Becas Ayudas servicio de comedor con carácter gratuito parcial en centros públicos
Becas Ayudas servicio de comedor con carácter gratuito parcial en centros públicos, cómo solicitarlas, plazos, requisitos
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Descripción
El Gobierno de Cantabria junto con la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo ofrecen numerosas becas y ayudas para las familias que tengan hijos en edad escolar matriculados en centros públicos en Cantabria.
En esta ocasión el Gobierno de Cantabria convoca las Becas Ayudas servicio de comedor con carácter gratuito parcial en centros públicos. Estas ayudas pueden ser solicitadas por las familias que no superen el ingreso mínimo interprofesional.
Las Becas Ayudas servicio de comedor con carácter gratuito parcial en centros públicos ayudan a las familias a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, mediante el servicio de comidas que ofrecen.
Las Becas Ayudas servicio de comedor con carácter gratuito parcial en centros públicos serán disfrutadas de manera parcial o total según las rentas de las familias solicitantes.
Aquí podrás encontrar todas las becas y ayudas que ofrece el Gobierno de Cantabria. Si deseas obtener más información sobre las Becas Ayudas servicio de comedor con carácter gratuito parcial en centros públicos, en esta web encontrará los plazos, requisitos y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Requisitos económicos
Las Ayudas se conceden de manera parcial y podrán ser solicitadas por las familias de los alumnos cuya renta anual en el año 2021 no supere el siguiente baremo económico:
- Alumnos cuyos ingresos de la unidad familiar no supere el salario mínimo interprofesional (13.510,00 euros/año) se concederá el 75% del coste del servicio.
- Alumnos cuyos ingresos de la unidad familiar no supere el doble del salario mínimo interprofesional (27.020,00 euros/año) se concederá el 50% del coste del servicio.
Para el cálculo de la renta anual, entrarán en consideración todos los ingresos de la unidad familiar: padres, hermanos solteros menores de 25 años y abuelos del alumno que convivan en el domicilio familiar. También se considerará como miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación (en el caso de madre o padre soltero o divorciado) y se tendrán en cuenta sus ingresos. Sin embargo, no se considerarán como miembros computables en el caso de divorcio o separación legal de los padres aquél de ellos que no conviva con el alumno,así como, el resto de posibles miembros de la unidad familiar (tíos, primos,... del solicitante).
Presentación
La solicitud podrá realizarse por dos vías:
- Si tiene acceso y utiliza la plataforma de gestión YEDRA, podrá rellenar con comodidad su solicitud (Seguimiento del curso > Becas y ayudas > Beca de comedor). Una vez cumplimentada, confirmar el borrador. Posteriormente “Confirmar solicitud” y la solicitud se considerará presentada formalmente. Si desea adjuntar documentación, remitirla por correo electrónico al centro docente indicando en el Asunto el nombre y apellidos del alumno.
- En caso de no tener acceso o no utilizar la plataforma de gestión YEDRA, los interesados tendrán que rellenar la solicitud en papel, firmarla y presentarla en el centro educativo, junto con la documentación complementaria en su caso.
Más información
En ningún caso se concederá este beneficio a aquellos alumnos:
- Cuyos ingresos de la unidad familiar superen el doble del salario mínimo interprofesional.
- Cuando el cálculo del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales excluyendo las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual supere 1.700 €.
- Cuando las actividades económicas de que sean titulares los miembros computables de la familia tenga un volumen de facturación, en 2021, superior a 155.500 €.
Enlaces de interés
https://www.educantabria.es/documents/39930/261198/D%C3%ADpticoComedor.pdf/faa8fc6e-ce10-09b5-febf-1091b03e3755?t=1654064628362
Documentación a adjuntar
En el caso de no autorizar la obtención informática de datos obrantes en otras Administraciones Públicas (Familia Numerosa, verificación de identidad, verificación de residencia) la documentación que debe presentar junto con la solicitud es la siguiente:-
- DNI/NIE de todos los miembros mayores de 18 años y certificado de empadronamiento.
- En el caso de alumnos incluidos en alguna de las situaciones específicas, justificación documental de la misma (Carnet de familia numerosa y/o Certificado de Minusvalía).
- En caso de acogimiento del alumno en una institución tutelar: documentación acreditativa.
- En el caso de extranjeros que no dispongan de NIE: Fotocopia del pasaporte, justificación de ingresos y certificado de empadronamiento.
- En el caso de familias monoparentales: Carnet o certificado expedido por el ICASS acreditativo.
- En el caso de separación/divorcio o familias monoparentales no acreditadas: sentencia de separación o divorcio, convenio regulador, Libro de Familia, certificado de defunción o cualquier otro documento que estime pertinente como medio de prueba de su situación familiar.
La solicitud deberá ser firmada por todos los miembros de la familia mayores de 18 años en el apartado correspondiente, para obtener la renta de la unidad familiar.