Ayuntamiento de Torrelavega

Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega

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INSCRIPCIONES

06/11/202313/12/2023
Finalizada

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Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Torrelavega es el organismo encargado de las Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega, que están orientadas a facilitar el transporte a los alumnos empadronados en este municipio, que cursan estudios de Grado, Máster, Doctrado, Educación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior, en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De este modo, el Ayuntamiento de Torrelavega concederá ayudas económicas que cubrirán como máximo el 50% del coste del servicio abonado por el alumno.

Para poder presentar la solicitud a una de las Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega, se exigen una serie de requisitos como el estar empadronados en el municipio de Torrelavega, cursar alguno de los niveles de estudios indicados y estar al corriente de los pago con el Ayuntamiento del municipio, así como la Seguridad Social, y la Hacienda Autónomica o Estatal.

Además, los candidatos a ser beneficiarios de estas becas, deberán presentar la correspondiente solicitud acompañada de la documentación indicada.

Con todo ello, el Ayuntamiento de Torrelavega pretende favorecer y facilitar el desarrollo de estudios de niveles superiores a los vecinos del municipio, haciéndoles mas accesible la movilidad hasta el correspondiente centro docente.

Conoce en nuestro portal web todos los detalles relacionados con las Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega y solicita ahora una de ellas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Cantabria
Provincia de origen
  • Cantabria
Localidad
Torrelavega
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria, las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar empadronado en el término municipal de Torrelavega al menos con tres meses de antigüedad.
  • Cursar durante el curso escolar 2023-2024 estudios superiores, bien sean universitarios (grado, máster o doctorado) o de formación profesional (básica, ciclos formativos de grado medio y de grado superior).
  • Estar al corriente de pago de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Torrelavega o sus entes dependientes, la Seguridad Social y la Hacienda Estatal o Autonómica.

Dotación

La subvención máxima a conceder de forma individual no podrá exceder del 50% del coste del servicio abonado por el alumno, pudiendo el Ayuntamiento prorratear el crédito total existente entre todas las solicitudes a los efectos de fijación del importe a percibir por cada solicitante.

Presentación

Las solicitudes irán dirigidas a la Concejalía delegada de Dinamización Poblacional ‒ Unidad Administrativa de Estadística y Asuntos Generales, y se presentarán en el registro electrónico municipal (sede.torrelavega.es); en el registro general del Ayuntamiento (calle Marqués de Santillana, 14, bajo), de lunes a viernes, en horario de 9,00 a 14,00 horas; o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Más información

Objeto de las ayudas

  1. Ayudas económicas destinadas a sufragar parcialmente los gastos de desplazamiento desde el municipio de Torrelavega a Centros Docentes de estudios superiores situados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  2. El desplazamiento deberá efectuarse mediante transporte público colectivo.

Instrucción y propuesta de resolución

  1. Recibidas las solicitudes, el órgano instructor requerirá a los peticionarios para que,en su caso, subsanen los defectos apreciados o presenten nueva documentación en el plazo de diez (10) días hábiles, advirtiéndoles que si no lo hacen se les tendrá por desistidos y se archivarán las actuaciones previa resolución municipal y sin más trámite, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El requerimiento se efectuará mediante anuncio que se publicará, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, sin perjuicio de que se pueda comunicar a los interesados esta circunstancia en la dirección de correo electrónico que hubieran facilitado en la instancia. Dado el régimen de libre concurrencia de esta convocatoria, el plazo de subsanación no podrá ser objeto de ampliación.
  2. La presentación de la solicitud no otorga derecho a los interesados para ser beneficiarios de la subvención, ni obliga al Ayuntamiento al reparto del total de la consignación presupuestaria prevista.
  3. Finalizado el plazo de presentación de instancias o, en su caso, el de subsanación de deficiencias, el órgano instructor realizará una evaluación previa de las solicitudes y verificará que, según la información disponible, los solicitantes cumplen todos los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiarios. Así mismo, llevará a cabo cuantas actuaciones es-time necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución; incorporando al expediente la propuesta de gasto informada por la Intervención y el documento contable de retención de crédito.
  4. La propuesta provisional de resolución que formule la Concejalía instructora, se publicará en la página web://www.aytotorrelavega.es"www.torrelavega.es y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que durante el plazo de diez (10) días los interesados puedan presentar cuantas alegaciones consideren oportunas y, en su caso, reformulen su solicitud. La propuesta se podrá remitir a los interesados a la dirección de correo electrónico que hubieran facilitado en la instancia.
  5. Finalizado el plazo anterior, el expediente se someterá a informe de la Comisión Informativa Municipal de Desarrollo Local y Empleo, Dinamización Poblacional, Estrategia y Tics y Comunicación con la Ciudadanía y a resolución posterior de la Junta de Gobierno Local.
Plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento

  1. El plazo máximo para la resolución y notificación de los actos que ponen fin a este procedimiento será de seis (6) meses, contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria.
  2. Transcurrido el plazo señalado sin que la Administración municipal haya resuelto y notificado el acto, se entenderá desestimada la solicitud de subvención a los efectos de la presentación por los interesados de los recursos y reclamaciones que estimen oportunas. Ello sin perjuicio de la obligación municipal de resolver de forma expresa la solicitud de ayuda o la convocatoria efectuada.
  3. El acuerdo de resolución deberá contener el importe de la subvención concedida, el proyecto u actividad para al que se destine la subvención, y una cláusula de revocación por posible incumplimiento de las condiciones. Cuando se deniegue la subvención el acuerdo con-tendrá las razones que lo motiven.
  4. Los anuncios y notificaciones de cualquier tipo referentes a esta convocatoria, con excepción del referido a la convocatoria y las bases, se efectuarán exclusivamente mediante su publicación en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, al amparo delo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. No obstante, si la cuantía de cualquiera de las subvenciones otorgadas supera los (3.000,00) euros, se publicará un ex-tracto de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.
Resolución de la convocatoria y recursos contra la misma

  • La resolución que ponga fin a la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer contra la misma recurso de reposición, con carácter potestativo, con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los juzgados delo Contencioso-Administrativo de Santander.
  • Todo ello sin perjuicio de poder interponer cuantos otros recursos estimen por convenientes.
Enlaces de interés

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=395511

Documentación a adjuntar

  • Anexo I.- Solicitud debidamente rellenada y firmada, acompañada de documento de identificación.
  • Resguardo de la matrícula sellada por el banco.
  • Expediente académico curso anterior.
  • Anexo II.- Declaración responsable de no encontrase incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, de las previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, para la obtención de presente ayuda.
  • Anexo III.- Modelo de autorización debidamente firmada para que el Ayuntamiento de Torrelavega pueda recabar datos de otras Administraciones públicas a efectos de tramitar las ayudas.
  • Anexo IV.- Ficha de Terceros, según modelo del Ayuntamiento de Torrelavega.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Ayuntamiento de Torrelavega es el organismo encargado de las Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega, que están orientadas a facilitar el transporte a los alumnos empadronados en este municipio, que cursan estudios de Grado, Máster, Doctrado, Educación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior, en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega" es: desde 06/11/2023 hasta 13/12/2023.

La Beca "Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Transporte Ayuntamiento de Torrelavega" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes