Ciudad Autónoma de Melilla

Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla

Becas de estudiosBecas de matrículaUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio26/08/2026 Fin14/09/2026
Finalizada

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Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla están dirigidas a estudiantes universitarios melillenses que quieran continuar su formación con estudios de máster en universidades españolas, tanto públicas como privadas. Estas ayudas están destinadas a contribuir a los gastos derivados de la matrícula y facilitar la continuidad de los estudios superiores durante el curso académico establecido en cada convocatoria.

Para acceder a las Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla, los solicitantes deben cumplir los requisitos fijados en las bases y en la convocatoria anual. Entre ellos se encuentra estar empadronado en Melilla con una antigüedad mínima de un año, estar matriculado en un máster universitario y haber superado el porcentaje de créditos exigido. Además, es necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La solicitud firmada por el beneficiario y cumplimentada se entregará mediante la Sede Eelectrónica. La documentación incluye la acreditación de identidad, matrícula, titulación previa, datos bancarios y declaraciones responsables.

Estas ayudas ofrecen apoyo económico para ampliar la formación académica mediante estudios de máster. En Becas.com puedes consultar los requisitos, documentación y procedimiento para conocer todos los detalles de las Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
País de origen
  • España
Región de origen
  • Melilla
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Solicitantes y destinatarios de las Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla

  • Egresados universitarios melillenses matriculados en másteres en cualquier universidad española pública o privada.
  • Tendrán derecho a la concesión y disfrute de estas ayudas aquellos solicitantes que cumplan el requisito anterior y estén dados de alta en el Padrón Municipal de la Ciudad en el momento de la publicación de la convocatoria, con al menos un año de antigüedad continuado. Asimismo, deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener deudas con la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • No se atenderán los gastos de aquellos alumnos que hayan anulado su matrícula, ni a aquellos que no hayan superado la evaluación de un mínimo de 60% de los créditos ECTS matriculados. En este supuesto, el solicitante está obligado a comunicarlo a la Ciudad.
  • Será condición ineludible que los beneficiarios de esta ayuda cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 13 de Ley General de Subvenciones, sin excepciones.

Criterios para la concesión de las ayudas:

  • a. Los alumnos beneficiarios de las ayudas deberán estar empadronados en Melilla, con al menos un año de antigüedad continuado, contado desde la fecha de la publicación de la Convocatoria.
  • b. Haber estado matriculado durante el curso académico que se establezca en la Convocatoria anual en una Universidad Española.
  • c. Haber superado como mínimo, el 60% de los créditos de una matrícula correspondiente a un curso completo.
  • d. Las solicitudes se concederán, siempre que cumplan los requisitos, por riguroso orden de entrada en el Sistema de Registro de la Ciudad Autónoma de Melilla hasta completar el importe total de la subvención.

Formas de pago de las ayudas:

  • a. El pago podrá ser previo o posterior a la justificación, según se establezca en cada convocatoria.
  • b. En caso de pago anticipado, no se exigirán garantías en base al artículo 42-2b del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Dotación

Actuaciones a subvencionar

Con esta ayuda se podrán subvencionar matrículas en másteres de universidades españolas, públicas o privadas, en las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases y la correspondiente Convocatoria anual. En aquellos másteres que se impartan en más de un curso académico, se podrán solicitar ayudas para las matrículas de cada uno en las convocatorias anuales correspondientes

Cuantía de las Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla

El importe de la ayuda a percibir por alumno será inferior a 3.000 €. La cantidad que se ingresará, previa justificación y documentación requerida contenida en el apartado 2 y, en su caso, documento oficial que acredite el pago de la matrícula desglosada en asignaturas/créditos ECTS y certificación de calificaciones.

Presentación

El modelo de solicitud para las Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla se puede obtener a través de la página web oficial de la Ciudadwww.melilla.es.

En la Convocatoria anual se determinará la forma de presentación de las solicitudes.

Por parte de la Administración, se comprobará que el estudiantado beneficiario de las ayudas está empadronado en Melilla con al menos un año de antigüedad, contado desde la fecha de la publicación de la Convocatoria anual.

La solicitud firmada por el beneficiario debidamente cumplimentada se entregará a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, acompañada de la documentación indicada.

Más información

Objeto y competencia

El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas, con cargo a los Presupuestos Generales de la Ciudad, destinadas a cubrir gastos de matrículas de másteres universitarios en universidades españolas, públicas o privadas, para estudiantado egresado universitario de grados cursados, por ciudadanos melillenses, en cualquier universidad española, durante el curso académico que se determine en la convocatoria anual y con ello, reducir los obstáculos económicos que puedan existir.

El órgano competente para la convocatoria y la resolución del procedimiento de la concesión de las presentes subvenciones, que de acuerdo con el artículo 5 del RGSCAM es el/la titular de la Consejería competente por razón de materia en la gestión de ayudas universitarias, de acuerdo con el Decreto de distribución de competencias vigente en cada momento en la Ciudad Autónoma de Melilla.

Compatibilidad de las ayudas

Las ayudas podrán compatibilizarse con otras ayudas de entidades públicas o privadas siempre que conjuntamente no superen el coste de los gastos realizados.

Modelo de solicitud y lugar de presentación

  1. El modelo de solicitud se puede obtener a través de la página web oficial de la Ciudad www.melilla.es.
  2. En la Convocatoria anual se determinará la forma de presentación de las solicitudes.

Procedimiento de Concesión

  1. Por parte del Órgano instructor se realizarán de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse propuesta de resolución. Se verificará que las solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y si se advirtiese defectos formales u omisión de alguno de los documentos exigidos, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles, apercibiéndole que, de no hacerlo, se entenderá que desiste de su solicitud, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  2. Asimismo, se realizará una comprobación de las solicitudes, en la que se constate el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la ayuda. A tal efecto, se podrán solicitar cuantos informes y asesoramiento estime necesarios para la resolución. La notificación de la subsanación, así como de la resolución, se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.
  3. El órgano instructor emitirá informe, que se incorporará al expediente, y en el que se hará constar que de la información que obra en su poder se desprende que los posibles beneficiarios de las ayudas cumplen todos los requisitos para acceder a las mismas.
  4. El Órgano Colegiado emitirá un Informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
  5. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 42 de la Ley 39/2015 mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), concediéndose un plazo de diez días para la presentación de alegaciones. De no exponerse alegaciones en el plazo establecido la propuesta de resolución provisional tendrá carácter de definitiva.
    De existir alegaciones, el órgano colegiado deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formularse la propuesta definitiva.
  6. La propuesta de concesión se formulará al órgano concedente por el órgano colegiado a través del órgano instructor.
  7. Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crearán derecho alguno a favor de los beneficiarios propuestos.
  8. La competencia para resolver, como órgano concedente, corresponde al titular de la Consejería competente por razón de materia en la gestión de Ayudas Becas Máster de acuerdo con el Decreto de distribución de competencias vigente en cada momento en la Ciudad Autónoma de Melilla.
  9. La resolución será motivada, y habrá de contener la relación de solicitantes a los que se conceden las ayudas, haciéndose constar de forma expresa la desestimación del resto de las solicitudes. Las resoluciones que concedan las ayudas deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, sirviendo como notificación a los interesados. Sin perjuicio de lo anterior, a efectos informativos, podrá exponerse el correspondiente listado provisional por los medios que estime conveniente la Ciudad Autónoma de Melilla.
  10. Para una mejor gestión y eficacia en la tramitación administrativa y la resolución de los expedientes, éstos se podrán resolver diferenciadamente, estableciéndose distintos Grupos.
  11. El/la titular Consejería competente por razón de materia en la gestión de Ayudas Becas Másteres Universitarios, de acuerdo con el Decreto de distribución de competencias vigente en cada momento en la Ciudad Autónoma de Melilla, podrá, mediante resolución motivada, que se deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, ampliar o reducir los plazos de este procedimiento, de acuerdo con lo establecido en los artículos 32 y 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de aplicación.
  12. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses y se computará desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y notificado la resolución expresa, legitima a la persona interesada para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la ayuda.
  13. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación. Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución. Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses. No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso si así se cree conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.

Forma de hacer efectiva la subvención

Dadas las características de la presente ayuda, el pago se efectuará en una única entrega, una vez que se proceda a la Resolución definitiva de concesión de esta, ya que ello supone que el beneficiario cumple con los requisitos establecidos en las Bases y la Convocatoria anual.

De acuerdo con el artículo 42 apartado b, del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios quedan exonerados de la constitución de garantía, “…b) Los beneficiarios de subvenciones concedidas por importe inferior a 3.000 euros, salvo en los supuestos establecidos en el apartado 3 de este artículo” (“... 3. Salvo que las bases reguladoras establezcan lo contrario, estarán obligados a constituir garantía las personas o entidades cuyo domicilio se encuentre radicado fuera del territorio nacional y carezcan de establecimiento permanente en dicho territorio y no tengan el carácter de órganos consultivos de la Administración española, sin perjuicio de las especialidades que pudieran establecerse al amparo de la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley”)

Publicación a efectos de transparencia

Los datos relativos a la concesión de ayudas de las presentes Bases se publicarán en el Portal de Transparencia de la Ciudad Autónoma de Melilla para consulta pública, en cumplimiento del art. 8.1, letra c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Asimismo, dichos datos serán comunicados a la Base de Datos Nacional de Subvenciones en cumplimiento del artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Obligaciones y Justificación de los solicitantes

  1. Presentar la solicitud cumpliendo con todos los requisitos y aportando la documentación exigida en las presentes bases y en la correspondiente Convocatoria anual.
  2. Proceder al reintegro de los fondos en los casos que proceda en aplicación de la normativa vigente.
  3. En cuanto a la justificación de las ayudas, al tratarse de una determinada cualidad en el preceptor de la ayuda, es de aplicación lo establecido en el artículo 88.1 párrafo in fine del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en concordancia con el artículo 24 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, que establece que “no se requerirá otra justificación que la acreditación conforme a los medios que establezca la normativa reguladora”, en este caso, las presentes Bases y la Convocatoria anual, que se realizará previa a la concesión de misma.
    Al tratarse de una justificación a posteriori, la justificación de la realización de estudios universitarios de máster en universidades españolas se efectuará mediante la aportación, por parte de los solicitantes de esta ayuda de la documentación que acredite la matrícula y realización efectiva del curso de máster correspondiente, en el curso académico establecido en cada convocatoria.

Aceptación de la Convocatoria

El hecho de participar en el procedimiento de concesión de estas ayudas supondrá la plena aceptación de las bases, quedando facultada el/la titular Consejería competente por razón de materia en la gestión de ayudas para el pago de matrículas universitarias, de acuerdo con el Decreto de distribución de competencias vigente en cada momento en la Ciudad Autónoma de Melilla, para resolver cualquier conflicto que pudiera suscitarse.

Enlaces de interés

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/925942

Documentación a adjuntar

Documento acreditativo de la identidad del solicitante.

  • Datos de la cuenta corriente del beneficiario, que figurará como titular o cotitular de la cuenta.
  • Documento acreditativo de título de estudios de grados oficiales conducentes a estudios de máster.
  • Declaración formal de haber destinado el importe de esta ayuda a gastos de matrícula de máster, durante el curso que se determine en la convocatoria anual.
  • Declaración formal de estar al corriente en todas las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener pendiente de justificación subvención alguna otorgada por la Ciudad.
  • Declaración formal del compromiso de comunicar a la Ciudad, en su caso, la anulación de matrícula.
  • Declaración formal del compromiso de comunicar a la Ciudad, en su caso, de no haber superado el porcentaje de créditos establecidos en la convocatoria anual.
  • Autorización de acceso a consulta de datos necesarios para la tramitación de la presente ayuda, fundamentalmente, comprobación de datos de la Agencia Tributaria, de la Seguridad Social, de la Administración Tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla y del Padrón de Habitantes.
  • Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.

Con independencia de la documentación exigida, la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria crea necesaria.

La Administración de la Ciudad Autónoma podrá comprobar la veracidad de todos los requisitos exigidos y de las declaraciones formuladas, así como cualquier documentación que aporte el interesado, dicha comprobación podrá realizarse con anterioridad o posterioridad a la concesión de la subvención y, en caso de detectarse el incumplimiento de alguna condición, requisitos o falseamiento de la documentación, procederá la anulación de la solicitud, denegación de la subvención o la exigencia de reintegro, sin perjuicio de las demás responsabilidades en las que pueda incurrir el solicitante.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla

Las Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla están dirigidas a estudiantes universitarios melillenses que quieran continuar su formación con estudios de máster en universidades españolas, tanto públicas como privadas. Estas ayudas están destinadas a contribuir a los gastos derivados de la matrícula y facilitar la continuidad de los estudios superiores durante el curso académico establecido en cada convocatoria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla" es: desde 26/08/2026 hasta 14/09/2026.

La Beca "Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías

La Beca "Becas Másteres Ciudad Autónoma de Melilla" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula