Cataluña

Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios

Becas de alojamiento o residenciaBecas para desempleadosBecas transporteBecas socialesBecas de manutenciónBecas para víctimas de violencia de géneroBecas de colaboraciónAyudasNo universitariosUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

Inicio12/06/2026 Fin30/10/2026
Abierta

Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios: solicitud y plazos

Descripción

La Generalitat de Cataluña lleva a cabo la convocatoria de las Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios, con el objetivo de ofrecer ayudas a las personas desempleadas que prestan su colaboración en las casas de oficios, y dentro del proyecto Trabajo en los Barrios.

Las personas físicas que soliciten una de estas becas deberán estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas, y estar inscritos en el Servicio Público de Empleo de Cataluña como demandante de empleo no ocupado.

Las Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios ofrecen diferentes ayudas en concepto de transporte público, transporte en vehículo propio, manutención y alojamiento.

Además, en esta convocatoria también se ofrecen becas dirigidas a personas con discapacidad, con el propósito de promover la incorporación o facilitar el acceso de las personas con diversidad funcional a la formación profesional para el empleo, así como para determinados colectivos más vulnerables como pueden ser mujeres víctimas de violencia de género.

Así que si deseas optar a una de las Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios, te encuentras en el lugar adecuado, ya que aquí podrás conocer toda la información sobre las mismas como plazos de solicitud, requisitos, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Las personas físicas solicitantes de las Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios deben cumplir los siguientes requisitos:

  • a. Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y las obligaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con lo que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • b. Estar inscrito o inscrita en el Servicio Público de Empleo de Cataluña como demandante de empleo no ocupado, en el momento de su incorporación en las acciones de formación profesional.
  • c. No recibir otras ayudas públicas o privadas por el mismo concepto.

La Resolución de convocatoria podrá establecer otros requisitos específicos del Programa al que esté adscrita la actuación subvencionable que da derecho a la ayuda o beca o de su fuente de financiación.


El cumplimiento de estos requisitos debe acreditarse mediante la firma de las declaraciones responsables que incluye la solicitud de la ayuda o beca.

Dotación

Las Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios concederá ayudas para cubrir los siguientes conceptos:

  • a. En concepto de transporte público: el objeto de esta ayuda es compensar los gastos que tiene el alumnado derivados de la utilización de transporte público para acceder a la acción formativa.
  • b. En concepto de transporte en vehículo propio: el objeto de esta ayuda es compensar los gastos que tiene el alumnado derivados de la utilización de transporte en vehículo propio para acceder a la acción formativa.
  • c. En concepto de manutención: el objeto de esta ayuda es compensar los gastos que tiene el alumnado correspondientes a dietas alimentarias derivadas de la asistencia a la acción formativa en horario de mañana y tarde.
  • d. En concepto de alojamiento y manutención: el objeto de esta ayuda es compensar los gastos que tiene el alumnado en dietas de alojamiento y manutención durante la asistencia a la acción formativa.
  • e. En la conciliación: el objeto de esta ayuda es compensar los gastos que tiene el alumnado derivados del cuidado de la persona menor o familiares dependientes durante el tiempo de asistencia a la acción formativa.

Presentación

La solicitud de las Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios se tramitará a través de la siguiente web: https://lix.li/Xh3nIV.

Más información

Destinatarios

  • Estas becas de asistencia se dirigen a las personas participantes en las casas de oficios del Proyecto Trabajo en los barrios.
  • Así mismo las personas perderán el derecho a cobrarla en el momento en que dejen de tener la condición de desempleadas, sin perjuicio las personas que puedan iniciar o retomar la percepción de la beca en el momento que cumplan nuevamente esta condición durante la primera fase formativa de la casa de oficios.

Proceso


  • Solicitar la beca.
  • Consultar el estado del trámite.
  • Recibir la respuesta de la Administración.
Resolución y notificación

  • El órgano competente para dictar la resolución de otorgamiento o denegación de la ayuda y/o beca es la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, a propuesta del órgano instructor.
  • El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de 6 meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, de acuerdo con el artículo 94.1 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
  • La resolución de otorgamiento debe ser debidamente motivada y debe contener, como mínimo, la identificación de la persona o las personas solicitantes a las que se concede la ayuda o beca y el importe.
  • Esta resolución se notifica a la persona o empresa y/o entidad interesada por medios electrónicos.
  • La convocatoria establecerá el sistema de notificación de la resolución que deberá ser de una de las siguientes formas:
    • a. Notificación individual: la persona o empresa y/o entidad interesada recibirá un aviso, sin efectos jurídicos, del depósito de las notificaciones por correo electrónico o un mensaje corto en el buzón o en el teléfono indicado. De acuerdo con los artículos 43.2 y 43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 56.4 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, desde el momento del depósito de la notificación por parte del Servicio Público de Empleo de Cataluña se dispone de diez días naturales para visualizarla o rechazarla.Si transcurrido el plazo de diez días naturales no se ha accedido al contenido de la notificación, ésta debe entenderse rechazada, salvo que de oficio o a instancia de la persona destinataria se compruebe la imposibilidad técnica o material para acceder -ahí. Si la notificación se ha rechazado, el trámite se considera efectuado y puede continuarse el procedimiento. Desde el momento en que se acceda al contenido de la notificación, se entiende que esta notificación ha sido practicada. En caso de que la entidad solicitante rechace la notificación, el trámite se considera efectuado y el procedimiento proseguirá.En el caso de las administraciones públicas, la notificación se entenderá practicada cuando se efectúe el correspondiente asiento registral.
    • b. Notificación por publicación: la notificación se hará mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña: http://tauler.gencat.cat, sin perjuicio de que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • En caso de que el órgano competente no dicte ni notifique la resolución en el plazo de 6 meses, la solicitud debe entenderse desestimada, de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, salvo que la Resolución de convocatoria establezca otro plazo inferior.
  • La resolución de otorgamiento o denegación de las subvenciones, que no agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Trabajo en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de la notificación de la resolución, según lo que establecen el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
  • Las ayudas y/o becas que puedan concederse no generan ningún derecho para la concesión de otras subvenciones en ejercicios futuros.
  • Las subvenciones y ayudas, por norma general, están sujetas y no exentas del pago de impuestos, de acuerdo con la normativa tributaria. En este sentido, la resolución de concesión de la subvención/ayuda indicará su tratamiento fiscal, su sujeción tributaria o exención, en su caso.
Enlaces de interés

https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=970458#:~:text=4.3%20Las%20personas%20f%C3%ADsicas%20solicitantes%20deben%20cumplir%20los%20siguientes%20requisitos

Documentación a adjuntar

Las solicitudes tendrán que ir acompañadas de la documentación que se indique en la Resolución de convocatoria de becas y ayudas correspondiente.

En los casos de ayuda a la conciliación y en el caso de la beca para personas con discapacidad, como mínimo se deberá presentar la documentación siguiente:

  • a. Ayuda a la conciliación:
    • Documento acreditativo de la tutoría legal sobre la persona menor o dependiente, en el caso de las personas menores o dependientes en acogida.
    • Sentencia y/o convenio regulador, en caso de separación o divorcio. La persona solicitante de la ayuda debe convivir con la persona menor.
    • En caso de solicitar la ayuda por familiar dependiente: Resolución emitida por el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales donde se haga constar que el familiar es dependiente y la persona solicitante es la persona cuidadora no profesional del familiar dependiente, en caso de solicitar la ayuda de conciliación por familiar dependiente. En caso de que, en la Resolución, la persona solicitante no conste como cuidador o cuidadora del familiar dependiente, es necesario que convivan en el mismo domicilio.
    • Documento de declaración responsable sobre los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar y de convivencia o en su defecto la declaración de la renta vigente.
  • b. Becas para personas con discapacidad:
    • Sólo en los casos en que deba acreditarse la discapacidad, y esta discapacidad no haya sido reconocida por Resolución del Departamento competente en materia de Bienestar Social, deberá acreditarse con certificado o documento emitido por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

Personas con discapacidad

Becas

  • a. Para personas con discapacidad. El objetivo de esta beca es promover la incorporación o facilitar el acceso de las personas con diversidad funcional a la formación profesional para el empleo.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios

La Generalitat de Cataluña lleva a cabo la convocatoria de las Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios, con el objetivo de ofrecer ayudas a las personas desempleadas que prestan su colaboración en las casas de oficios, y dentro del proyecto Trabajo en los Barrios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios" es: desde 12/06/2026 hasta 30/10/2026.

La Beca "Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Becas Casas de Oficios Trabajo en los Barrios" es un tipo de beca: 

  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas para desempleados
  • Becas transporte
  • Becas sociales
  • Becas de manutención
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas de colaboración
  • Ayudas