Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo
INSCRIPCIONES
Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo ofrecen una ayuda económica para las familias empadronadas en Trillo que necesitan apoyo para afrontar el coste del servicio de comedor escolar durante el curso 2025/2026. Esta subvención está dirigida a estudiantes matriculados en el Colegio Público Ciudad de Capadocia de Trillo y cubre el 75% del importe abonado por la utilización del comedor escolar.
Para solicitar las Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo, tanto el alumno como, al menos, uno de sus padres o tutores deberán estar empadronados en Trillo en la fecha de presentación de la solicitud. Además, los padres o tutores deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias.
Las solicitudes deben presentarse en el Registro del Ayuntamiento junto con la documentación requerida, incluyendo la identificación de los padres o tutores y del alumno, así como las facturas o documentos que acrediten el importe abonado por el comedor y su correspondiente pago. El pago de las subvenciones se realizará tras la presentación de la justificación correspondiente.
Consulta los requisitos y prepara tu solicitud para acceder a las Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo en nuestra web, e infórmate sobre los requisitos, plazo, presentación de solicitudes y otra información de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla La Mancha
- Provincia de origen
- Guadalajara
- Localidad
- Trillo
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales para solicitar las Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo
- Estar empadronados en Trillo, tanto el alumno como al menos uno de sus padres o tutores a fecha de presentación de la solicitud de subvención.
- Estar al corriente de pago, todos los padres o tutores del menor, de las obligaciones fiscales y tributarias.
Requisitos específicos
Sólo se concederá beca para comedor escolar a aquellos estudiantes que estén matriculados en el Colegio Público Ciudad de Capadocia de Trillo.
Dotación
Dotación de las Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo:
El importe de la beca será el equivalente al 75% del importe abonado por la utilización del servicio de comedor escolar.
Presentación
Las solicitudes junto con la documentación justificativa para las Becas Comedor Ayuntamiento de Trillo, se presentarán en el Registro del Ayuntamiento en el modelo que se aprueba como Anexo I de la presente convocatoria.
Se deberá presentar la documentación exigida en el artículo 6 y para lo que corresponda del 7.
El plazo de presentación de solicitudes para este Curso 2025/2026 se iniciará el 01/07/2026 y finalizará el 31/08/2026, ambos incluidos, y se hará público a través del Tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Recibida la solicitud, si se observa que no reúne los requisitos exigidos, o no está acompañada de los documentos que se exigen en las presentes Bases, se concederá un plazo de diez días para su subsanación.
Se valorarán todas aquellas solicitudes presentadas en tiempo y forma de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y se elevará propuesta de resolución por el Técnico de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Trillo respecto a la concesión o denegación de las becas; propuesta de resolución que elevará para su resolución por la Concejala delegada de Educación en función de las delegaciones formuladas por la alcaldía-presidencia.
El plazo máximo de resolución será de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
La concesión se efectuará en régimen de concesión directa, efectuándose prorrateo entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a la subvención para el caso de superarlo, de conformidad con el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dadas las características de la convocatoria, y habida cuenta que en el presente procedimiento no figuran ni son tenidas en cuenta otros hechos ni otras alegaciones o pruebas que las aducidas por los interesados, la propuesta que se formule tendrá carácter definitivo, prescindiéndose del trámite de audiencia.
Más información
Publicidad y resolución
El extracto de la convocatoria, así como la resolución de la concesión de las Subvenciones, aparecerán publicados en el BOP, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Además, permanecerán expuestas en el tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica https://trillo.sedelectronica.es, no siendo preceptivo avisar a los beneficiarios.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses. El plazo se computará a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Pago de las subvenciones
- El pago de la subvención se realizará tras la presentación de la justificación correspondiente.
- En el caso de que no se presentara la justificación en plazo o no reuniera los requisitos establecidos en esta Convocatoria, se incumpliera el objeto de la subvención o se falsearan las condiciones que motivaron la concesión de la subvención, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Trillo, publicada de forma definitiva en el BOPGU nº 222, de fecha 23 de noviembre de 2020, y demás normativa aplicable al caso.
Aceptación de la convocatoria
La solicitud de subvención supone la aceptación íntegra de esta convocatoria y de las Bases reguladoras contenidas en la Ordenanza Municipal para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Trillo.
Medios de notificación y publicación
Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Fin de la via Administrativa
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Enlaces de interés
https://trillo.sedelectronica.es/preview-document/45493330-c943-4a6c-b54b-6ee6e01b778b/
Documentación a adjuntar
- Fotocopia del D.N.I. de los padres o tutores y del alumno, o en su defecto, fotocopia del libro de familia para su autenticación.
- Para el abono de la beca se deberán presentar las facturas o documentos acreditativos en los que conste el importe abonado en concepto de comedor escolar y documentos justificativos del pago, o certificado o documento análogo emitido por la empresa que presta el servicio de comedor donde figure el importe total abonado por ese alumno durante el curso escolar 2025/2026.






