Ayuntamiento de Calahorra

Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra

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INSCRIPCIONES

Inicio28/02/2026 Fin30/04/2026
Abierta

Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra se destinan a las familias que necesitan una ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de material escolar y didáctico.

Estas becas están destinadas los alumnos de centros escolares de Calahorra, que cuentan con menores recursos económicos para afrontar los gastos escolares. El material escolar que se podrá subvencionar será material didáctico y cuadernos auxiliares no contemplados en la gratuidad de libros de texto.

Podrán acceder a estas becas los alumnos de centros educativos del municipio que estén cursando Educación Infantil, Especial y Primaria. Además deberán cumplir los requisitos indicados en la convocatoria, como estar empadronados en Calahorra y que la renta anual familiar no exceda los umbrales indicados.

Para valorar las solicitudes, se establecerá una preferencia inversa al nivel de renta per cápita media mensual, adjudicándose las Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra, a partir de las rentas más bajas hasta alcanzar el límite presupuestario.

Estas becas serán compatibles con otras destinadas a la misma finalidad, siempre y cuando se tenga en cuenta que la cuantía total a percibir no sea superior al coste del gasto realizado.

Si deseas consultar toda la información sobre las Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra, en nuestra web podrás encontrarla.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • Educación especial
País de origen
  • España
Región de origen
  • La Rioja
Provincia de origen
  • La Rioja
Localidad
Calahorra
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán solicitar las Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra los padres/madres o tutores legales de los alumnos que durante el curso escolar 2026-2027 vayan a estar escolarizados en alguno de los niveles educativos indicados y que reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar empadronada en Calahorra toda la Unidad Familiar con un mínimo de 6 meses antes del inicio de plazo de presentación de solicitudes establecido en esta convocatoria.
  • No incurrir en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiarios de subvención previsto en el artículo 13 de la LGS. Este extremo se acreditará mediante declaración responsable del solicitante.
  • Estar escolarizado el alumno en centros educativos de Calahorra, en el curso para el que se solicita la ayuda, en cualquiera de los niveles educativos objeto de la misma (Educación infantil, Especial o Primaria).
  • Aportar, junto con la solicitud, la documentación que se exige en la presente convocatoria.
  • No ser deudor de la Hacienda Municipal, Agencia Tributaria o Seguridad Social a fecha de la solicitud.
  • Que la renta anual de la Unidad Familiar no exceda de los siguientes umbrales máximos:
    • Familias de 2 miembros: 21.000 euros.
    • Familias de 3 miembros: 29.000 euros.
    • Familias de 4 miembros:3 7.000 euros.
    • Familias de 5 miembros: 45.000 euros.
    • Familias de 6 miembros: 53.000 euros.
    • A partir del 6º miembro, se añadirán 2.000 euros por cada nuevo miembro.

Estos umbrales se verán incrementados en 1.000, - € en el caso de familias monoparentales o de discapacidad igual o superior al 33% de algún miembro de la Unidad Familiar (pueden ser acumulativos).

Dotación

La dotación de las Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra será variable según el nivel de estudios cursado:

  • Educación infantil de 0-3 años: 30 €.
  • Educación infantil de 3 - 6 años y Educación Especial: 150 €.
  • Educación Primaria (1º y 2º de Primaria): 120 €.
  • Educación Primaria (3 a 6º de Primaria): 80 €.

Estas cuantías podrán ser minoradas, en el porcentaje correspondiente, en caso de que el número de solicitantes con ayuda concedida suponga superar el límite del crédito disponible (artículo 11). La minoración se realizará aplicando un coeficiente proporcional único a todas las ayuda concedidas.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra , junto con la documentación indicada en el artículo 7 de estas Bases, se podrán presentar presencialmente en el Registro General de Excmo. Ayuntamiento de Calahorra (Oficinas de la OAC), de lunes a viernes en horario de 8 a 14,30 horas, o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
  • El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Rioja hasta el 30 de abril de 2026.

Más información

Beneficiarios

  • Tendrán la condición de beneficiarios los padres, madres o tutores legales de los alumnos escolarizados en los centros educativos de Calahorra de los niveles de Educación Infantil, Especial y Primaria que reúnan los requisitos establecidos en las bases de la presente convocatoria.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la LGS.

Criterios de valoración para el otorgamiento de las ayudas

  • Entre los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria se establecerá un orden de preferencia inverso al nivel de renta per cápita media, adjudicándose las ayudas a partir de las rentas más bajas hasta alcanzar el límite de la consignación presupuestaria.
  • En el caso de que la consignación presupuestaria sea insuficiente para atender todas las peticiones que cumplen los requisitos se aplicarán los siguientes criterios:
    • No se concederán más de 3 ayudas por solicitante.
    • Se minorará el importe de la cuantía de la ayuda señalada en el artículo 4, estableciendo el porcentaje relativo entre el número de solicitantes con ayuda concedida y el crédito disponible.
  • La renta per cápita de la Unidad Familiar se obtendrá del resultado de dividir la renta familiar entre el número de miembros de la Unidad Familiar.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/889217

Documentación a adjuntar

Documentación obligatoria para todos los solicitantes:

  • Solicitud ajustada a modelo oficial que se facilitará en la OAC, en los Centros Educativos y que podrá descargarse en la sede electrónica del Ayuntamiento.Fotocopias de DNI o N.I.E. del solicitante.
  • Original y fotocopia de todas las páginas del Libro de Familia, con todos sus componentes.
  • Documentación relativa a la situación económica de 2024 (la que proceda):
    • Original y fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2024.
    • Certificado de la empresa de los ingresos percibidos en 2024 (en el caso de no estar obligado a presentar Declaración de la Renta).
    • Certificado del INEM en el que consten los periodos de paro y las prestaciones recibidas durante el año 2024 (en el caso de que no se haya trabajado durante todo el año 2024 o estos datos no consten en la Declaración de la Renta).
    • Declaración del solicitante de la situación económica de renta de su Unidad Familiar en 2024 en el caso de que las Administración Tributaria o el INEM no dispongan de datos.

Consideraciones específicas:


  • En el caso de separación o divorcio a 31 de diciembre de 2025:
    • No se considerará miembro computable aquel que no conviva con el solicitante de la ayuda. No obstante, sí se considerará miembro computable el nuevo cónyuge, cuyas rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. En estos casos, el beneficiario de la ayuda será aquel de ellos que conviva con el menor.
    • La separación o divorcio se acreditará de la siguiente manera:
      • Separación de hecho: mediante documento notarial que avale dicha situación.
      • Separación legal o divorcio: mediante sentencia judicial o convenio regulador donde conste la custodia del menor. Si este proceso estuviera en trámite, certificado acreditativo de la demanda de separación sellada por el juzgado.
  • Si el solicitante es tutor legal, deberá acreditarlo documentalmente.
  • En el caso de discapacidad, Certificado Oficial acreditativo.
  • El empadronamiento de la unidad familiar será comprobado de oficio por el Ayuntamiento.
  • Solamente se tendrán en cuenta las circunstancias que concurran el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • En caso de familia monoparental, se presentará copia de documento acreditativo.

Personas con discapacidad

Documentación a aportar además de la indicada en el correspondiente apartado:

  • En el caso de discapacidad, Certificado Oficial acreditativo.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra

Las Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra se destinan a las familias que necesitan una ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de material escolar y didáctico.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra" es: desde 28/02/2026 hasta 30/04/2026.

La Beca "Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • Educación especial

La Beca "Becas Material - Ayuntamiento de Calahorra" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de material escolar