Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes
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Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Almussafes es el organismo convocante de las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes.
Estas ayudas están dirigidas a aquellos alumnos residentes en este municipio y que cursen estudios universitarios, de Bachiller o de Ciclos Formativos.
Los alumnos que sean seleccionados como beneficiarios de las Becas Libros de Texto, Material y Transporte Escolar - Ayuntamiento de Almussafes, recibirán una dotación económica. Esta cuantía será de 170 € en el caso de los estudiantes de bachillerato o ciclo formativo y de 350 € para los estudios de grado universitario.
Con estas medidas, el Ayuntamiento de Almussafes pretende ofrecer una ayuda que deberá ser destinada a la adquisición de libros de textos y material, así como para compensar parte del gasto en transporte generados con motivo de los desplazamientos que los estudiantes se vean obligados a realizar para el normal desarrollo de sus estudios.
Una vez determinadas las personas que serán beneficiarias de las becas objeto de esta convocatoria, éstas deberán cumplir con una serie de obligaciones. Entre estas obligaciones se encuentran aportar la documentación solicitada y justificar debidamente la adquisición de libros o material y los gastos de transporte.
Si reúnes los requisitos indicados y quieres ser beneficiario de las Becas Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes, puedes encontrar toda la información aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Almussafes
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes el alumnado mayor de edad y los representantes legales (en el caso de menores de edad). No obstante, las personas beneficiarias de la ayuda son el alumnado y deberán reunir los siguientes requisitos:
- a. Alumnado escolarizado en centros educativos en las etapas de bachiller y ciclos formativos durante el curso objeto de la convocatoria.
- b. Estar matriculado para el curso académico indicado en la convocatoria en cualquier centro autorizado para la obtención de títulos universitarios en los siguientes ámbitos:
- Enseñanzas universitarias oficiales.
- Trabajo Final de Grado (TFG). Cuando no se curse junto con el resto de asignaturas y una vez superados todos los créditos.
- c. Estar empadronado en Almussafes, al menos un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.
- d. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como frente al Ayuntamiento.
- e. No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- f. Haber justificado debidamente cualquier subvención recibida por este Ayuntamiento con anterioridad y estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Dotación
Las cuantías máximas a subvencionar mediante las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes por persona beneficiaria que esté cursando Bachiller o Ciclos Formativos será hasta 170 € y para el alumnado en un Grado universitario la cuantía máxima por beneficiario a subvencionar será hasta 350 €.
Presentación
- La solicitud de las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes se ajustará al modelo de esta convocatoria e implicará la aceptación íntegra de las presentes bases.
- Los correspondientes modelos de solicitud y demás documentación comprendida en los anexos de las presentes bases, estará disponible en la web municipal: https://almussafes.net/servicios/subvenciones/subvencions-esports-cultura-educacio-i-joventut/subvencions-educacio/.
Más información
Objeto
Es el objeto de la presente convocatoria regular las bases específicas que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones o ayudas económicas individualizadas durante el curso 2024/2025 para los gastos derivados del:
- a. Bachiller y Módulos: Transporte, matrícula, adquisición de libros no incluidos en “Xarxa Llibres” y material escolar complementario.
- b. Universitarios: matrícula principalmente y la adquisición de libros y material escolar, en los casos que el alumno tenga un descuento en el importe de las tasas académicas por haber obtenido la calificación de matrícula de honor y el número de créditos a pagar sea inferior a la subvención a conceder.
Y siempre que se reúnan los requisitos establecidos en estas bases.
- a. Para alumnos que cursen estudios de bachiller o ciclos formativos:
- Transporte, se admitirán tiques de combustible por un máximo del 50% del total de la subvención.
- Matrícula.
- Adquisición de libros que no estén incluidos en Xarxa Llibres.
- Material escolar complementario.
- b. Para alumnos matriculados en enseñanzas universitarias oficiales o Trabajo de Final de Grado:
- Matrícula.
- a. El cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario.
- b. La presentación de toda la documentación requerida y que ésta sea correcta.
- c. Los ingresos de la Unidad de Convivencia del solicitante correspondientes al 2024, tomando como referencia el IPREM de dicho ejercicio, cuyo cómputo será el siguiente: * consultar tabla en las bases de la convocatoria.
- a. Si el solicitante no justifica el máximo a conceder, se reducirá al importe justificado.
- b. Si las cantidades a conceder superan el importe consignado en el presupuesto, distribuyéndose equitativamente y de forma proporcional a las cantidades justificadas.
- c. Si el interesado comunica al Ayuntamiento que supera las 3,46 veces el IPREM, por lo que se aplicará directamente el baremo del 50% del importe a conceder, sin necesidad de comprobar la renta de las personas que conforman la unidad de convivencia.
Documentación a adjuntar
Junto a la solicitud deberá aportar la siguiente documentación:
- Estudiantes de Bachiller, Ciclos y Universitarios con matricula de honor:
- Factura original con relación de los libros de texto y material didáctico a nombre del beneficiario. La factura o recibos deberán estar expedidos conforme a la legislación vigente, indicando nombre o razón social del vendedor, domicilio, NIF o CIF e importe total con indicación de IVA y tener constancia que se ha abonado.
- En el caso del transporte, los tickets de transporte utilizado y/o facturas simplificadas del combustible deberán estar a nombre del beneficiario. Las facturas de transporte solo serán admitidas si son de un medio de transporte en la medida que el objeto no coincida con el de las convocatorias de la Conselleria, o bien, la suma de las dos, no supere el coste del Servicio subvencionable y el servicio transporte escolar prestado por el Ayuntamiento de Almussafes (bus al instituto) y la Conselleria de Educación, Cultura, Universidad y Empleo en alguna de sus modalidades. Igualmente, se admitirán tickets de combustible por un máximo del 50% del total de la subvención.
- Las facturas corresponderán a las gastos subvencionables para el curso, y en todo caso, deberá estar fechada desde julio de 2024 a junio de 2025, y periodo lectivo en el caso del transporte.
- No se aceptan los movimientos bancarios.
- Documento acreditativo del centro educativo de la matrícula del alumno,indicando el curso.
- Para el alumnado de bachiller o de ciclos formativos que estén cursando en el IES de Almussafes, si así lo indican en la instancia, podrán omitir su presentación, dado que el Ayuntamiento podrá hacer la consulta a la dirección del Centro Educativo.
- En el caso de universitarios: copia de la matrícula oficial en la que conste el centro, la titulación, el curso, los créditos y su coste y el justificante del pago de la misma, o bien matrícula oficial y documento que justifique el pago de la misma.
- Dicho justificante de pago de matrícula servirá como factura, por lo que no hace aportar ninguna otra, siempre que el coste de la matrícula sea por importe igualo superior a la subvención a conceder.
Requisitos que debe cumplir el solicitante, cuya documentación aporta el Ayuntamiento:
- a. Certificado histórico de empadronamiento en Almussafes del solicitante.
- b. Certificado de convivencia del solicitante.
- c. Certificado del Tesorero municipal de no tener deudas con la Administración Municipal.
- d. Certificado de matrícula del alumnado del IES Almussafes que autorice su consulta.
- e. Certificados de la Agencia Estatal y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente en el pago de sus obligaciones, previa autorización del solicitante (mayor de 16 años) aceptada en la presentación del modelo instancia, si no hay manifestación en cotrario.






