Becas Servicio Matinal - Ayto Quart de Poblet
INSCRIPCIONES
Becas Servicio Matinal - Ayto Quart de Poblet: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento Quart de Poblet convoca becas y ayudas con la finalidad de dar un apoyo a los estudiantes del municipio en los diferentes niveles educativos, de manera que éstos puedan tener un normal desarrollo y continuación de los estudios.
En este caso, el Ayuntamiento de Quart de Poblet convoca las Becas Servicio Matinal - Ayto Quart de Poblet, con las cuales prentende dar facilidades a aquellas familias que tengan menores cursando Primaria o Segundo Ciclo de Educación Infantil. Podrán acceder a las mismas las familias con una renta per cápita que no esté por encima de los 8.400 euros y que además ambos progenitores tengan horarios laborales que sean incompatibles con el horario escolar.
Las Becas Servicio Matinal - Ayto Quart de Poblet sufragará el coste del servicio de matinal, mediante el cual se facilita a los padres de los menores que puedan dejarlos en el centro escolar bajo la supervisión de un tutor, para llegar a tiempo a su trabajo.
Aquí te ofrecemos toda la información que necesitas para solicitar las Becas Servicio Matinal - Ayto Quart de Poblet. Consulta en nuestra web requisitos, plazos, documentación y mucho más. Además en nuestra web también podrás consultar otras becas ofrecidas por este ayuntamiento.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Localidad
- Quart de Poblet
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán acceder a estas ayudas las familias que reúnan los siguientes requisitos:
- No disponer de una renta per cápita superior a 8.400 euros.
- Estar el alumno/a matriculado/a durante el curso 2023/24, en alguno de los centros públicos o concertados del municipio: La Constitución, Molí d'Animeta, San Onofre, María Moliner, Sagrado Corazón, Purísima Concepción (Betania), San Enrique.
- Que tanto el padre como la madre tengan horarios laborales incompatibles con los del horario escolar.
Dotación
La beca consiste en la gratuidad del servicio desde el momento en que se solicita y es resuelta positivamente.
Presentación
Estas Ayudas se podrán solicitar a lo largo de todo el curso académico 2023/24, siempre que se reúnan las condiciones establecidas en estas Bases. Ajustándose al modelo normalizado aprobado por el Ayuntamiento de Quart de Poblet.
Para solicitar la Ayuda desde el inicio del curso, las fechas de presentación de solicitudes será del 11 al 20 de Septiembre, todas las solicitudes presentadas posterior a esa fecha se consideraran extemporáneas para el mes de septiembre , pudiéndose tramitar posteriormente para su gratuidad a partir de octubre y para todo el curso escolar.
Las solicitudes se podrán presentar, junto con la documentación requerida, una vez aprobada y publicada la convocatoria en la pagina web del Ayuntamiento.Se realizará a través del Registro de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quart de Poblet.
https://quartdepoblet.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=16990
Además se podrá presentar junto con la documentación requerida a través del Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Quart de Poblet. Así como, de cualquiera de las maneras admitidas por el Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones públicas.
Más información
Incompatibilidad
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra que tenga la misma finalidad, concedida por otra administración pública o persona jurídica privada.
Denegación
Las ayudas se denegaran por alguna de estas causas:
- Que el padre y la madre tengan horarios laborales que puedan ser compatibles con el horario escolar de su hijo/a. En el caso de familias monoparentales el padre o la madre que tienen lacustodia del niño/niña.
- No estar matriculados en uno de los colegios de Quart de Poblet.
- Por superar el umbral económico establecido en las Bases.
- Por presentar dos solicitudes a nombre de la misma persona.
- Por incurrir en las causas generales de denegación de ayudas o subvenciones públicas.
- Por no presentar la documentación requerida con el fin completar el expediente de solicitud, siendo requerida por el Ayuntamiento, por la vía que se estime oportuna.
Valoración
En el caso de minusvalía del menor usuario del servicio, del padre, de la madre, o del hermano del mismo, la renta se calculará dividiendo los ingresos anuales de toda la unidad familiar entre el número de miembros más uno, así como en los casos de Acogimiento Familiar o en Residencia.
De igual modo que en el apartado anterior, en el caso de familias monoparentales con hijos/as a su cargo de uno de los progenitores, la renta se calculará dividiendo los ingresos anuales de toda la unidad familiar entre el número de miembros más uno.
Publicación de las listas del alumnado beneficiario
Atendiendo a la resolución emitida por la Junta de Gobierno Local, el Área de Educación confeccionará un listado para cada centro escolar de Quart de Poblet con el alumnado beneficiario, que serán publicados en los tablones de anuncios de cada centro yen el Área de Educación de inicio de curso.Para las ayudas concedidas en el transcurso del curso, se comunicará directamente al o la solicitante.Contra la resolución se podrán interponer los recursos pertinentes a partir de la fecha de publicación de las listas definitivas.
Enlaces de interés
https://quartdepoblet.sedipualba.es/carpetaciudadana/documentoinformativo.aspx?id=5481&abrir=True&idioma=es
Documentación a adjuntar
- Documentación a adjuntar a la solicitud
- CERTIFICADO de la empresa en la que trabajan el padre y la madre, reflejando los horarios laborales. (No sirve contrato de trabajo).
- Fotocopia del Libro o libros de Familia COMPLETO.
- Fotocopia del DNI padre y madre o tutores legales.
- Declaración de la Renta del ejercicio 2022, en su caso, Certificado Negativo de Renta, y en el supuesto de no obtener ninguno de los anteriores Declaración Responsable de Renta Familiar.
- Documentación acreditativa de las circusntancias familiares especiales:
- La situación de unidad familiar monoparental, se acreditará con Certificado del Registro Civil o sentencia judicial firme de separación matrimonial o resolución judicial de medidas provisionales.
- Acogida del menor: resolución administrativa o judicial.
- La discapacidad física, psíquica o sensorial del solicitante, hermano, padre o madre: calificación oficial de discapacitado de la Consellería de Bienestar Social, a través de los Centros de Diagnóstico de Minusvalías actualizado.
- Requerimiento de la documentación:
- La administración municipal contrastará la veracidad de los datos y documentos presentados por la persona solicitante, y podrá ser requerida para que proceda a subsanar los errores existentes en la solicitud o la falta de documentación solicitada.