Comunidad de Madrid

Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid

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INSCRIPCIONES

Inicio18/06/2026 Fin08/07/2026
Abierta

Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid son convocadas por este organismo público y están dirigidas a los jóvenes que se encuentran inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que cursan algunos de los estudios indicados en la presente convocatoria.

Además de los requisitos expresados en la convocatoria, para determinar quienes serán los candidatos beneficiarios de las Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid, se tendrá en cuenta la situación familiar, económica y social de los solicitantes. La persona interesada deberá estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantia Juvenil, con la condición de beneficiario, y estar matriculado en el curso presente, en centros públicos, privados o concertados de la Comunidad de Madrid.

Aquellos alumnos que finalmente resulten beneficiarios con estas ayudas, recibirán una dotación económica mensual, lo que les supondrá una gran ayuda para sufragar parte de sus gastos personales, y le impulsará y motivará para llevar a cabo la continuidad de sus estudios.

Si estás interesado o interesada en conocer cuáles son los plazos, requisitos y el procedimiento para solicitar una de las Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid, aquí puedes consultarlos. Infórmate en nuestra web de los requisitos, plazo, documentación, y otra información de interés.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Estudios de Educación Secundaria para Personas Adultas
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Los requisitos necesarios para solicitar las Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid son los siguientes:

  • Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de beneficiario.
  • Estar matriculado o tener reserva de plaza en el curso 2026-2027, en centros públicos, privados o concertados situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería competente en materia de educación.
  • Estar firmada la solicitud siempre por el alumno y cumplimentada en su totalidad. También deben firmar la solicitud todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que figuren en ella.

La cumplimentación de los datos de los miembros de la unidad familiar en la solicitud tendrá la consideración de declaración expresa del número de miembros computables para el cálculo de la renta per cápita familiar.

Los requisitos deben cumplirse dentro del plazo de presentación de la solicitud.

Dotación

La cuantía total máxima de las Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid para el curso académico 2026-2027 será de 2.800 euros, distribuidos mensualmente según la cantidad que corresponda por cada uno de los meses de duración del curso y dentro del período de septiembre de 2026 a junio de 2027, ambos inclusivos.

En ningún caso la beca puede superar el coste del curso subvencionado.

Presentación

Pasos para presentar la solicitud de las Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  • Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  • Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
  • Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
  • Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.

Presentación presencial

Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Sigue estos pasos:

  • Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  • Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  • Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
  • Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.

Acciones sobre la solicitud

Pasos después de presentar la solicitud

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, revisaremos su contenido y la documentación aportada y publicaremos la lista provisional. En ella indicaremos las causas de exclusión.

Si tu solicitud es excluida, tendrás 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación para corregirla o aportar la documentación necesaria. Si no lo haces dentro de ese plazo, entenderemos que desistes de la solicitud.

Una vez revisados los expedientes subsanados en plazo, publicaremos la lista definitiva de personas beneficiarias y excluidas con la causa de exclusión. Si no existe crédito suficiente, las solicitudes se atenderán siguiendo el orden inverso a la magnitud de la renta per cápita familiar.

La resolución de concesión o denegación de las becas corresponde al titular de la consejería competente en materia de educación y se publicará en la sección “Calendario de actuaciones” de este trámite y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid, donde se podrá consultar la situación detallada de las solicitudes. Complementariamente, las personas interesadas se podrán informar sobre el resultado de su solicitud, de forma individualizada, a través de las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería competente en materia de educación.

La resolución se publicará sin anexos en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, a efectos de publicidad y del cómputo de los plazos para interponer recursos.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

5 meses

Efecto del silencio

Desestimatorio

Más información

Destinatarios de las becas

Serán destinatarios de las becas los jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil del Ministerio de Trabajo y Economía Social con la condición de beneficiario, que en el curso 2026/2027 realicen en centros situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en modalidad presencial, alguno de los siguientes estudios:

  • Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años.
  • Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
  • Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Medio de Formación Profesional.
  • Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
  • Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Superior de Formación Profesional.
  • Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria Obligatoria, desarrollados por centros privados, ayuntamientos u otras entidades sin ánimo de lucro que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades u otro organismo público.

En el caso de los estudios comprendidos en las letras a), b), c), d) y e), se realizarán en centros públicos, privados o concertados situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en la modalidad presencial y siempre que generen un coste directo al alumno en concepto de escolarización. Cualquier otro coste, como seguro escolar, transporte, comedor, gastos de material o fotocopias, no será objeto de esta beca.

En el caso de los estudios comprendidos en la letra f), deberán ser desarrollados por centros privados, ayuntamientos u otras entidades sin ánimo de lucro, que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades u otro organismo público.

Enlaces de interés

https://sede.comunidad.madrid/sites/default/files/ADEL/ckeditor/ayudas%20becas%20y%20subvenciones/A996/orden_1646_convoca_becas_seop_firm.pdf

Documentación a adjuntar

Documentos que debes aportar junto a la solicitud:

  • Pasaporte (solo extranjeros sin NIE de los miembros de la unidad familiar).
  • Libro de Familia completo o certificado del Registro Civil o partida de nacimiento, junto con la traducción en su caso (este documento se tiene que aportar siempre).
  • Certificado de matriculación, coste del curso y compromiso de colaboración beca para el estudio de programas de Segunda Oportunidad curso 2026/2027, cumplimentado, firmado y sellado por el centro educativo según modelo 1965FO2 de convocatoria (Anexo I) (este documento se tiene que presentar siempre).
  • Certificado del alumno como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a fecha de finalización de presentación de solicitud (en caso de que procedan de otras comunidades y los alumnos de la Comunidad de Madrid que se opongan a la consulta).
  • Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de aquellos miembros de la unidad familiar mayores de edad que no hayan trabajado en el ejercicio 2024.
  • En caso de no haber trabajado nunca, se aportará el informe de Situación Actual expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (2) o el informe de Acreditación de No Tener Número de Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, aunque hayan autorizado la consulta con la Agencia Tributaria.
  • Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y nóminas o certificado del empleador/empleadores de aquellos miembros de la unidad familiar mayores de edad que hayan trabajado en el ejercicio 2024 y no hayan generado ingresos con retención de IRPF 2024, aunque hayan autorizado la consulta con la Agencia Tributaria.
  • Sentencia judicial de separación legal o divorcio o convenio regulador ratificado ante el juez, donde conste la custodia del alumno (si la custodia es compartida, cumplimentar apartado 4.1).
  • Sentencia de relaciones paternofiliales, para acreditar situación de monoparentalidad en caso de no existir o haber existido matrimonio.
  • Certificado de defunción.
  • Volante de empadronamiento colectivo para residentes en el municipio de Madrid (en caso de oposición a la consulta).
  • Volante de empadronamiento colectivo para residentes en municipios distintos al de Madrid (alumnos emancipados o monoparentales).
  • Certificado de discapacidad expedido por otra comunidad autónoma distinta a la Comunidad de Madrid.
  • Certificado de Servicios Sociales Municipales.
  • Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género.
  • Documentación acreditativa de la condición de protección internacional en cualquiera de sus modalidades.
  • Documentación acreditativa de la condición de víctima del terrorismo.
  • Documentación acreditativa de la situación de acogimiento familiar.
  • Documentación acreditativa de perceptor de Renta Mínima de Inserción de fuera de la Comunidad de Madrid y en caso de oposición a la consulta.
  • Documentación acreditativa de ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (en caso de oposición a la consulta).
  • Certificado médico acreditativo de fecha probable de parto en hermanos no nacidos.
  • Otros (identificar).
  • Certificado resumen de la declaración anual de IRPF emitido por la Agencia Tributaria correspondiente al ejercicio 2024, dotado de un código seguro de verificación, del alumno solicitante y de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar en caso de que hayan trabajado (no será válida la Declaración de la Renta, modelo 100).
  • Certificado resumen de la declaración anual de IRPF emitido por la Agencia Tributaria correspondiente al ejercicio 2024, dotado de un código seguro de verificación, del alumno solicitante y de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar (no será válida la Declaración de la Renta modelo 100) e informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de aquellos miembros mayores de edad que no hayan trabajado en 2024.
  • En caso de no haber trabajado nunca, se aportará el informe de Situación Actual expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (2) o el informe de Acreditación de No Tener Número de Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Certificado resumen de la declaración anual de IRPF emitido por la Agencia Tributaria correspondiente al ejercicio 2024, dotado de un código seguro de verificación, del alumno solicitante y de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar (no será válida la Declaración de la Renta modelo 100).
  • Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y nóminas o certificado del empleador o empleadores de aquellos miembros mayores de edad de la unidad familiar que hayan trabajado en el ejercicio 2024 y no hayan generado ingresos con retención de IRPF.

Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones, debes aportarlos:

  • DNI o NIE.
  • Certificado del alumno como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil de la Comunidad de Madrid.
  • Certificado de discapacidad expedido por la Comunidad de Madrid.
  • Documentación acreditativa de ser perceptor de la Renta Mínima de Inserción.
  • Volante de empadronamiento en la Comunidad de Madrid.
  • Documentación acreditativa de ser perceptor de Ingreso Mínimo Vital.
  • Volante de empadronamiento colectivo para residentes en el municipio de Madrid (alumnos emancipados o monoparentales).

Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta, debes aportarlos:

  • Información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2024.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid

Las Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid son convocadas por este organismo público y están dirigidas a los jóvenes que se encuentran inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que cursan algunos de los estudios indicados en la presente convocatoria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid" es: desde 18/06/2026 hasta 08/07/2026.

La Beca "Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Estudios de Educación Secundaria para Personas Adultas

La Beca "Becas Segunda Oportunidad Comunidad de Madrid" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas para desempleados
  • Becas sociales
  • Becas para víctimas de violencia de género