Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi
INSCRIPCIONES
Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi están dirigidas a financiar la difusión de resultados de investigación del personal docente e investigador de la Universidad de Oviedo durante el ejercicio 2026, dentro del marco del II Plan Plurianual de Investigación y Recursos Humanos. Estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, valorando méritos como la categoría profesional, la trayectoria científica desde 2021 y la calidad y justificación de la memoria científica y económica presentada.
Para poder acceder a estas ayudas es necesario cumplir varios requisitos: ser personal docente o investigador a tiempo completo de la Universidad de Oviedo y estar en activo en el momento de la solicitud, manteniendo la vinculación al menos hasta el 15 de octubre de 2026; figurar como primera autoría del trabajo publicado o presentado en congreso (en este caso, con asistencia presencial obligatoria); y estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, al menos el 50% de las personas firmantes del trabajo deben pertenecer a la Universidad de Oviedo.
La solicitud de las Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi debe presentarse a través del Tramitador de la Universidad de Oviedo, concretamente en la Sede Electrónica, utilizando el trámite específico habilitado para estas ayudas de 2026. Es obligatorio adjuntar la documentación en formato PDF. Entre la documentación requerida se incluye la trayectoria científico-técnica de la persona solicitante, una memoria científica y económica, y una declaración responsable de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
En cuanto a los gastos subvencionables, se incluyen las tasas de publicación repercutidas por las editoriales que puedan incluir APC. También se cubren gastos de inscripción, así como desplazamiento y alojamiento vinculados a asistencia a congresos.
En nuestra web te mostramos todos los datos relevantes para que puedas solicitar las Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas solicitantes de las Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi:
Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
Ser personal docente y/o investigador de la Universidad de Oviedo a tiempo completo, en activo en el momento de realizar la solicitud y debe mantener su vinculación al menos hasta el 15 de octubre de 2026.
Figurar como primera autoría en el artículo que se publique en la revista científica o en el trabajo que se presente en el congreso de investigación. En este último caso, la persona solicitante tiene que asistir presencialmente al congreso.
Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Paralelamente, al menos el 50% de las personas firmantes de la publicación o del trabajo de congreso deberán pertenecer a la Universidad de Oviedo.
Dotación
Procedimiento de concesión y cuantía de las Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi:
Cada ayuda podrá alcanzar una dotación máxima de mil quinientos euros (1.500,00 €) para cada publicación y solicitante, IVA excluido y estará en función de los resultados obtenidos de la evaluación realizada por la comisión de valoración, siempre y cuando no supere el importe solicitado.
En el caso de que el crédito presupuestario consignado en la convocatoria sea suficiente para atender la totalidad de las solicitudes presentadas dentro del plazo previsto, y siempre que estas cumplan los requisitos exigidos, no será necesario establecer un orden de prelación entre las mismas.
Se establece una puntuación mínima de 30 puntos en la valoración de los expedientes que habrá de ser superada por las solicitudes para ser consideradas aptas para recibir la ayuda.
En el caso de que el importe global máximo destinado a las subvenciones sea inferior del total solicitado, el órgano competente en su caso procederá al prorrateo, en función de la puntuación obtenida, entre las solicitudes admitidas que superen la puntuación mínima.
Gastos subvencionables
De conformidad con la finalidad de las ayudas establecida en el apartado anterior, tendrán la consideración de gastos subvencionables:
- a. Tasas de publicación repercutidas por las editoriales, que pueden incluir el pago previo o costes de procesamiento de artículos (APC) realizado por parte de las personas autoras. El artículo objeto de la ayuda deberá haber sido aceptado con posterioridad a 1 de enero de 2026 y la/s factura/s, expedida a nombre de la persona beneficiaria y abonadas por esta con fecha anterior a 15 de octubre de 2026.
- b. Gastos de inscripción, costes de desplazamiento y/o alojamiento para la asistencia a un congreso celebrado con posterioridad al 1 de enero de 2026 y cuya/s factura/s, expedida/s a nombre de la persona beneficiaria, sean abonadas por esta con fecha anterior al 15 de octubre de 2026.
Para aquellos gastos realizados por la persona beneficiaria de la ayuda cuya naturaleza no resultara elegible según la convocatoria será de aplicación lo establecido en el apartado decimonoveno sobre revocación y reintegro; es decir, la persona investigadora responsable deberá reintegrar a la Universidad de Oviedo el importe total de aquellos gastos no elegibles cuyas facturas estén expedidas a nombre de la institución.
Presentación
La solicitud para las Becas Difusión Resultados Investigación Uniovi deberá presentarse, de conformidad con el apartado octavo de las bases reguladoras, a través del Tramitador de la Universidad de Oviedo, a través del Trámite específico para las ayudas para financiar la difusión de resultados de investigación de 2026 de la Sede Electrónica de la Universidad de Oviedo (https://sede.uniovi.es/tramites/pdi), aportando los documentos en formato PDF que se relacionan en el apartado documentación.
Más información
Objeto
El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas para financiar la difusión de resultados de investigación por parte de docentes y personas investigadoras de la Universidad de Oviedo en el ejercicio 2026 al amparo del eje 3.2 de ayudas a la difusión de resultados de investigación del II Plan Plurianual de Investigación y Recursos Humanos de la Universidad de Oviedo.
Finalidad
La finalidad de las ayudas será contribuir a la formación y especialización científica y técnica del profesorado y el personal de investigación.
Régimen de concesión
La concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, buscando la eficacia en el cumplimiento de los objetivos y la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Régimen de compatibilidad de las ayudas
Estas ayudas son compatibles con otras recibidas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, siempre que entre todas no se supere el coste total de la actividad.
Ninguna de las personas autoras perteneciente a la Universidad de Oviedo puede financiar en su totalidad esta difusión mediante una fuente de financiación alternativa.
Criterios de valoración.
Las solicitudes de ayuda serán evaluadas conforme a los siguientes criterios:
a. Categoría profesional en orden inverso (hasta 30 puntos):
- a. Contrato predoctoral 30 puntos,
- b. Contrato posdoctoral y PAD: 22 puntos
- c. Profesorado Sustituto: 19 puntos
- d. PPL o CD: 16 puntos
- e. TU: 13 puntos
- f. CU: 10 puntos.
b. Trayectoria científico-técnica de la persona solicitante, desde el 1 de enero de 2021. En la evaluación de este apartado se tendrán en cuenta posibles interrupciones o reducciones de la actividad investigadora derivadas de situaciones vinculadas a la conciliación, nacimiento y cuidado de menores, violencia de género y/o sexual, cuidados o situaciones de enfermedad de larga duración, aplicando, en su caso, una interpretación flexible del período temporal considerado. (hasta 30 puntos).
c. Memoria científica y económica de la actividad. En este apartado se valorará la calidad del medio en el que se realiza la publicación en función del ámbito de la investigación y se asignará el máximo de puntos de este criterio a los medios con valoración explícita en los indicadores del Global Ranking of Academic Subjects (ARWUGRAS). También se valorarán las razones que justifican la necesidad de la elección de dicho medio frente a otras alternativas disponibles de calidad comparable incluidas en los acuerdos transformativos o contratos institucionales vigentes de la Universidad de Oviedo para el pago de APC. (hasta 40 puntos).
En caso de empate en la puntuación total, se priorizarán las solicitudes presentadas por personas pertenecientes al sexo infrarrepresentado en la categoría profesional o área de conocimiento correspondiente, conforme a los datos institucionales disponibles.
Instrucción, resolución y plazo para la concesión de las ayudas
El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el Vicerrectorado de Investigación.
La Comisión de Valoración actuará según lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público. La Comisión de Valoración, previo estudio y revisión de las solicitudes presentadas, emitirá, en un plazo máximo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
A la vista de dicho informe, se realizará propuesta de resolución provisional debidamente motivada que incluirá la relación de las solicitudes beneficiarias. Dicha propuesta se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, concediendo el plazo de 10 días hábiles para que se presenten las alegaciones que estimen convenientes.
De conformidad con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para dictar resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por la persona interesada.
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por las personas interesadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la persona solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
La propuesta de resolución no crea derecho alguno a favor de la persona beneficiaria propuesta frente a la Administración, mientras no se haya publicado la resolución de concesión.
El Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo máximo de diez días hábiles desde la propuesta de adjudicación dictará resolución adjudicando las ayudas, que será publicada en la página web de la Universidad de Oviedo.
El plazo máximo de resolución de cada uno de los procedimientos no podrá exceder de seis meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mayor.
Aceptaciones y renuncias
Las solicitudes beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de su concesión para presentar su aceptación con el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social o, en su caso, la renuncia.
Forma y justificación de las ayudas
La justificación de las ayudas se deberá realizar, como límite, el 15 de octubre de 2026 teniendo en consideración los siguientes aspectos: Aportar a través del Intranet de la Universidad de Oviedo, mediante el trámite específico creado para esta ayuda, los siguientes documentos:
- a. Copia del artículo o comunicación, si no se ha entregado en la solicitud.
- b. Descripción de los gastos subvencionados con esta ayuda (Anexo III) junto con las facturas y justificantes de pago que acrediten el desembolso por parte de la persona beneficiaria de, al menos, el importe de la ayuda concedida.
- c. Cualquier otra documentación que se requiera.
Con carácter general, el pago se realizará previa justificación por la persona beneficiaria del cumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona solicitante señale, de la que habrá de ser titular.
Retenciones
De conformidad con la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes sobre Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, dichas ayudas no están sujetas a retención.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Además de las obligaciones generales que se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y en el apartado décimo séptimo de las bases reguladoras, es obligación de las personas beneficiarias de estas ayudas hacer constar en la publicación la vinculación de la persona investigadora con la Universidad de Oviedo, así como la identificación de esta ayuda de la Universidad de Oviedo. En el caso de que estuvieran financiadas o cofinanciadas por otro organismo, administración, entidad pública o privada, etc. se deberá mencionar esta circunstancia.
Enlaces de interés
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/898015
Documentación a adjuntar
- a. Trayectoria científico-técnica de la persona solicitante (Anexo I).
- b. Memoria científica y económica de la actividad (Anexo II). En este documento, la persona solicitante deberá justificar de manera expresa y razonada la necesidad de la elección de dicho medio frente a otras alternativas disponibles de calidad comparable incluidas en los acuerdos transformativos o contratos institucionales vigentes de la Universidad de Oviedo para el pago de APC. Dicha justificación atenderá a criterios de adecuación temática, público objetivo, impacto científico o requisitos editoriales específicos.
- c. La publicación o documento que acredite la aceptación de la publicación por parte de la revista o del congreso, si no se dispone de la publicación en sí misma.
- d. Declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de julio de 2026.




