Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC
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Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC, son convocadas por la Universidad Rey Juan Carlos con la colaboración del Banco Santander.
Mediante estas becas se pretende otorgar ayudas destinadas a cubrir parte de los gastos generados con motivos de la estancias de doctorado en centros de educación en un país extranjero.
Con iniciativas como las Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC, tanto la Universidad Rey Juan Carlos como el Banco Santander pretenden promover y facilitar el desarrollo de estudios superiores, así como facilitar la movilidad entre estudiantes y la internacionalización de la educación.
Además de los requisitos indicados, para la elección de los beneficiarios de estas becas, se tendrán en cuenta algunos criterios de selección como la valoración de la universidad o centro de destino, el proyecto presentado para desarrollar y el currículum del candidato.
Por todo ello, si estas cursando estudios de Doctorado y deseas darle un último impulso a tu formación académica, desde aquí te animamos a solicitar una de las Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC.
Conoce en nuestra web todos los detalles de las mismas como los plazos de presentación de las mismas y otros datos que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Todos los países
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para optar a las Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC, a que se refieren las presentes bases reguladoras, los estudiantes de doctorado de la URJC deberán reunir los siguientes requisitos:
- a. Que se encuentren matriculados en Programas de Doctorado regulados por el RD 99/2011 y/o el RD 576/2023 y que cuenten con, al menos, una evaluación anual positiva por parte de la Comisión Académica de su Programa de Doctorado.
- b. Que vayan a realizar una estancia mínima de tres meses naturales en un centro de educación superior o de investigación en un país extranjero para realizar trabajos de investigación o actividades de formación, relacionadas directamente con su tesis doctoral. El tiempo de estancia de tres meses en el país extranjero se computará de tal manera que el día final será el día del mes equivalente a aquel en que se inició la estancia. Se permitirán estancias más cortas cuando la duración de la suma de las estancias realizadas por el estudiante cumpla con los requisitos que permiten optar a la Mención Internacional (BASE SÉPTIMA).
- c. Las ayudas no podrán solicitarse para realizar estancias en el país de residencia ni de origen del estudiante.
- d. No podrán solicitar la ayuda quienes ya cuenten con estancias previas en centros extranjeros que cumplan los requisitos para optar a la Mención Internacional.
- e. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Estos requisitos deben cumplirse desde la presentación de las solicitudes hasta la finalización de todo el proceso de la ayuda.
Dotación
La asignación máxima de cada una de las Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC será de 4.200€ para destinos fuera de la Unión Europea y de 3.800€ para destinos dentro de la Unión Europea. En el caso de estancias más cortas consideras en la BASE SEPTIMA, se financiará la parte proporcional.
La ayuda consiste en el pago de una dotación económica destinada a cubrir los gastos de manutención y los gastos de viaje y estará sujeta a la normativa, en cada momento aplicable, en materia fiscal, en cuanto a la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cotización de la Seguridad Social.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Santander Ayudas Mención Doctor Internacional - URJC se presentarán, obligatoriamente, cumplimentando el formulario de solicitud que estará disponible en la Sede Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos, accediendo a través del siguiente enlace: https://sede.urjc.es/convocatorias
En ningún caso podrá utilizarse la instancia general (expone/solicita) como modelo de solicitud válido para participar en la presente convocatoria.
Para acceder al formulario de solicitud de participación, el personal interesado podrá identificarse mediante certificado electrónico o DNI electrónico, Cl@ve temporal o permanente o usuario y contraseña.
Para firmar la solicitud, las personas interesadas podrán utilizar cualquiera de estos medios:
- Un certificado cualificado de firma electrónica expedido por un prestador incluido en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” (FNMT, DNIe, etc.), conforme a los establecido en el art. 6.2.a) del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos.
- Una firma no criptográfica (sin certificado de firma ni DNI electrónico) con doble factor de validación, según lo previsto en el art. 6.2.c) del mismo Reglamento.
Es obligatorio, a su vez, registrarse en la aplicación del Santander www.becassantander.com, y también registrar la solicitud de la ayuda en la parte correspondiente en la página web de ayudas del Santander.
Con la entrega de la solicitud, la persona solicitante declara, bajo su responsabilidad:
- a. Que acepta las bases de la convocatoria para la cual solicita la ayuda.
- b. Que las copias de los documentos aportados a lo largo de todo el proceso en formato digital son el reflejo veraz y exacto de los documentos existentes en formato papel y que dispongo de la documentación original que así lo acredita y que me comprometo a presentarla cuando me sea requerida por la URJC.
- c. El compromiso de mantener los requisitos durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.
- d. Que se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.
- e. Que no está incursa en ninguna de las circunstancias que recogen los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- f. Que queda enterada de que la inexactitud de las circunstancias declaradas comporta la denegación o revocación de la ayuda.
- g. Que conoce la incompatibilidad de estas ayudas con cualquier otra ayuda para una actividad igual o similar.
- h. Que en caso de ser beneficiario/a de la Ayuda solicitada, se compromete a concertar una póliza de Seguro de accidente y de asistencia médica en los desplazamientos en el caso de solicitar estancias en países que no mantienen concierto con la Seguridad Social Española o cuando las coberturas de este concepto fueran insuficientes.
- i. Que no tengo residencia ni soy originario del país en donde solicito realizar la estancia, y no he realizado estancias previas en centros en centros extranjeros que me permitan optar a la Mención Internacional del título de doctor. En el caso de haber realizado una estancia más corta a la necesaria para potar a la mención de “Doctorado Internacional” y de duración igual o superior a 14 días, se compromete a informar a la Escuela Internacional de Doctorado de la URJC adjuntando el documento de autorización y realización de la misma.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Una vez concluida esta primera fase y siempre que quede presupuesto, este procedimiento se repetirá (abriéndose nuevos plazos de solicitud) hasta agotar el presupuesto y/o finalizar el año 2025.
Un mismo estudiante podrá presentar solicitudes en los diferentes plazos que en su caso se abran en la misma convocatoria, siempre que la estancia cumpla los requisitos solicitados (BASE SÉPTIMA).
Convocantes Asociados
Más información
Objeto
El objeto de la presente Resolución es convocar ayudas destinadas a cubrir parte de los gastos asociados a la estancia presencial del doctorando que se haya iniciado durante el año 2025 en centros de educación superior o centros de investigación pertenecientes y establecidos en un país extranjero para realizar trabajos de investigación o actividades de formación, relacionadas directamente con el tema objeto de investigación de su tesis doctoral, para que pueda aspirar a la mención de “Doctorado Internacional” en su título de Doctor.
Exclusiones e incompatibilidades
Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas que cubran los mismos conceptos para los que están destinadas, salvo en el caso de las becas Erasmus+.
Actividades para las cuales se solicita la ayuda y duración de la actividad
Las estancias deberán tener una duración de:
- a. al menos de tres meses naturales en un único centro de educación superior o de investigación en un país extranjero;
- b. En cumplimiento de la normativa vigente, las estancias podrán suceder en varios periodos de tiempo no consecutivos, siempre en el mismo centro. En estos casos, el periodo mínimo será de 14 días, pudiendo la estancia fraccionarse en un máximo de 4 períodos, siendo al menos 1 de ellos de un mínimo de un mes de duración, y siempre que el plazo total de la estancia alcance un mínimo de 90 días naturales.
En todos los casos las estancias deben estar destinadas a realizar las actividades descritas en la BASE SEGUNDA de esta convocatoria.
Las estancias a financiar deberán iniciarse en el año 2025 y deberán finalizarse antes del 1 de marzo de 2026.
Criterios de valoración
Los criterios para establecer el orden de prelación entre las solicitudes presentadas son:
- a. Valoración de la Universidad o Centro de destino: hasta 1 punto.
- b. Interés del proyecto a desarrollar durante la estancia: Se valorará entre 0 y 2 puntos el interés científico del proyecto y las actividades previstas a realizar durante la estancia, de acuerdo con la documentación presentada.
- c. El Currículum Vitae del candidato se valorará con un máximo de 3 puntos de acuerdo con los criterios en el ANEXO II.
Tras la correspondiente valoración, corresponderá al Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado determinar las solicitudes a las que les serán concedidas las ayudas.
Se otorgará una ayuda al solicitante que obtenga mejor valoración dentro de cada Programa de Doctorado. Las restantes ayudas se otorgarán a los solicitantes que obtengan las siguientes mejores valoraciones en los Programas de Doctorado, ordenados estos en sentido descendente en función de la ratio “número de solicitudes válidas/ número de doctorandos”, repitiéndose el proceso hasta agotarse la dotación económica de la presente convocatoria en el último beneficiario, lo que determinará la cuantía parcial concedida para este último. En caso de empate, la ayuda se asignará al Programa de Doctorado que cuente con un mayor número de doctorandos. En caso de renuncia a la ayuda por parte de algún estudiante una vez concedida, se concederá una ayuda al solicitante que ostente la siguiente mejor valoración con aplicación de los criterios anteriores siguiendo el mismo proceso.
Para ser posible beneficiario de una ayuda, el solicitante ha de haber obtenido una valoración mínima de 4 puntos.
Las ayudas convocadas podrán quedar desiertas si se estima que ninguno de los solicitantes cumple los mínimos exigidos para su concesión.
Resolución de adjudicación
El Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados, y se concederá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.
Resueltas las alegaciones presentadas a estudio en tiempo y forma, el Comité de Dirección de la Escuela elevará Propuesta de Resolución Definitiva al Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su puntuación.
La Resolución de concesión de ayudas corresponde al Rector y contendrá las ayudas concedidas y las denegadas, estableciéndose respecto a estas últimas las causas de su exclusión y con indicación de la puntuación obtenida por los candidatos.
Dicha Resolución se publicará en la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos y en la página web de la Escuela Internacional de Doctorado. La publicación surtirá efectos de notificación individual a los interesados.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El plazo máximo de resolución y notificación de esta Convocatoria será de 4 meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Aceptación de la ayuda
Una vez comunicada al solicitante la concesión de la ayuda, el beneficiario deberá presentar a través del Registro de la Universidad Rey Juan Carlos la aceptación de la misma (Anexo I debidamente cumplimentado) en el plazo de cinco días hábiles. La falta de aportación de esta aceptación supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda.
La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de las condiciones indicadas en la misma.
Pago
Una vez comunicada la aprobación de la ayuda al solicitante, este recibirá un primer pago anticipado de hasta un 75% del importe total de la ayuda concedida, en la cuenta bancaria que haya facilitado. Es necesario acreditar ser la persona titular o cotitular de la cuenta bancaria.
Justificación de las ayudas concedidas y obligaciones de los beneficiarios
Una vez finalizado el período de la estancia, y en un plazo máximo de diez días hábiles, el interesado deberá presentar a través del Registro General de la Universidad Rey Juan Carlos la siguiente documentación dirigida a la Escuela Internacional de Doctorado:
- a. Memoria de la labor realizada durante el período (o períodos) de la estancia.
- b. Informe del responsable del centro en donde ha transcurrido la estancia, indicando las fechas de inicio y fin de la estancia, junto con las actividades realizadas.
- c. Relación detallada del viaje efectuado, junto con justificaciones de gastos de desplazamiento y/o tarjetas de embarque.
- d. Documento de actividades del doctorando, generado a través de RAPI, validado por el/los director/es. Como documentación acreditativa al registrar la actividad en RAPI, se aportará la autorización de la Comisión Académica y la certificación/constancia de la realización de la estancia en el centro receptor.
La falta de aportación de los documentos justificativos de la ayuda supondrá la pérdida del derecho a percibir la misma.
Una vez se haya aportado la documentación necesaria, se le abonará el 25% restante.
En el supuesto de no poder iniciar la estancia durante el año 2025 en el centro solicitado, el beneficiario estará obligado a devolver la totalidad de la cantidad percibida. No será posible cambiar el centro de destino, salvo por causa de fuerza mayor y tras autorización de la Comisión Académica del Programa de Doctorado, que deberá comunicar al Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado.
El objetivo final de esta ayuda es la obtención de la mención “Doctorado Internacional” en el título de doctor del doctorando. La aceptación de esta ayuda conlleva el compromiso de formalización de todos los trámites para la obtención de la Mención Internacional. El depósito de la tesis doctoral sin cumplimentar dichos trámites podrá determinar la devolución de la totalidad de la cantidad percibida.
Son obligaciones de los beneficiarios, además de las relativas a la aceptación y justificación de la ayuda, las que siguen:
- a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en la solicitud presentada.
- b. Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad tramitadora.
- c. Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Enlaces de interés
https://www.urjc.es/images/facultades/ConvocatoriaMI_2025.pdf
Documentación a adjuntar
En el proceso de solicitud deberá incluirse:
- Memoria detallada de las actividades a realizar durante la estancia, justificando el interés del proyecto a desarrollar durante ésta, y la valoración de la universidad o centro de destino, firmada por el director/es y el tutor de la tesis.
- Tener chequeadas en sede electrónica las declaraciones juradas a las que se refiere la base octava
Las personas interesadas adjuntarán a su solicitud los documentos que acrediten los méritos de la BASE DECIMOPRIMERA de la presente convocatoria. Es decir, dicha solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
- Currículum Vitae (CV) detallado sobre el historial académico y, en su caso, profesional del solicitante, junto con la documentación justificativa de haber cursado otros estudios y actividades complementarias. El CV debe seguir el formato del Currículum Vitae Abreviado (CVA) desarrollado por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT, https://cvn.fecyt.es/editor/#HOME), debiendo aparecer el código identificador ORCID (https://orcid.org/) del solicitante.
- Carta de aceptación expedida por el representante del centro en el que se realizará la estancia, con indicación de las fechas de disfrute de la misma. Deberá tratarse de un documento oficial, firmado y sellado por el representante legal.
- Justificante de solicitud de petición de autorización de estancia de investigación internacional a la Comisión Académica del Programa de Doctorado en el que el solicitante esté matriculado, conforme al Artículo 31.1.a. de la Normativa Reguladora de los Estudios de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos.
- Justificante de solicitud por aplicación del Banco Santader
- Número de cuenta donde se realizará el ingreso de la ayuda.
La presentación de todos los documentos que se relacionan en este apartado es obligatoria. pudiendo subsanar toda la documentación en el periodo que se establezca a tal efecto. En el caso de no hacerlo se dará por no presentada la solicitud, y el solicitante será excluido del proceso de selección. Con el fin de facilitar las tareas de registro de la documentación, se señalará en la Solicitud la documentación aportada. La subida de documentación se realizará de forma íntegramente electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Universidad, de conformidad con lo previsto en el art. 4. del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrector de Postgrado dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas a trámite, con indicación expresa de la causa de exclusión. La citada Resolución se publicará en el Tablón de Anuncios Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad, y en la web de la Escuela Internacional de Doctorado.
La notificación de las listas de personas admitidas y excluidas se efectuará a través de la Carpeta ciudadana disponible en la sede electrónica de la URJC, en la dirección: https://sede.urjc.es/ov/carpeta-ciudadanaº
Las personas aspirantes recibirán un aviso a su cuenta de correo electrónico institucional, advirtiéndoles de la disponibilidad de dichas listas, y podrán visualizarlas entrando en el apartado ‘Mensajes’ de la Carpeta ciudadana.
Para realizar la subsanación, en caso de que sea necesaria, las personas interesadas deberán entrar en la opción ‘Expedientes’, en la misma Carpeta ciudadana, y elegir la solicitud excluida/omitida, dentro de la que se habrá abierto una ventana para subsanar. La ruta a seguir, será: Sede electrónica URJC / Carpeta ciudadana / Expedientes / Expediente a subsanar / Subsanar
El plazo para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las precitadas listas será de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a la referida notificación.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen su solicitud inicial o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas.
Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes, el Vicerrector de Postgrado dictará, en el plazo de los 5 días hábiles siguientes, resolución declarando aprobadas las listas definitivas de solicitudes admitidas y excluidas que se publicará en el Tablón de Anuncios Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad, y en la web de la Escuela Internacional de Doctorado. Así mismo, la notificación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas se efectuará a través de la Carpeta ciudadana disponible en la sede electrónica de la URJC, en los mismos términos indicados anteriormente.
En cualquier momento del procedimiento podrá requerirse al solicitante la aportación de los documentos justificativos que se estimen convenientes. El órgano instructor podrá recabar cuantos informes o datos estime necesarios para resolver adecuadamente las peticiones.
Posteriormente se remitirá la documentación a la comisión de valoración para su estudio y evaluación.