Principado de Asturias

Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales

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INSCRIPCIONES

Inicio03/03/2026 Fin19/06/2026
Abierta

Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales: solicitud y plazos

Descripción

El Principado de Asturias es el organismo público encargado de la convocatoria y gestión de las Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales que tienen como principal finalidad la de otorgar ayudas para cubrir los gastos de transporte a aquellos alumnos que necesitan de este servicio para asistir al centro escolar donde desarrollan su actividad lectiva.

Las Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales podrán ser solicitar por aquellos alumnos que cursen estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), o Formación Profesional Básica, que además reúnan el resto de los requisitos que se establecen en la convocatoria.

Además las becas también podrán ser solicitadas por aquellos alumnos que cuentan con necesidades educativas especiales asociadas a alguna discapacidad.

Las Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales cuentan con varios tipos de ayudas: alumnado que utilice servicio regular de transporte de viajeros, y alumnado que no utilice servicio regular de transporte de viajeros por diversos motivos.

El Gobierno del Principado de Asturias es un organismo muy comprometido con la formación académica y profesional de sus vecinos, por lo que entre otras iniciativas, pone en marcha la convocatoria de estas becas.

Accede aquí y ahora a todos los datos relacionados con las Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales, y conoce los plazos de solicitud, requisitos, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Educación especial
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán participar en la convocatoria de las Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales el alumnado que reúna los siguientes requisitos:

  • El matriculado en el centro docente público que le corresponda por área de influencia que cumpla, conjuntamente, los siguientes requisitos:
    • a. Cursar enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o formación profesional básica. el alumnado de formación profesional básica tendrá derecho a la gratuidad del servicio hasta el límite de edad establecido para la enseñanza obligatoria.
    • b. Residir en una localidad distinta a aquella en la que esté ubicado el centro docente.
    • c. Tener su domicilio familiar a una distancia superior a 1.500 metros del centro docente. La distancia se calculará teniendo en cuenta el trayecto más corto realizado a pie desde su domicilio hasta el centro. El domicilio familiar será el señalado por el interesado o interesada en el proceso de admisión. A estos efectos, únicamente se tomará como válido aquél tenido en cuenta a los efectos de admisión, por lo que en ningún caso podrá existir derecho a transporte escolar gratuito para más de una ruta, salvo en aquellos casos de custodia compartida acreditados documentalmente mediante sentencia judicial y siempre que exista ruta con plazas libres desde ambos domicilios.
  • El que, cumpliendo los requisitos establecidos en el apartado 1 del presente artículo, se encuentre interno en residencias no universitarias dependientes de la Consejería competente en materia de educación, por no contaren su localidad de origen con centro o plazas vacantes en su nivel de escolarización. en este caso, el derecho a transporte gratuito se ejercerá el primer día lectivo de la semana y el último.
  • Con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física de tipo motórico de cualquier etapa de enseñanza no universitaria cuyo dictamen de escolarización haga referencia a una afectación grave de movilidad, siempre que esté escolarizado en cualquier centro ordinario o en el Centro de Educación Especial Específico que le corresponda por zona de influencia o, en el caso de que esto no sea posible, en el centro propuesto por el dictamen de escolarización correspondiente, que podrá extenderse hasta el límite de 21 años. Con carácter general, el servicio se ceñirá a las rutas de transporte ya existentes.
  • El que se encuentre en los siguientes supuestos:
    • a. Incluido en planes o programas específicos aprobados por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en los que se contemplen medidas concretas para el transporte escolar y su correspondiente financiación. en estos supuestos, los planes podrían prever expresamente su aplicación a otras etapas, además de las citadas en el apartado 1.a) de este artículo, en atención a las especiales características de la escolarización del alumnado incluido en su ámbito.
    • b. escolarizado en centros docentes públicos de comunidades limítrofes, por ser más próximos o de más fácil acceso que los que pudieran corresponderle por razón de su domicilio.

Dotación

A través de las Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales se ofrecen los siguientes tipos de ayudas:

  • a. Alumnado que utilice servicio regular de transporte de viajeros. La cuantía de la ayuda será el precio del billete o abono fijado por el órgano competente en materia de transporte.
  • b. Alumnado que no utilice servicio regular de transporte de viajeros. La cuantía de la ayuda se fijará en función del medio utilizado por el alumnado beneficiario:
    • Alumnado que se traslade por sus propios medios:el importe de la ayuda por kilómetro será el establecido en los respectivos acuerdos del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, por los que se establecen anualmente los importes de indemnización por razón del servicio, en su apartado referido al kilometraje, para el personal al servicio de la administración del Principado de Asturias.
    • Alumnado que, ante la imposibilidad de trasladarse por sus propios medios, utiliza servicio de taxi: el importe de la ayuda por kilómetro será el establecido en el Decreto 50/2008, de 19 de junio, por el que se regula el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en turismo (autotaxi), modificado por Decreto 62/2022, de 14 de octubre (BOPA de 24/10/2022) o normativa que en su caso lo sustituya.
    • Alumnado que, ante la imposibilidad de trasladarse por sus propios medios, utiliza servicio de taxi y este tiene un coste excepcional superior al calculado conforme al apartado anterior.
    • La cuantía de la ayuda cubrirá el coste real del servicio, previo informe del órgano competente en materia de transporte.

En ningún caso el importe de las ayudas concedidas podrá superar el coste real del servicio, con el límite de 8.000 € por beneficiario y curso.

Presentación

La presentación de las Becas Transporte en Zonas Rurales se puede hacer en dos modalidades:

  • Presentación presencial:
    • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
  • Presentación telemática:
    • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico al final de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico.
    • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
    • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Finalidad

Otorgar ayudas económicas para sufragar los gastos de transporte del alumnado beneficiario al centro escolar o parada de transporte correspondiente.

Enlaces de interés

https://miprincipado.asturias.es/bopa/2026/03/02/2026-01528.pdf

https://miprincipado.asturias.es/bopa/2021/05/21/2021-05087.pdf

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales

El Principado de Asturias es el organismo público encargado de la convocatoria y gestión de las Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales que tienen como principal finalidad la de otorgar ayudas para cubrir los gastos de transporte a aquellos alumnos que necesitan de este servicio para asistir al centro escolar donde desarrollan su actividad lectiva.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales" es: desde 03/03/2026 hasta 19/06/2026.

La Beca "Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Educación especial
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Becas Transporte Escolar en Zonas Rurales" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas transporte