Universidad de Oviedo - Uniovi

Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi

Becas de estudiosBecas de formación prácticaBecas transporteBecas para congresosBecas de colaboraciónUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio08/05/2026 Fin15/06/2026
Finalizada

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Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Oviedo, a través del Vicerrectorado de Estudiantes, ofrecen ayudas a los estudiantes convocando las Becas Ayudas a Estudiantes UnioviEstas becas tienen como objetivo prioritario arbitrar medidas tendentes a otorgar ayudas a la promoción educativa, cultural, profesional y científica, en régimen de concurrencia competitiva. 

Mediante las mismas, la Universidad de Oviedo ofrece ayudas para el transporte para realización de viajes y visitas colectivas, transporte para realizar prácticas externas curriculares, para realizar proyectos o actividades culturales y académicas colectivas, para presentación de comunicaciones en congresos y reuniones científicas, asistencia de representantes de estudiantes a reuniones, para la realización de actividades organizadas por Asociaciones universitaria de Estudiantes, y para el transporte al realizar actividades de difusión universitaria.

Las Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi pueden ser solicitadas por los estudiantes universitarios de títulos oficiales que se encuentren matriculados en Centros de la Universidad de Oviedo para la obtención de títulos oficiales de Grado o Máster, o para aquellos que estén realizando estudios de doctorado.

Si estas interesado/a en conocer más información sobre las Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi, aquí te facilitamos toda la información como plazos de solicitud, requisitos, y otros datos que seguro serán de gran interés para ti.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos generales de los beneficiarios de las Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi:

  • Estar matriculado en Centros de la Universidad de Oviedo para la obtención de títulos oficiales de Grado o Máster Universitario (a fecha de realización de la actividad correspondiente).
  • Estar realizando estudios de doctorado, siempre y cuando el solicitante no esté ligado mediante relación contractual a la Universidad de Oviedo (a fecha de realización de la actividad correspondiente).
  • Quedan excluidos de estas ayudas los estudiantes de títulos propios de la Universidad de Oviedo.

Dotación

Modalidades de las Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi

Modalidad 1: Ayudas al transporte para la realización de viajes y visitas colectivas de interés académico, con el informe favorable de un profesor o grupo de profesores con docencia en el Centro:

  • Gastos de desplazamiento, incluyendo peajes.

Modalidad 2: Ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte a los estudiantes que realicen prácticas externas curriculares dentro del territorio nacional:

  • Gastos de desplazamiento dentro del territorio nacional, incluyendo peajes.

Modalidad 3: Ayudas para la realización de proyectos o actividades culturales y académicas colectivas de interés para la comunidad universitaria, cofinanciadas por Centros y/o Departamentos, siempre que cuenten con el informe favorable del Decanato o de la Dirección del Centro y bajo la responsabilidad de un profesor o grupo de profesores con docencia en el mismo relacionado con la actividad. De esta modalidad se excluirán las Asociaciones y Organizaciones universitarias inscritas en el Registro de Asociaciones de la Universidad de Oviedo, y miembros de estas si la ayuda solicitada está relacionada con una actividad de la Asociación:

  • Gastos de desplazamiento, incluyendo peajes.
  • Gastos de inscripción.
  • Gastos de producción y/o edición de material relacionado con el evento.
  • Gastos para el pago de conferencias conforme a lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2026 (BOPA 29-XII-2025), hasta el máximo establecido para cada modalidad en esta convocatoria.
  • Alquiler de locales, salones o espacios.
  • Alquiler de equipos y material.
  • Gastos de difusión y publicidad.
  • Gastos de subcontratación de servicios relacionados con el evento.

Modalidad 4: Ayudas para la presentación de comunicaciones y asistencia a congresos, y reuniones científicas:

  • Gastos de inscripción.
  • Gastos de desplazamiento, incluyendo peajes.
  • Gastos de difusión y publicidad.
  • Gastos de producción y/o edición de material relacionado con el evento.

Modalidad 5: Ayudas para la asistencia de representantes de estudiantes a reuniones nacionales o internacionales de organizaciones estudiantiles:

  • Gastos de inscripción.
  • Gastos de desplazamiento, incluyendo peajes.
  • Gastos de difusión y publicidad.
  • Gastos de producción y/o edición de material relacionado con el evento.

Modalidad 6: Ayudas para la realización de actividades organizadas por Asociaciones Universitarias de Estudiantes que figuren en el Registro de Asociaciones de la Universidad de Oviedo:

  • Gastos de inscripción.
  • Gastos de desplazamiento, incluyendo peajes.
  • Gastos de producción y/o edición de material relacionado con el evento.
  • Gastos para el pago de conferencias conforme a lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2026 (BOPA 29-XII-2025), hasta el máximo establecido para cada modalidad en esta convocatoria.
  • Alquiler de locales, salones o espacios.
  • Alquiler de equipos y material.
  • Gastos de difusión y publicidad.
  • Gastos de subcontratación de servicios relacionados con el evento.

Modalidad 7: Ayudas individuales al transporte para la realización de actividades de difusión universitaria:

  • Gastos de desplazamiento, incluyendo peajes.

Limitaciones y cuantías

De acuerdo a las Bases reguladoras de la Convocatoria (apartado 4) estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras concedidas por organismos públicos o privados para la misma finalidad.

En las modalidades 1, 2, 3, 4 y 7 se concederá como máximo una ayuda por solicitante.

En la modalidad 5 se limitará la ayuda a un máximo de dos representantes por reunión de organización estudiantil.

En la modalidad 6 se establecerá un máximo de dos ayudas por Asociación.

Las cuantías máximas a percibir en cada modalidad serán las siguientes:

  • Modalidad 1: Máximo 2.000 € por proyecto.
  • Modalidad 2: Máximo 300 € por solicitante.
  • Modalidad 3: Máximo 4.000 € por proyecto.
  • Modalidad 4 y 5: Máximo 450 € por solicitante para desplazamientos dentro de la península y 650 € en el resto del territorio.
  • Modalidad 6: Máximo 4.000 € por proyecto y en el caso de solicitar dos proyectos la suma de ambos no podrá superar en ningún caso la cuantía total de 6.000 € por Asociación.
  • Modalidad 7: Máximo 450 € por solicitante para desplazamiento dentro de la península y 650 € en el resto del territorio.

En la modalidad 2 y conforme al artículo 4.6 de las Bases reguladoras, las prácticas realizadas durante el período lectivo deberán realizarse en un municipio distinto al de su residencia (familiar o durante el curso) y centro de estudios, mientras que las realizadas fuera del período lectivo deberán realizarse en un municipio distinto al de su domicilio habitual. Los solicitantes de esta modalidad de ayuda no podrán percibir ninguna otra remuneración.

El importe de las ayudas cuyo desplazamiento tenga que realizarse dentro del territorio de Asturias se corresponderá con lo establecido en las tarifas del Consorcio de Transportes de Asturias para el abono del billete único, debiendo presentar obligatoriamente el certificado oficial de recargas expedido por el Consorcio de Transportes.

Dentro del territorio de Asturias para los destinos y horarios que no permitan el uso del transporte público regular, excepcionalmente, debiendo justificarse motivadamente (declaración responsable), se concederá una ayuda para complementar los gastos de desplazamiento con un vehículo particular equivalente con las tarifas y zonas del Consorcio de Transportes de Asturias para el abono del billete único, hasta un máximo de 300 euros.

Para el resto del territorio nacional para los destinos y horarios que no permitan el uso del transporte público regular, excepcionalmente siempre y cuando motivadamente así se justifique, se concederá una ayuda para complementar los gastos de desplazamiento con un vehículo particular. La compensación a percibir como consecuencia de la utilización del vehículo particular se fijará en 0,26 € por kilómetro recorrido con un importe máximo de 300 € por vehículo. No se percibirá ayuda alguna por gastos de aparcamiento.

Presentación

Las solicitudes para las Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi podrán presentarse en los siguientes plazos:

  • En un primer plazo se ofertarán ayudas por un importe máximo de 40.000 euros para actividades desarrolladas durante el segundo semestre del curso 2025-2026. Este plazo estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, estableciéndose como fecha límite de presentación de solicitudes el 15 de junio de 2026.
  • En un segundo plazo se ofertarán ayudas por un importe máximo de 40.000 euros para actividades desarrolladas durante el primer semestre del curso 2026-2027. Este plazo estará abierto desde el 1 de octubre hasta el 30 de octubre de 2026.

Excepcionalmente para las actividades que se desarrollen en los meses de noviembre y diciembre, solo se admitirán justificantes de asistencia a actos/conferencias/actividades, realización de prácticas curriculares (modalidad 2) en las que se hayan registrado y siempre previa presentación de la correspondiente inscripción, contrato formativo o informe del tutor de la práctica en los que se detalle el periodo de realización, con el Vº Bº del Decano o Director de Centro, los justificantes o facturas correspondientes podrán aportarse hasta el 30 de noviembre por correo electrónico dirigido a ayudasypracticas@uniovi.es.

Las solicitudes se presentarán únicamente de modo electrónico a través del siguiente enlace https://euniovi.uniovi.es/TramitadorSolicitudes/solicitud. Para el acceso a la solicitud, el interesado deberá disponer del sistema de identificador de usuario y contraseña utilizados para el correo electrónico de Uniovi.

Los solicitantes deberán expresamente aceptar las siguientes condiciones:

  • Declaración sobre Protección de Datos de Carácter Personal: De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y de Consejo (Reglamento de Protección de Datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El responsable del tratamiento de estos datos es la Universidad de Oviedo. Los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad y supresión (este último también llamado “derecho al olvido”) se ejercitarán ante la Universidad de Oviedo, Secretaría General, sita en la calle Principado número 3, tercera planta, 33007 Oviedo, o a través de la dirección de correo electrónico delegadopdatos@uniovi.es. Asimismo, si considera que el tratamiento de sus datos personales no se ajusta a la normativa vigente, también tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control en www.aepd.es.
  • Autorización de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP., a efectuar las notificaciones y comunicaciones que se deriven de este expediente a la dirección de correo corporativo de la Universidad de Oviedo.
  • Declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias y con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como con la Seguridad Social y con la administración universitaria, y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro, según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Más información

Objeto

Ayudas a la promoción educativa, cultural, profesional y científica.

Proceso de selección

Se establece un proceso de selección por importe máximo de 80.000 euros, para actividades desarrolladas durante el año en curso.

Excepcionalmente para las actividades que se desarrollen en los meses de noviembre y diciembre, sólo se admitirán justificantes de asistencia de actos/conferencias/actividades, realización de prácticas curriculares (modalidad 2) en las que se hayan registrado y siempre previa presentación de la correspondiente inscripción, contrato formativo o informe del tutor de la práctica en los que se detalle el periodo de realización, con el Vº Bº del Decano o Director del Centro, todo ello antes del 31 de octubre, si bien los justificantes o facturas correspondientes podrán aportarse hasta el 30 de noviembre por correo electrónico dirigidos a ayudasypracticas@uniovi.es.

Criterios de valoración

De acuerdo al apartado quinto de las Bases Reguladoras de esta Convocatoria se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Modalidad 1 (Ayudas al transporte para la realización de viajes y visitas colectivas de interés académico, con el informe favorable de un profesor o grupo de profesores con docencia en el Centro):

  • Cofinanciación de la actividad por parte de los Centros y /o Departamentos implicados (se solicitará informe del tutor, decano o director para que la Comisión de Valoración cuantifique el porcentaje de financiación concedido). 1 punto.
  • Descripción y planificación de la actividad (Memoria adicional al anexo II): gestión, equipo, desarrollo, valoración, etc. 1 punto.

Modalidad 2 y 7 (Ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte a los estudiantes que realicen prácticas externas curriculares dentro del territorio nacional):

  • Desplazamientos en transporte público. 2 puntos.
  • Para la modalidad 7 se tendrá en cuenta el interés de la actividad para la comunidad universitaria que deberá justificarse debidamente con informe de tutor, Decanato o Dirección de Centro.

Modalidad 3 (Ayudas para la realización de proyectos o actividades culturales y académicas colectivas de interés para la comunidad universitaria, cofinanciadas por Centros y/o Departamentos, siempre que cuenten con el informe favorable del Decanato o de la Dirección del Centro y bajo la responsabilidad de un profesor o grupo de profesores con docencia en el mismo relacionado con la actividad. De esta modalidad se excluirán las Asociaciones y Organizaciones universitarias inscritas en el Registro de Asociaciones de la Universidad de Oviedo, y miembros de éstas si la ayuda solicitada está relacionada con una actividad de la Asociación):

  • Descripción y planificación de la actividad (Memoria adicional al anexo II): gestión, equipo, desarrollo, valoración, etc. 1 punto.
  • Interés del proyecto e importancia del mismo para la comunidad universitaria (para su valoración se requerirá informe de tutor, Decanato/Dirección del Centro). Máximo 1 punto.

Modalidad 4 (Ayudas para la presentación de comunicaciones y asistencia a congresos, y reuniones científicas):

  • Adecuación entre la finalidad o temática desarrollada en el congreso o reunión y los estudios que curse el solicitante, de acuerdo al informe emitido por el Decanato/Dirección del Centro en el que el solicitante esté realizando sus estudios, o bien por el Director/Tutor del Programa de Doctorado. Máximo 2 puntos.

Modalidad 5 (Ayudas para la asistencia de representantes de estudiantes a reuniones nacionales o internacionales de organizaciones estudiantiles):

  • Interés del proyecto e importancia del mismo para la comunidad universitaria (para su valoración se requerirá informe del Vicerrector competente en materia de Estudiantes y Empleabilidad). Máximo 1 punto.
  • La pertenencia a comisiones ejecutivas o permanentes de organizaciones estatales internacionales de representantes de estudiantes (para su valoración se requerirá el nombramiento a las citadas comisiones). Máximo 1 punto.

Modalidad 6 (Ayudas para la realización de actividades organizadas por Asociaciones Universitarias de Estudiantes que figuren en el Registro de Asociaciones de la Universidad de Oviedo):

  • Adecuación de las actividades a los objetivos y fines de la Asociación. Máximo 0.5 puntos.
  • La naturaleza de las actividades y su interés para la comunidad universitaria. Máximo 1 punto.
  • Las entidades públicas y/o privadas que participan en la financiación del proyecto. Máximo 0.5 puntos.

Modalidad 7 (Ayudas individuales al transporte para la realización de actividades de difusión universitaria):

  • Desplazamientos en transporte público: 1 punto.
  • Se tendrá en cuenta el grado de interés para la comunidad universitaria (deberá justificarse con informe del tutor/a, Decano o Dirección del Centro). Máximo 1 punto.

Propuesta de Resolución

Tal y como se establece en el apartado duodécimo de las Bases Reguladoras de esta Convocatoria, el órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión es el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad que podrá realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará, para cada plazo, la propuesta de concesión provisional, debidamente motivada, que incluirá al menos, la relación de beneficiarios con el importe que se propone para su concesión, así como la relación de solicitantes propuestos para la denegación y, en su caso, de suplentes que cumpliendo con todos los requisitos establecidos, no hayan sido estimados por rebasar la cuantía máxima del crédito presupuestado, con indicación del orden de prioridad. Se publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo https://intranet.uniovi.es/convocatorias/estudiantado para que, en el plazo máximo de 5 días, formulen las alegaciones que estimen convenientes.

Una vez examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los interesados, o transcurrido el plazo para realizarlas, el órgano instructor, a propuesta de la comisión de valoración, formulará la propuesta de concesión definitiva, debidamente motivada, que incluirá la relación de beneficiarios y el importe que se propone para su concesión, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla. La propuesta de concesión definitiva se publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo https://intranet.uniovi.es/convocatorias/estudiantado.

La propuesta de concesión provisional y la definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se haya publicado la resolución de concesión del Rector.

De conformidad con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para dictar resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.

Resolución del procedimiento

  • El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de ayudas es el Rector de acuerdo al apartado 12 de las Bases Reguladoras.
  • El Rector dictará, para cada plazo, Resolución motivada de concesión de las ayudas en el plazo de 7 días desde la fecha de la propuesta definitiva formulada por el órgano instructor, que se publicará en la intranet https://intranet.uniovi.es/convocatorias/estudiantado, a los efectos previstos en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá que ésta es desestimatoria.
  • La resolución deberá establecer expresamente las obligaciones que contrae el beneficiario, así como la denegación del resto de solicitudes que no cumplen requisitos. El plazo máximo para resolver la convocatoria no excederá de dos meses, computado a partir del cierre de cada plazo de solicitudes.
  • La Resolución de concesión será remitida, de conformidad con lo previsto en los artículos 18.2 y 20.8.b de la Ley General de Subvenciones, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.

Cuantía y abono de las ayudas

De acuerdo al apartado decimocuarto de las Bases Reguladoras de la Convocatoria, la cuantía de ayuda se hará efectiva mediante transferencia bancaria a la cuenta que los beneficiarios señalen en el impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo (Anexo I), debiendo ser titulares de las mismas, en el caso de Asociaciones deberá figurar a nombre de esta y será imprescindible adjuntar copia del NIF de la entidad.

La concesión de las ayudas se hará efectiva previa justificación de la realización de la actividad subvencionada.

Plazo y forma de justificación del proyecto o actuación

Todas las cuantías deberán justificarse mediante la factura correspondiente que deberá cumplir con los requisitos sobre los justificantes de gasto establecidos en el punto 5 de la Resolución de 11 de octubre de 2010 del Rector de la Universidad de Oviedo por la que se aprueban las Normas de Anticipos de Caja Fija de la Universidad de Oviedo (BOPA de 26 de octubre de 2010), modificada por Resolución de 30 de junio de 2011 (BOPA número 80, 4-VIII-2011). No se admitirán tarjetas de embarque ni confirmación de reserva de vuelos como justificantes de pago.

La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida se realizará, con la presentación de la siguiente documentación, de acuerdo a lo establecido en el apartado 15 de las Bases Reguladoras:

  • Modalidad 1: Informe favorable del profesor o grupo de profesores responsables con docencia en el Centro, justificando la realización del viaje y sus fechas.
  • Modalidad 2: Certificado del Coordinador responsable de las prácticas o del Decano/Director del Centro de que las prácticas han sido realizadas en la modalidad curricular, constando las fechas de inicio/fin de las prácticas y la localidad de destino.
  • Modalidad 3: Informe favorable del Decano/Director del Centro en el que se haya realizado la actividad o del profesor o grupo de profesores bajo cuya responsabilidad se haya realizado justificando la necesidad de la actividad para la que solicitan la ayuda.
  • Modalidad 4: Certificado emitido por la organización del congreso que justifique la asistencia al mismo. En el caso de presentación de ponencias certificado que justifique que la comunicación ha sido presentada o carta de aceptación de la ponencia. En ambos casos será necesaria la presentación de un informe favorable del Decano/Director del Centro o Director/Tutor del programa de doctorado o del Vicerrector competente en materia de Estudiantes.
  • Modalidad 5: Acreditación por parte del comité organizador de la participación en el encuentro o reunión deberá aportarse también informe del Vicerrector competente en materia de Estudiantes.
  • Modalidad 6: Informe del Presidente de la Asociación o figura equivalente certificando la realización de las actividades propuestas, con el detalle del proyecto de actividades para el que se solicita la ayuda y que justifique la necesidad y la aplicación de la misma, con el informe favorable del Vicerrector competente en materia de Estudiantes.
  • Modalidad 7: Informe favorable del Decano/Director del Centro bajo cuya responsabilidad se desarrolle la actividad.

Excepcionalmente para las actividades que se desarrollen en los meses de noviembre y diciembre, los justificantes o facturas podrán aportarse hasta el 30 de noviembre por correo electrónico dirigido a ayudasypracticas@uniovi.es.

El importe de las ayudas cuyo desplazamiento tenga que realizarse dentro del territorio de Asturias se corresponderá con lo establecido en las tarifas del Consorcio de Transportes de Asturias para el abono del billete único, debiendo presentar obligatoriamente el certificado oficial de recargas expedido por el Consorcio de Transportes. Excepcionalmente, dentro del territorio nacional para los destinos y horarios que no permitan el uso del transporte público regular, se podrá compensar el uso del vehículo particular debiendo justificarse motivadamente esta circunstancia mediante declaración responsable. Para el resto del territorio nacional, los desplazamientos en transporte público se justificarán mediante la presentación de las correspondientes facturas.

Obligaciones de los beneficiarios

Son obligaciones de los beneficiarios, según se establece en el artículo 14 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las Bases Reguladoras de esta Convocatoria (apartado decimosexto):

  • a. Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede.
  • b. Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención.
  • c. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan a la Intervención de la Universidad de Oviedo.
  • d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • e. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la normativa vigente.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/902205

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi

La Universidad de Oviedo, a través del Vicerrectorado de Estudiantes, ofrecen ayudas a los estudiantes convocando las Becas Ayudas a Estudiantes UnioviEstas becas tienen como objetivo prioritario arbitrar medidas tendentes a otorgar ayudas a la promoción educativa, cultural, profesional y científica, en régimen de concurrencia competitiva. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi" es: desde 08/05/2026 hasta 15/06/2026.

La Beca "Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Ayudas a Estudiantes Uniovi" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica
  • Becas transporte
  • Becas para congresos
  • Becas de colaboración