Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León
INSCRIPCIONES
Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León están dirigidas a personas desempleadas que participen en acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo. Estas ayudas tienen como objetivo facilitar el acceso a formación especializada en distintos sectores, mejorando la empleabilidad de los participantes.
Las personas interesadas deben estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el momento de su incorporación a la acción formativa. Si dejan de ser desempleados durante la formación, perderán el derecho a recibir la beca.
Las becas incluyen diversas ayudas como transporte, manutención, alojamiento y conciliación. Los beneficiarios pueden acceder a una cuantía económica diaria para transporte público urbano e interurbano, así como para el uso de vehículo propio. Además, se ofrece una ayuda para los gastos de manutención, con un límite de 12 euros por día lectivo de asistencia.
Las Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León también contemplan ayudas para personas que tengan responsabilidades familiares, con el objetivo de apoyar la conciliación laboral y personal.
Si deseas conocer toda la información relativa a las Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León, aquí podrás consultarla.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla y León
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
¿Quién puede solicitar las Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León?
- Trabajadores desempleados que participen en acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, gestionadas por la Comunidad de Castilla y León.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Tendrán la condición de personas trabajadoras desempleadas aquellas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el día de su incorporación a la acción formativa; en caso contrario no se tendrá derecho a las becas y ayudas.
- De igual forma, se interrumpirá el derecho a la percepción de la beca o ayuda si el trabajador deja de tener la condición de desempleado.
En el caso de la «Ayuda a la conciliación» las personas que quieran acogerse deberán cumplir las siguientes condiciones en el día de su incorporación a la acción formativa:
- a. Carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75% del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM). Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.
- b. Tener hijo/a/s y/o personas acogidas menor/es de 12 años o, en su caso, la dependencia del familiar hasta el segundo grado. En el supuesto de que el sujeto causante de la ayuda sea un familiar dependiente hasta el segundo grado, este se entenderá incluido en la unidad familiar para el cómputo de rentas.
Dotación
Las cuantías otorgadas mediante las Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León son la siguientes:
- Cuantía de la beca: el importe será de 10 euros por día de asistencia, y en el caso de mujeres víctimas de violencia de género el importe será de 10 euros por día de asistencia.
- Cuantía de ayuda de transporte:
- Transporte público urbano y/o interurbano: el importe ascenderá a 1,5 euros por día de asistencia.
- Transporte en vehículo propio o privado: el importe ascenderá a 0,19 euros por kilómetro, por día de asistencia.
- Cuantía ayuda de manutención: el gasto real justificado con ticket o factura de un establecimiento, y tendrá una cuantía máxima de 12 euros por día lectivo.
- Cuantía de ayuda de alojamiento y manutención:
- Acciones formativas nacionales: coste real del alojamiento y de los gastos de manutención con un máximo global de hasta 80 euros por día natural. Podrá percibirse el importe del billete de transporte en clase económica de los desplazamientos inicial y final, debiendo aportar como documento justificativo el billete.
- Acciones formativas transnacionales: coste real del alojamiento y de los gastos de manutención con un máximo de 158,40 euros por día natural. Podrá percibirse el importe del billete inicial y final en clase económica, debiendo aportar como documento justificativo el billete.
- Cuantía ayuda a la conciliación: el 75 por ciento del IPREM diario, por día de asistencia.
Presentación
La solicitud de las Becas Trabajadores Desempleados Oferta Formativa Junta Castilla y León se podrá gestionar por dos medios diferentes:
- Presencial:
- Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
- En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
- Electrónico: a través del siguiente enlace: https://www.ae.jcyl.es/dicitecwform/index.html?app=Ecyl&form=3404_F1b_BecasVinculadasCNCP_8387_Solicitud_v9.
Más información
Objeto
Convocar, en régimen de concesión directa, becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- a. Becas para las personas desempleadas con discapacidad, personas desempleadas víctimas de violencia en el ámbito familiar y mujeres víctimas de violencia género.
- b. Ayuda por transporte público y ayuda por transporte en vehículo propio o privado.
- c. Ayuda de manutención.
- d. Ayuda por alojamiento y manutención.
- e. Ayudas a la conciliación: para permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.
Plazo de solicitud
- Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles computados desde el día siguiente al de la finalización de la acción formativa o la baja justificada del alumno en la misma.
- Si el alumno participa en más de una acción formativa del mismo plan o programa formativo podrá optar por presentar la solicitud de beca o ayuda en el plazo de 10 días hábiles computados desde el día siguiente al de la finalización de la última acción formativa en que haya participado o se haya producido la baja justificada del alumno en la misma.
Plazo de resolución
- El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido el mismo sin haberse notificado resolución expresa podrá entenderse DESESTIMADA la solicitud presentada.
Notificaciones
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .
Compatibilidad
- Las becas y ayudas son incompatibles con otras becas o ayudas concedidas para la misma finalidad, ya sea por cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León o por cualquier otra Administración nacional o comunitaria. A estos efectos, el solicitante deberá cumplimentar la declaración responsable establecida en el modelo normalizado que se recoge en el Anexo I.
Justificación y pago
- El beneficiario deberá presentar la documentación relativa a la justificación de cada una de las becas y ayudas, junto con la solicitud. Esta documentación deberá incluir los soportes documentales que justifiquen los gastos y el certificado de la entidad que imparta la acción formativa, en el que conste los días que el alumno ha asistido a la acción formativa, según el modelo normalizado del Anexo II.
Documentación a adjuntar
- Becas:
- Las personas desempleadas con discapacidad deberán presentar el Anexo I de solicitud de subvención, que contendrá la autorización para que el órgano instructor recabe del órgano competente y constate de forma directa la acreditación de la discapacidad. En caso de denegar el consentimiento, el solicitante deberá acreditar su discapacidad mediante certificación emitida por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el Servicio correspondiente de la Comunidad Autónoma.
- Las personas desempleadas que sean víctimas de violencia en el ámbito familiar deberán presentar, junto con la solicitud de subvención, sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública competente (autonómica o local), que indique que recibe asistencia por esta circunstancia, o certificación expedida por el órgano competente.
- Las personas desempleadas que sean mujeres víctimas de violencia de género deberán presentar el Anexo I de solicitud de subvención, que contendrá la autorización para que el órgano instructor recabe del órgano competente y constate de forma directa la acreditación de su condición de mujer víctima de violencia de género. Si se deniega el consentimiento, se deberá aportar la documentación acreditativa de dicha condición.
- Ayudas de transporte:
- Las personas interesadas deberán cumplimentar los datos justificativos de la necesidad de utilización del transporte público, según el modelo que figura en el Anexo I de solicitud.
- Ayuda de manutención:
- Para tener derecho a su percepción, las personas solicitantes deberán aportar, junto con la solicitud que figura en el Anexo I de la presente resolución, los justificantes de dichos gastos.
- Ayuda de alojamiento y manutención:
- Las personas interesadas deberán presentar, junto con la solicitud, el contrato de arrendamiento, factura de hospedaje o cualquier otro medio documental acreditativo, así como los tickets o facturas justificativos del gasto real de manutención.
- Las personas interesadas en acciones formativas transnacionales y/o en prácticas profesionales en otros países deberán presentar, junto con la solicitud de subvención, el contrato de arrendamiento, factura de hospedaje o cualquier otro medio documental acreditativo, los tickets o facturas justificativos del gasto real de manutención, así como los billetes de transporte inicial y final.
- Ayuda a la conciliación:
- Las personas interesadas deberán presentar, junto con la solicitud de subvención que figura en el Anexo I:
- a. Copia del libro de familia o documento que acredite el parentesco con la persona menor o dependiente.
- b. Certificado del IMSERSO o de cualquier otro organismo competente de las Comunidades Autónomas que acredite la situación de dependencia. En su defecto, podrá acreditarse mediante cualquier documento que será valorado discrecionalmente por la Administración.
- c. Declaración responsable de composición e ingresos de los componentes de la unidad familiar (Anexo III), y autorización para su comprobación por la Administración.




