La obtención del título queda condicionada al mantenimiento de la permanencia legal en el país.
  • Participar de forma presencial en las actividades académicas a lo largo de todo el curso, realizar las pruebas y exámenes de las materias en las que estén inscritas y participar de forma responsable en las demás actividades orientadas a completar su formación. La Vicerrectoría de Extensión Universitaria podrá solicitar los informes que considere oportunos para determinar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este apartado.
  • Entregar una memoria sobre la experiencia personal y académica en el plazo de una semana desde la finalización del curso.
  • En el caso de las personas solicitantes de asilo, deberán comunicar la admisión o la no admisión a trámite de la solicitud en cuanto la reciban.
  • Comunicar a la Sección de Ayudas y Becas la obtención de ayudas de la misma naturaleza y finalidad.

Además, la persona beneficiaria deberá cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que le sean de aplicación.

Reintegro de las becas y pérdida del derecho al cobro total o parcial

Son causas de reintegro y pérdida del derecho al cobro de estas becas:

  • No cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la convocatoria.
  • Ocultar datos, alterarlos o manipular la información solicitada.
  • Incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad establecidas en esta convocatoria.

La persona beneficiaria que incurra en alguna de estas causas estará obligada a reintegrar a la Universidad la cantidad indebidamente percibida.

Documentación a adjuntar

También deberán subir al formulario en línea la siguiente documentación:

  • a. Documento que acredite la condición de beneficiario de protección internacional o solicitante vigente en el momento de la solicitud (tarjeta blanca o tarjeta roja).
  • b. Curriculum vitae con acreditación de los méritos alegados.
  • c. Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas para valorar la situación de vulnerabilidad familiar.
  • d. Anexo II: informe sobre la situación socioeconómica del solicitante, emitido por la ONG que gestiona o ha gestionado el expediente de protección internacional o ingreso en el sistema de Acogida e Integración. 

En caso de no contar con una ONG de referencia, se podrá aportar el informe socioeconómico de la Unidad de Trabajo Social del municipio de residencia, en el que deberán constar los ingresos percibidos durante 2025 hasta la fecha de presentación de la solicitud.

El estudiantado que continúe sus estudios deberá presentar los documentos señalados en los apartados a) y d). 

También se les podrá requerir que aporten otra documentación que resulte necesaria para evaluar correctamente los requisitos y méritos alegados.

Personas con discapacidad

Asimismo, deberán subir la siguiente documentación al formulario en línea:

  • a. Documento acreditativo de la condición de beneficiario/a de protección internacional o de solicitante en vigor en el momento de la solicitud (tarjeta blanca o tarjeta roja).
  • b. Currículum vitae con acreditación de los méritos alegados.
  • c. Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas para evaluar la situación de vulnerabilidad familiar.
  • d. Anexo II: Informe sobre la situación socioeconómica de la persona solicitante, emitido por la ONG que gestiona o gestionó el expediente de protección internacional o la entrada al sistema de Acogida e Integración.

En caso de no tener una ONG de referencia, podrá aportarse el informe socioeconómico de la Unidad de Trabajo Social del municipio de residencia, en el que deberán constar los ingresos percibidos durante 2026 hasta la fecha de presentación de la solicitud.

El estudiantado que continúe estudios deberá presentar los documentos señalados en los apartados a) y d).

También podrá requerírseles que aporten otra documentación que resulte necesaria para evaluar correctamente los requisitos y méritos alegados. El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal

Las Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal, son convocadas por la Universidad de Vigo, y van dirigidas a aquellas personas que se encuentran en situación de apátrida, beneficiarios de protección internacional, o que tengan autorización de estancia por encontrarse en el período transitorio de adquisición de la condición a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.  También se incluyen las personas en situación de protección temporal otorgada a personas afectadas por el conflicto en Ucrania que puedan encontrar refugio en España.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal" es: desde 06/11/2026 hasta 30/07/2026.

La Beca "Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Estudios Propios Universitarios

La Beca "Becas Protección Internacional o Ucrania con Protección Temporal" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula
  • Becas para cursos
  • Becas para refugiados