Universidad de Sevilla (US)

Becas Ayudas al Estudio - US

Becas de estudiosUniversitarios

INSCRIPCIONES

10/04/202321/04/2023
Finalizada

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Becas Ayudas al Estudio - US: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Sevilla ofrece a sus estudiantes de grado y máster diferentes modalidades de ayudas al estudio propias con las que se pretende garantizar la igualdad de oportunidades entre sus alumnos, evitando además el abandono de sus estudios por motivos sociales o económicos.

Es por ello que la Universidad de Sevilla convoca las Becas Ayudas al Estudio - US. Mediante estas becas se pretenden cubrir las necesidades básicas de los estudiantes durante su etapa universitaria ya que mediante las mismas se ofrecen ayudas de matrícula, residencia, desplazamiento y material, que serán otorgadas a aquellos alumnos que cumplan con los requisitos indicados tanto generales, como académicos y económicos.

Para ello, durante el proceso de selección de los alumnos que finalmente resulten beneficiarios de las Becas Ayudas al Estudio - US, se tendrán en cuenta los niveles económicos de la unidad familiar, no debiendo sobrepasar la renta de la misma, ninguno de los niveles establecidos.

Si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad de Sevilla, aquí puedes encontrar todo lo que necesitas saber.

Te ofrecemos toda la información relacionada con las Becas Ayudas al Estudio - US como plazos, requisitos, incompatibilidades, etc.

No lo pienses más y obtén la ayuda que necesitas para el normal progreso de tus estudios mediante estas becas que ofrece la Universidad de Sevilla.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos generales

Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

  • a. Estar matriculado en el curso 2022-2023 de, al menos, el mínimo de créditos establecido en el artículo 16 de esta modalidad de ayudas o de los créditos que le resten para finalizar sus estudios, en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario en la Universidad de Sevilla.
  • b. No disfrutar de otras becas y/o ayudas al estudio por el mismo concepto.
  • c. No estar en posesión, ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título universitario del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicitan estas ayudas. No obstante, podrán concederse estas ayudas a aquellos estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
    • Estar en posesión de un título de licenciado, ingeniero o arquitecto y se encuentren matriculados en un máster universitario en la Universidad de Sevilla
    • Estar matriculados en los Itinerarios Curriculares conducentes a la obtención de un título degrado en la Universidad de Sevilla.

A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.

No podrán participar en esta modalidad de ayudas aquellos solicitantes de la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el curso 2022-2023 que tengan la beca denegada por superar los umbrales de renta o patrimonio. No obstante, aquellos que se encuentren en estas circunstancias y presenten su solicitud, serán automáticamente excluidos de esta modalidad por superar los umbrales de renta o patrimonio, según proceda.

Requisitos académicos

  • Para tener derecho a estas ayudas, los solicitantes deberán estar matriculados en el curso 2022-2023 en la Universidad de Sevilla:
    • Ayudas de matrícula: Estar matriculado de curso completo o matrícula parcial.
    • Ayudas de residencia: Estar matriculado de curso completo.
    • Ayudas de desplazamiento: Estar matriculado de, al menos, matrícula parcial.
    • Ayudas de material: Estar matriculado de, al menos, matrícula parcial.
    • A los efectos de estas ayudas, se considerará que un estudiante está matriculado en un curso completo cuando se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
      • a. Estar matriculado de, al menos, 60 créditos en una titulación de grado.
      • b. Estar matriculado de, al menos, 60 créditos en una titulación de máster universitario.
    • A los efectos de estas ayudas, se considerará que un estudiante tiene matrícula parcial cuando se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
      • a. Estar matriculado entre 30 y 59,5 créditos en una titulación de grado.
      • b. Estar matriculado entre 30 y 59,5 créditos en una titulación de máster universitario.
      • c. Estar matriculado de menos de 30 créditos y tener reconocida la condición de estudiante con necesidades académicas especiales.
      • d. Estar matriculado de menos de 30 créditos siendo los últimos créditos que le resten para finalizar sus estudios.
  • Los solicitantes del Colectivo 1 deberán haber estado matriculados en el curso 2021-2022 o último curso universitario realizado de, al menos, 30 créditos. No obstante, aquellos solicitantes que tengan reconocida la condición de estudiantes con necesidades académicas especiales deberán haber estado matriculados, como mínimo, de 12 créditos en dicho curso.
  • Los solicitantes del Colectivo 1 deberán haber superado en el curso 2021-2022 o último curso universitario realizado, al menos, el 50% de los créditos matriculados en el referido curso académico. No obstante, aquellos solicitantes que tengan reconocida la condición de estudiantes con necesidades académicas especiales deberán haber superado, como mínimo, 12 créditos en el último curso universitario realizado.
  • Los estudiantes que en el último curso universitario realizado hubiesen estado matriculados en titulaciones no estructuradas en créditos, deberán cumplir los siguientes requisitos:
    • a. Haber estado matriculado en el último curso universitario realizado de, al menos, el 50% de las asignaturas que constituyen el curso completo.
    • b. Haber superado en el último curso universitario realizado el 50% de las asignaturas matriculadas.
  • Los créditos reconocidos, adaptados o convalidados no se tendrán en cuenta para el cumplimiento de los requisitos académicos o de matriculación establecidos en esta modalidad de ayudas, excepto para el cálculo de la nota media en la titulación que da acceso a un máster universitario.
Requisitos económicos

Para tener derecho a las ayudas de matrícula, la renta familiar en el ejercicio 2021 deberá ser igualo inferior a la indicada en la siguiente tabla, correspondiente con el umbral 3 de la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023, publicada mediante Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2022-2023, para estudiantes quecursen estudios postobligatorios, (Extracto en BOE nº 61 de 12 de marzo de 2022).

  • Miembros computables - Renta familiar máxima euros
    • 1: 14.112,00
    • 2: 24.089,00
    • 3: 32.697,00
    • 4: 38.831,00
    • 5: 43.402,00
    • 6: 46.853,00
    • 7: 50.267,00
    • 8: 53.665,00
    • A partir del octavo miembro, se añadirán 3.391,00 por cada miembro computable.
Para tener derecho a las ayudas de residencia, desplazamiento o material, la renta familiar en el ejercicio 2021 deberá ser igual o inferior a la indicada en la siguiente tabla, correspondiente al umbral 1 de la convocatoria de becas de carácter general Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023, publicada mediante Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2022-2023,para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, (Extracto en BOE nº 61 de 12 de marzo de 2022).

  • Miembros computables - Renta familiar Máxima euros
    • 1: 8.422,00
    • 2: 12.632,00
    • 3: 16.843,00
    • 4: 21.054,00
    • 5: 24.423,00
    • 6: 27.791,00
    • 7: 31.160,00
    • 8: 34.529,00
    • A partir del octavo miembro, se añadirán 3.368,00 euros por cada miembro computable.
Se denegará la solicitud de ayuda por razón del patrimonio del conjunto de miembros computables de la unidad familiar, cualquiera que sea la renta familiar a efectos de esta ayuda que pudiera resultar al computar los ingresos anuales de la misma, cuando se superen los límites establecidos en el art. 20 dela Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2022-2023, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, (Extracto en BOE nº 61 de 12 de marzo de 2022).

Dotación

Se convocan ayudas de matrícula, residencia, desplazamiento y material dirigidas a los estudiantes matriculados en el curso 2022-2023 en titulaciones oficiales conducentes a la obtención de un título de grado o máster universitario en la Universidad de Sevilla.

A los efectos de estas ayudas, los solicitantes se agruparán en los siguientes colectivos:

  • Colectivo 1:
    • Estudiantes de titulaciones conducentes a la obtención de un título de grado que no se matriculen por primera vez en 1º curso.
    • Estudiantes que se matriculen por segunda o sucesivas veces en un máster universitario.
  • Colectivo 2: Estudiantes que acceden por primera vez a estudios universitarios de grado.
  • Colectivo 3:
    • Estudiantes matriculados por primera vez en 1º curso de un máster universitario.
    • Estudiantes matriculados por primera vez en 1º curso de un máster universitario con matrícula condicionada hasta la finalización de los estudios de grado.

Ayudas de matrícula

Las ayudas de matrícula se concederán según se detalla a continuación:

  • a. Colectivo 1: Se destinan hasta 123.000,00 euros para los solicitantes que se matriculen de curso completo, siendo variable la cantidad a conceder, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 600,00 euros. Se destinan hasta 22.000,00 euros para los solicitantes que realicen matrícula parcial, siendo variable la cantidad a conceder, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 300,00 euros.
  • b. Colectivo 2: Se destinan hasta 15.000,00 euros para los solicitantes que se matriculen de curso completo, siendo variable la cantidad a conceder, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 600,00 euros. Se destinan hasta 2.000,00 euros para los solicitantes que realicen matrícula parcial, siendo variable la cantidad a conceder, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 300,00 euros.
  • c. Colectivo 3: Se destinan hasta 34.000,00 euros para los solicitantes que se matriculen de curso completo, siendo variable la cantidad a conceder, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 850,00 euros. Se destinan hasta 8.500,00 euros para los solicitantes que realicen matrícula parcial, siendo variable la cantidad a conceder, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 425,00 euros.
Ayudas de residencia

Se destinan hasta 368.000,00 euros para estas ayudas con un importe de 800,00 euros para cada una de ellas, con la siguiente distribución:

  • Colectivo 1: Se destinan hasta 356.000,00 euros.
  • Colectivo 2: Se destinan hasta 3.200,00 euros.
  • Colectivo 3: Se destinan hasta 8.800,00 euros.
Las ayudas de residencia están destinadas a aquellos estudiantes que realicen estudios presenciales y que acrediten la necesidad de residir fuera de su domicilio familiar durante todo el curso académico, por razón de la distancia entre el mismo y el centro docente, los medios de transporte existentes y los horarios lectivos. Con carácter general, como mínimo debe existir, al menos, una distancia de 50 km. entre la localidad de residencia del solicitante y la localidad del centro docente.

Se considerará como domicilio familiar del solicitante el domicilio más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de su unidad familiar,aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante.

En el caso de estudiantes independientes, se entenderá por domicilio familiar el que el alumno habita durante el curso académico, por lo que en este caso no procederá la concesión de esta ayuda al considerarse el domicilio familiar el domicilio en el que el estudiante resida durante el curso académico.

La concesión de la ayuda de residencia será incompatible con la concesión de la ayuda de desplazamiento.

Ayudas de desplazamiento

Se destinan hasta 285.000,00 euros para ayudas de desplazamiento a aquellos estudiantes que cursen estudios presenciales en función de la distancia existente entre la localidad del domicilio familiar y la localidad del centro universitario en el que el estudiante se encuentre matriculado.

Estas ayudas se distribuirán en las cuantías que se detallan a continuación:

  • a. Hasta 204.000,00 euros, distribuidas en ayudas individuales de 200,00 euros, para los solicitantes cuyo domicilio familiar se encuentre entre 5 y 30 km. de distancia a la localidad del centro universitario, con el siguiente desglose:
    • Colectivo 1: Se destinan hasta 189.800,00 euros
    • Colectivo 2: Se destinan hasta 8.000,00 euros
    • Colectivo 3: Se destinan hasta 6.200,00 euros
  • b. Hasta 81.000,00 euros, distribuidas en ayudas individuales de 300,00 euros, para los solicitantes cuyo domicilio familiar se encuentre a más de 30 km. de distancia a la localidad del centro universitario, con el siguiente desglose:
    • Colectivo 1: Hasta 73.500 euros
    • Colectivo 2: Hasta 4.500,00 euros
    • Colectivo 3: Hasta 3.000,00 euros
La concesión de la ayuda de desplazamiento es incompatible con la concesión de la ayuda de residencia.

Ayuda de material

Se destinan hasta 351.000,00 euros, distribuidas en ayudas individuales de 200,00 euros, en las cuantías que se detallan a continuación

  • Colectivo 1: Se destinan hasta 307.000,00 euros
  • Colectivo 2: Se destinan hasta 20.000,00 euros
  • Colectivo 3: Se destinan hasta 24.000,00 euros

Presentación

El estudiante, para participar en la convocatoria, deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Cumplimentar y aceptar/validar el formulario online que estará disponible en la página web www.becas-santander.com o directamente en el vínculo: https://app.becas-santander.com/es/program/becas-santander-estudios-convocatoria-de-ayudas-al-estudio-universidad-de-sevilla. En el formulario debe rellenar obligatoriamente el campo de su correo electrónico como estudiante de la Universidad de Sevilla cuyo dominio es @alum.us.es.
  2. Cumplimentar el impreso de solicitud de esta convocatoria, de la siguiente forma:
    • a. Los solicitantes de los Centros Propios de la Universidad de Sevilla y del CEU ”Francisco Maldonado” de Osuna deberán cumplimentar telemáticamente el formulario online que estará disponible en la Secretaría Virtual de la Universidad de Sevilla (SEVIUS), dentro del Apartado: Mi Perfil/Datos académicos. Una vez cumplimentado el formulario online, el solicitante confirmará telemáticamente el mismo, considerándose presentado a todos los efectos.
    • b. Los solicitantes de los Centros Adscritos, excepto los pertenecientes al CEU “Francisco Maldonado” de Osuna, tendrán disponible el formulario en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Ayudas al Estudio / Propias / Convocatoria de Ayudas Propias de la Universidad de Sevilla: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/ayudas-al-estudio/propias
    • Estos solicitantes, una vez cumplimentado y firmado el formulario, podrán presentarlo:
      • De forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT), a través del procedimiento“Presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico” disponible en la Sede Electrónica dela Universidad de Sevilla (https://sede.us.es) a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”.
      • De forma presencial en el Registro General de la Universidad de Sevilla, a través de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, sitas en C/ San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo delas Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php (Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro)
      • En cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Cumplimentar el formulario en la plataforma del Grupo Santander no implica haber presentado la solicitud de Ayudas de esta Convocatoria.

Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, los siguientes datos:

  • Domicilio de la unidad familiar.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Datos académicos del curso 2021-2022 o último curso universitario realizado por el solicitante que proceda de otra Universidad.
  • Datos académicos de la titulación que da acceso a 1º curso de máster universitario cuando dicha titulación no se haya realizado en la Universidad de Sevilla.
  • Cuenta bancaria (incluido IBAN) en la que figure el solicitante como titular o cotitular. En dicha cuenta se abonará el importe de la ayuda, en su caso.
  • Cuando no se haya presentado solicitud de beca de carácter general del MEFP para el curso 2022-2023 o la solicitud no esté resuelta, deberá cumplimentar:
    • Apartado de datos patrimoniales de la unidad familiar
    • Impreso de autorización para solicitar datos económicos a la AEAT de la unidad familiar del solicitante, debidamente firmado y cumplimentado por todos los miembros computables de la unidad familiar, debiendo ser las firmas originales, no admitiéndose firmas escaneadas o fotocopiadas.
    • Los solicitantes que tengan reconocida la condición de estudiantes con necesidades académicas especiales deberán indicarlo en el apartado de Observaciones.
  • Los solicitantes que se encuentren matriculados en los Centros Adscritos de la Universidad (excepto los estudiantes matriculados en el CEU “Francisco Maldonado” de Osuna), además de lo especificado en el artículo 10, deberán firmar la aceptación de las bases de la convocatoria en el formulario impreso.

Más información

Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con la concesión de cualquier otra ayuda o beca para la misma finalidad.

  • a. Las ayudas de matrícula serán incompatibles con la concesión de beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023.
  • b. Las ayudas de residencia, desplazamiento y material serán incompatibles con la concesión de alguna de las cuantías fijas o de la cuantía variable de la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023.
  • c. La concesión de las ayudas de residencia y desplazamiento son incompatibles entre sí.

Si el estudiante obtuviera durante el curso académico 2022-2023 otra beca o ayuda incompatible, podrá optar por la más favorable a sus intereses, procediendo a la correspondiente renuncia y devolución del importe recibido. Salvo indicación expresa del interesado, se entenderá que opta por la ayuda de mayor cuantía.

Estas ayudas son compatibles con la concesión de Ayudas Sociales Extraordinarias de la Universidad de Sevilla para el curso 2022-2023.

Procedimiento de adjudicación de las ayudas

  1. Adjudicación de las ayudas de matrícula. El procedimiento de adjudicación de estas ayudas será:
    • a. Colectivo 1.- Una vez ordenados los candidatos, se concederá un número de ayudas con cuantía variable, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 600,00 euros, hasta 123.000,00 euros para matrícula de curso completo y con una cuantía máxima de 300,00 euros, hasta 22.000,00 euros para los solicitantes con matrícula parcial.
    • b. Colectivo 2.- Una vez ordenados los candidatos, se concederá un número de ayudas con cuantía variable, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 600,00 euros, hasta 15.000,00 euros para matrícula de curso completo y con una cuantía máxima de 300,00 euros, hasta 2.000,00 euros para los solicitantes con matrícula parcial.
    • c. Colectivo 3.-Una vez ordenados los candidatos, se concederá un número de ayudas con cuantía variable, en función de los precios públicos abonados por el solicitante, con una cuantía máxima de 850,00 euros, hasta 34.000,00 euros para matrícula de curso completo y con una cuantía máxima de 425,00 euros, hasta 8.500,00 euros para los solicitantes con matrícula parcial.
  2. Adjudicación de las ayudas de residencia. Los candidatos se ordenarán de mayor a menor rendimiento académico obtenido, de acuerdo con la distribución establecida en el artículo 5 de esta convocatoria.
  3. Adjudicación de las ayudas de desplazamiento. Los candidatos se ordenarán de mayor a menor rendimiento académico obtenido, de acuerdo con la distribución establecida en el artículo 6 de esta convocatoria.
  4. Adjudicación de las ayudas de material. Los candidatos se ordenarán de mayor a menor rendimiento académico obtenido, de acuerdo con la distribución establecida en el artículo 7 de esta convocatoria.
  5. El excedente del presupuesto asignado a las ayudas de matrícula parcial por no existir suficientes candidatos, en cada colectivo, se destinará a incrementar el presupuesto destinado a las ayudas de matrícula de curso completo del mismo colectivo, en su caso.
  6. El excedente del presupuesto asignado a las ayudas de Residencia, Desplazamiento y Material por no existir suficientes candidatos, en cada colectivo, se destinará para la concesión de nuevas ayudas dentro de la misma modalidad de ayuda en los colectivos en los que existan candidatos, en su caso.
  7. En el supuesto de seguir existiendo excedente de presupuesto, una vez reasignado según el párrafo anterior, se destinará a incrementar el presupuesto destinado a las ayudas de matrícula,distribuyéndose entre los colectivos en los que existan candidatos en proporción al número de candidatos existentes.
  8. El estudio de las solicitudes presentadas y la selección de los posibles beneficiarios será efectuada por la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla, establecida en el Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 3/CU 19-3-09).

Resolución

La Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla resolverá estas ayudas y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla las propuestas de Resolución de cada una de las modalidades de esta Convocatoria, en las que figurarán los beneficiarios con las ayudas concedidas, los solicitantes con las ayudas denegadas y los solicitantes desistidos de su solicitud por no haber aportado la documentación requerida o no haber cumplimentado alguno de los apartados de la solicitud, así como los que renuncian a su solicitud, en su caso.

La publicación de las Resoluciones surtirá los efectos de notificación individual a los interesados.

Estas Resoluciones se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Ayudas al Estudio / Propias / Convocatoria de Ayudas Propias de la Universidad de Sevilla https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/ayudas-al-estudio/propias

Aceptación de las Ayudas concedidas

Los estudiantes beneficiarios deberán aceptar las ayudas concedidas en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución definitiva de concesión, a través del sistema que se habilitará a tal efecto en la página web www.becas-santander.com o bien directamente en el siguiente enlace: https://app.becas-santander.com/es/program/becas-santander-estudios-convocatoria-de-ayudas-al-estudio-universidad-de-sevilla

Enlaces de interés

https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/ayudas-al-estudio/propias/Ayudas%20al%20Estudio%20USE%202022-23.pdf

Documentación a adjuntar

Aquellos solicitantes que se encuentren en alguna/s de las siguientes situaciones,deberán aportar la documentación que en cada caso se específica:

  • Los estudiantes procedentes de otras Universidades deberán aportar copia de la certificación académica con las calificaciones obtenidas en el último curso en que realizara estudios universitarios.
  • Los estudiantes procedentes de otras Universidades y que accedan por primera vez a una titulación de máster universitario, deberán aportar copia de la certificación académica con las calificaciones obtenidas en la titulación que da acceso al máster. En el caso de Universidades extranjeras la certificación deberá contener el sistema de calificación utilizado en la misma y se deberá adjuntar la Declaración de Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico de Estudios Cursados en el Extranjero emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Cuando el solicitante no haya presentado solicitud de beca de carácter general del MEFP para el curso 2022-2023 o la solicitud no esté resuelta:
    • Fotocopia de los recibos por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos y Urbanos pertenecientes a los miembros computables de la unidad familiar, excepción hecha de la vivienda habitual, y referidos al ejercicio 2021, en su caso.
    • Impreso de autorización para solicitar datos económicos a la AEAT de la unidad familiar del solicitante, debidamente firmado y cumplimentado por todos los miembros computables de la unidad familiar, debiendo ser las firmas originales, no admitiéndose firmas escaneadas o fotocopiadas.
  • En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatoria la presentación del NIE del solicitante en vigor a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Para la modalidad de las ayudas de residencia, deberá presentar contrato de alquiler, recibos, certificados de colegios mayores o residencias que justifiquen durante el curso 2022-2023 la residencia fuera del domicilio familiar.
  • Documentación acreditativa de la independencia económica y familiar, en su caso.
  • Cualquier otra documentación que el solicitante considere útil para su conocimiento por la Comisión.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Sevilla ofrece a sus estudiantes de grado y máster diferentes modalidades de ayudas al estudio propias con las que se pretende garantizar la igualdad de oportunidades entre sus alumnos, evitando además el abandono de sus estudios por motivos sociales o económicos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas al Estudio - US" es: desde 10/04/2023 hasta 21/04/2023.

La Beca "Becas Ayudas al Estudio - US" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Ayudas al Estudio - US" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes