Becas Erasmus + Prácticas - UAM
INSCRIPCIONES
Becas Erasmus + Prácticas - UAM: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Autónoma de Madrid (UAM) sigue apostando por los estudiantes, proporcionándoles numerosas herramientas que le ayudarán a alcanzar sus objetivos y comenzar con éxito su entrada al mercado laboral. La Universidad Autónoma de Madrid cuenta para ello con un amplio programa de becas y ayudas destinadas a los alumnos estudiantes de grado, máster y doctorado. En está ocasión, la Universidad Autónoma de Madrid abre el plazo de inscripción para la convocatoria de las Becas Erasmus + Prácticas - UAM.
Estas becas tienen como objetivo principal que los estudiantes puedan realizar movilidad a alguno de los países mencionados para esta convocatoria. Con estas becas los estudiantes podrán realizar sus prácticas fuera de su entorno habitual, adquiriendo así aptitudes específicas, conocimiento del país elegido y una mayor comprensión del entorno económico.
Para poder solicitar una de las Becas Erasmus + Prácticas - UAM, el estudiante debe estar matriculado en estudios de Grado, Máster Oficial o Doctorado y cumplir los requisitos mencionados en la convocatoria. La duración de las prácticas comprende entre dos y doce meses, con una dedicación de entre cuatro y ocho horas diarias.
Estas ayudas ofrecen a los estudiantes seleccionados, una dotación económica que variará según el país de destino ya que se valorará el nivel de vida de cada país. Además, cuenta con un programa de ayudas económicas para personas con necesidades especiales, así como otras ayudas complementarias del programa Erasmus - Santander.
Si deseas informarte sobre más becas y ayudas que ofrece la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), aquí te ofrecemos toda la información necesaria para poder optar a una de ellas.
Para solicitar una de las Becas Erasmus + Prácticas - UAM, aquí puedes consultar todos los requisitos, plazo de presentación y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Portugal
- Italia
- Eslovenia.
- Polonia
- Lituania
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos básicos de las Becas Erasmus + Prácticas - UAM en el momento de solicitar la movilidad
Estar matriculado/a en la UAM en un programa de estudios oficial conducente a la obtención del título oficial universitario de Grado, Máster o Doctorado en el momento de presentar la solicitud de acuerdo con el artículo 6.5 o en su caso, en el momento de presentar la solicitud previa de participación de acuerdo con el artículo 6.8 para movilidades de estudiantes recién titulados.
Las y los estudiantes de Grado deben haber superado al menos 60 ECTS, o equivalentes, del mismo plan de estudios por el que solicita la movilidad, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el título 4.
Quedan excluidos:
- El estudiantado de Títulos Propios
- El estudiantado del CSEU de La Salle
- El estudiantado que esté matriculado en la UAM como estudiantes de entrada a través de cualquier programa nacional o internacional de movilidad, o como estudiantes visitantes
El estudiantado de programas de doble/múltiple titulación nacional/internacional podrá participar en esta convocatoria siempre que dicha titulación lo permita, en ningún caso el estudiantado de entrada de una doble/múltiple titulación nacional/internacional podrá solicitar una movilidad para ir a su propia institución de origen.
Las y los estudiantes matriculados en programas de estudios interuniversitarios podrán participar en la presente convocatoria siempre que el acceso a los estudios se haya hecho a través de la UAM.
Dotación
Ayudas financieras de las Becas Erasmus + Prácticas - UAM:
Condiciones generales
Las ayudas financieras se destinarán a compensar los costes de movilidad adicionales, principalmente los costes de viaje y su manutención, derivados de la estancia en el extranjero.
Las ayudas financieras se darán en función de la duración del período en el que el o la estudiante realice la movilidad en el país de destino de manera presencial o semi-presencial, por lo que el período virtual no será susceptible de financiación.
Las ayudas financieras son compatibles con otras ayudas y préstamos nacionales, autonómicos, locales y con cualquier ayuda aportada por la institución de acogida, así como con otras fuentes de financiación, incluyendo ingresos que pudiera percibir el participante por trabajos no relacionados con sus prácticas, siempre y cuando se lleven a cabo las actividades previstas de la movilidad.
Las ayudas financieras no podrán ser utilizadas para cubrir gastos similares ya financiados por fondos de la Unión Europea y no serán compatibles con otras ayudas de la UAM para realizar la misma u otra actividad en el país de destino durante el mismo período.
No serán elegibles para las ayudas financieras las y los estudiantes que realicen movilidades a su lugar de residencia habitual.
Se pueden financiar un máximo de dos movilidades por estudiante y curso académico, y solamente una de ellas puede ser hacía terceros países no asociados al programa Erasmus+.
El criterio de elegibilidad para poder recibir ayudas destinadas a “estudiantes con menos oportunidades” será encontrarse en alguna de estas situaciones en el momento de la presentación de la solicitud, no siendo acumulativas entre sí:
- Estudiantes que sean beneficiarios de una de las siguientes becas/ayudas en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad o en el curso académico en el que se realice la movilidad:
- Beca de estudios de carácter general la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores
- Beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco
- Ayuda con cargo al fondo social de estudiantes de la UAM
- Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%
- Ser beneficiario/a de la condición de familia numerosa especial y familia numerosa general
- Ser beneficiario/a de la prestación del ingreso mínimo vital
- Tener la condición de refugiado/a o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España
- Tener la consideración administrativa de víctimas de terrorismo o de violencia de género
El abono de las ayudas se hará de acuerdo con las previsiones del programa Erasmus+ y se realizará exclusivamente mediante transferencia a cuentas bancarias con Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN), cuya titular o cotitular deberá ser el o la estudiante.
Ayudas financieras del programa Erasmus+
El presupuesto para las ayudas financieras de esta convocatoria está supeditado a la aportación que se reciba de las entidades financiadoras: Comisión Europea y Ministerio de Universidades, a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
Las condiciones financieras, entre ellas los importes y períodos susceptibles de financiación, se fijarán por Resolución del Rectorado después de que el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) haya informado a la UAM sobre la adjudicación del presupuesto del proyecto 2025 del programa Erasmus+ KA131, que previsiblemente será en junio/julio de 2025. La información se publicará mediante un anexo a esta convocatoria en el tablón electrónico y en la página web de esta convocatoria
A todas las movilidades que se aprueben antes de su publicación se les adjudicará una “beca cero” de manera provisional, garantizando la adjudicación de la ayuda financiera de manera retroactiva de acuerdo con las condiciones financieras en cuanto se hayan fijados.
La Comisión de Internacionalización de la UAM podrá reservar parte del presupuesto de esta convocatoria para las movilidades del estudiantado que haya sido seleccionado a través de una convocatoria o programa con una oferta de plazas de los Centros de la UAM, de acuerdo con el artículo 2.5.2 b). En caso de plazas para movilidades en terceros países no asociados al programa Erasmus+, la oferta debe ser para realización de movilidades curriculares. De manera excepcional se permitirá la realización de movilidades no curriculares cuando las resoluciones correspondientes se publicaron con anterioridad a la aprobación de la presente convocatoria.
La ayuda financiera del programa Erasmus+ consiste en una ayuda individual y una ayuda de viaje.
En caso de que se agotara el presupuesto disponible, las movilidades se podrán realizar con una “beca cero”, la cual permite al estudiantado beneficiarse de todas las ventajas académicas y administrativas del programa Erasmus+, pero sin obtener una ayuda financiera del programa Erasmus+. No obstante, esta opción no está disponible para el estudiantado con “menos oportunidades”.
Ayuda individual del programa Erasmus+ dependerá del país de destino en el que se realiza la movilidad.
Los importes de la ayuda financiera y el período susceptible de financiación se fijarán según los previsto en el artículo 5.10.
El importe de la ayuda financiera individual del programa Erasmus+ dependerá del país de destino en el que se realiza la movilidad:
- País - Ayuda ordinaria - Ayuda para estudiantes con menos oportunidades
- Países del programa Erasmus+: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Suecia. Terceros países no asociados al programa de la región 14: Islas Feroe, Reino Unido, Suiza.
- 500 euros/mes
- 750 euros/mes
- Países del programa Erasmus+: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos, Portugal. Terceros países no asociados al programa de la región 13: Andorra, Mónaco, San Marino y Estado de la Ciudad del Vaticano.
- 450 euros/mes
- 400 euros/mes
- Países del programa Eramsus+: Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, República Checa, Rumanía, Serbia, Turquía. Otros terceros países no asociados al programa no europeo (regiones 1 -12).
- 700 euros/mes
- 950 euros/mes
Período susceptible de financiación:
- 9 meses para movilidades que se realizan en país del programa de Erasmus+
- 3 meses para movilidades que se realizan en terceros países no asociados al programa
9 meses para movilidades que se realizan en país del programa de Erasmus+
3 meses para movilidades que se realizan en terceros países no asociados al programa
Ayuda individual Erasmus+ para movilidades de corta duración:
La ayuda financiera individual para movilidades de corta duración se establece en la tabla a continuación.
- Días susceptibles de financiación - Ayuda ordinaria - Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades_
- 5-14 días - 79 EUR/día - 100 EUR adicionales para toda la movilidad
- 15-30 días - 56 EUR/día - 150 EUR adicionales para toda la movilidad
El período susceptible de financiación se fijará según los previsto en el artículo 5.10.
A título puramente orientativo, en el curso 2024/25 el período máximo susceptible de financiación ha sido de 14 días.
Ayuda de viaje Erasmus+
El importe para los gastos de viaje se calcula en función de la distancia del desplazamiento desde del lugar de origen de la persona participante hasta el lugar donde se desarrolle la actividad, y el o la estudiante debe justificar el desplazamiento realizado en caso de que la UAM lo solicite.
- Distancia - Importe para desplazamiento estándar - Importe para desplazamiento ecológico:
- Entre 10 y 99 Km - 28 EUR - 56 EUR
- Entre 100 y 499 km - 211 EUR - 285 EUR
- Entre 500 y 1999 km - 309 EUR - 417 EUR
- Entre 2000 y 2999 km - 395 EUR - 535 EUR
- Entre 3000 y 3999 km - 580 EUR - 785 EUR
- Entre 4000 y 7999 km - 1188 EUR -
- 8000 km o más - 1735 EUR -
La distancia se determinará utilizando la calculadora de distancias de la Comisión Europea.
El desplazamiento ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto (más del 50%), por ejemplo, el autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido. El viaje ecológico hace referencia únicamente al desplazamiento entre la ciudad de origen y la ciudad de la institución de destino, al inicio y a final de la estancia.
Ayuda complementaria Erasmus+ de apoyo para la inclusión
El programa Erasmus+ prevé la posibilidad de a contribuir a los costes que no se pueden cubrir con la ayuda adicional para participantes con menos oportunidades.
El objetivo de estas ayudas es cubrir los costes adicionales directamente relacionados con la movilidad de las y los participantes con problemas físicos, mentales o de salud y de sus acompañantes. El importe cubrirá el 100% de los costes reales que se consideren subvencionables según las normas del Programa. Para acceder a estas ayudas, las y los participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los criterios de elegibilidad establecidos en el programa.
Estas ayudas complementarias son gestionadas por el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) y las y los estudiantes elegibles deberán ponerse en contacto con el SERIM a fin de gestionar su solicitud.
Ayudas complementarias del programa de becas Erasmus Santander Universidades:
Con el mecenazgo del Santander, la UAM concederá 281 becas complementarias de 1.000 EUR a los estudiantes adjudicatarios de una movilidad Erasmus+ (Estudios o Prácticas) 2025/26. Los criterios de adjudicación serán los siguientes:
Se dará prioridad para la asignación de estas becas a los estudiantes con menos oportunidades que se encuentren en algunas de las situaciones del apartado 5.7. Una vez priorizados los estudiantes según lo indicado en el párrafo anterior, los estudiantes se ordenarán según su nota media a la que se le aplicará la siguiente ponderación: nota media del estudiante al cuadrado dividido entre la nota media de la titulación del estudiante. En el caso de los estudiantes de máster y doctorado, se tendrá en cuenta la nota media de acceso a la titulación.
Será condición ineludible para ser beneficiario de la beca:
- Presentar una solicitud de acuerdo con el artículo 6.5 de esta convocatoria como fecha límite el 30 de abril de 2025 (inclusive) o bien que haber solicitado una plaza (o destino) ofertada por un Centro de la UAM en convocatorias de movilidad para ese fin como fecha límite el 30 de abril de 2025 (inclusive).
- Inscribirse a través de la página web del Santander habilitada a dichos efectos www.becassantander.com, como fecha límite el 30 de abril de 2025 (inclusive). Los estudiantes que no hayan realizado este trámite en dicho plazo no serán elegibles.
Los beneficiarios deberán tener una cuenta bancaria del Banco Santander (titular o cotitular) para poder aceptar y recibir la beca.
Ayudas complementarias del programa de ayudas económicas de la Comunidad de Madrid:
Se trata de un programa de Ayudas de Movilidad Internacional Erasmus+KA131 financiado por la Comunidad de Madrid, con el fin de complementar la ayuda del Programa Erasmus+ y sufragar gastos de transporte, residencia u otros derivados de la movilidad de estudiante.
La cuantía de las ayudas económicas y sus condiciones están supeditadas al Convenio que se firme entre la UAM y la Comunidad de Madrid. En cuanto se firme, se publicará las ayudas adjudicadas en el apartado Convocatorias de la página web de la UAM.
Presentación
La presentación de solicitudes para las Becas Erasmus + Prácticas - UAM es posible desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
Solicitudes para movilidades en Estados miembros de la UE y terceros países asociados al programa Erasmus+:
- Se recomienda presentar la solicitud al menos 1 mes antes del inicio de la movilidad. Si se presenta con menos antelación es posible que la fecha de inicio se tenga retrasar para permitir la revisión de la solicitud y la realización de los trámites requeridos, especialmente si la solicitud demostrara faltas o no estuviera acompañada por la documentación exigida.
- Las solicitudes para movilidades que se inicien entre el 1 de agosto y el 15 de septiembre en todo caso se deberán presentar hasta el 15 de julio del mismo año.
Solicitudes de movilidades en terceros países no asociados al programa Erasmus+ con plazas ofertadas por la UAM (con una reserva de fondos de acuerdo con el artículo 5.11.):
- Se recomienda presentar la solicitud al menos 1 mes antes del inicio de la movilidad. Si se presenta con menos antelación es posible que la fecha de inicio se tenga retrasar para permitir la revisión de la solicitud y la realización de los trámites requeridos, especialmente si la solicitud demostrara faltas o no estuviera acompañada por la documentación exigida.
- Las solicitudes para movilidades que se inicien entre el 1 de agosto y el 15 de septiembre en todo caso se deberán presentar hasta el 15 de julio del mismo año.
Solicitudes de movilidades en terceros países no asociados al programa Erasmus+ con plazas propuestas por el o la estudiante:
- Las solicitudes se deben ajustar a plazos establecidos en el calendario de adjudicación que se publicará y actualizará en la página web de esta convocatoria (https://www.uam.es/uam/internacional/convocatoria-erasmus-practicas).
- Se garantizará que habrá al menos 4 rondas de adjudicación por curso académico.
Todas las solicitudes se presentarán en un formulario electrónico disponible en SIGMA (Trabajos fin grado y prácticas empresa > Inscripción > Prácticas Internacionales), en el que se deberá adjuntar la documentación indicada.
Más información
Características de la convocatoria
Movilidades elegibles
La convocatoria permite la realización de los siguientes tipos de movilidades:
- Prácticas externas curriculares y extracurriculares de estudiantes de Grado y Máster
- Estancias para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado/Máster de estudiantes de Grado y Máster
- Estancias de investigación para la tesis doctoral de estudiantes de Doctorado
- Movilidades de formación práctica de estudiantes después de la finalización de estudios (como estudiante “recién titulado/a”)
Solamente serán admisibles realizar movilidades de manera presencial o semi-presencial / híbrida, no siendo posible que se realicen de manera virtual en su totalidad.
Duración y período de movilidades elegibles
Esta convocatoria está dirigida a movilidades:
- Movilidades tengan lugar en el período comprendido entre el 31/07/2025 y el 31/08/2026
- Movilidades que se hayan iniciado con anterioridad al 31/07/2025 pero que finalicen con posterioridad al 31/07/2025
Las movilidades deben cumplir con los requisitos generales del establecidos por el programa Erasmus+:
- Movilidades de larga duración: La movilidad física debe tener una duración mínima de 2 meses y una duración máxima de 12 meses, y puede combinarse con un componente virtual.
- Movilidades de corta duración: La movilidad física debe tener una duración mínima de 5 días y una duración máxima de 30 días. Se combinarán con un componente virtual, que será obligatoria para estudiantes de Grado y Máster y opcional para estudiantes de Doctorado. El componente virtual consistirá en determinadas actividades que el o la estudiante realice de forma remota: Durante toda la movilidad física o en un período específico antes, durante o después de la movilidad física
La fecha de inicio del período de movilidad física será la del primer día en el que el o la estudiante necesite estar presente físicamente en la organización de acogida y la fecha de finalización será la del último día en el que el o la estudiante necesite estar presente físicamente en la organización de acogida.
Las movilidades deben tener una dedicación diaria de entre 4 y 8 horas y una dedicación semanal mínima de 20 horas, tanto durante el período de movilidad física, como durante el período virtual si lo hubiera. La dedicación máxima semanal será la establecida en la legislación del país de destino, y con carácter general no puede ser superior a 40 horas.
El programa Erasmus+ establece que cada estudiante puede participar en períodos de movilidad que sumen un total de hasta 12 meses de movilidad física por cada ciclo de estudios (Grado, Máster, Doctorado), independientemente del número y el tipo de actividades de movilidad. En el Grado de Medicina el límite es de 24 meses. No obstante, los períodos de movilidad no podrán solaparse en ningún caso. Además de los períodos de participación en el programa Erasmus+, también se descuenta del máximo de 12 meses por ciclo (24 meses en el caso de estudiantes de Medicina), las movilidades Erasmus realizadas en el Programa de Aprendizaje Permanente (PAP) o Erasmus Mundus. El cómputo del tiempo que cada estudiante tenga disponible para futuras movilidades se calcula según las indicaciones del programa Erasmus+ en base a las fechas exactas de entrada y salida recogidas en el certificado de estancia o el documento equivalente que acredite la duración total de la movilidad anterior. A modo de ejemplo: En caso de haber realizado una movilidad previa de 5 meses y 10 días de Erasmus Estudios durante estudios Grado, se podría realizar hasta 6 meses y 20 días de Erasmus Prácticas durante ese mismo ciclo de estudios.
El período de movilidad en el extranjero se puede ver interrumpido por las vacaciones de la institución de acogida si decide cerrar durante ese tiempo. La subvención se mantendrá durante dicho período. El tiempo de cierre no computará para la duración mínima del período de formación práctica, pero sí para la duración máxima establecida por cada ciclo de estudios.
Cualquier otro tipo de interrupción debe ser recogida en el Learning Agreement (Before the Mobility, During the Mobility o After the Mobility), y la subvención no se mantendrá durante dicho período, con las posibles excepciones en caso de que se trata de una interrupción por fuerza mayor.
No se autoriza la realización de movilidades si el período coincide con la realización de una movilidad en el marco de otros programas de movilidad gestionados por el Vicerrectorado de Internacionalización.
Cada estudiante debe confirmar la compatibilidad de la movilidad con el resto de tareas académicas. La realización de la movilidad nunca le puede eximir de cumplir con las obligaciones derivadas de otras asignaturas matriculadas durante el período de realización.
Países de destino elegibles:
Las movilidades se pueden llevar a cabo en instituciones ubicadas en los siguientes países:
- Estados miembros de la Unión Europea (UE): Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia
- Terceros países asociados al programa Erasmus+: Macedonia del Norte, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Serbia, Turquía
- Terceros países no asociados al programa Erasmus+ de acuerdo con la guía del programa Erasmus+: Resto de países del mundo
Instituciones de acogida elegibles
Pueden ser, por ejemplo:
- Cualquier organización pública o privada activa en el mercado de trabajo o en los ámbitos de la educación, la formación o la juventud, por ejemplo: Una empresa pública o privada, pequeña, mediana o grande (incluidas las empresas sociales); Un organismo público local, regional, nacional o internacional; Un interlocutor social u otro representante de la vida laboral, incluidos las cámaras de comercio, las asociaciones artesanales o profesionales y los sindicatos; Un instituto de investigación; Una fundación; Un centro escolar, un instituto o un centro educativo (de cualquier nivel, desde preescolar hasta educación secundaria, incluidas la educación profesional y la educación de adultos); Una organización, asociación u ONG sin ánimo de lucro; Un organismo de asesoramiento académico, orientación profesional y servicios informativos
- Una institución de educación superior ubicada en un Estado miembro de la UE o en un tercer país asociado al Programa a la que se haya concedido una ECHE (Carta Erasmus de Educación Superior) o una institución de educación superior de un tercer país no asociado al Programa reconocida como tal por las autoridades competentes
Los siguientes tipos de organizaciones no son admisibles como organizaciones de acogida:
- Las instituciones de la UE y otros organismos de la UE, incluidas las agencias especializadas (cuya lista exhaustiva se puede consultar en el sitio Web: https://european-union.europa.eu/institutions-law-budget/institutions-and-bodies/institutions-and-bodies-profiles_es)
- Las organizaciones que gestionen programas de la UE, como las Agencias Nacionales (con el fin de evitar conflictos de intereses o dobles financiaciones)
Oferta de destinos y búsqueda de instituciones de acogida:
Para poder participar en esta convocatoria, es necesario contar con una institución de acogida para la realización de la movilidad, y haber confirmado previamente el proyecto formativo, período y demás características de la movilidad.
Existen dos posibles vías para obtener una institución de acogida para la realización de la movilidad:
- Aportada por el o la estudiante: Con carácter general la búsqueda es la responsabilidad de cada estudiante
- A través de plazas ofertadas por UAM: Los centros de la UAM podrán ofertar plazas de movilidad mediante convocatorias adicionales en las que se informe sobre las plazas disponibles, así como sobre la distribución de las mismas: características, duración y requisitos exigidos. En ningún caso, el hecho de ser seleccionado/a para una plaza de movilidad en otras convocatorias exime de realizar los trámites exigidos en esta convocatoria para poder comenzar la movilidad
Adicionalmente, el Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad (SERIM) informará sobre ofertas de prácticas de otras instituciones, así como sobre otros recursos para la búsqueda de prácticas a través de su página web: https://www.uam.es/uam/interncional/trabajo-practicas-extranjero
Inclusión en el sistema de Seguridad Social:
Las y los estudiantes se incluirán en el sistema de Seguridad Social de acuerdo lo previsto en la legislación vigente dependiendo del tipo de movilidad.
Situación de permanencia
Si una vez aceptada la solicitud para la realización de la movilidad a través de esta convocatoria, el o la estudiante se encontrara en situación de permanencia, deberá comunicarlo al SERIM, quedando la tramitación de su movilidad en suspenso, y no pudiéndose incorporar a la institución de destino o seguir desarrollando la movilidad hasta que la situación de permanencia no se resuelva.
Si la situación de permanencia se resolviera de forma negativa, no podrá iniciar o continuar sus prácticas, retirándose así la ayuda financiera concedida dado que dejaría de ser estudiante de la UAM, y no podría, por tanto, participar en programas de movilidad.
Si la situación de permanencia se resolviera de forma positiva, se podrá continuar con la tramitación de su movilidad. Lo anterior se aplicará como norma general, salvo que el centro correspondiente estableciera en su normativa propia otra cosa.
Enlaces de interés
https://www.uam.es/uam/media/doc/1606983893780/convocatoria-erasmus-practicas-2025-consolidada.pdf
Documentación a adjuntar
Documentación obligatoria para todo el estudiantado:
- LEARNING AGREEMENT FOR TRAINEESHIPS (BEFORE THE MOBILITY), firmado por el o la estudiante, y la institución de acogida. Se admiten firmas escaneadas
Documentación adicional en determinados casos:
- DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SUPLEMENTARIA para poder optar por ayudas destinadas a estudiantes con menos oportunidades (en caso de aquellos estudiantes que cumplan con las condiciones establecido en el artículo 5.7). La UAM recabará y custodiará los datos de carácter personal de acuerdo con la normativa vigente.
- DOCUMENTO DE CONFORMIDAD - TUTOR/A DEL TRABAJO FIN DE GRADO/MÁSTER EN LA UAM: Solo estudiantes que realicen actividades correspondientes a su Trabajo Fin de Grado/Máster, de acuerdo con el apartado 4.4.
- DOCUMENTO DE CONFORMIDAD - DIRECTOR/A DE TESIS: Solo estudiantes de Doctorado
- ACREDITACIÓN DE ESTAR EN POSESIÓN DE UN NÚMERO DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO (NIE): Solo personas que no tengan la nacionalidad española
Para poder optar por cualquier de las ayudas financiera ofrecidas en esta convocatoria, después de la formalización de la solicitud de acuerdo con el artículo 6.5 el o la estudiante deberá presentar el RESGUARDO DE SOLICITUD firmado, preferentemente en el del Registro Electrónico Común (https://rec.redsara.es) o en la Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la UAM, o a través del cualquiera de las demás formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud demostrara alguna falta o no estuviera acompañada por la documentación exigida de acuerdo con el artículo 6.5, se requerirá al estudiante por correo electrónico para que, en un plazo de 10 días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos. Si pasado este plazo no se hubiera producido la subsanación, se dará por desistida la petición.
Solamente se admiten solicitudes de estudiantes que tengan el expediente académico abierto en el momento de presentar la solicitud, con la siguiente excepción:
Las y los estudiantes de último curso podrán presentar una SOLICITUD PREVIA DE PARTICIPACIÓN durante su último año de estudios para realizar una movilidad como estudiante recién titulado/a, teniendo en cuenta:
- La SOLICITUD PREVIA DE PARTICIPACIÓN debe ser presentada mientras el expediente académico siga abierto y se realiza mediante el envío del formulario correspondiente a la dirección practicas.internacionales@uam.es.
- Se establece un plazo máximo de 6 meses contados a partir de la fecha de la presentación de la SOLICITUD PREVIA DE PARTICIPACIÓN para la presentación de la solicitud completa de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.5. Solamente será posible la realización de una movilidad en una organización de acogida. De no presentarse dicha solicitud, se dará por desistida la SOLICITUD PREVIA DE PARTICIPACIÓN.
Cualquier solicitud o solicitud previa de participación presentada fuera de los plazos establecidos en los apartados anteriores será excluida.
Las solicitudes se examinarán para comprobar si reúnen los requisitos exigidos y se aportan los documentos preceptivos. Aquellas solicitudes que no reunieran los requisitos básicos de esta convocatoria serán excluidas.
La evaluación de las solicitudes consistirá en:
- La revisión del cumplimiento de los requisitos formales exigidos en la convocatoria y de la normativa académica general por parte del SERIM.
- La revisión de la viabilidad y adecuación a los estudios que cursa el o la estudiante y por el cumplimiento de la normativa académica del Centro. Para ese fin, sin perjuicio de los mecanismos de cooperación que se establezcan entre el SERIM y los Centros, cada Centro debe determinar una unidad administrativa o las personas responsables para la revisión.
Las ayudas financieras se adjudicarán entre todas las solicitudes que han sido evaluadas positivamente.




