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Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo

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INSCRIPCIONES

Inicio25/09/2025 Fin15/06/2026
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Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo en Extremadura están diseñadas para cubrir los gastos de transporte y comedor escolar del alumnado que debe desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir a centros educativos, y que sean participantes en el Programa de Éxito Educativo o en el Programa Refuerzo. Estas becas están disponibles para estudiantes de Educación Infantil, Educación Básica Obligatoria y Bachillerato.

Las modalidades incluyen transporte y comedor. Para transporte, la cuantía depende de los kilómetros semanales desde el domicilio al centro, con tramos que van desde 280 hasta 930 euros por alumno/a y curso. Se pueden conceder ayudas excepcionales para cubrir el coste total del servicio si no se dispone de transporte propio. Para comedor, la ayuda se calcula según el precio de la comida y el número de comidas fuera del hogar.

Los requisitos generales para acceder a las Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo incluyen residir en Extremadura y estar matriculado en un centro público. Además de estos requisitos, se deberán cumplir también los requisitos específicos.

No dejes pasar las Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo que facilitan la asistencia a la educación. Infórmate en nuestra web y solicita ya estas ayudas .

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • ESO
  • Bachillerato
País de origen
  • España
Región de origen
  • Extremadura
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Destinatarios de las Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo:

Alumnado, que por haber sido seleccionado por el centro educativo sostenido con fondos públicos donde se encuentra escolarizado, para participar en el Programa de Éxito Educativo o en el Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo, esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir a su centro educativo.

Requisitos

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos con carácter general:

  • Tener residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición de extremeño, de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.
  • Estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en Educación Infantil, Educación Básica Obligatoria o Bachillerato.
  • Los requisitos señalados en los dos apartados anteriores, deberán mantenerse durante la vigencia de la convocatoria en cuestión.

Además de los anteriores, habrán de reunir los requisitos de carácter específico que se determinan a continuación:

En la modalidad de transporte:

  • Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa de Éxito Educativo o del Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo.

En la modalidad de comedor:

  • Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa de Éxito educativo o del Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo.
  • Carecer el centro donde está escolarizado el alumno de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa.
  • Ser beneficiario de la ayuda individualizada de transporte escolar, señalada en la letra a) anterior.

De conformidad con lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no serán de aplicación las prohibiciones previstas en la Ley, para obtener la condición de beneficiarios/as, en relación con el alumnado.

Dotación

Cuantía de las Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo:

Modalidades:

Las modalidades de las ayudas serán las siguientes:

  • Transporte: Ayudas para sufragar los gastos del traslado del alumnado, desde su domicilio habitual al centro escolar, los días en los que se desarrolle el programa de Éxito Educativo o las actuaciones del Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo.
  • Comedor: Ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al alumnado escolarizado en un centro sostenido con fondos públicos que no disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa, y que siendo beneficiario de la ayuda de transporte, asista a las actividades del Programas de Éxito Educativo o en los Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo.

Importe y criterios para la determinación de las cuantías de las ayudas:

Para la modalidad de transporte la cuantía de las ayudas se determinará conforme a los siguientes criterios:

  • Por los kilómetros recorridos por el alumnado desde domicilio familiar al centro, le corresponderá una cuantía fija según los tramos que a continuación se señalan:
  • Hasta 40 kms. semanales: 280 euros alumno/a/curso.
  • De 41 a 60 kms. semanales: 300 euros alumno/a/curso.
  • De 61 a 80 kms. semanales: 335 euros alumno/a/curso.
  • De 81 a 100 kms. semanales: 400 euros alumno/a/curso.
  • De 101 a 150 kms. semanales: 535 euros alumno/a/curso.
  • De 151 a 200 kms. semanales: 665 euros alumno/a/curso.
  • De 201 a 250 kms. semanales: 800 euros alumno/a/curso.
  • Más de 250 kms. semanales: 930 euros alumno/a/curso.

Para la determinación de los kilómetros recorridos se tendrá en cuenta el número de desplazamientos semanales que se realicen para asistir a las actividades del programa de Éxito Educativo y las del Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo.

Podrán concederse de manera excepcional, por la Secretaría General de la Consejería de Educación y Empleo, previo informe propuesta del Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad, ayudas de transporte para cubrir el coste total del servicio, aunque se superen las cuantías previstas en el apartado primero, en el caso del alumnado que carezca de medio de transporte propio para acudir al centro educativo sostenido con fondos públicos en la que tiene adjudicada plaza. Las direcciones de los centros podrán organizar el traslado del alumnado de manera colectiva. Estas circunstancias deberán justificarse documentalmente. La cuantía de la subvención de transporte por el coste total del servicio, no podrá superar el importe resultante de aplicar el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo, establecido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana o por la regulación autonómica correspondiente, teniendo en cuenta el número de kilómetros efectivamente recorridos.

Para la modalidad de comedor la cuantía de la ayuda se calculará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • El precio de la comida por alumno y día. En este caso, el máximo de la cuantía a conceder será el doble del precio público establecido por la Consejería con competencias en materia de Hacienda.
  • Número de comidas que el alumnado tenga que realizar fuera del domicilio familiar.

Otros criterios a tener en cuenta para el cálculo de las cuantías serán los siguientes:

  • Para la modalidad de transporte, y en el supuesto de hermanos/as que tengan el mismo domicilio y recorran el mismo itinerario, se adjudicará solamente una ayuda por unidad familiar, asignándose a cada uno de los hermanos/as solicitantes con derecho a la misma, la parte proporcional de la cuantía correspondiente; salvo en aquellos casos en que se demuestre documentalmente (contratos, facturas, certificado de la dirección del centro, etc.) que la asistencia al centro de los mismos se realiza en días distintos y que el coste del servicio se establece por alumno/a transportado/a.
  • Para el cálculo de las cuantías de las ayudas a conceder en cualquiera de las dos modalidades previstas en la resolución de convocatoria y que no cubran todo el curso escolar, se tendrá en cuenta el período que reste desde que se solicita la ayuda hasta el final de curso, teniendo en cuenta el calendario establecido para el desarrollo del programa educativo.
  • En los supuestos de ayudas de transporte por coste del servicio, la cuantía de la ayuda a conceder será la que resulte de dividir el coste total del servicio entre el número de usuarios de éste.
  • El importe de las ayudas de transporte a que se refiere este apartado, se actualizará de acuerdo con lo establecido en las distintas resoluciones de convocatoria de ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar, que se deriven de estas bases reguladoras.
  • Las ayudas de comedor se actualizarán de acuerdo al precio público correspondiente establecido por la Consejería de Hacienda y Administración Pública y vigente en el momento de efectuar esta convocatoria.

Presentación

La solicitud para las Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo, podrás encontrarla en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/documents/77055/1375266/Anexo.pdf/86430122-6634-94eb-a8ec-3359f45ebb96?t=1758865831884

Más información

Finalidad

Sufragar los gastos del transporte y/o el comedor escolar para el alumnado obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir al centro educativo, participante en el Programa de Éxito Educativo o en el Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo (de Educación Infantil, Educación Básica Obligatoria o Bachillerato) y escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Otros datos

  • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
  • Plazo para resolver: 3 meses
  • Efecto silencio administrativo: No Aplica
  • Fin vía administrativa: No
  • Impugnación vía administrativa: Sí

Documentación a adjuntar

Los padres o tutores legales formalizarán las solicitudes de ayudas según el modelo que se acompaña como Anexo, y las dirigirán al centro en el que está matriculado el alumno/a.

A la solicitud acompañarán la siguiente documentación:

  • Certificado de residencia, expedido desde el Ayuntamiento en el que conste el domicilio del alumno o alumna durante el curso escolar y los kilómetros de distancia al centro (documentación obligatoria).
  • Alta de terceros del alumno, referido a la cuenta bancaria en que desea se le ingrese la ayuda. En el caso de encontrarse dado/a de alta en el subsistema de terceros de la Junta de Extremadura, no será necesario aportar el modelo y bastará con indicar en el Anexo el número de cuenta activo (documentación obligatoria).
  • Documento Nacional de Identidad (DNI), Tarjeta de Identidad o Pasaporte del solicitante: el órgano gestor lo recabará de oficio. En el caso de que se oponga de manera expresa a tal actuación, el interesado/a quedará obligado/a a aportar fotocopia del documento. En cualquier caso, el DNI, Tarjeta de Identidad o Pasaporte del alumno/a interesado/a o del padre, madre o representante legal del mismo/a debe coincidir con el titular de la cuenta bancaria que se especifica para el cobro de la ayuda (documentación obligatoria).
  • En los supuestos de ayuda de transporte por coste de servicio se acompañará, además, el presupuesto de transporte por coste de servicio que se va a realizar, por la empresa del sector legalmente constituida, debiendo figurar en dicho documento el NIF de la misma (documentación obligatoria).
  • En el supuesto de ayuda de comedor se acompañará la solicitud del presupuesto de la empresa del sector legalmente constituida, debiendo figurar en dicho documento el NIF de la misma (documentación obligatoria).

El órgano gestor de la ayuda recabará de oficio los datos referidos a la consulta de la identidad y de residencia de los/as interesados/as. No obstante, podrán oponerse a la consulta de oficio de dichos datos y documentos, marcando la casilla correspondiente en el anexo, en cuyo caso deberán aportarlos.

La Dirección de los centros comprobará las solicitudes y la documentación presentada por los solicitantes y, si procede, recabará de los mismos los documentos que falten y los remitirá a la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa (Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad, Avda. Valhondo, s/n, Módulo 5 - planta 1ª -06800, de Mérida) junto con la siguiente documentación:

  • Certificación de la Dirección del centro, referida al número total de solicitudes presentadas, con indicación del nombre y apellidos del alumnado solicitante de la ayuda (documentación obligatoria).
  • Certificación de horario de permanencia en el centro sobre del alumnado para el que solicita la ayuda (documentación obligatoria).

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo

Las Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo en Extremadura están diseñadas para cubrir los gastos de transporte y comedor escolar del alumnado que debe desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir a centros educativos, y que sean participantes en el Programa de Éxito Educativo o en el Programa Refuerzo. Estas becas están disponibles para estudiantes de Educación Infantil, Educación Básica Obligatoria y Bachillerato.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo" es: desde 25/09/2025 hasta 15/06/2026.

La Beca "Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • ESO
  • Bachillerato

La Beca "Becas Transporte Comedor Programas Éxito Educativo o Programas Refuerzo" es un tipo de beca: 

  • Becas comedor
  • Becas transporte