Becas Ayudas de Bonos Comedor
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Becas Ayudas de Bonos Comedor: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Sevilla cuenta con amplio programa de becas y ayudas para los estudiantes que se encuentren en una situación económica de necesidad. Para apoyar a todos estos estudiantes, la Universidad de Sevilla convoca las Becas Ayudas de Bonos Comedor.
Las Becas Ayudas de Bonos Comedor ofrecen la posibilidad de que los alumnos puedan realizar sus almuerzos durante los días lectivos que indica el calendario escolar del presente año. Estos bonos podrán ser utilizados en los comedores universitarios del Campus Macarena, Campus Reina Mercedes, Campus Cartuja,Campus Ramón y Cajal, Campus Rectorado o Campus Perdigones, debiendo elegir el interesado por uno de ellos.
Para poder acceder a las Becas Ayudas de Bonos Comedor, se deberán cumplir una serie de requisitos indicados por el convocante, entre los que estarán requisitos generales, académicos, y requisitos económicos que dependerán de la renta del solicitante.
No pierdas esta oportunidad y si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad de Sevilla y cumples con los requisitos, aquí puedes encontrar todo lo que necesitas saber. Te ofrecemos toda la información sobre las Becas Ayudas de Bonos Comedor de la US, requisitos, plazos y como solicitarla.
Datos básicos
- Nº de becas
- 150
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Ingeniería
- Arquitectura
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos Generales
- Los bonos de comedor de la Universidad de Sevilla están dirigidos a aquellos estudiantes que se hallen en situaciones extraordinarias de necesidad económica, que no estén cubiertas por otras entidades públicas o privadas.
- Se deberá estar matriculado en el curso 2023-2024 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de Grado o Máster Universitario en la Universidad de Sevilla. Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o los créditos que le resten para finalizar sus estudios en el citado curso.
- No estar en posesión, ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título universitario del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios matriculados en el curso 2023-2024.No obstante, podrán concederse estas Ayudas a aquellos estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
- Estar en posesión de un título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto y se encuentren matriculados en un Máster Universitario.
- Estar matriculados en los Itinerarios Curriculares conducentes a la obtención de un título de Grado.
A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de estas Ayudas aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.
Requisitos Académicos
Los beneficiarios de estas ayudas deberán haber superado en el curso 2022-2023 o último curso universitario realizado anteriormente, al menos, el 50% de los créditos matriculados. Los créditos reconocidos,convalidados o adaptados no se tendrán en cuenta para el cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria.Estos requisitos académicos no serán exigibles para los estudiantes que han accedido en el curso 2023-2024, por primera vez, a estudios universitarios de Grado.
La renta familiar en el ejercicio 2022 no podrá ser superior a la indicada en la siguiente tabla:
- Miembros computables y renta familiar máxima.
- 1: 8,422€.
- 2: 12,632€.
- 3: 16,843€.
- 4: 21,054€.
- 5: 24,423€.
- 6: 27,791€.
- 7: 31,160€.
- 8: 34,529€.
- A partir del octavo miembro, se añadirán 3,368 euros por cada miembro computable.
Se denegará la solicitud de Ayuda por razón del patrimonio del conjunto de miembros computables de la unidad familiar, cualquiera que sea la renta familiar a efectos de esta Ayuda, cuando se supere alguno de los umbrales de patrimonio que se establezcan en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2023-2024.
Dotación
La Ayuda consistirá en un bono que permitirá el almuerzo en los días y períodos lectivos, según el calendario escolar del curso 2023-2024, hasta el 31 de julio de 2024, en los Comedores Universitarios del Campus Macarena, Campus Reina Mercedes, Campus Cartuja, Campus Ramón y Cajal, Campus Rectorado o Campus Perdigones, debiendo optar el interesado por uno de ellos.
Los estudiantes matriculados en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica y beneficiarios de estas Ayudas serán incluidos en el Comedor Universitario más próximo al Centro.
Presentación
- De forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT). La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro Electrónico del AGE (https://rec.redsara.es) a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”.
- De forma presencial en el Registro General de la Universidad de Sevilla, a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace:https://institucional.us.es/cprevias/index.php (Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro)
- En cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- El impreso estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla: Apartado Estudiar/ Becas y Ayudas/Ayudas Asistenciales/Propias/Ayudas de bonos de comedor: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-asistenciales/propias
Más información
Estudiantes con preferencia
Tendrán preferencia en la concesión de estas Ayudas, los solicitantes que, cumpliendo los requisitos generales, académicos y económicos establecidos en esta convocatoria, pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
- Colectivo 1: Huérfanos absolutos y menores de 25 años a 31 de diciembre de 2022.
- Colectivo 2: Familia monoparental por fallecimiento de uno de los progenitores, de la que forme parte el solicitante como miembro computable.
- Colectivo 3: Familias cuyo sustentador principal se encuentre en situación de desempleo, al menos, durante 6 meses en el ejercicio 2022.
- Colectivo 4: Familias cuyo sustentador principal sea pensionista.
- Colectivo 5: Familias cuyo sustentador principal sea padre o madre soltero, divorciado o separado, legalmente o de hecho, cuya única fuente de ingresos sean las pensiones alimenticias, en cada caso.
- Colectivo 6: Familias en las que alguno de sus miembros esté afectado de una minusvalía legalmente calificada, con un grado igual o superior al 33%.
Procedimiento de adjudicación.
Los solicitantes que no cumplan alguno/s de los requisitos generales, económicos o académicos establecidos en la convocatoria, tendrán su solicitud denegada, y serán excluidos del proceso de adjudicación de estas Ayudas.
Los solicitantes que cumplan los requisitos generales, académicos y económicos serán candidatos a la obtención de estas Ayudas.
Se clasificarán los candidatos por la pertenencia o no, previa justificación documental, a alguno delos colectivos considerados como preferentes en el art. 13.
Aquellos estudiantes que no aporten la documentación acreditativa de la pertenencia a uno de los colectivos preferentes pasarán, automáticamente, a formar parte del colectivo general.
En cada colectivo se ordenarán los candidatos por renta per cápita de menor a mayor.
Los candidatos que no pertenezcan a ninguno de los colectivos considerados como preferentes se agruparán en el colectivo general y se ordenarán por renta per cápita de menor a mayor.
Las Ayudas se concederán teniendo en cuenta la renta per cápita de los candidatos y la pertenencia,previa justificación documental, a alguno de los colectivos siguientes, en el orden que se indica:
- Colectivo 1
- Colectivo 2
- Colectivo 3
- Colectivo 4
- Colectivo 5
- Colectivo 6
- Colectivo General
Aquellos candidatos que no estén situados en un orden que les dé derecho a una Ayuda, tendrán su solicitud denegada por prelación.
- Utilizar el Bono en el Comedor para el que le ha sido concedido. En casos excepcionales, se puede solicitar el cambio de opción ante el Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable,Igualdad y Cooperación.
- El sometimiento a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la Ayuda.
- Comunicar en el plazo de siete días hábiles la desaparición o remoción de las circunstancias que motivaron la concesión de la Ayuda.
Cálculo de la Renta
La renta familiar a efectos de estas Ayudas se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2022 de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza calculadas según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:
- a. Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyéndose los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2018 a 2021 y el saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2018 a 2021 a integrar en la base imponible del ahorro.
- b. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se seguirá el procedimiento descrito en el párrafo a) anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia de los recibos por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos y Urbanos pertenecientes a los miembros computables, excepción hecha de la vivienda habitual, y referidos al ejercicio 2022.
- La documentación que se relaciona a continuación para justificar la pertenencia a alguno de los colectivos considerados como preferentes que se relacionan en el art. 13:
- Colectivo 1: Certificado de defunción del padre y de la madre del solicitante.
- Colectivo 2: Certificado de defunción del padre o de la madre del solicitante.
- Colectivo 3: Vida laboral completa y actualizada a 31 de diciembre de 2022 del sustentador principal de la unidad familiar.
- Colectivo 4: Certificado de reconocimiento de la pensión del sustentador principal.
- Colectivo 5: Convenio regulador, vida laboral actualizada,certificado expedido por el INSS acreditando que no percibe en el ejercicio 2022 ningún tipo de pensión y certificado expedido por el INEM/SAE del progenitor con el que conviva el solicitante acreditando que no percibe en el ejercicio 2022 ningún tipo de prestación o subsidio.
- Colectivo 6: Certificado de minusvalía legalmente calificada con un grado igual o superior al 33%.
- Impreso de autorización para solicitar datos económicos a la AEAT de la unidad familiar del solicitante, debidamente firmado y cumplimentado por todos los miembros computables de la unidad familiar, debiendo ser las firmas originales, no admitiéndose firmas escaneadas o fotocopiadas.
- Documentación acreditativa de la independencia económica y familiar del solicitante, en su caso.
- Certificación académica donde figuren los créditos matriculados y superados en el último curso en que realizara estudios universitarios a los estudiantes procedentes de otras Universidades.
Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas Ayudas, los siguientes extremos:
- Domicilio a efectos de notificación.
- Dirección de correo electrónico.
- Datos de la unidad familiar referidos al ejercicio 2022.
- Apartado de datos patrimoniales.
- Firma de la solicitud.
- Firma de todos los miembros computables de la unidad familiar para autorizar a la Universidad de Sevilla a obtener información tributaria de la AEAT.
- Comedor en el que desean hacer uso del bono de comedor.
Se publicará una Resolución conteniendo una relación de los solicitantes que deban aportar algún documento o que deban cumplimentar algún apartado de su solicitud, que se hará pública en el Tablón Electrónico Oficial dela Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual ) y en el Portal de Becas y Ayudas de la Universidad de Sevilla: Apartado Estudiar/ Becas y Ayudas/Ayudas Asistenciales/Propias/Ayudas de bonos de comedor:https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-asistenciales/propias
Los solicitantes dispondrán de un plazo de 7 días hábiles, desde su publicación, para subsanar tales defectos de forma y/o aportar la documentación requerida. La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes. Los solicitantes que no aporten la documentación requerida o que no cumplimenten algún apartado de la solicitud en los plazos fijados en la Resolución que se establece en este artículo serán desistidos de su petición,previa notificación en la Resolución Definitiva de la convocatoria.