Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL
INSCRIPCIONES
Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de La Laguna convoca anualmente las Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL. Estas becas van destinadas a los estudiantes con necesidades especificas para que puedan financiar los gastos generados para atender sus necesidades funcionales. Se ofrecerán diferentes subvenciones y ayuda, como la de transporte, la de intérpretes de lengua de signos y las ayudas técnicas y profesionales personalizadas.
Podrán solicitar las Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL los matriculados en una titulación de la ULL o en los cursos de mayores de 25 y 45 años, que tengan reconocida una discapacidad del 33 % o superior y que esté inscrito en el PAED. Los beneficiarios por su parte deberán cumplir con las obligaciones fijadas en la presente convocatoria.
Las solicitudes para estas ayudas se cumplimentarán a través del procedimiento establecido en el Portal de Servicios de la ULL como “Solicitud de participación en el programa de ayudas asistenciales para estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo”.
Si deseas conocer más becas ofrecidas por la Universidad de La Laguna (ULL), aquí podrás encontrar todo lo necesario para solicitarlas.
En esta web puedes obtener toda la información que seguro será de tu interés si deseas ser beneficiario de una de las Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL, como requisitos, plazos y cómo solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL
Podrá participar en el programa el alumnado que, al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, cumpla los siguientes requisitos:
- a. Estar matriculado en cualquiera de las titulaciones que imparte la ULL o en los cursos del acceso para mayores de 25 y 45 años.
- b. Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%, que haga imprescindible un apoyo especial para el normal desarrollo de su actividad académica.
- c. Estar inscrito en el Programa de Atención a Estudiantes con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (PAED).
- d. El alumnado solicitante de alguna de las ayudas del Programa que ya la hubiera disfrutado en el curso académico 2025-26 deberá acreditar la superación como mínimo del 25% de los créditos matriculados en dicho curso académico.
Únicamente en situaciones excepcionales y debidamente acreditadas, que justifiquen la imposibilidad de cumplir este requisito, se admitirán a trámite solicitudes con rendimiento inferior al mínimo establecido, teniendo en cuenta que el alumnado solicitante no puede acogerse por segunda vez a la misma circunstancia impeditiva.
Situaciones especiales
Respecto al alumnado que no alcanza el mínimo de rendimiento académico, se tipifican como situaciones especiales, a efectos de no ser excluidos de la convocatoria, las siguientes:
- a. Enfermedad muy grave o de alguna persona de la unidad familiar y/o convivencial, aportando certificación médica, expedida por el Servicio Canario de Salud o equivalente, que recoja específicamente el grado de dicha enfermedad, o de la persona solicitante respecto de patologías completamente ajenas a las causantes de su discapacidad.
- b. Fallecimiento de alguna persona de la unidad familiar y/o convivencial.
- c. Ruina o quiebra económica de la persona computable que aporte los recursos económicos principales o exclusivos de la unidad familiar y/o convivencial.
Un mismo solicitante no puede acogerse por segunda vez a situaciones especiales si hace valer el mismo hecho y justificantes de igual naturaleza que los aportados en la primera ocasión.
Las alegaciones deben guardar conexión directa con los requisitos incumplidos y acompañarse de documentación justificativa suficiente relacionada con la causa que se alega, no admitiéndose a trámite las solicitudes que incumplan estos requisitos.
Dotación
Dotación de las Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL
Ayudas de movilidad
Tiene por objeto sufragar parcial o totalmente gastos originados por desplazamientos, respecto de alumnado cuya discapacidad afecte a su autonomía para moverse desde el lugar de residencia al centro en que está matriculado y viceversa, requiriendo la utilización de vehículos de transporte público colectivo adecuados o adaptados a esas condiciones. Cuando se acrediten especiales dificultades para acceder a dichos vehículos o su inadecuación, las ayudas podrán compensar gastos por desplazamientos efectuados en taxi.
Ayudas para un servicio de Intérpretes de lengua de signos
La finalidad de esta ayuda consiste en otorgar al alumnado con discapacidad auditiva la asistencia de un/a intérprete de lengua de signos española (ILSE) en el desarrollo de su vida académica.
Desde el Vicerrectorado se designa al alumnado beneficiario, en tanto la contratación de ILSEs, su asignación a estudiantes y retribución de servicios prestados se llevará a cabo por la Fundación General de la Universidad de La Laguna, en desarrollo de encargo aprobado por la ULL y actualmente en vigor.
El catálogo de servicios que configuran el derecho de asistencia para el alumnado con discapacidad auditiva determina las funciones básicas que debe asumir el personal ILSE respecto del alumnado al que asiste:
- Colaborar con el profesorado para su mejor ubicación según las características de la actividad a desarrollar.
- Actuar como enlace de comunicación con el profesorado en los procesos de evaluación y períodos de examen, así como con sus compañeros/as, garantizando que recibe sin demora la información que se da en el aula.
- Gestionar el conocimiento anticipado sobre el contenido de los temas que se van a impartir o trabajar en clase, así como su vocabulario, para una adecuada preparación de su labor interpretativa, priorizando las áreas con mayor contenido de lengua oral.
- Colaborar con el profesorado en la preparación de las clases asesorando sobre los materiales de apoyo más adecuados y las adaptaciones necesarias.
- Interpretar dentro del aula las explicaciones del profesorado y las intervenciones de los compañeros/as oyentes, así como toda la información acústica interna y externa que se perciba en el aula.
- Participar o colaborar con todos los órganos y equipos de trabajo a los que pueda aportar datos de interés a efectos de su mejor integración o mayor rendimiento.
- Facilitar el acceso a la administración de la universidad dentro del horario académico (secretarías, porterías, servicios generales de la ULL, etc.).
Ayudas técnicas y profesionales personalizadas
Tienen por objeto facilitar la disponibilidad de recursos de apoyo materiales, en forma de ayudas técnicas o adaptaciones, así como de recursos económicos vinculados a financiar la prestación de servicios profesionales, para que el alumnado beneficiario pueda desarrollar en condiciones de igualdad las funciones propias de la actividad académica, facilitando la ULL los medios que estén disponibles en cada caso, dentro del límite presupuestario del Programa.
Presentación
Las solicitudes para Becas Necesidades Específicas de Apoyo Educativo ULL tipificadas en el título II de esta Resolución se cumplimentarán a través del procedimiento establecido en el Portal de Servicios de la ULL como “Solicitud de participación en el programa de ayudas asistenciales para estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo”.
Efectos legales de presentar la solicitud
La firma y presentación de la solicitud en cualquiera de las modalidades de ayuda conlleva para la persona interesada tres efectos automáticos:
Otorgamiento de declaración responsable:
- De estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- De no tener deuda por ningún concepto con la Universidad de La Laguna en que haya vencido el período voluntario de pago.
Autorización a la ULL, a través del Negociado de Servicios Asistenciales, para acceder:
- Al expediente académico personal de cada persona solicitante.
- A los datos del Programa para la Atención a Estudiantes con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (PAED).
Aceptar en su totalidad las condiciones de la presente resolución, que vinculan por igual a la administración y a quienes participan como solicitantes de las ayudas.
Plazo de presentación de solicitudes
Ayudas de concesión directa.
a. Plazo ordinario.
El plazo ordinario de presentación de solicitudes estará abierto desde el 8 de septiembre hasta el 15 de diciembre de 2026, inclusive.
b. Plazo extraordinario.
En el caso de necesidades sobrevenidas respecto de las diferentes modalidades de ayudas del programa, habrá un plazo extraordinario de presentación de solicitudes que estará abierto desde el 25 de enero hasta el 15 de marzo de 2026.
Ayudas de concurrencia no competitiva
a. Plazo ordinario.
El plazo ordinario de presentación de solicitudes estará abierto desde el 8 de septiembre hasta el 15 de diciembre de 2026, inclusive.
b. Plazo extraordinario.
En el caso de necesidades sobrevenidas respecto de las diferentes modalidades de ayudas del programa, habrá un plazo extraordinario de presentación de solicitudes que estará abierto desde el 25 de enero hasta el 15 de marzo de 2026.
Más información
Instrucción, resolución y silencio administrativo
El plazo para instruir y resolver el procedimiento de adjudicación de las ayudas tramitadas en el plazo ordinario, finaliza el 31 de diciembre de 2026.
El mismo plazo respecto de las ayudas tramitadas en el plazo extraordinario finaliza el 30 junio de 2027.
Respecto de ambos períodos, en el supuesto de no haberse dictado expresamente resolución se entenderán desestimadas las solicitudes a las que afecte, por silencio administrativo.
Obligaciones y responsabilidad de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias deberán observar en su totalidad las disposiciones reguladoras de la ayuda concedida, sometiéndose a las actuaciones de comprobación que la universidad disponga y facilitando la información adicional que motivadamente se requiera desde el Negociado de Servicios Asistenciales.
El ocultamiento o falsedad de datos en la solicitud o en el procedimiento de justificación conlleva automáticamente la pérdida de la ayuda, dando lugar a la incoación de expediente de reintegro por el importe total de la ayuda concedida, sin perjuicio de las responsabilidades legales exigibles, inclusive de orden penal.
Enlaces de interés
https://drive.google.com/file/d/1ihdpyJHt9GYDoqbBA3lCzmcKvAfFsidE/view
Documentación a adjuntar
Las solicitudes correspondientes a todas las modalidades de ayuda deberán ir acompañadas como documentación básica y común de la siguiente:
- a. Certificación acreditativa de la discapacidad, expedida en Canarias por el órgano competente de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias del Gobierno autonómico, en caso de que no ser posible su comprobación por la administración.
- b. Memoria explicativa, cumplimentada donde se harán constar las dificultades que el solicitante alega por causa de la discapacidad y las necesidades derivadas de la misma.
Respecto de cada modalidad deberá entregarse además la documentación específica relacionada en el título II.
Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos, por documentación insuficiente o inadecuada, se requerirá a la persona que la presenta a efectos de que subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días.
En caso de no subsanar se entenderá desistida la solicitud, previa resolución dictada en los términos que prevé el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.






