Universidad Politécnica de Valencia (UPV)

Becas Programa de movilidad DRAC UPV

Becas de movilidadBecas de alojamiento o residenciaUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio01/03/2026 Fin15/09/2026
Abierta

Becas Programa de movilidad DRAC UPV: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Programa de movilidad DRAC UPV es una ayuda de movilidad para estudiantes de la Universitat Politècnica de València que quieran participar en cursos, seminarios o estancias de la Xarxa Vives. Está dirigida a alumnado de grado con más de 45 créditos aprobados, máster oficial o doctorado, siempre matriculados en el curso 2025-2026. La ayuda cubre gastos de alojamiento, inscripción y desplazamiento, con un máximo de 450 euros para estancia y matrícula y apoyo adicional para transporte según tablas oficiales, hasta 5 días de actividad.

La solicitud se realiza online en la sede electrónica de la UPV en dos periodos anuales, y debe presentarse antes de la actividad. Entre los requisitos también se incluye no haber realizado la actividad previamente y que el desplazamiento sea a más de 50 km de la universidad de origen.

El proceso de evaluación tiene en cuenta la nota media del estudiante, la media de la titulación y la valoración de la actividad, además de posibles ayudas previas recibidas.

Las Becas Programa de movilidad DRAC UPV se solicitan a través de la sede electrónica y requieren documentación como formulario, expediente académico y certificado de asistencia según la convocatoria oficial. Becas Programa de movilidad DRAC UPV es una oportunidad de movilidad académica con apoyo económico y evaluación competitiva transparente para estudiantes UPV.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
  • Italia
  • Andorra
País de destino
  • España
  • Italia
  • Andorra
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Destinatarios de las Becas Programa de movilidad DRAC UPV:

Estas ayudas del programa DRAC se dirigen al estudiantado matriculado en el curso 2025-2026 en la Universitat Politècnica de València que esté cursando estudios de grado, con más de 45 créditos aprobados, o estudios de máster oficial universitario o estudios de doctorado.

Requisitos:

Los estudiantes que soliciten estas ayudas del programa DRAC deben cumplir los siguientes requisitos al final del plazo de solicitudes:

  • Haber solicitado la ayuda DRAC a través de la Sede Electrónica de la UPV para asistir a cursos, seminarios, estancias de investigación u otras actividades presenciales de las universidades participantes en el programa DRAC.
  • Estar matriculado en el curso 2025-2026 en la Universitat Politècnica de València en estudios de grado, con más de 45 créditos aprobados; en estudios de máster oficial universitario o en estudios de doctorado.
  • El destino de la movilidad debe ser las universidades participantes en el programa DRAC o actividades organizadas por estas o por la XVU (consultar el anexo II de esta convocatoria o la página https://www.vives.org/programes/mobilitat/ > universidades participantes).
  • Debe suponer un desplazamiento a una universidad diferente a la propia y que se encuentre al menos a 50 km de distancia.
  • Las actividades no presenciales quedan excluidas de recibir la ayuda de movilidad.
  • Esta ayuda es incompatible con otras ayudas o pagos por la misma actividad.

La ayuda cubrirá hasta un máximo de 5 días, independientemente de la duración de la actividad. El período de estancia objeto de la ayuda deberá coincidir con el período lectivo en la universidad de destino y los días de estancia deben ser consecutivos y laborables.

Dotación

Las Becas Programa de movilidad DRAC UPV cubre los gastos de alojamiento, inscripción y desplazamiento de movilidades físicas:

a. Por un lado, un máximo de 450 € destinados a cubrir gastos de alojamiento e inscripción o matrícula (si procede); en ningún caso se incluirán los gastos de manutención.

b. Por otro lado, para cubrir los gastos de desplazamiento, hasta el máximo que establece el cuadro de ayudas a los desplazamientos DRAC publicado en la web de la Xarxa Vives de Universidades y en el anexo III de esta convocatoria, referido a las universidades participantes en el programa DRAC.

La UPV abonará únicamente el importe debidamente justificado con recibo o factura, aunque esto implique una disminución del total concedido.

Presentación

Solicitudes de las Becas Programa de movilidad DRAC UPV:

La convocatoria se mantiene abierta durante todo el curso académico. Las solicitudes deben presentarse siempre antes de la fecha de realización de la actividad, con independencia de que la resolución se realice con posterioridad a esta, y antes del plazo de los periodos mencionados más abajo.

En ningún caso se admitirán solicitudes para actividades ya realizadas, salvo que sean actividades que estén incluidas en un marco de colaboración institucional con la Xarxa Vives de Universidades (XVU), siempre que así lo haya aprobado la Comisión Permanente de la XVU, y que hayan tenido lugar entre el 16 de septiembre de 2025 y la fecha de publicación de la convocatoria de la UPV.

Se establecen dos periodos generales para la presentación de las solicitudes:

  • 1º Desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) hasta el 28 de febrero de 2026 (las solicitudes se resolverán antes de los 30 días posteriores al plazo de presentación).
  • 2º Desde el 1 de marzo hasta el 15 de septiembre de 2026 (las solicitudes se resolverán antes de los 30 días posteriores al plazo de presentación).

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática mediante la sede electrónica de la UPV (https://sede.upv.es), “presentación de solicitud genérica”, dirigidas al Servicio de Promoción y Normalización Lingüística.

Más información

Objeto de la ayuda

El objeto de la ayuda es asistir a cursos, seminarios, estancias de investigación u otras actividades de la Xarxa Vives o de las universidades participantes en el programa DRAC.

Estas ayudas se destinan a cubrir exclusivamente los gastos de alojamiento, inscripción y desplazamiento de movilidades físicas, y en ningún caso los gastos de manutención.

Los estudiantes interesados en participar en alguna de estas modalidades y poder optar a la ayuda del programa DRAC deben informarse en la página web del Servicio de Promoción y Normalización Lingüística (www.upv.es/bondia).

La inscripción en los cursos, seminarios, jornadas u otras actividades es independiente de la ayuda. Las personas beneficiarias deberán gestionar la estancia con la universidad de acogida que participa en el Programa DRAC durante el curso 2025-2026 (https://www.vives.org/programes/mobilitat > universidades participantes).

Universidades participantes en el programa DRAC y actividades de la Xarxa Vives de Universitats

Universidades de la Xarxa Vives de Universidades participantes en el Programa de Movilidad DRAC (curso 2025-2026):

  • Universidad de Alicante
  • Universidad de Andorra
  • Universidad Autónoma de Barcelona
  • Universidad de Barcelona
  • Universidad de Girona
  • Universidad de las Illes Balears
  • Universidad Jaume I
  • Universidad de Lleida
  • Universidad Abierta de Cataluña
  • Universidad Politécnica de Cataluña
  • Universidad Politécnica de Valencia
  • Universidad Rovira i Virgili
  • Universidad de Sassari
  • Universidad de Valencia
  • Universidad de Vic - Universidad Central de Cataluña

Actividades de la Xarxa Vives de Universidades susceptibles de recibir una ayuda DRAC (curso 2025-2026):

  • a. XVI Curso de introducción a la didáctica de la lengua como idioma extranjero
  • b. Concurso "Monólogos del Club de la Ciencia"
  • c. Universidad Catalana de Verano 2026
  • d. Escuela de Formación Guillem Agulló
  • e. Congreso de Cultura Catalana

Para más información relativa a las actividades enumeradas en este apartado, consultar la página www.vives.org.

Procedimiento de evaluación y criterios de adjudicación

La concesión de las ayudas se llevará a cabo conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, coherencia y no discriminación.

Tras cada uno de los dos periodos, la Comisión Evaluadora valorará las solicitudes en aplicación de las bases de la convocatoria y de acuerdo con el programa de Movilidad de la Xarxa Vives de Universidades. Las solicitudes admitidas se puntuarán según la fórmula y los criterios siguientes:

Fórmula para la baremación: NME-NMT+VC+CA

  • NME: ‘nota media del estudiante’ en la titulación empleada a efectos de la baremación. El órgano instructor solicitará al ASIC (Área de Sistemas de la Información y las Comunicaciones) la información sobre la nota media de las personas que han formalizado la solicitud. La Comisión Evaluadora resolverá los casos en los que no se pueda determinar la nota media de la persona candidata o cuando esta no sea representativa (mínimo 30 créditos).
  • NMT: ‘nota media del alumnado de la misma titulación que la persona candidata que haya finalizado el curso académico anterior’. La Comisión decidirá en el caso de que una titulación no tenga nota media.
  • VC: ‘valoración de la actividad’, según la afinidad con la titulación en la que la persona solicitante se encuentra matriculada en el curso 2025-2026. Así, se puede recibir una puntuación de:
    • 0 puntos, si el curso no tiene ninguna relación con la titulación del estudiante.
    • 1 punto, si el curso es de competencias transversales (ofimática, idioma...)
    • 2 puntos, si el curso tiene una relación clara con la titulación del estudiante.
  • CA: ‘cursos anteriores’. Se otorgará una puntuación de -2 si el estudiante tuvo dos ayudas del DRAC en el curso 2024-2025, y una puntuación de -1 si tuvo una ayuda del DRAC en el curso 2024-2025.
  • En caso de empate entre dos solicitudes, tendrá prioridad en la asignación el estudiante con más créditos superados.

Resolución

De acuerdo con la propuesta de asignación de las ayudas de la Comisión Evaluadora, para cada uno de los dos periodos, el órgano instructor publicará las resoluciones provisionales y establecerá un plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación, para que las personas interesadas presenten alegaciones, si procede.

Una vez revisadas las alegaciones por la Comisión Evaluadora, el SPNL publicará las resoluciones definitivas, firmadas por el rector. Estas resoluciones definitivas se emitirán antes de los 30 días posteriores a las fechas límite de presentación de solicitudes.

Las resoluciones definitivas incluirán la asignación final a cada solicitud y las personas excluidas, y también contendrán la relación de personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, no resulten beneficiarias de la ayuda por razón de la puntuación obtenida o por insuficiencia del crédito asignado. Estas personas constituirán una lista de reserva, por orden de puntuación, para suplir posibles renuncias o revocaciones que puedan producirse.

Además, todas las personas solicitantes recibirán una notificación en el correo electrónico especificado en la solicitud informando de la resolución definitiva de las ayudas.

Obligaciones de las personas beneficiarias al finalizar la estancia y pago de la ayuda

El pago de la cantidad económica correspondiente a las ayudas, descontando el IRPF correspondiente, se hará efectivo una vez realizada la actividad y después de justificar documentalmente, mediante sede electrónica, los gastos de alojamiento, inscripción y desplazamiento que conlleve la actividad, así como la asistencia a esta.

La cantidad máxima de la ayuda será la concedida en la resolución, igual o inferior a la máxima indicada en la base 4, de acuerdo con las facturas o recibos que aporte, como justificación y mediante sede electrónica, la persona beneficiaria.

Para recibir la transferencia de la ayuda, las personas beneficiarias están obligadas a presentar la siguiente documentación durante los 15 días posteriores a la fecha de realización de la actividad objeto de la ayuda:

  • Informe económico firmado, una vez cumplimentado por el SPNL con las cantidades reflejadas en las facturas y recibos de los gastos que haya aportado la persona solicitante.
  • Documento expedido por la entidad bancaria donde consten el nombre de la persona titular y el número de cuenta con 20 dígitos y el correspondiente IBAN (la persona beneficiaria debe ser titular de la cuenta).
  • Certificado de asistencia a la actividad, emitido y firmado por la universidad organizadora.
  • Facturas y recibos de los gastos realizados de alojamiento e inscripción, si procede. El importe máximo de estos gastos será el indicado en la resolución, inferior o igual al máximo de 450 euros fijado en la base 4 de esta convocatoria.
  • Justificantes de los gastos de desplazamiento: tarjetas de embarque (en caso de viajar en avión), billetes de tren, tickets de transporte local (metro, autobús, taxi, etc.). En caso de utilización de coche particular, será necesario aportar los tickets de combustible. El importe máximo por desplazamiento será el indicado en la resolución, dentro del máximo fijado en el cuadro de ayudas de gastos de desplazamiento (anexo III).
  • Certificado de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social. Si no se realiza ninguna actividad económica, se deberá presentar una declaración jurada.

Además, las personas beneficiarias deberán:

  • Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizar los órganos competentes. La persona beneficiaria tiene la obligación de facilitar toda la información y documentación que estos órganos puedan solicitar a tal efecto.
  • Comunicar al órgano instructor la obtención de subvenciones, ayudas o becas para la misma finalidad, tanto si proceden de los presupuestos generales del Estado como si provienen de algún organismo de la administración autonómica, local o institucional, o de entidades públicas o privadas.

Si en este plazo no se aporta la documentación, se entenderá que se renuncia a la ayuda.

El pago de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en el informe económico, siempre que se acredite ser la persona titular o cotitular de la cuenta.

Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Enlaces de interés

https://www.upv.es/entidades/spnl/wp-content/uploads/2025/10/convocatoria-programa-drac-2025-2026_alumnat_val.pdf

Documentación a adjuntar

La solicitud genérica deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Formulario de selección de la actividad (curso, seminario, estancia de investigación u otras actividades de la Xarxa Vives o de las universidades participantes en el programa DRAC) debidamente cumplimentado (anexo IV de esta convocatoria).
  • Los estudiantes de máster oficial o doctorado que tengan menos de 30 créditos superados y que hayan accedido a los estudios desde un grado ajeno a la UPV, deben presentar el expediente académico de la titulación de grado con la que accedieron a los estudios de máster o doctorado.
  • En el caso de másteres interuniversitarios, será necesario presentar la solicitud en la universidad en la que la persona esté matriculada (con independencia de que sea o no la universidad coordinadora del máster).

La UPV accederá a comprobar la identificación de la persona solicitante de oficio, salvo que esta manifieste lo contrario. En caso de que la persona interesada se oponga a la comprobación de la identificación, deberá aportar el documento de DNI escaneado en PDF junto con la solicitud.

En caso de que la solicitud no reúna los requisitos indicados o no sea correcta la documentación entregada, el Servicio de Promoción y Normalización Lingüística podrá requerir a la persona interesada para que la subsane. No se considerarán aquellas solicitudes que no cumplan los requisitos mencionados en estas bases o que incluyan datos falsos. La falta de documentación dará lugar a la exclusión de la convocatoria. Se podrá admitir más de una solicitud por convocatoria y persona solicitante. En el caso de que una persona presente más de una solicitud para la misma actividad, únicamente se tendrá en cuenta la última presentada.

El órgano instructor publicará, en la página web http://www.upv.es/bondia, las relaciones provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, indicando en su caso los motivos de exclusión. Las personas candidatas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Una vez finalizado el plazo de alegaciones, el órgano instructor publicará, en la página web http://www.upv.es/bondia, las relaciones definitivas de solicitudes admitidas y excluidas, indicando en su caso los motivos de exclusión. Esta publicación se comunicará además a todas las personas interesadas por correo electrónico.

Las personas admitidas en la relación definitiva deberán comunicar al Servicio de Promoción y Normalización Lingüística cualquier cambio de fechas, destino, etc., o la cancelación de la solicitud.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria y de todas las obligaciones derivadas del marco legal en materia de ayudas y subvenciones.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Programa de movilidad DRAC UPV

Las Becas Programa de movilidad DRAC UPV es una ayuda de movilidad para estudiantes de la Universitat Politècnica de València que quieran participar en cursos, seminarios o estancias de la Xarxa Vives. Está dirigida a alumnado de grado con más de 45 créditos aprobados, máster oficial o doctorado, siempre matriculados en el curso 2025-2026. La ayuda cubre gastos de alojamiento, inscripción y desplazamiento, con un máximo de 450 euros para estancia y matrícula y apoyo adicional para transporte según tablas oficiales, hasta 5 días de actividad.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Programa de movilidad DRAC UPV" es: desde 01/03/2026 hasta 15/09/2026.

La Beca "Becas Programa de movilidad DRAC UPV" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Programa de movilidad DRAC UPV" es un tipo de beca: 

  • Becas de movilidad
  • Becas de alojamiento o residencia