Xunta de Galicia

Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega

Becas de investigaciónBecas de colaboraciónBecas para proyectosUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio10/07/2026 Fin10/08/2026
Abierta

Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega: solicitud y plazos

Descripción

La Xunta de Galicia convoca las Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega que están dirigidas a aquellas personas que cuenten con una titulación universitaria de Licenciatura o Grado, y que deseen colaborar en los proyectos de investigación desarrollados en el Consejo de la Cultura Gallega.

Las personas que opten a una de estas becas deberán reunir una serie de requisitos como poseer nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, y acreditar el conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4.

Además, los candidatos y candidatas deberán disponer de una nota media en su expediente académico igual o superior a 6 puntos.

A través de las Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega, además de tener la oportunidad de participar en las actividades indicadas y adquirir nuevos conocimientos y habilidades, los candidatos seleccionados recibirán una dotación económica mensual que resultará de gran ayuda para afrontar algunos de los gastos personales de las personas participantes.

El desarrollo de las tareas de colaboración se llevará a cabo durante un periodo máximo de 12 meses.

Si deseas conocer más detalles y poder optar a una de las Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega, te aconsejamos que solicites la información que te proporcionamos en este portal.

Datos básicos

Nº de becas
4
Nivel de estudio
  • Grado
  • Licenciatura
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán solicitar las Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega o ser personas beneficiarias de ellas las personas en que no concurra ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y siempre que reúnan, además de los requisitos específicos que para cada beca se señalen en los anexos de esta resolución, los siguientes requisitos generales, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

  • a. Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
  • b. Estar en posesión de la titulación universitaria requerida para el proyecto al que presenten la solicitud. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes y tener finalizados los estudios conducentes a él en el curso académico 2013/14 o posterior.
  • c. Acreditar el conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4, excepto los que acrediten estar en posesión del título de licenciatura o grado en Filología Gallega, Gallego y Portugués, Lengua y Literatura Gallegas y Traducción e Interpretación.
  • d. No resultar persona beneficiaria de una beca de colaboración convocada por el Consejo de la Cultura Gallega en convocatorias anteriores durante un plazo superior a doce (12) meses.
  • e. Poseer una nota media en su expediente académico igual o superior a 6 puntos, calculada de acuerdo con los parámetros publicados por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG núm. 188, de 30 de septiembre).

Las personas solicitantes que hayan cursado sus estudios en universidades no pertenecientes al Sistema universitario de Galicia y posean certificación académica en un idioma distinto del gallego o del castellano deberán adjuntar la correspondiente traducción jurada. La certificación del expediente académico indicará: la fecha de iniciación y finalización de los estudios, los créditos superados y las cualificaciones obtenidas. Deberá ajustarse a los criterios estatales, tanto a los del Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de cualificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (BOE núm. 224, de 18 de septiembre), como a los que deben incluirse en el suplemento europeo al título (SEP); y la nota media del expediente académico se calculará de acuerdo con los parámetros fijados por la dicha Resolución de 15 de septiembre de 2011.

Dotación

La cuantía de las Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega, por todos los conceptos, será de 1.250,00 euros mensuales. Esta cantidad estará sujeta a las retenciones que proceden, de conformidad con lo establecido en el Real decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como al régimen de cotización establecido en el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Presentación

La solicitud de las Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega se tramitará en línea a través del enlace disponible en: https://sede.xunta.gal/es/detalle-procedemento?ano=2026&codtram=PR970B

Más información

Objeto y destinatarios

  • Esta resolución tiene como objeto el establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones que regirán la convocatoria de cuatro becas de colaboración en proyectos de investigación concretos que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega (código de procedimiento PR970B).
  • Esta convocatoria está dirigida a las personas con titulación universitaria (licenciatura y grado) con perfil investigador.
  • Los proyectos concretos se incluyen en los anexos II (Unidad de publicaciones), III (Área de documentación) e IV (Unidad de divulgación de contenidos y difusión) a esta resolución y en él se detallan los requisitos específicos que deben reunir las personas solicitantes, con la finalidad de contribuir a la especialización en su formación académica, profesional e investigadora.
  • Las becas reguladas en esta resolución se concederán en régimen de concurrencia competitiva y bajo los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia.

Duración


  • Las becas darán comienzo con la incorporación de la persona seleccionada, tal y como dispone la base decimocuarta de esta convocatoria. La fecha estimada de comienzo es el 1 de octubre de 2026 y finalizarán, en cualquier caso, el 30 de septiembre de 2027 y tendrán una duración máxima de doce (12) meses.
  • La fecha de incorporación al centro se establecerá en la notificación de la adjudicación de la beca. Las personas que no se incorporen en el plazo establecido perderán los derechos inherentes a la beca concedida, excepto causa justificada de retraso apreciada por la presidencia del Consejo de la Cultura Gallega.
Criterios generales de selección

La comisión examinará las solicitudes presentadas y valorará los méritos acreditados documentalmente.

  • a. Expediente académico, que se valorará de forma proporcional hasta un máximo de 10 puntos. La nota media del expediente académico personal se calculará de acuerdo con el baremo establecido en la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG núm. 188, de 30 de septiembre).
  • b. Formación complementaria y experiencia dentro de los ámbitos de conocimiento a los que van destinadas estas becas: hasta un máximo de 12 puntos.
    • Por la realización de cada máster relacionado con la actividad a la que se opta: 2 puntos.
    • Por la realización de cada DEA relacionada con la actividad a la que se opta: 2 puntos.
    • Por la realización de la memoria de licenciatura: 1 punto.
    • Por segundas titulaciones universitarias: 1 punto.
    • Por la realización de prácticas externas de grado o de másteres relacionados con la actividad: 0,5 puntos.
    • Por la realización de becas de investigación relacionadas con la actividad: 0,20 por mes hasta un máximo de 2 puntos.
    • Asistencia a cursos de duración igual o superior a 100 horas: 0,20 puntos por curso, hasta un máximo de 2,00 puntos.
    • Asistencia a cursos de duración igual o superior a 40 horas: 0,15 puntos por curso, hasta un máximo de 1,50 puntos.
    • Asistencia a cursos de duración inferior a 40 horas: 0,10 puntos por curso, hasta el máximo de 1 punto.
    • No se valorarán los cursos de menos de 10 horas lectivas ni aquellos que no acrediten las horas lectivas.
    • Forma de acreditación: copia de los títulos o certificados de participación en las actividades formativas.
  • c. Presentación de comunicaciones en congresos relacionados con el objeto de la beca: 0,25 puntos por comunicación, hasta un máximo de 2,5 puntos. Forma de acreditación: copia de los títulos o certificados de participación en las actividades formativas.
  • d. Trabajos individuales publicados y participación en publicaciones colectivas relacionadas con el objeto de la beca hasta un máximo de 4 puntos.
    • Publicaciones individuales (más de 100 páginas): 1 punto por publicación.
    • Artículos y colaboraciones de más de 20 páginas: 0,40 por publicación.
    • Artículos inferiores a 20 páginas: 0,20 puntos por publicación.
    • No se valorarán las publicaciones que no consignen el ISBN o ISSN.
    • El mismo mérito se valorará una sola vez, bien como comunicación, bien como publicación. Forma de acreditación: copia de las referidas publicaciones.
    • La comisión no valorará aquellos méritos alegados por las personas solicitantes que no fueran acreditados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
    • En caso de empate se tendrá en cuenta, en primer lugar, el expediente académico y, en segundo lugar, el currículo.
Resolución

  • Una vez transcurrido el trámite de audiencia, el órgano instructor elevará su propuesta de resolución definitiva a la presidencia del Consejo de la Cultura Gallega, quien resolverá y hará constar la relación de becas concedidas, con los suplentes, si los hubiese. En la resolución constará la relación de becas concedidas, con los suplentes, si los hubiese, y los denegados con las causas de denegación, así como los demás aspectos previstos en el artículo 34 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
  • La resolución de concesión de la beca se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Consejo de la Cultura Gallega (https://www.consellodacultura.gal), mediante relación nominal de la persona beneficiaria y suplentes y demás supuestos, por el que se entenderán notificados/as a todos los efectos, sin perjuicio de las notificaciones individuales al amparo de lo recogido en la base novena de esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las interesadas y los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición, ante la presidencia del Consejo de la Cultura Gallega, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que se publique la resolución, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de cinco meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. El vencimiento del plazo máximo sin que sea notificada la resolución legitima a las personas interesadas para considerar desestimadas por silencio administrativo las solicitudes presentadas.
Enlaces de interés

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260710/AnuncioO111-300626-0001_es.html

Documentación a adjuntar

Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

  • a. Certificación académica oficial completa (no extracto de expediente virtual), en que se hará constar la nota media del expediente académico de la titulación, obtenida de acuerdo con lo establecido en la base cuarta e) de esta resolución. Los titulados que accedieron a estudios de 2° ciclo desde una titulación de 1° ciclo deberán enviar, además, la certificación de ese 1° ciclo, igualmente con expresión de la nota media del expediente académico.
  • b. Documentación acreditativa de los requisitos específicos.
  • c. Certificado de Celga 4 o perfeccionamiento de la lengua gallega (copia), excepto los que acrediten estar en posesión del título de licenciatura o grado en Filología Gallega, Gallego y Portugués, Lengua y Literatura Gallegas y Traducción e Interpretación.
  • d. Relación de méritos puntuables de la persona solicitante de la beca, cubriendo el anexo del apartado correspondiente del anexo V de las bases reguladoras, junto con la documentación acreditativa de los requisitos específicos y méritos alegados.

La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega

La Xunta de Galicia convoca las Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega que están dirigidas a aquellas personas que cuenten con una titulación universitaria de Licenciatura o Grado, y que deseen colaborar en los proyectos de investigación desarrollados en el Consejo de la Cultura Gallega.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega" es: desde 10/07/2026 hasta 10/08/2026.

La Beca "Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Licenciatura

La Beca "Becas Colaboración Proyectos Investigación Consejo Cultura Gallega" es un tipo de beca: 

  • Becas de investigación
  • Becas de colaboración
  • Becas para proyectos