Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental
INSCRIPCIONES
Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental están diseñadas para apoyar a estudiantes que cursan el segundo año del Máster Interuniversitario en Cooperación al Desarrollo con especialidad en Sostenibilidad Ambiental en la Universidad de Alicante.
Estas becas permiten financiar estancias en el extranjero y contribuir al desarrollo profesional e investigativo de los beneficiarios. Su objetivo es cubrir total o parcialmente los gastos de viaje, alojamiento y manutención durante la realización de las prácticas externas.
Podrán solicitar una de estas becas el alumnado matriculado en la asignatura de TFM de un máster oficial de la Universidad de Alicante (UA) y que disponga de un informe favorable del coordinador académico del Máster, entre otros requisitos.
La dotación de cada una de las Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental se ajusta según criterios establecidos, respetando las cuantías máximas de vuelo, alojamiento y manutención.
Las ayudas también implican obligaciones para los beneficiarios. Deben aceptar la beca en el plazo indicado, cumplir con la actividad subvencionada, conservar la documentación justificativa y obtener visados o cumplir requisitos legales del país de destino.
Las Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental fomentan la experiencia internacional y fortalecen la formación práctica de los estudiantes. Si deseas acceder a estas ayudas, aquí te indicamos cómo puedes hacerlo.
Datos básicos
- Nº de becas
- 3
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
- Estar matriculado o matriculada en la asignatura de TFM de un máster oficial -de carácter presencial- de la Universidad de Alicante, durante el curso 2026-2027, y que la estancia asociada a las prácticas externas finalice antes del 28 de febrero de 2027, salvo que el órgano financiador externo autorice un plazo superior.
- En el caso de másteres oficiales de más de 60 créditos, estar matriculado en segundo curso y haber superado los 60 ECTS del primer curso.
- Realizar una estancia mínima de un mes en la entidad de destino.
- Disponer del informe favorable del coordinador académico del Máster, en el que se dé el visto bueno al plan de trabajo en la entidad de destino y que certifique que la opción de TFM elegido y su tutorización están aprobadas por la comisión académica del máster o que el tutor está dispuesto a tutorizar el TFM en caso de ser aprobado por dicha comisión.
- Las personas que soliciten la beca no podrán incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Queda excluido el alumnado de intercambio académico (Erasmus, Global, SICUE, etc.) y aquella persona solicitante que, con nacionalidad distinta a la española o con doble nacionalidad, realice la estancia en sus países de origen o en alguno del que sea nacional.
Dotación
- Se concederán 3 Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental, con una asignación de hasta 3.000 € cada una. De este total, se reservará un cupo de 2 becas para el Máster de Cooperación. En el supuesto de que las becas por candidatura no se agotasen en la fase de selección, la comisión de valoración podrá incrementar o disminuir este cupo, o aumentar la cuantía por persona beneficiaria hasta un máximo del 30% sobre la cantidad establecida en este apartado.
- Esta beca no tiene por objeto cubrir la totalidad de los gastos del alumnado en el extranjero, sino ayudar a sufragar, total o parcialmente, los gastos de estancia.
- La dotación de la convocatoria se distribuirá entre las becas concedidas, determinando la cuantía de cada una de ellas según los siguientes criterios:
- La asignación máxima de cada beca podrá incluir los conceptos siguientes:
- a. 1.800 € máximo, por persona para sufragar los gastos de vuelo (ida y vuelta).
- b. Dotación máxima diaria de 37 € por restauración, en su caso.
- c. Dotación máxima diaria de 65 € por alojamiento, en su caso.
Presentación
Las solicitudes de las Becas UA Estancias Máster Cooperación Desarrollo Sostenibilidad Ambiental se presentarán a través del registro electrónico de la Universidad de Alicante (UACloud: E-Administración > Trámites > Generales > Instancia genérica), aportando los siguientes datos y documentos:
- En el campo "expone" se indicará: "Instancia dirigida al Servicio de Relaciones Internacionales -Subdirección Convenios de Cooperación Universitaria para el Desarrollo y Voluntariado Internacional-".
- En el campo "solicita" se indicará. "Convocatoria becas estancias másteres vinculados a Cooperación".
- En el campo "documentos adjuntos" se deberá subir la documentación siguiente, de forma independiente y en formato PDF.
Más información
Objeto y finalidad de la convocatoria y procedimiento de concesión
- El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para la realización en el extranjero de Prácticas Externas vinculadas a la cooperación internacional para el desarrollo conducentes a la elaboración del Trabajo de Fin de Máster (TFM), dirigidas al estudiantado matriculado en másteres oficiales de carácter presencial de la Universidad de Alicante. La finalidad de esta convocatoria es fomentar la corresponsabilidad social y el compromiso ético del estudiantado mediante la formación práctica integral en materia de cooperación para el desarrollo.
- Las actuaciones deberán realizarse en uno de los países prioritarios establecidos en el V Plan director de la cooperación valenciana al desarrollo, relacionados a continuación:
- a. América del Sur: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Centroamérica: El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. El Caribe: Cuba, Haití y República Dominicana. África Subsahariana: Burkina Faso, Chad, Eritrea, Etiopía, Kenia, Mali, Mauritania, Mozambique, Níger, Nigeria, Senegal, Sudán y Sudán del Sur. El Magreb: Argelia, Marruecos, Túnez y Población Saharaui. Oriente Próximo: Territorios palestinos y población refugiada palestina. Asia: Filipinas, India.
- b. Países cuyo Índice de Desarrollo Humano, según documento publicado por el PNUD para el año 2025 (valor 2023), sea igual o inferior a 0,544.
Criterios de adjudicación
La asignación de las becas se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- a. Nota media ponderada del expediente académico de la titulación oficial de Grado que haya cursado y que dé acceso al máster (máximo 3 puntos). Para ponderar la nota media se aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las notas procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para las procedentes del área de ciencias de la salud.
- b. Conocimiento de idiomas extranjeros (máximo 1 punto). La valoración se llevará a cabo según los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER) especificadas, de acuerdo con lo establecido en la normativa por la cual se establecen los certificados de conocimiento de lenguas extranjeras de la Universidad de Alicante y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, aprobada en Consejo de Gobierno de 26.10.2023, BOUA de 31.10.2023 según la siguiente distribución:
- Nivel B1: 0,25 puntos.
- Nivel B2: 0,50 puntos.
- Nivel C1: 0,75 puntos.
- Nivel C2: 1 punto.
- Nivel: se puntuará exclusivamente el nivel más alto acreditado de cada idioma.
- c. Por orientar el TFM a la cooperación para el desarrollo en países con dificultades de desarrollo (máximo 4 puntos). A los efectos de este criterio, se considerará como países con dificultades de desarrollo a aquellos cuyo IDH, según documento publicado por el PNUD para el año 2025 (valor 2023) sea igual o inferior a 0,544.
- Si el TFM implica una estancia en un país no integrado en la calificación anterior: 2 puntos.
- Si el TFM implica una estancia en un país integrado en el listado anterior con dificultades de desarrollo: 4 puntos.
- d. Por haber realizado estancias en el extranjero con el programa Erasmus o de Voluntariado Internacional: 1 punto.
- e. Por haber recibido becas para realizar los estudios de grado del Ministerio competente en educación en España o de la Conselleria competente en materia de educación de la Generalitat Valenciana, o similar: 1 punto.
Fecha de valoración de méritos. Los méritos se valorarán hasta la fecha de vencimiento del plazo de presentación de las solicitudes.
Empate. En caso de empate, el orden de prelación de las solicitudes se determinará por la mayor nota media ponderada del expediente académico del grado (criterio a) y de persistir el empate, se tendrá en cuenta el género menos representado y si el empate se mantuviera se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "U" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 1 de agosto de 2025.
Resolución, notificación y publicación de los resultados
- Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web del Área de Cooperación Universitaria para el Desarrollo, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva de concesión es de 6 meses desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.
- La propuesta de resolución provisional se publicará a partir del 1 de octubre de 2026. A partir del día siguiente de su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estimen pertinentes, ante el órgano gestor.
- Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
- Renuncia. En caso de renuncia de la persona titular, si el órgano gestor considera que el nombramiento de un suplente como nuevo titular se produce en plazo para el cumplimiento del fin de la beca, y cuando haya disponibilidad presupuestaria, la adjudicación de la beca correspondiente se producirá en el orden establecido en la relación de suplentes que exista. Los suplentes dispondrán de 5 días hábiles improrrogables, contados a partir del día siguiente a su comunicación, para expresar su aceptación. Transcurrido dicho plazo sin recibir respuesta, la UA tendrá por desistida la solicitud de aceptación.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/68781
Documentación a adjuntar
- a. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado, disponible en la página web del Área de Cooperación Universitaria para el Desarrollo.
- b. El Plan de trabajo de las prácticas externas, y su vinculación con el TFM, en la entidad de destino, deberá incluir: datos completos del estudiante, entidad y lugar de realización de las prácticas, país, duración, objetivos planteados y resultados esperados, tareas a realizar, estimación general de gastos y cronograma de actividades.
- c. Informe favorable en los términos establecidos en el apartado 2.4.
- d. En su caso, acreditación del nivel de idiomas que declare poseer. El órgano gestor consultará la formación lingüística acreditada en la UA. El alumnado interesado deberá, por tanto, comprobar los logros obtenidos en materia lingüística que aparecen en UACloud Campus Virtual - Expediente académico - Consultar - Expedientes - Acreditación y capacitación docente en lenguas y, en su caso, solicitar la acreditación de aquellos que no estén recogidos en su perfil lingüístico, siguiendo el procedimiento establecido por el Servicio de Lenguas y Cultura, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
- e. El estudiantado que haya realizado el grado en otra universidad deberá acreditar su titulación, aportando el correspondiente certificado académico en el que figure la nota media de la titulación, así como el título expedido por la universidad en la que cursó dichos estudios. En el supuesto de estudios realizados en centros extranjeros, se deberá cumplimentar la declaración de equivalencia de la nota media del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- f. Las personas solicitantes deberán firmar una declaración responsable en la que declaren no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.






