Becas Libros y Material Escolar Ayto. San Juan de Aznalfarache
INSCRIPCIONES
Becas Libros y Material Escolar Ayto. San Juan de Aznalfarache: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache es el organismo público municipal encargado de la convocatoria y gestión de las Becas Libros y Material Escolar Ayto. San Juan de Aznalfarache.
El principal objeto de estas becas es conceder ayudas económicas destinadas a sufragar parte de los gastos relacionados con los libros y el material escolar necesario para los alumnos de Segundo Ciclo de Educación Infantil.
Podrán solicitar una de estas becas aquellas familias que cuenten con hijos matriculados en dicho nivel de estudios, que cuenten con empadronamiento en el municipio de San Juan de Aznalfarache y cuya renta familiar no supere los importes establecidos en las bases de la convocatoria.
El importe de las ayudas económicas concedidas mediante las Becas Libros y Material Escolar Ayto. San Juan de Aznalfarache, en ningún caso podrá superar el importe de 125,00 euros.
De este modo el Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache pretende otorgar igualdad de oportunidades y que los mas pequeños del municipio puedan disponer de los libros y materiales necesarios para el aprendizaje.
Así se lleva a cabo el principio de igualdad de oportunidades, independientemente de las circunstancias económicas y sociales de las familias.
Encuentra aquí todos los detalles relativos a las Becas Libros y Material Escolar Ayto. San Juan de Aznalfarache y solicita una de ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
 
- País de origen
- España
 
- Región de origen
- Andalucía
 
- Provincia de origen
- Sevilla
 
- Localidad
- San Juan de Aznalfarache
- Nacionalidades
- Residente en España
 
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de las Becas Libros y Material Escolar Ayto. San Juan de Aznalfarache las unidades familiares que cumplan con los siguientes requisitos:
- a. Requisitos generales:
- Para tener obtener la condición de beneficiario/a de la ayuda regulada en la presente convocatoria, será necesario no superar por cada persona de la unidad familiar una renta per cápita anual igual o superior a 2,5 veces el Indicador de Rentas de Efectos Múltiples anual para el ejercicio 2024 (18.000 euros), quedando excluidas de la presente convocatoria aquellas solicitudes que superen la referida cantidad,por lo que no serán baremadas.
- Requisitos específicos:
- Enseñanzas de 2º Ciclo de Educación Infantil:
- Matriculación: estar matriculado/a en el curso 2025-2026 en 2º Ciclo de Educación Infantil en un CEIP ubicado en la localidad de San juan de Aznalfarache.
Para poder obtener la condición de beneficiario será necesario cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS, a excepción de lo dispuesto en el punto 2.e).
Dotación
- El importe de las Becas Libros y Material Escolar Ayto. San Juan de Aznalfarache resultará del reparto proporcional entre todas las solicitudes que cumplan con lo establecido en las Bases 4 y 9 de convocatoria. En ningún caso, la ayuda superará el importe de 125,00 euros.
- La ayuda será compatible con la percepción de otras subvenciones o ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.
- La ayuda se materializará mediante la entrega al centro escolar de la ayuda de cada beneficiario de libros y/o material escolar en cuantía equivalente a aquella de la que haya resultado beneficiario según Resolución de concesión.
Presentación
- Las solicitudes de ayudas para la adquisición de libros de texto y/o material escolar, se presentarán en el plazo previsto en la convocatoria en el registro de la Entidad Colaboradora en la que el menor esté matriculado en un curso del 2º ciclo de educación infantil en un Centro de Educación Infantil y Primaria de la localidad, suscrita por el padre, la madre o el tutor legal del alumnado que reúna los requisitos establecidos en la BASE 4 de convocatoria, en modelo normalizado (ANEXO II).
- No obstante, también se podrán presentar las solicitudes por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- No se admitirán a trámite aquellas solicitudes de ayudas que se presenten ante el registro de una entidad colaboradora en la que el menor no esté matriculado.
- En el caso de varios alumnos/as pertenecientes a una misma unidad familiar, deberá presentarse una solicitud por cada uno/a de los alumnos/as matriculados/as en 2º ciclo de educación infantil en Centros de Educación Infantil y Primaria de la localidad.
Más información
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de Becas y ayudas al estudio, por parte del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache en régimen de concurrencia competitiva, para contribuir a sufragar parte de los gastos soportados por las familias por la adquisición de libros y/o material escolar del alumnado matriculado en 2º ciclo de educación infantil en Centros de Educación Infantil y Primaria ubicados en la localidad, en el curso académico 2025/26, para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso de la educación, siendo imprescindible para ello, contribuir con la dotación de medios materiales necesarios y poder así conseguir una educación de calidad.
Baremación
Serán beneficiarias directas de las ayudas, aquellas familias solicitantes que cuenten con bonificación a los precios públicos de los de servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y/o actividades extraescolares para el curso 2025/2026 del 100%, del 50%, del 42%, 34%, 26% o 10%.
Los Alumnos/as que no reciben ninguna subvención para dichas actividades o que no las solicitan, deberán aportar la documentación referida al nivel de rentas de todos los miembros computables de la unidad familiar, que se acreditará, según sea su caso, mediante:
- Declaración de la renta del ejercicio 2024.
- Certificación de los diferentes organismos y/o empresas de los que se haya recibido retribución, prestación, subsidio, pensión, o cualquier otra clase de contraprestación.
- Documento emitido por el Servicio Andaluz de empleo en el que conste el periodo en situación de demandante de empleo no ocupado del/los sustentadores principales.
Las solicitudes presentadas se baremarán, según renta per cápita, de mayor a menor puntuación, correspondiendo mayor puntuación a la unidad familiar con menos ingresos.
- Se consideran libros de texto subvencionables, aquéllos que hayan sido debidamente establecidos y aprobados por el Centro al inicio del curso escolar 2025/26 para ser utilizados, con carácter general, en el desarrollo y aplicación de los respectivos proyectos curriculares.
- Igualmente se considera subvencionable el material escolar. Se entiende por material escolar el materialdidáctico, no inventariable, complementario necesario para desarrollo curricular del alumnado.
- 1 punto: renta per cápita desde 15.428,58 € hasta 18.000 €.
- 2 puntos: renta per cápita desde 12.857,16 € hasta 15.428,58 €.
- 3 puntos: renta per cápita desde 10.285,74 € hasta 12.857,16 €.
- 4 puntos: renta per cápita desde 7.714,32 € hasta 10.285,74 €.
- 5 puntos: renta per cápita desde 5.142,90 € hasta 7.714,32 €.
- 6 puntos: renta per cápita desde 2.571,48 € hasta 5.142,90 €.
- 7 puntos: renta per cápita desde 0 € hasta 2.571,48 €.
Documentación a adjuntar
Se presentará la siguiente documentación:
- Solicitud, según modelo normalizado que figura como ANEXO II, suscrita por el padre, madre o tutor solicitante de la ayuda.
- Libro de familia o documento que acredite la capacidad de representación legal del menor/res.
- D.N.I o, en su caso, NIE del padre, madre o tutor que suscribe la solicitud.
- El nivel de rentas de todos los miembros computables de la unidad familiar, que se acreditará según sea su caso, mediante:
- La aportación de la Declaración del IRPF del ejercicio 2024.
- Certificación de los diferentes organismos y/o empresas de los que se haya recibido retribución, prestación, subsidio o pensión, o cualquier otra clase de contraprestación.
- Documento emitido por el Servicio Andaluz de Empleo en el que conste el periodo en situación de demandante de empleo no ocupado del/los sustentadores principales.
- Los alumnos bonificados en las actividades extraescolares, aula matinal y comedor NO DEBERÁN ACREDITAR NINGUNA CIRCUNSTANCIA ECONOMICA.
- Por parte de la Entidad Colaboradora ( ANEXO V) Certificado firmado por el /la directora/a del Centro escolar donde está matriculado el/la alumno/a, donde se indique que es beneficiario directo de la bonificación a los precios públicos de los de servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y/o actividades extraescolares para el curso 2025/2026 del 100%, del 50%, del 42%, 34%, 26%o 10%, si éste fuera el caso.
Toda la documentación se presentará en modelo original o fotocopia de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia.






