Becas Erasmus+ BIPs UVA
INSCRIPCIONES
Becas Erasmus+ BIPs UVA: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Erasmus+ BIPs UVA ofrecen a los estudiantes de la Universidad de Valladolid una oportunidad única para ampliar su formación académica y vivir una experiencia internacional en universidades europeas. Estas ayudas permiten participar en Programas Intensivos Combinados Erasmus+ (BIPs), que combinan una parte presencial en una institución extranjera con actividades de aprendizaje innovadoras y colaborativas.
Las Becas Erasmus+ BIPs UVA están dirigidas a estudiantes de Grado, Máster y Doctorado que cumplan los requisitos académicos y lingüísticos establecidos para cada programa. Los beneficiarios podrán recibir apoyo económico para cubrir gastos de viaje y manutención durante su estancia, además de contar con un seguro de asistencia en viaje financiado por la Universidad de Valladolid.
La convocatoria contempla ayudas destinadas a favorecer la movilidad internacional y facilitar la participación de estudiantes con diferentes perfiles, incluyendo aquellos que puedan encontrarse en situaciones de especial necesidad económica o social. La selección se realiza mediante criterios de mérito académico, igualdad de oportunidades y transparencia.
Las Becas Erasmus+ BIPs UVA permiten obtener reconocimiento académico por la participación en estas experiencias, con créditos ECTS para estudiantes de Grado y Máster o como actividad formativa en el caso de Doctorado. Una oportunidad para descubrir nuevos entornos universitarios, mejorar competencias internacionales y enriquecer el currículum académico y profesional.
Consulta toda la información relevante sobre estas ayudas aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 220
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los participantes:
Los estudiantes de la UVa que estén interesados en participar en la presente convocatoria deberán:
Cumplir los requisitos académicos y lingüísticos señalados en los anexos publicados para cada BIP específico.
No hallarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular la de no hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones (artículo 13.2.g).
Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 6.f) del Decreto 27/2008, de 3 de abril.
Dotación
Cuantía de la ayuda a percibir por los estudiantes.
Participantes con obstáculos socioeconómicos.
Los estudiantes pertenecientes a los colectivos relacionados a continuación recibirán una ayuda económica europea como contribución a los gastos de viaje y a los gastos de subsistencia derivados de su estancia en otro país, así como una ayuda a la inclusión:
- Beneficiarios de la Beca del Régimen General del Ministerio de Universidades el curso anterior a la movilidad Erasmus.
- Perceptores de prestación de Ingreso Mínimo Vital/Renta Mínima de Inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza de la unidad familiar, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.
- Familias numerosas o monoparentales.
- Víctimas de terrorismo, de violencia de género o huérfanos por estas causas.
- Personas en situaciones de especial necesidad y emergencia social consideradas por la administración pertinente. Esta circunstancia deberá acreditarse mediante informe de los Servicios Sociales de la Administración correspondiente.
- Personas en situación de dependencia o participantes con dependientes a cargo. Esta situación deberá acreditarse mediante informe de los Servicios Sociales de la Administración correspondiente.
- Personas en riesgo de exclusion social. Esta situación deberá acreditarse mediante informe de los Servicios Sociales de la Administración Local correspondiente.
- Tener un contrato de trabajo a tiempo completo de duración superior a 6 meses previos al comienzo del periodo de estudios y que deba suspenderse a causa de la realización del periodo de movilidad.
Los estudiantes pertenecientes a estos colectivos percibirán:
- Gastos de subsistencia: Los beneficiarios recibirán una ayuda económica europea durante los días de duración del módulo presencial del BIP así como durante dos días correspondientes a los viajes de ida y vuelta en base a los siguientes parámetros: Módulo presencial de duración entre 1-14 días: 79€/día.
- Gastos de viaje: la cantidad a percibir está establecida en función de la distancia entre el campus de la Uva en el que el estudiante cursa sus estudios y la ciudad donde se ubique la institución de destino. Para el cálculo de la mencionada distancia, siguiendo las directrices del Programa Erasmus+, se usará la Calculadora de Distancias de la CE http://ec.europa.eu/programmes/erasmusplus/resources/distance-calculator_en
En el caso de que la movilidad se impute al Proyecto 2024-26, los importes a percibir serán los establecidos en el siguiente enlace: http://www.sepie.es/doc/comunicacion/publicaciones/2024/ayudas_erasmus_2024_educacion_superior_ka131.pdf
En el caso de que la movilidad se impute al Proyecto 2025-27, los importes a percibir se encontrarán disponibles en https://relint.uva.es/estudiantes-uva/corta-duraciony-bips/ en el momento en que el SEPIE los haga públicos.
Aquellos participantes que opten por realizar un desplazamiento ecológico, entendiéndose como tal la realización del viaje de incorporación desde la Universidad de Valladolid a la universidad de acogida y la realización del viaje de regreso definitivo (finalización de la movilidad Erasmus) en un medio de transporte colectivo y público (excepto en avión) o en coche compartido, percibirán hasta un máximo de 2 días adicionales de apoyo individual para subsistencia por un importe diario de 79€ correspondiente a los días del viaje del trayecto de ida y vuelta, siempre y cuando se realicen tanto el viaje de ida como el de vuelta en transporte ecológico y se pernocte en el trayecto del viaje. Este extremo deberá ser justificado documentalmente.
A estos efectos, en el caso de realizar las actividades en diferentes universidades/empresas de acogida dentro del mismo país, los desplazamientos entre los centros de acogida no tendrán la consideración de ecológicos, no recibiendo ningún tipo de financiación adicional.
- Ayuda a la inclusión: el estudiante recibirá, para todo el periodo de movilidad, 100€ en los BIPs cuyo módulo presencial tenga una duración de entre 5-14 días.
Participantes no incluidos en los colectivos relacionados en el punto anterior:
Los estudiantes no pertenecientes a estos colectivos percibirán las mismas ayudas para gastos de subsistencia y gastos de viaje señalados para los colectivos del punto anterior. No recibirán ayuda a la inclusión.
La UVa financiará a cada estudiante seleccionado un seguro de asistencia en viaje durante el periodo de movilidad. Si surgiera alguna incidencia, el beneficiario la gestionaría directamente con la compañía aseguradora.
Para beneficiarios que acrediten una situación legal de discapacidad o necesidades especiales, se establecerán ayudas complementarias a las indicadas en esta convocatoria. Para poder optar a estas ayudas, se deberá comunicar la situación legal de discapacidad o necesidad especial al Servicio de Relaciones internacionales.
Según lo establecido en la legislación vigente en materia de IRPF, esta asignación para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia, quedarán exceptuados de gravamen.
Presentación
IMPORTANTE:
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente de la publicación del anexo correspondiente en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Valladolid hasta la fecha indicada en el mencionado anexo. (Fechas en nuestra web son aproximadas, ya que dependerá de la fecha concreta de cada BIP).
Los candidatos interesados en participar en un BIP deberán presentar la solicitud que figura como Anexo I de esta convocatoria dirigida a la Vicerrectora de Internacionalización en el registro electrónico de la Universidad de Valladolid, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones y de conformidad con el Reglamento del sistema de registro de la Universidad de Valladolid (aprobado por Resolución Rectoral de 28 de mayo de 2020, B.O.C. y L. de 8 de junio).
A estos efectos, el registro electrónico de la sede electrónica de la Universidad de Valladolid será accesible en la dirección https://sede.uva.es/opencms/opencms/es/Sobre_la_Sede/Registro_Electronico/index.html seleccionando el botón “Solicitud general”.
La solicitud deberá estar firmada electrónicamente por el interesado.
Más información
Ayudas convocadas
El Vicerrectorado de Internacionalización convoca un máximo de 220 ayudas Erasmus+ destinadas a estudiantes de la UVa para la asistencia durante el curso académico 2025-26 a Programas Intensivos Combinados Erasmus+ (Erasmus+ Blended Intensive Programmes- BIPs) impartidos por consorcios de universidades europeas.
Criterios de selección de los estudiantes
Los candidatos serán seleccionados mediante proceso de concurrencia competitiva y respetando los principios de publicidad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad y para su otorgamiento, la Comisión de Relaciones Internacionales seleccionará a los beneficiarios en base a la nota media de su expediente académico.
La nota media del expediente académico será el resultado de la suma de la puntuación de las asignaturas (exclusivamente aprobadas y suspensas, las no presentadas no computan). Dicho número se dividirá entre el número de convocatorias utilizadas en todas las asignaturas. Esta media (media letra E) se obtiene mediante el programa de gestión de alumnos Sigma disponible en la página web de la Universidad de Valladolid.
Los resultados obtenidos por el alumno en cada una de las materias del plan de estudios se calificarán en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10 con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse su correspondiente calificación cualitativa:
- 0-4,9: Suspenso (SS).
- 5,0-6,9: Aprobado (AP).
- 7,0-8,9: Notable (NT).
- 9,0-10: Sobresaliente (SB)
Los créditos obtenidos por reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no integradas en el plan de estudios no serán calificados numéricamente ni computarán a la hora de establecer la media del expediente académico.
En el caso de que no haya calificación numérica en alguna asignatura, se aplicará el siguiente baremo:
- Suspenso: 3
- Aprobado: 5,5
- Notable: 7,5
- Sobresaliente: 9
- Matrícula de honor: 10
Se dará prioridad a las solicitudes de candidatos que no hayan disfrutado de una beca de la Universidad de Valladolid que implique una estancia en una universidad extranjera a través del Programa Erasmus+ o cualquier otra beca de movilidad por convenio internacional.
En los anexos se podrán especificar otras prioridades aplicables en la selección de los candidatos.
Trámites a realizar antes y después de la movilidad por parte de los estudiantes beneficiarios.
Antes del inicio de la movilidad física el beneficiario deberá remitir por correo electrónico a bips.erasmus@uva.es:
- “Convenio de Subvención Erasmus+ para estudios 2025-26” que se encuentra disponible en el enlace https://relint.uva.es/estudiantesuva/corta-duracion-y-bips/
- El Learning Agreement facilitado por la universidad coordinadora, firmado por todas las partes implicadas. En el supuesto de que la universidad coordinadora no lo proporcione, el estudiante podrá descargarse el documento en el mismo enlace señalado en el punto anterior.
Al finalizar la movilidad deberá remitir igualmente a la dirección de correo electrónico señalada en el punto anterior el certificado de asistencia al BIP.
Adicionalmente, deberá cumplimentar el cuestionario on-line de la UE que recibirá en su correo electrónico desde “EU-CORPORATE-NOTIFICATION-SYSTEM@ec.europa.eu” en el plazo señalado en el mismo. No recibirá este correo hasta que no haya entregado previamente en el Servicio de Relaciones Internacionales la documentación señalada en el punto anterior.
Procedimiento de abono de la ayuda
El abono de la ayuda se realizará con posterioridad a la estancia, una vez justificados los gastos y demás extremos antes señalados, en único pago, mediante transferencia a la cuenta corriente correspondiente, con sujeción a las reglas establecidas en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en las Normas de Ejecución Presupuestaria del Presupuesto de la Universidad.
Será obligación de las personas beneficiarias poner en conocimiento del Servicio de Relaciones Internacionales toda variación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas establecidas en esta resolución, como la percepción de ayudas de las previstas en el apartado siguiente.
Régimen de incompatibilidades
Estas ayudas serán compatibles con la percepción de otras de naturaleza similar concedidas para la misma finalidad por cualquier otro organismo, institución o entidad públicos o privados, siempre y cuando no se supere la cuantía total de los gastos de viaje, alojamiento, manutención y matrícula derivados de la participación en el BIP.
Resolución de la convocatoria y órganos competentes
El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento, así como para la gestión de las ayudas, es el Servicio de Relaciones Internacionales y para su resolución es el Vicerrector de Internacionalización, por delegación del Rector, de acuerdo con la Resolución Rectoral de 9 de mayo de 2022 (BOCYL nº 94 de 18 de mayo) por la que se delegan competencias del Rector en diversos órganos unipersonales de la Universidad de Valladolid.
La evaluación de las solicitudes, corresponderá a una Comisión de Valoración nombrada por el Vicerrector de Internacionalización. La Comisión de valoración, delegada de la Comisión de Relaciones Internacionales, estará integrada por el Director de Área de Estrategia Internacional, quien actuará como Presidente, un Técnico del Servicio de Relaciones Internacionales y el Director del Servicio de Relaciones Internacionales, quien actuará como Secretario con voz y voto.
La Comisión de valoración elevará propuesta motivada de resolución a la Comisión de Relaciones Internacionales de la Universidad de Valladolid que emitirá informe vinculante previo a la resolución definitiva.
La actuación de la Comisión de Valoración se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación en el citado Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Rectorado en el plazo de un mes a computar desde la misma fecha (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
La Resolución de la convocatoria se producirá en plazo no superior a tres meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, las solicitudes se podrán entender desestimadas en los términos previstos en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Servicio de Relaciones Internacionales publicará en la sede electrónica de la Uva, así como, a título informativo, en su página web http://www.relint.uva.es la resolución de la presente convocatoria.
Reconocimiento académico de las actividades de movilidad
En el caso de los estudiantes de Grado y Máster, la participación en el BIP será reconocida por un mínimo de 3 ECTS y un máximo de 6 ECTS, de acuerdo con lo establecido en el anexo correspondiente.
En el caso de los estudiantes de Doctorado, la participación en el BIP será reconocida como actividad formativa.
Documentación a adjuntar
Los candidatos deberán adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:
- Declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social en materia de subvenciones (Anexo II), firmada electrónicamente por el solicitante.
- Copia del certificado acreditativo del nivel de idioma exigido.
- Copia del resguardo de matrícula del curso 2025-26.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en esta convocatoria o no se acompaña de la documentación exigida en la misma, se requerirá a la persona solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. De no hacerlo así, se archivará, sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.
Cualquier notificación que deba realizarse vinculada a esta convocatoria se llevará a cabo por medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el art. 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas y con el Reglamento de Notificaciones y Comunicaciones electrónicas en la Universidad de Valladolid, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 28 de junio de 2019, BOCyL nº 120 de 8 de julio.






