Ayuntamiento de Abegondo

Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo

Becas de estudiosBecas transporteNo universitariosUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

Inicio11/11/2025 Fin01/12/2025
Abierta

Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo están diseñadas para apoyar a los estudiantes que necesiten ayuda económica para sus estudios. Estas ayudas se conceden con el fin de cubrir los gastos de transporte hacia los centros educativos oficiales.

Los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos, como estar empadronados en Abegondo con una antigüedad mínima de seis meses. También es necesario presentar documentación relevante, como la matrícula del curso, el certificado del grado de discapacidad (si aplica) y las cualificaciones académicas obtenidas.

La ayuda se pagará mediante transferencia bancaria una vez se haya presentado la documentación justificativa. Además, las Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo son compatibles con otras ayudas públicas o privadas que puedan recibir los beneficiarios.

El plazo de resolución es de nueve meses, y la cantidad otorgada no podrá superar el coste total de los gastos educativos del estudiante.

Las Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo representan una excelente forma de recibir apoyo económico para el curso académico. Consulta en nuestra web toda la información para solicitarlas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Estudios de Educación Secundaria para Personas Adultas
Rama
  • Todas las ramas
País de origen
  • España
Región de origen
  • Galicia
Provincia de origen
  • La Coruña
Localidad
Abegondo
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios, requisitos y manera de acreditación de las Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo:

Para optar al beneficio de becario/a deberán reunirse los siguientes requisitos:

  • Estar empadronado lo solicitante en el Ayuntamiento de Abegondo con una antigüedad mínima de seis meses. Esta circunstancia, que deberá cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes, será comprobada de oficio por los servicios municipales.
  • En el caso de alumnos menores de edad la solicitud la formulará el padre, la madre o el tutor del alumno teniendo tanto el alumno como lo solicitante que estar empadronados en el Ayuntamiento con una antigüedad mínima de seis meses, excepto en caso de padres separados, en este caso solo deberá estar empadronado el padre o la madre que posea la custodia. Esta circunstancia, que deberá cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes, será comprobada de oficio por los servicios municipales.
  • Podrán acogerse los/las estudiantes que cursen cualquier de los siguientes estudios dentro o había sido de la Comunidad Autónoma Gallega en el curso académico 2025/2026:
    • Bachillerato.
    • Formación Profesional.
    • Enseñanzas de régimen especial.
    • Educación universitaria.
    • Educación Secundaria Adultos (ESA)
    • Enseñanza Básica Obligatoria/Formación para la transición a la vida adulta (Centros de Educación Especial)
    • Otros estudios oficiales homologados.
  • Tener un 5 de nota media o el equivalente en créditos en el curso académico 2024/2025. Asimismo, tienen que tener superadas la mitad de las disciplinas curriculares en las que habían estado matriculados. Sí en el año anterior no estuvo realizando estudios, se tienen en cuenta los datos académicos del último curso realizado. Aquellas personas que en el curso académico 2024/2025, participaran en un Erasmus, será aceptado, siempre y cuando presenten un certificado conforme finalizaron dicho programa. Las personas que se matriculen en formación profesional básica no se les exigirá nota media en el curso anterior para obtener la bolsa de estudio.
  • No abandonar los estudios.
  • Cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Esta circunstancia se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.
  • No ser deudor de la hacienda municipal.

Dotación

Dotación de las Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo:

Se concederá una única ayuda para todo el curso lectivo, y se establece como criterio de concesión a distancia que existe entre el domicilio en el que se encuentra empadronado el beneficiario y la localidad del centro de enseñanza donde esté matriculado, según el baremo que figura a continuación:

  • DISTANCIA ≤ 8 km: 114 €.
  • DISTANCIA 9-12 km: 158 €.
  • DISTANCIA 13-14 km: 190 €.
  • DISTANCIA ≥ 15 km: 250 €.
  • (revisar kilómetros estimados a los centros educativos en el pdf de la convocatoria).

Un colectivo que requiere una especial protección la estos efectos es el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada bien a algún tipo de discapacidad de la que resulte la necesidad de recibir educación especial, bien la una alta capacidad intelectual que precise actividades complementarias a la formación reglada.

En cuanto a la nota media del curso se obtendrá calculando la media aritmética de las cualificaciones numéricas que consten en el expediente. Si las notas vienen expresadas como cualificaciones literales, se considerará la siguiente tabla de equivalencias para obtener la media:

  • Suspenso/Insuficiente/No presentado: 2,5.
  • Aprobado/Apto/Convalidación: 5.
  • Bien: 6.
  • Notable: 7,5.
  • Sobresaliente: 9.
  • Matrícula Honra: 10.

Presentación

Las solicitudes para las Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo se presentarán en modelo normalizado en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del estrato de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la BDNS, en el registro municipal de lunes a viernes de 9.00 la 14.00 horas o lugares previstos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También podrán presentarse en la sede municipal en la página http://sede.abegondo.gal hasta las 23:59:59 horas del último día del plazo.

El estudiantado universitario tendrá el deber de relacionarse con el Ayuntamiento por medios electrónicos según se marca en el artículo 10 de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Abegondo.

Más información

Naturaleza, objeto y créditos presupuestarios

El objeto de las presentes bases es regular la convocatoria pública en concurrencia competitiva, que en el ejercicio de sus competencias y de conformidad con el dispuesto en la Ley 38/2003 general de subvenciones y en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2025, efectúa el Ayuntamiento de Abegondo para la concesión de ayudas económicas, curso 2025/2026, como acción de fomento y contribución a los gastos derivados de la utilización de cualquier tipo de transporte para acceder a los centros de enseñanza con carácter oficial.

Resolución provisional y definitiva y publicación

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la comisión evaluadora realizará una revisión de la documentación. Una vez revisada, se publicará en el tablero de editos y en la sede municipal www.sede.abegondo.gal del Ayuntamiento una lista provisional de admitidos y excluidos y se abrirá un plazo de 10 días para subsanación de documentación. Después de analizar la documentación presentada, se dictará la resolución definitiva de admitidos y excluidos.

Posteriormente, serán valoradas por la comisión evaluadora conforme a los criterios establecidos. Luego se publicará en el tablero de edictos y en la sede municipal www.sede.abegondo.gal del Ayuntamiento una lista provisional de concedidas y denegadas y se abrirá un plazo de 10 días para subsanación de documentación.

Transcurrido este plazo la Comisión emitirá una propuesta definitiva de concedidas y denegadas que será fiscalizada por la Intervención municipal y de sucesivo se procederá a la suya aprobación así como a la suya publicación en el tablero de edictos del Ayuntamiento y en la sede municipal www.sede.abegondo.gal.

La publicación de las resoluciones en este procedimiento sustituirá a las notificaciones personales, teniendo los mismos efectos al contar con el contenido exigido en el artículo 45 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El Ayuntamiento publicará la relación provisional y definitiva de los solicitantes de la bolsa, en los tableros de anuncios y en la sede municipal www.sede.abegondo.gal.

Se establece un plazo de resolución de nueve meses contados a partir del día siguiente al final del plazo de presentación de instancias. De producirse silencio administrativo se entenderá denegada la solicitud.

Justificación

A efectos de justificar la ayuda concedida, el Ayuntamiento comprobará que los/las estudiantes destinaron para la finalidad que fue concedida. Para eslabón, los/las estudiantes que cursen estudios en los que se realicen exámenes o pruebas, deberán acreditar que se presentaron, como mínimo, al 50% de las materias en las que se matricularon a través del boletín de cualificaciones del curso 2025/2026. Esta documentación deberá presentarse una vez finalizados los estudios siendo la fecha límite el 31.07.2026.

En cualquier caso el beneficiario tiene la obligación de facilitar toda la información que le sea requerida por la intervención del Ayuntamiento, Tribunal de Cuentas o Consejo de Cuentas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las subvenciones.

El beneficiario tiene la obligación de reintegro de los fondos en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión de la subvención, y, en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Pago

El pago de las bolsas se efectuará por transferencia bancaria a los solicitantes o representante legal una vez presentada la documentación justificativa y comprobada la misma. No se admiten pagos anticipados.

Los solicitantes deberán presentar el número de cuenta donde quiere que se le ingrese dicha ayuda, acreditando dicha cuenta mediante certificación bancaria allegada con la solicitud.

Compatibilidad

A presente subvención es compatible con otras que para la misma finalidad puedan concederse por entes públicos o privados a los beneficiarios con los requisitos previstos en la base segunda.

El importe de las subvenciones concedidas, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que en concurrencia con las subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o entidades privadas, supere el coste de la actividad o inversión desenvuelto por la entidad beneficiaria.

Documentación a adjuntar

A La solicitud deberá acompañarse los siguientes documentos:

  • Impreso de solicitud debidamente cubierto, en el que se firmará una declaración de que la documentación presentada concuerda con los originales, que tendrá que tener en su poder en el plazo de cuatro años para cualquier comprobación que se le requiera y de que está al corriente de sus obligaciones con Hacienda Pública, con el Ayuntamiento de Abegondo y con la Tesorería de la Seguridad Social. Segundo lo previsto en el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la presentación de la declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda Pública, con el Ayuntamiento de Abegondo y con la Tesorería de la Seguridad Social en caso de que la cuantía a otorgar a cada beneficiario no supere en la convocatoria el importe de 3.000 €.
  • Fotocopia de lo resguardo de la matrícula del curso 2025/2026.
  • Documentación acreditativa de la condición de Educación Especial, de ser el caso, juntando la siguiente documentación:
  • certificado del grado de discapacidad,
  • certificado/informe del departamento de orientación de la entidad educativa.
  • Certificado del núm. de cuenta bancaria a nombre del beneficiario donde realizar el ingreso de la bolsa.
  • Fotocopia de las cualificaciones obtenidas en el curso 2024/2025.

En caso de que la documentación no variara en relación con la presentada en las convocatorias anteriores, con base en los artículos 28 ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no tendrá obligación de aportar:

  • Certificado del núm. de cuenta bancaria a nombre del beneficiario donde realizar el ingreso de la bolsa.

Personas con discapacidad

En el caso de ser beneficiario de bolsa de Educación Especial se adjudicará el máximo importe de la ayuda. En este caso, solo tendrán que traer las cualificaciones del curso 2024/2025 y 2025/2026, aquellos beneficiarios que tengan exámenes o pruebas.

Se consideran beneficiarios de las bolsas de Educación Especial los siguientes:

  • alumnos/las con discapacidad mayor o igual al 33%
  • alumnos/las que presenten necesidad específica de apoyo educativo (alta capacidad intelectual, adaptación curricular, TELA, trastornos graves de conducta, ...)
  • alumnos/las que presenten una enfermedad crónica que le impida asistir temporalmente al colegio.

Las personas que estén cursando estudios en más de un centro solo podrán solicitar ayuda económica para uno de ellos. De no existir crédito suficiente, se reducirá la cuantía de las ayudas en igual proporción a todas las solicitudes que sean beneficiarias.

Será susceptible de valoración extraordinaria cualquier circunstancia que la comisión considere documentalmente acreditada o en su defecto solicitar la documentación que fuera precisa.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo

Las Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo están diseñadas para apoyar a los estudiantes que necesiten ayuda económica para sus estudios. Estas ayudas se conceden con el fin de cubrir los gastos de transporte hacia los centros educativos oficiales.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo" es: desde 11/11/2025 hasta 01/12/2025.

La Beca "Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Estudios de Educación Secundaria para Personas Adultas

La Beca "Becas de Estudio Ayuntamiento de Abegondo" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas transporte