Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO
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Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO: solicitud y plazos
Descripción
En la Universidad Pablo de Olavide, las y los estudiantes pueden participar en asociaciones que promueven la colaboración, la comunicación y el desarrollo de intereses y aficiones comunes. Las asociaciones deben estar debidamente constituidas y cumplir con la Constitución Española, los Estatutos de la Universidad, el Reglamento de Asociaciones de Estudiantes y otras normas. Además, deben estar reconocidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Universidad Pablo de Olavide. Para apoyar su creación y desarrollo, se crean las Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO.
Las Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO ofrecen una oportunidad clave para fortalecer la vida universitaria en la Pablo de Olavide. Estas ayudas están diseñadas para respaldar a las asociaciones registradas y apoyar tanto sus gastos de funcionamiento como la puesta en marcha de proyectos. Se presentan en dos modalidades que se adaptan a distintas necesidades y objetivos.
La modalidad A cubre el presupuesto básico de la asociación. Se valora la trayectoria en cursos anteriores, las actividades planificadas para el nuevo curso y la coherencia del presupuesto. La modalidad B financia proyectos concretos vinculados a áreas como cultura, inclusión, igualdad de género, sostenibilidad, participación ciudadana, empleabilidad o internacionalización.
Las Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO son un impulso para la participación estudiantil y el fortalecimiento de la vida académica. Si deseas saber como obtener una de estas ayudas, consulta aquí toda la información.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Destinatarios de las Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO
Podrán solicitar las ayudas de las modalidades A y B, asociaciones estudiantiles de la UPO que figuren inscritas en el Registro de Asociaciones Universitarias de esta Universidad, tal como figura en los art. 6 y 7 de la Normativa de Asociaciones Universitarias, aprobada en Consejo de Gobierno de la UPO de fecha 28 de marzo de 2006.
Ninguna asociación podrá recibir más de una ayuda de la misma finalidad, aunque sí serán compatibles las ayudas de las modalidades A y B.
Requisitos
Los requisitos para las distintas ayudas serán los siguientes:
- MODALIDAD A. Será requisito indispensable que las asociaciones estudiantiles solicitantes de esta ayuda estén debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Universitarias de la UPO, tal como figura en los arts. 6 y 7 de la Normativa de Asociaciones Universitarias, aprobada en Consejo de Gobierno de la UPO de fecha 28 de marzo de 2006.
- MODALIDAD B. Para solicitar esta ayuda la asociación solicitante habrá de cumplir el requisito detallado anteriormente en la MODALIDAD A y deberá presentar un/os proyecto/os universitarios relacionados con las actividades y el cumplimiento de los fines de la propia asociación.
Asimismo, podrán solicitar estas ayudas las asociaciones en proceso de constitución que hayan obtenido/solicitado a través del registro de la UPO el domicilio social, adjuntado el proyecto de estatutos presentado a la correspondiente consejería de la Junta de Andalucía para su registro oficial, si bien no podrán percibir la ayuda hasta que no estén inscritas en el Registro de Asociaciones Universitarias de esta Universidad, antes del 31 de marzo de 2026.
La participación de empresas en estas solicitudes solo se entenderá en forma de mecenazgo, quedando excluidos aquellos proyectos que sean ejecutados total o parcialmente (en este caso más del 50% de la ayuda), por entidades que no sean la propia asociación.
En ningún caso se sufragarán actividades con ánimo de lucro para las asociaciones, ni aquellos que no estén alineados con los fines recogidos en los estatutos de la Asociación.
Dotación
La cuantía de cada una de las modalidades de Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO será la siguiente:
- MODALIDAD A: 2000 €.
- MODALIDAD B: 4000 €.
A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Selección indicada en el punto 8 de esta resolución decidirá la cuantía de las ayudas concedidas, que nunca podrá ser superior al presupuesto de gastos de funcionamiento de la correspondiente asociación durante el curso 2025-26 en la MODALIDAD A, ni al coste previsto de la actividad a que se destina en la MODALIDAD B.
Asimismo, si la citada Comisión lo estima oportuno, podría contemplar la posibilidad de traspasar fondos de una modalidad a otra, con objeto de garantizar el uso de las cantidades previstas hasta su agotamiento.
El Vicerrectorado de Estudiantes se reserva el derecho de aumentar la dotación presupuestaria de esta convocatoria con posterioridad a la misma, siempre que los presupuestos lo permitan. En ese caso, la Comisión de Selección podría incrementar la dotación a cada una de las solicitudes, sin que en ningún caso la cantidad total asignada pueda superar el importe inicialmente solicitado.
Presentación
Presentación de solicitudes para las Becas Ayudas Asociaciones Estudiantes UPO:
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud en el impreso que se relaciona como Anexo I de esta Resolución y que estará a su disposición en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad. El plazo para su presentación será de 15 días hábiles a contar a partir del siguiente a su publicación en el BOJA.
Las solicitudes se presentarán, según lo dispuesto en el artículo 4.1.f del Reglamento de uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, la presentación de documentación deberá hacerse por la sede electrónica de la Universidad Pablo de Olavide, a través de Instancia Genérica https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index
O bien de forma electrónica por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Notificaciones
Todas las comunicaciones con las personas interesadas se harán mediante su publicación en el TEO de la UPO, surtiendo esta los efectos de la UPO, conforme al art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Criterios de valoración
MODALIDAD A:
Una vez vistas las solicitudes presentadas en la MODALIDAD A, con carácter general, la Comisión de Selección, a la hora de otorgar las ayudas, tendrá en cuenta:
- Las actividades desarrolladas en los cursos 2023-24 y 2024-25.
- Las actividades proyectadas para el curso 2025-26.
- El presupuesto de gastos de funcionamiento para el curso 2025-2026.
El desglose de la puntuación para esta modalidad es el siguiente:
- Valoración general de las actividades desarrolladas en los cursos 2023-24 y 2024-25, hasta un máximo de 2 puntos.
- Valoración general del diseño y planificación de las actividades proyectadas para el curso 2025-26, hasta un máximo de 4 puntos.
- Valoración general del presupuesto de gastos de funcionamiento para el curso 2025-26, hasta un máximo de 4 puntos.
MODALIDAD B:
El proyecto presentado estará dirigido a estudiantes de más de un centro universitario y/o contará con la participación conjunta de asociaciones de estudiantes, para lo cual deberá presentarse un certificado de colaboración con esa asociación.
El proyecto presentado para ser aceptado, tendrá que estar vinculado al menos tres de las siguientes áreas temáticas: Arte y cultura. Empleabilidad. Hábitos de vida saludable. Igualdad de género. Inclusión social y voluntariado. Internacionalización. Participación ciudadana. Sostenibilidad y medio ambiente.
Así mismo, los proyectos presentados que estén orientados a las Jornadas de Puertas Abiertas (2026) o las Jornadas de Bienvenida (septiembre 2026) organizadas por el Vicerrectorado de Estudiantes, serán puntuados en su valoración.
El desglose de la puntuación para esta modalidad es:
- 0,5 puntos por asociación/centro a los que vaya dirigido o implicados dicho proyecto, hasta un máximo de 2 puntos.
- Orientación a las Jornadas de Puertas Abiertas o Jornadas de Bienvenida organizadas por el Vicerrectorado de Estudiantes (referido anteriormente), hasta un máximo de 2 puntos.
- 0,5 puntos por actividad en la que se haya participado durante los cursos 2023-24 y 2024-25, hasta un máximo de 2 puntos.
- Valoración general del diseño y planificación del proyecto/actividad presentada, hasta un máximo de 4 puntos, atendiendo a los siguientes criterios:
- a. Propuesta, hasta 0,5 puntos.
- b. Originalidad y motivación, hasta 0,5 puntos.
- c. Cronograma, hasta 0,5 puntos.
- d. Presupuesto, hasta 0,5 puntos.
- e. Impacto, hasta 0,5 puntos.
- f. Viabilidad, hasta 0,5 puntos.
- g. Atención a la diversidad, hasta 0,5 puntos.
- h. Evaluación, hasta 0,5 puntos.
Resolución
Atendiendo a los criterios de selección y el crédito presupuestario disponible, la Comisión de Selección elevará una propuesta de resolución al Sr. Rector, que se comunicará a las personas solicitantes para la formulación de alegaciones, si lo estiman pertinente, para lo que se contará con un plazo de 5 días hábiles desde su publicación en el Tablón Electrónico (TEO) de la Universidad Pablo de Olavide. Una vez resueltas estas, se dictará resolución definitiva por el Sr. Rector a partir de la propuesta de la Comisión de Selección.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias de las ayudas están obligadas a:
- Destinar las ayudas a los fines consignados en su solicitud.
- Realizar la actividad o actividades proyectadas, asumir las responsabilidades que se deriven de su realización y obtener autorización expresa del Vicerrectorado de Estudiantes para efectuar cualquier modificación, que en ningún caso podrá suponer alteración sustancial de su objeto.
- Solicitar autorización expresa al Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Fundaciones para la utilización del paraninfo y/o salas de grados y cualesquiera otras instalaciones de la UPO en el desarrollo de la actividad o actividades previstas. Asimismo, la utilización de los espacios de la UPO estará sujeta a la disponibilidad de los mismos.
- Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de aplicación de la ayuda a los fines que motivaron su concesión.
- Justificación de la ayuda de conformidad con lo establecido en el punto 12 de esta resolución.
- En los materiales de difusión y publicación de las actividades, deberá hacerse constar la colaboración del Vicerrectorado de Estudiantes de la UPO como entidad que financia la/s actividad/es que se desarrollen.
Justificación de la ayuda
La justificación de la ayuda es un acto obligatorio, en la que deben incluirse, bajo responsabilidad de la persona declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento objeto de la subvención pública o ayuda. La justificación se realizará mediante la presentación de la memoria justificativa a través de https://www.upo.es/limesurvey/index.php?r=survey/index&sid=892438&lang=es
El plazo de presentación de esta memoria finalizará el 10 de noviembre de 2026.
Junto con la memoria, deberán acreditarse los gastos realizados mediante facturas originales y documentos justificativos del pago de las mismas.
En el caso de ayudas concedidas a asociaciones, deberán presentarse las facturas a nombre de las mismas constando su CIF y resto de datos fiscales.
La no presentación de esta memoria y justificantes en tiempo y forma, será motivo de revocación de la ayuda.
Enlaces de interés
https://www.upo.es/system/modules/com.saga.upo.sedeelectronica.frontend/handler/TEO_download-alfresco-document.jsp?ref=162c3d0c-8a29-4e22-866b-09337731d19b
Documentación a adjuntar
MODALIDAD A:
- Impreso de solicitud (Anexo I) debidamente cumplimentado.
- Relación de eventos de la Universidad en los que ha participado la asociación durante los cursos 2023-24 y 2024-25.
- Presupuesto de gastos de funcionamiento de la asociación durante el curso 2025/26.
- Breve informe de las actividades realizadas y previstas por la asociación durante el curso 2025-26.
- Certificado actualizado de la composición de la Junta Directiva de la asociación.
- Fotocopia del NIF de la persona que ocupa la presidencia de la asociación o representante debidamente acreditado en los términos previstos en sus propios estatutos.
- Copia actualizada del libro de socios de la asociación.
- Fotocopia del CIF de la asociación.
- Certificado bancario original.
MODALIDAD B:
- Impreso de solicitud (Anexo I) debidamente cumplimentado.
- Relación de eventos de la Universidad en los que ha participado la asociación durante los cursos 2023-24 y 2024-25.
- Proyecto detallado en el que estará incluido como mínimo, los objetivos, destinatarios y la naturaleza de la actividad, recursos disponibles (humanos y materiales), fechas en que se desarrollará, número de participantes, impacto previsto y todo lo que se considere justifica el proyecto.
- Presupuesto de los proyectos.
- Certificado actualizado de la composición de la Junta Directiva de la asociación.
- Fotocopia del NIF de la persona que ocupa la presidencia de la asociación o representante debidamente acreditado en los términos previstos en sus propios estatutos.
- Copia actualizada del libro de socios de la asociación.
- Fotocopia del CIF de la asociación.
- Certificado bancario original.






