Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO
INSCRIPCIONES
Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Pablo de Olavide (UPO) en cada curso académico convoca una serie de becas y ayudas destinadas a facilitar que sus alumnos alcancen las metas fijadas en lo relacionado con su formación académica.
Un ejemplo de ello es la convocatoria de las Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO, que están dirigidas a los estudiantes de la Universidad Pablo de Olavide (UPO) y mediante las que los beneficiarios de las mismas obtendrán un ayuda económica de 300 euros para cubrir los gastos de formación y acreditación del nivel obtenido.
Además de los requisitos indicados en la correspondiente convocatoria, los alumnos que sean beneficiarios de las Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO, deberán cumplir con una serie de obligaciones, con la finalidad de garantizar el buen aprovechamiento de las mismas.
La Universidad Pablo de Olavide (UPO) de Sevilla, es una universidad pública que desde el principio de su historia siempre ha apostado por la calidad en la formación académica y para ello pone en marcha una serie de becas y ayudas.
Si deseas conocer más datos sobre las Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO, te encuentras en el lugar más indicado ya que en esta web puedes consultar todos los datos relacionados con las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los solicitantes para las Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO.
- A. Estar matriculado en la Universidad Pablo de Olavide, en una titulación oficial de Grado, en el curso 2024/2025. A los efectos de obtener la ayuda descrita en el apartado a) del artículo 2.1., tendrán la consideración de estudiantes matriculados en estudios de Grado en el curso 2024/2025, aquéllos que, teniendo superadas previamente todas las materias de esta titulación, acrediten en dicho curso 2024/2025 las competencias lingüísticas exigidas para la expedición del título.
- B. Haber disfrutado de la condición de becario de carácter general de las becas convocadas por el Ministerio con competencia en materia de becas de carácter general para estudiantes universitarios, durante el curso académico 2023/2024 o 2024/2025.
- C. Haber realizado gastos de formación y/o acreditación para la obtención de competencias lingüísticas en una lengua extranjera.
- D. En el caso de solicitar la ayuda del apartado a) del artículo 2.1. de esta convocatoria, tener acreditado en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas de nivel B1 o superior, necesarias para la expedición del correspondiente título de Grado.
- E. En el caso de solicitar la ayuda del apartado b) y c) del artículo 2.1. de la presente convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B2 o superior, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.
- F. Haber superado los requisitos necesarios para obtener el nivel de idiomas para el que se solicita la ayuda con anterioridad al 15 de octubre de 2025.
La condición de beneficiario podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones
Dotación
El importe máximo de cada una de las Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO, descritas en el artículo 2.1. será de 300,00 euros.
El importe concedido estará destinado a cubrir tanto los gastos de formación como los correspondientes a la acreditación del nivel obtenido.
El estudiante declarará en la solicitud si ha percibido en alguna de sus modalidades la ayuda para la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas convocada por la Junta de Andalucía o la Universidad Pablo de Olavide en cursos anteriores.
Presentación
Solicitudes de las Becas Adquisición de Competencias Lingüísticas Grado UPO: plazo y lugar de presentación.
Presentación de la solicitud. – Los solicitantes deberán presentar la solicitud que se encuentran en el Tablón Electrónico de la Universidad Pablo de Olavide. Según lo dispuesto en el artículo 4.1.f del Reglamento de uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.
Los solicitantes deberán aportar la documentación reflejada en el artículo 6, por la sede electrónica de la Universidad Pablo de Olavide a través de “Instancia Genérica” https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index , o bien de forma electrónica por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de solicitud será el siguiente: Desde el día siguiente a la publicación en el BOJA y hasta 15 de octubre de 2025 inclusive.
Más información
Objeto de la ayuda
Se podrán obtener ayuda para:
- a. La adquisición y acreditación de la competencia lingüística exigida para la obtención del Título de Grado en un primer idioma extranjero de nivel B1 o superior.
- b. La adquisición y acreditación de la competencia lingüística en un primer idioma extranjero de nivel B2 o superior cuando el estudiante ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del Título de Grado.
- c. La adquisición y acreditación de la competencia lingüística en un segundo idioma extranjero de nivel B1 o superior cuando el estudiante ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del Título de Grado.
Las solicitudes relativas a las ayudas de las letras b) y c) se atenderán en función de la disponibilidad presupuestaria, una vez atendidas las ayudas de la letra a).
Comisión de selección. El estudio de las solicitudes presentadas y la selección de los posibles beneficiarios, será llevado a cabo por la Subcomisión constituida para la Convocatoria General de Becas del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, de acuerdo con el artículo 50.4 de la Resolución de 17 de marzo de 2025 de la Secretaría de Estado de Educación, recogida en el acta de constitución del Jurado de Selección de fecha 21 de mayo de 2025.
Procedimiento
- La Instrucción del Procedimiento será competencia de la Unidad de Becas y Ayudas a la Movilidad del Área de Estudiantes de Grado, que establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para la tramitación y gestión de la convocatoria.
- El procedimiento de concesión de estas ayudas se considera iniciado de oficio por la presente convocatoria.
- El procedimiento se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
- La Comisión de Selección publicará en la relación de solicitantes que deben aportar algún documento o subsanar defectos formales en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide en el plazo de 10 días hábiles, decayendo en su derecho quienes no lo hiciesen en el plazo estipulado.
- La Comisión de Selección hará pública, en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide la relación de solicitantes que van a ser propuestos para la concesión o denegación de la beca. Los interesados podrán presentar alegaciones, en el plazo de 5 días hábiles, ante la propia Comisión.
- La concesión o denegación de las ayudas se llevará a cabo mediante Resolución del Rector, en los términos establecidos en la propuesta realizada por la Comisión de Selección y en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de no llevarse a cabo la resolución de la concesión en el plazo señalado o en su prórroga, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo. Se podrán efectuar resoluciones parciales de concesión y denegación.
- Contra las Resoluciones del Rector, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Obligaciones. Son obligaciones de los beneficiarios
- El sometimiento a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
- Comunicar en el plazo de diez días hábiles la concesión de otras becas o ayudas no declaradas compatibles con estas becas.
- Conservar los justificantes originales de los gastos realizados, durante los cuatro años posteriores a la concesión de la ayuda, para su presentación en caso de serles requeridos.
Incompatibilidades
Las ayudas reguladas en esta convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras becas, ayudas o subvenciones destinadas para la misma finalidad.
Reintegro. Se podrá solicitar el reintegro total o parcial del importe de las ayudas percibidas, por incumplimiento de las obligaciones del beneficiario y en caso de descubrirse que en su concesión concurrió alguna de las siguientes situaciones:
- Ocultación o falseamiento de datos en la solicitud.
- Que no se dispone de los justificantes del gasto declarado.
- Que existe incompatibilidad con otras becas.
Pago de beca
Los importes de las becas objeto de la presente convocatoria, serán abonados mediante transferencia bancaria a los respectivos beneficiarios.
Enlaces de interés
https://www.upo.es/system/modules/com.saga.upo.sedeelectronica.frontend/handler/TEO_download-alfresco-document.jsp?ref=cccb52c2-fe5d-43e0-be49-bc913abfa682
Documentación a adjuntar
Documentación:
En el momento de formalizar la solicitud se adjuntarán, los siguientes documentos:
- a. Fotocopia del Código Cuenta Cliente en el que el solicitante sea titular y al que será transferida la beca, en caso de serle concedida.
- b. Fotocopia de los justificantes de los gastos de formación y/o de acreditación de los niveles de idiomas para los que se solicita la ayuda.