Universidad de Sevilla (US)

Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo

Becas de estudiosBecas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

22/05/202504/06/2025
Finalizada

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Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Sevilla tienen como objetivo fomentar a los estudiantes a que participen en la actividad de los Servicios Universitarios. Para alcanzar este objetivo, el Rectorado de la universidad convoca las Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo.

Con las Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo, la Universidad de Sevilla quiere ofrecer a los estudiantes la oportunidad de adentrarse en las causas sociales, políticas y económicas que causan la pobreza, fomentando así el inicio de investigaciones en cooperación al desarrollo.

Para esta convocatoria se ofrecen 2 Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo. Estas becas ofrecen una dotación económica de 450€ mensuales para que sus estudiantes puedan realizar su formación durante sus estudios. Las actividades de formación se iniciarán en noviembre hasta finales de año, realizando 25 horas semanales de formación.

Podrán solicitar las Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo, aquellos estudiantes que se encuentren matriculados en una titulación oficial de grado o máster en la Universidad de Sevilla.

Si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad de Sevilla, aquí puede encontrar todo lo que necesitas saber. Te ofrecemos toda la información sobre las Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Sevilla, requisitos, plazos y como solicitarla.

Datos básicos

Nº de becas
2
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos Generales para las Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo:

Estas becas están destinadas a estudiantes matriculados en el curso 2024-2025 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario impartido en centros propios de la Universidad de Sevilla. Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o los créditos que le resten para finalizar sus estudios en el curso 2024-2025.

Los beneficiarios de estas becas deberán tener superado hasta el curso 2023-2024, inclusive, al menos, el 50% de los créditos necesarios para obtener un título oficial de grado en la Universidad de Sevilla. En el caso de los estudiantes matriculados en un máster universitario, se considerará la titulación que les da acceso al máster para el cumplimiento de este requisito.

Los beneficiarios de estas becas tendrán la obligación de matricularse en el curso 2025-2026 de, al menos, 3 créditos en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario impartido en centros propios de la Universidad de Sevilla. En caso de no matricularse en el curso 2025-2026 se le revocará la beca.

Dotación

Se convocan Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo con una dotación mensual de 450,00 euros, destinadas a estudiantes para su formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo, con sede en el Centro Internacional, en las siguientes modalidades:

  • a. Perfil de Cooperación al Desarrollo General, con una beca.
  • b. Perfil de Comunicación y Cooperación al Desarrollo, con una beca.

Los beneficiarios de las becas deberán realizar las actividades de formación desde su incorporación, a partir del día 1 de noviembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, durante 25 horas semanales.

Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2026, estas becas se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de julio de 2026. Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2026 no fuese suficiente para prorrogar las becas hasta dicha fecha, éstas se prorrogarán hasta la fecha que permita el crédito disponible.

El contenido de la formación de estas becas se concreta en los Planes de formación que se acompañan como Anexos a esta convocatoria.

5. No podrán disfrutar de estas becas aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria, siempre y cuando dicho periodo haya alcanzado de forma continua o discontinua una duración total de 12 meses.

Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas de formación podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5/C.G. 20-12-12).

6. Los destinatarios de estas becas se concretan en el Régimen específico de cada una de las modalidades convocadas.

Presentación

El estudiante, para participar en la convocatoria de Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo, deberá cumplimentar el impreso de la misma que estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Becas de formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo: (https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-deformacion/propias).

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación requerida, se deberán presentar de forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT), según se establece en el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla. La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro General Electrónico del AGE (https://reg.redsara.es), a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”.

Excepcionalmente, aquellos estudiantes que no reúnan las condiciones para solicitar el certificado digital de la FNMT, podrán presentar su solicitud de forma presencial a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Sevilla, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php (Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro) o bien podrán presentar la solicitud en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).

Más información

Planes de formación

  • Perfil Cooperación al Desarrollo General: https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-oficina-cooperacion/PF%20CODE%20General%2025%2026_210525.pdf
  • Perfil Comunicación: https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-oficina-cooperacion/PF%20CODE%20Comunicaci%C3%B3n%20y%20Cooperaci%C3%B3n%20al%20Desarrollo%2025%2026_210525.pdf
Baremo

Para la Resolución de esta convocatoria, se tendrá en cuenta el expediente académico del solicitante, los cursos realizados por éste en relación con el objeto de la beca y la entrevista personal realizada.

Los candidatos se ordenarán de mayor a menor puntuación, de acuerdo con el siguiente baremo:

a. Se asignarán hasta 3 puntos por la nota media del expediente académico del candidato obtenida hasta el curso 2023-2024 o último curso universitario realizado con anterioridad, en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2024-2025, de acuerdo con la siguiente escala:

  • Nota media entre 5,00 y 5,49: 0,25 puntos.
  • Nota media entre 5,50 y 5,99: 0,50 puntos.
  • Nota media entre 6,00 y 6,49: 0,75 puntos.
  • Nota media entre 6,50 y 6,99: 1,00 punto.
  • Nota media entre 7,00 y 7,49: 1,25 puntos.
  • Nota media entre 7,50 y 7,99: 1,50 puntos.
  • Nota media entre 8,00 y 8,49: 2,00 puntos.
  • Nota media entre 8,50 y 8,99: 2,50 puntos.
  • Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos.
  • A los estudiantes matriculados por primera vez en 1º curso en un máster universitario se les asignará la nota media obtenida en la titulación que le da acceso al mismo.

b. Se asignarán hasta 3 puntos por el porcentaje de créditos superados en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2024-2025 (sólo se tendrán en cuenta los créditos superados hasta el curso 2023-2024 o último curso universitario realizado con anterioridad), de acuerdo con la siguiente escala:

  • 50,00% a 54,99% 1,00 punto.
  • 55,00% a 59,99% 1,25 puntos.
  • 60,00% a 64,99% 1,50 puntos.
  • 65,00% a 69,99% 1,75 puntos.
  • 70,00% a 74,99% 2,00 puntos.
  • 75,00% a 79,99% 2,25 puntos.
  • 80,00% a 84,99% 2,50 puntos.
  • 85,00% a 89,99% 2,75 puntos.
  • Desde 90%, inclusive 3,00 puntos.
  • A los estudiantes matriculados en másteres universitarios se les asignarán 3,00 puntos en este apartado.

c. Cursos realizados relacionados con el objeto de la beca: Se sumarán las horas lectivas de todos los cursos realizados por los candidatos relacionados con el objeto de la beca, asignándose hasta 2,00 puntos en función del total de horas, de acuerdo con la siguiente escala:

  • Hasta 20 horas lectivas de cursos realizados: 0,50 puntos.
  • Hasta 30 horas lectivas de cursos realizados: 0,75 puntos.
  • Hasta 40 horas lectivas de cursos realizados: 1,00 punto.
  • Hasta 50 horas lectivas de cursos realizados: 1,25 puntos.
  • Hasta 60 horas lectivas de cursos realizados: 1,50 puntos.
  • Hasta 70 horas lectivas de cursos realizados: 1,75 puntos.
  • + de 70 horas lectivas de cursos realizados: 2,00 puntos.
  • Las horas lectivas de los cursos organizados por Organismos Públicos podrán multiplicarse por un factor de ponderación del 1,25.

d. Nivel de idioma acreditado en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: El solicitante deberá justificar el nivel de idiomas mediante la acreditación que conste en el expediente académico de la Universidad de Sevilla. Se asignará la puntuación en función del nivel más alto de idioma acreditado en inglés y el nivel más alto de idioma acreditado en francés, en su caso, de acuerdo con la siguiente tabla:

e. Entrevista personal: Se asignarán hasta 2 puntos a la entrevista personal realizada.

Estudiadas todas las solicitudes, se seleccionará para una entrevista, en su caso, a los candidatos que presenten suficientes méritos.

Una vez baremada la solicitud, según los apartados a, b y c de la base 14, se seleccionará para una entrevista a los 10 candidatos con mayor puntuación en la modalidad de beca con Perfil de Cooperación al Desarrollo General y a los 10 candidatos con mayor puntuación en la modalidad de beca con Perfil de Comunicación y Cooperación al Desarrollo.

En caso de existir igualdad de puntos entre los candidatos, se tendrá en cuenta por este orden:

  • la mayor puntuación obtenida en el apartado c) de la base 14
  • la mayor puntuación obtenida en el apartado b) de la base 14
  • la mayor puntuación obtenida en el apartado a) de la base 14

Los solicitantes que, aun reuniendo los requisitos de la convocatoria, no se encuentren entre los candidatos seleccionados para la realización de las entrevistas tendrán su solicitud denegada por no presentar suficientes méritos.

La fecha de celebración de las entrevistas, en su caso, y la relación de los solicitantes seleccionados para las mismas se publicará mediante Resoluciones con, al menos, 5 días hábiles de antelación en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablonvirtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Becas de formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo (https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias).

La publicación de estas Resoluciones surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes.

No se admitirá prórroga o aplazamiento, salvo casos de fuerza mayor. La no asistencia a la entrevista, en su caso, será causa de denegación de la solicitud.

Una vez baremadas las solicitudes, según se establece en las bases anteriores, y en el caso de igualdad de méritos de los candidatos, una vez realizadas las entrevistas, se tendrán en cuenta por este orden:

  • a. la no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 19 de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 66 de 15 de marzo de 2024).
  • b. la menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante.
  • c. el cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 20 de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 66 de 15 de marzo de 2024).
  • d. tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta el curso 2023-2024, inclusive.
  • e. la nota media del expediente académico.

La renta familiar a efectos de esta beca se obtendrá de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y 17 de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 66 de 15 de marzo de 2024).

Los solicitantes autorizarán a la Universidad de Sevilla a obtener sus datos económicos de la AEAT, mediante la cumplimentación y firma del impreso habilitado para ello.

En el caso de que la solicitud de beca sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las Administraciones Tributarias no dispongan de datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar.

Del mismo modo, si existiesen dificultades técnicas que impidan o dificulten la cesión de los datos por parte de las Administraciones Tributarias, podrá requerirse al solicitante de la beca la presentación del certificado resumen de la declaración anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas o el certificado de imputaciones, en su caso, de los miembros computables de su familia, mediante correo electrónico enviado a la dirección de correo que el solicitante haya indicado en su solicitud.

En caso de que alguno de los candidatos que se encuentre igualado a méritos no aporte en el plazo de 3 días hábiles la documentación que le ha sido requerida por correo electrónico, se situará en último lugar dentro del grupo de candidatos igualados a méritos.

Los estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación de su unidad familiar en castellano.

Resolución

Examinadas las solicitudes, y una vez realizadas las entrevistas, en su caso, la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio resolverá estas becas y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla las propuestas de Resolución, en la que figurarán los candidatos seleccionados, y los suplentes, en su caso, para cada una de las modalidades. Asimismo, incluirá relación de los solicitantes denegados y de los solicitantes desistidos de su petición por no aportar la documentación requerida o por no cumplimentar debidamente la solicitud en plazo.

Aquellos candidatos entrevistados que no hayan sido nombrados titulares o suplentes tendrán su solicitud denegada por no presentar suficientes méritos, aunque hayan sido seleccionados para la realización de las entrevistas que se establecen en la base 15 de esta convocatoria.

En el supuesto de que el número de solicitantes o candidatos, en su caso, sea menor al de becas convocadas solo se abrirá un segundo plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de producirse alguna vacante entre las becas convocadas y no existan suplentes para cubrir éstas, se podrá realizar una convocatoria extraordinaria para cubrir la misma. Cuando la vacante se produzca en el último trimestre del periodo de disfrute de las becas podrá no realizarse convocatoria extraordinaria.

En su caso, los sustitutos disfrutarán de estas becas hasta el final del periodo previsto en la convocatoria, siéndoles abonada la parte proporcional correspondiente al periodo en el que el estudiante realice la formación.

La condición de becario de formación en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad de Sevilla y el becario, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.

El plazo para resolver y notificar la resolución de estas Ayudas será de 6 meses. El plazo se computará a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de que, transcurrido dicho plazo, no constara resolución expresa de la solicitud, se entenderá que la misma ha sido desestimada, a los efectos establecidos en los artículos 24 y 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que, con posterioridad, sea resuelta de forma expresa.

Contra la Resolución Rectoral que resuelve esta convocatoria, que agota la vía administrativa de acuerdo con la Disposición Adicional Primera del Estatuto de la Universidad de Sevilla, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación “Interposición de recursos administrativos incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla”(https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index), en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de notificación/publicación de esta Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998 de 13 de julio de Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Plan de Formación

Las actividades que desarrollen los beneficiarios de estas becas estarán orientadas al aprendizaje y desarrollo práctico de competencias y habilidades en el ámbito de las funciones asignadas a la Oficina de Cooperación al Desarrollo.

Estas actividades quedarán reflejadas en los correspondientes Planes de Formación que figuran como Anexos de esta convocatoria.

El Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación asignará un tutor a cada beneficiario de estas becas, encargado de supervisar el desarrollo de su labor y verificar el aprendizaje y la adquisición de las competencias y habilidades previstas en los Planes de Formación que se adjuntan como Anexos a esta convocatoria.

Trimestralmente, los beneficiarios de estas becas elaborarán una Memoria con las actividades que están desarrollando, que presentarán a la persona que la Vicerrectora de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación haya encargado por delegación y posterior remisión al tutor responsable para la emisión del correspondiente informe. Elaborado el informe, el tutor lo remitirá a la persona delegada por la Vicerrectora en estas tareas, para su remisión al Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación. La última memoria irá acompañada de una encuesta de satisfacción general, que el becario deberá entregar. En caso de una evaluación negativa, podrá proponerse a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla la revocación de la beca de formación.

El tutor tendrá que elaborar un informe final de las actividades desarrolladas en el periodo de formación, que deberá ser remitido al Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación, a través de la persona delegada. Una copia del informe se remitirá a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla para su conocimiento.

Los beneficiarios de estas becas estarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (B.O.E. nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Abono

Los beneficiarios de estas becas recibirán el importe de las mismas en abonos periódicos mensuales, una vez aplicadas las deducciones que pudieran corresponder (deducción por IRPF y cuota a la Seguridad Social).

Las mensualidades dejarán de percibirse en aquellos casos en los que exista un informe no favorable del Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación.

Incompatibilidad

El disfrute de cualquiera de las modalidades de becas reguladas por esta convocatoria es incompatible con el de cualquier otra Beca o Ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/Unidad de la Universidad de Sevilla, así como con cualquier actividad laboral o profesional por cuenta propia o ajena relacionada directa o indirectamente con la actividad formativa objeto de la beca.

Enlaces de interés

https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-oficina-cooperacion/BF%20CODE%2025-26_210525.pdf

Documentación a adjuntar

Documentación. - La solicitud de cada modalidad de beca deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

  • Currículum con la formación documentada del solicitante, con expresión de las actividades relacionadas con la modalidad de beca que solicita y mencionándose con detalle las desarrolladas a todo nivel en la Universidad de Sevilla. El currículum se presentará en un fichero informático en formato PDF, no siendo válida su presentación en papel. El impreso de cada modalidad solicitada deberá ir acompañado de su propio soporte informático no pudiéndose presentar un único soporte informático para todas las modalidades de becas.
  • Copia de los certificados de los cursos realizados relacionados con el objeto de la beca en un fichero informático en formato PDF. No será válida su presentación en papel. No se valorarán aquellos cursos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no serán desistidos de su petición.
  • Certificación académica personal de la titulación que da acceso al máster universitario, si ésta ha sido cursada en una universidad distinta a la Universidad de Sevilla. en la que se indicará la nota media del expediente académico. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo.
  • La documentación complementaria requerida para algunas modalidades de becas.
  • Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
  • El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportar la documentación acreditativa de los datos declarados.

Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas becas, los siguientes extremos:

  • Domicilio a efectos de notificación.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Firma de la solicitud.

Aportación de documentación y subsanación de la solicitud.- Se publicará una Resolución conteniendo una relación de los solicitantes que deban aportar la documentación relacionada en la base 9 o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en la base 10 de la convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Becas de formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo: (https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias).

La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes.

Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, para aportar la documentación que se establece en la base 9 de esta convocatoria o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en la base 10 de la convocatoria.

Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en la base 9 de la convocatoria, a excepción de la referida en el apartado b), o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en la base 10 en los plazos fijados en la Resolución que se establece en esta base, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la Resolución definitiva de la convocatoria.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo

La Universidad de Sevilla tienen como objetivo fomentar a los estudiantes a que participen en la actividad de los Servicios Universitarios. Para alcanzar este objetivo, el Rectorado de la universidad convoca las Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo" es: desde 22/05/2025 hasta 04/06/2025.

La Beca "Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas de Formación en la Oficina de Cooperación al Desarrollo" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica