Ayuntamiento de La Rinconada

Becas Material Educación Infantil La Rinconada

Becas de estudiosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio05/03/2026 Fin02/04/2026
Abierta

Becas Material Educación Infantil La Rinconada: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de La Rinconada, con el objetivo de asegurar que su alumnado asista a clases con la totalidad de los libros y material escolar necesario, establece la convocatoria de las Becas Material Educación Infantil La Rinconada.

Pueden presentar la solicitud para estas ayudas, aquellas personas que tengan nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, y que cuenten con residencia legal en el municipio de La Rinconada, y cuyos hijos o hijas se encuentren cursando Segundo Ciclo de Educación Infantil.

Mediante las Becas Material Educación Infantil La Rinconada, se concederá a cada uno de los beneficiarios un cheque-libro que podrá ser utilizado en los establecimientos comerciales de este municipio para obtener libros y material escolar.

Además de los requisitos establecidos, también se tendrá en cuenta el nivel de ingresos de las familias solicitantes, con el propósito de dotar con las citadas becas a aquellas que más lo necesitan por disponer de un menor nivel de ingresos.

Con todo ello, el Ayuntamiento de La Rinconada pretende impulsar y fomentar la igualdad de oportunidades entre los vecinos del municipio, asegurándose además de dotar con las ayudas concedidas a las familias más vulnerables.

Para conocer todos los detalles relacionados con las Becas Material Educación Infantil La Rinconada, tan sólo tienes que consultar la información que te facilitamos aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
País de origen
  • España
Región de origen
  • Andalucía
Provincia de origen
  • Sevilla
Localidad
La Rinconada
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Los solicitantes de las Becas Material Educación Infantil La Rinconada previstas en las presentes bases deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • a. Ser ciudadano/a español o de alguno de los países miembros de la Unión Europea o ciudadano/a extracomunitario/a, en este último caso provisto de permiso de estudios y residencia en vigor.
  • b. Tener fijada su residencia habitual, de manera permanente e ininterrumpida, en el municipio de La Rinconada. Se comprobarán los datos padronales que certifiquen dicha realidad. La antigüedad de residencia en el municipio deberá ser de al menos 1 año de forma continuada hasta la fecha de apertura del período de escolarización.
  • c. Encontrarse matriculado en segundo ciclo de infantil, en alguno de los centros docentes de La Rinconada sostenidos con fondos públicos que imparten el 2º Ciclo de Educación Infantil en el año académico 2026-2027.
  • d. Que la unidad padronal a la que pertenezcan tenga una renta per-cápita no superior a 8.400,00 €, cantidad correspondiente al 100 % del IPREM de 2026 y que en el Curso 2026-2027 vayan a realizar los estudios que se indican en el artículo 1 de esta convocatoria y que no sean beneficiarios de la gratuidad de los libros que establezca la Junta de Andalucía.

Se considerarán unidades padronales todos aquellos miembros que a la fecha de la solicitud estén presentes en la hoja padronal donde esté empadronado el alumno o alumna de referencia. Al autorizar a la petición de datos fiscales de los miembros se realizará consulta de todos y cada uno de los miembros presentes en esa hoja padronal. Para tener en cuenta los datos fiscales se tendrán en cuenta también los importes correspondientes a las rentas patrimoniales y mobiliarias y por tanto se capitalizarán a un interés del 15%. Posteriormente el importe total de todas las rentas que aparezcan en los datos fiscales se dividirá entre todos los miembros que figuren en dicha hoja padronal, obteniéndose así el importe de renta per cápita de dichas unidades padronales.

No se incluirá en las citadas unidades padronales aquellos miembros de esta que a consecuencia de una resolución judicial de separación o divorcio, no tengan que estar empadronados en el domicilio y aquellos sobre los que se haya iniciado expediente de baja por inclusión indebida en el domicilio de la unidad padronal, a consecuencia de una resolución judicial u otras causas debidamente acreditadas. Para tener en cuenta dichas excepciones, deberá incluirse en la solicitud documentación acreditativa de tales circunstancias.

Los posibles beneficiarios quedarán exonerados del cumplimiento de la obligación de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, a la que hace referencia el artículo 13.2 de LGS y los artículos 18 y 19 del RGLS.

Los alumnos/as beneficiarios de la gratuidad de libros por parte de la Junta de Andalucía (Educación primaria y ESO) quedarán excluidos del ámbito de aplicación de esta convocatoria.

Dotación

El importe de las Becas Material Educación Infantil La Rinconada objeto de subvención será de 70 euros por curso y beneficiario/a.

Presentación

Las solicitudes para las Becas Material Educación Infantil La Rinconada, según modelo que se adjunta a las presentes bases y la documentación requerida serán entregados en el registro del Ayuntamiento o en el registro de la Sede Electrónica.

Los padres, madres o tutores legales formalizarán las solicitudes según el modelo que se acompaña a esta convocatoria, dentro del plazo que en la misma se establece y acompañando la documentación que en ella se requiere.

Más información

Objeto

Constituye el objeto de las presentes bases el regular un régimen de ayudas para la adquisición de material curricular básico entendido éste como libros de texto o material de elaboración propia de carácter obligatorio así como material necesario para el normal desarrollo del curso, apoyando de esta manera a las familias con dificultades económicas y posibilitando así que todo el alumnado asista a los centros con el material necesario para el aprendizaje de las materias correspondiente a cada curso.

Criterios objetivos para la concesión de la ayuda

Las solicitudes presentadas por los interesados/as se resolverán en régimen de concurrencia competitiva atendiendo a los recursos económicos de la unidad padronal. La concesión se practicará previa baremación de las solicitudes presentadas por las personas solicitantes a fin de establecer una relación entre las mismas de acuerdo con los recursos económicos de la Unidad Padronal, que incluirá a todos los miembros registrados en el domicilio que se reflejen en el Padrón y se aplicará - con el límite fijado para esta convocatoria y dentro del crédito disponible - a aquellas solicitudes que obtengan mayor puntuación de acuerdo con la aplicación de los citados criterios. Se tendrá en cuenta, entre otros ingresos, además de las rentas de trabajo, el rendimiento de inmuebles arrendados, las rentas imputadas por viviendas no habituales, los ingresos por actividades económicas por estimación directa, los ingresos por actividades económicas por estimación objetiva, actividades agrícolas y ganaderas, pensiones no contributivas y cualquier ingreso que figure en los certificados emitidos por la AEAT, por último se tendrán en cuenta los importes reflejados del capital inmobiliario acreditado fiscalmente, el producto de la capitalización de los intereses generados por depósitos, acciones, bonos y otros productos financieros, declarados en la última declaración del I.R.P.F. Para tener en cuenta estos últimos se procederá al cálculo estimativo de dichos importes entendiéndose dicho importe como el rendimiento de un 15 % sobre el capital. Se podrá tener en cuenta en la baremación la existencia o no de otro tipo de ayudas de modo que en caso de empate, tendrá preferencia aquel solicitante que no haya obtenido ningún tipo de ayuda de otra Administración.

Cálculo para el resultado de baremación

La baremación vendrá indicada por el resultado de la renta per cápita. La renta per cápita de la unidad familiar a efectos de beca se obtendrá por agregación de las rentas de los miembros de la unidad familiar del ejercicio anterior al curso escolar de la convocatoria de cada uno de los miembros computables de la familia que hayan obtenido ingresos de cualquier naturaleza, dividida entre el total de los miembros de la unidad familiar. Los datos a tener en cuenta serán los facilitados por la AEAT en relación a la última campaña de IRFP disponible en la fecha de baremación. Para ello, los solicitantes autorizarán expresamente a la firma de la solicitud de subvención el acceso a los datos fiscales al Ayuntamiento de la Rinconada de todos los miembros de la unidad padronal.

Se considera unidad familiar a efectos de cálculo de la renta, todos los miembros residentes en el domicilio, lo cual será comprobado con los datos obrantes en el padrón municipal.

Una vez calculada la renta per cápita, se confeccionará un listado de posibles beneficiarios.

Instrucción del procedimiento

Será competente para la instrucción del procedimiento el Sr. delegado de Educación Infantil y Primaria.

Para la valoración de las solicitudes se constituirá una Comisión Técnica la cual estará formada por dos técnicos municipales, perteneciendo uno de ellos al área de Bienestar Social.

Existirá una fase de preevaluación en virtud de los dispuesto en el artículo 24.3 de la LGS, en la que el órgano instructor verificará el cumplimiento de todos los requisitos necesarios para adquirir la condición de persona o entidad beneficiaria establecidos en la convocatoria en atención a la naturaleza de la ayuda convocada.

Tramitación

  • a. La evaluación previa comprenderá el análisis y valoración de las solicitudes de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en el punto 6. En este trámite, el órgano competente para realizar la evaluación previa podrá realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se efectuará la evaluación previa.
  • b. El informe de evaluación incluirá la relación de solicitudes que hayan conseguido un orden preferente tras aplicar a cada una de ellas los criterios objetivos. La suma de los importes propuestos para su concesión en el informe de evaluación no podrá ser superior al crédito presupuestario previsto en la convocatoria.
  • c. El órgano instructor formulará propuesta provisional de resolución, en base al informe presentado por la Comisión de Valoración.
  • d. La propuesta provisional de resolución contendrá:
    • a. La relación de personas que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación y cuantía de la subvención otorgable.
    • b. La relación de personas que no han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación. Tendrán la consideración de beneficiarias suplentes.

Dicha propuesta se publicará en la página web municipal, https://larinconada.sedelectronica.es/board/975b37c8-f59b-11de-b600-00237da12c6a/ (pestaña de ayudas y subvenciones), así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Rinconada, otorgando un plazo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación, para presentar alegaciones, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación.

Audiencia, aportación de documentación y aceptación

El órgano instructor, tras haberse dictado la propuesta provisional de resolución, concederá un plazo de diez días para que, los beneficiarios provisionales y suplentes puedan alegar lo que estimen pertinente, en los términos que prevé el artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.

La falta de presentación en plazo de los documentos exigidos por la propuesta provisional implicará:

  • a. Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para la obtención de la condición de persona beneficiaria, su desistimiento de la solicitud.
  • b. Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a considerar para aplicar los criterios de valoración, la no consideración de tales criterios.

Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades en que se pueda incurrir.

Resolución

La resolución del procedimiento será adoptada por el órgano competente y contendrá la relación de solicitantes a los que se concede la beca, así como, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes.

El expediente de concesión de subvenciones contendrá el informe del órgano instructor en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que el beneficiario cumple todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.

El plazo máximo para resolver cada solicitud será de tres meses a partir de la fecha en que acabe la convocatoria.

Transcurrido el citado plazo sin que hubiera recaído resolución expresa el interesado podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

La resolución que ponga fin al expediente agotará la vía administrativa, de manera que el interesado podrá interponer contra dicha resolución, potestativamente y a su elección, recurso de reposición ante el mismo órgano administrativo que dictó la resolución en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados o Tribunales de lo Contencioso-Administrativo, en este caso en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación.

Notificación y publicación

Los actos que deban ser notificados en particular los de requerimiento de subsanación, trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento, se publicarán en la página web indicada en el apartado 8.4.b de las presentes bases, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Rinconada. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.

Cuando el contenido de las publicaciones contengan datos que puedan ser contrarias al respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal o familiar de las personas físicas en virtud de lo establecido en el Reglamento UE General de Protección de Datos y a la Ley 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se limitará a contener una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde las personas interesadas podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.

Al practicar las publicaciones previstas en el apartado anterior, se realizará un aviso de carácter únicamente informativo a las personas incluidas en la correspondiente publicación. Este aviso se enviará a la dirección de correo electrónico y/o teléfono especificado en la solicitud.

Forma de abono

Los y las estudiantes adjudicatarias de las ayudas recibirán un cheque-libro nominativo sin valor económico para la compra de material de estudio (manuales y material escolar) que se podrá utilizar en los establecimientos comerciales del Municipio adheridos a un convenio o acuerdo de colaboración con el Ayuntamiento que se firmará al efecto.

La concejalía suministrará los cheques-libros correspondientes a la Tesorería Municipal donde los representantes legales que hayan realizado la solicitud podrán recogerlos en los horarios disponibles previa acreditación de su identidad.

El valor del cheque-libro se establece en un valor de 70,00 €. En todo caso, nunca existirá transacción económica con dichos cheque-libros, de modo que las diferencias existentes entre el valor del cheque-libro y el precio final del material será abonado por los y las adjudicatarias en los correspondientes establecimientos. En el caso de que el importe del material adquirido sea superior al importe de dicho cheque-libro y en el caso de que el valor sea inferior, los comercios adheridos emitirán unos vales para su posterior compensación y que servirán para la adquisición de material escolar en dichos comercios.

Después de la correspondiente compra de material, los cheque-libros quedarán en poder de los comercios adheridos de forma que se abonarán los importes resultantes a estos.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Material Educación Infantil La Rinconada

El Ayuntamiento de La Rinconada, con el objetivo de asegurar que su alumnado asista a clases con la totalidad de los libros y material escolar necesario, establece la convocatoria de las Becas Material Educación Infantil La Rinconada.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material Educación Infantil La Rinconada" es: desde 05/03/2026 hasta 02/04/2026.

La Beca "Becas Material Educación Infantil La Rinconada" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Segundo ciclo de educación infantil

La Beca "Becas Material Educación Infantil La Rinconada" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de material escolar