Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU
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Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Murcia (UMU) con la finalidad de facilitar una dieta sana y equilibrada a sus alumnos, convoca las Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU.
Mediante las Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU, los alumnos que cursen sus estudios de Grado en la Universidad de Murcia (UMU) tendrán acceso a disfrutar de un menú y desayuno en distintas cafeterías de esta universidad.
De este modo, la Universidad de Murcia (UMU) facilita a sus alumnos el acceso a una comida sana y equilibrada, además de suponer un ahorro diario para los estudiantes.
La Universidad de Murcia (UMU) es una institución universitaria que promueve y desarrolla numerosas iniciativas dirigidas a facilitar a sus alumnos el normal desarrollo de sus estudios. Para ello, en cada curso académico, convoca numerosas ayudas destinadas a facilitar a sus alumnos el acceso y normal desarrollo de los estudios que estos desean cursar.
Esta institución, además, es consciente de los gastos extras a los que sus alumnos deben enfrentarse como son el transporte, la vivienda o la comida diaria durante el periodo académico. Por ello, convoca las Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU.
Para la selección de los alumnos que serán beneficiarios de las Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU se tendrán en cuenta la situación económica y social de cada uno de los solicitantes de las mismas, con la intención de dotar de estas becas a aquellos alumnos que se encuentren en situaciones económicas mas difíciles.
Puedes consultar todos los datos relacionados con las Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU aquí. Nosotros te facilitamos las fechas en las que puedes presentar las solicitudes, los medios mediante los que puedes hacerlo y otros datos que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Las Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU están dirigidas, en primer lugar, a estudiantes matriculados en la Universidad de Murcia, en el curso académico 2024/2025, en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, reguladas en el Real Decreto 822/2021, de 29 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
- También podrán optar a estas ayudas, los estudiantes matriculados en la Universidad de Murcia, en el curso académico 2024/2025, en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Máster, reguladas en el Real Decreto 822/2021, de 29 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, si bien, a los solicitantes de estos estudios sólo se les podrán conceder las plazas que hayan quedado vacantes por no ser cubiertas por los solicitantes de estudios de Grado.
- No podrán participar en la presente convocatoria aquellos/as estudiantes que hayan disfrutado de la ayuda en anteriores convocatorias durante un número de cursos o de años que sea superior al número de cursos o de años de que conste el plan de estudios que estén cursando, más uno.
Dotación
- a. El objeto de la presente convocatoria de Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU, es la adjudicación de las ayudas ofrecidas en los contratos en vigor de las distintas concesiones de hostelería de la Universidad de Murcia en el momento en el que se elabora la convocatoria:
- a.1. Cafetería Centro Social. Tres ayudas de “Beca Comida”, consistentes en la consumición por parte del beneficiario/a de un Menú Completo sin bebida en sus instalaciones.
- a.2. Cafetería del Aulario de la Merced. Dos ayudas de “Beca Desayuno y Comida”, consistentes en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Tipo A y de un Menú Completo con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.3. Cafetería de Bellas Artes. Una ayuda de “Beca Desayuno y Comida”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Tipo A y de un Menú Completo con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.4. Cafetería de Química. Una ayuda de “Beca Desayuno y Menú anticrisis”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Tipo B y de un Menú Anticrisis con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.5. Cafetería de Veterinaria. Dos ayudas de “Beca Desayuno y Comida”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Tipo B y de un Menú Completo con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.6. Cafetería de Campus Sur. Una ayuda de “Beca Desayuno y Comida”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Tipo A y de un Menú del Día con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.7. Pabellón Docente. Una ayuda de “Beca Desayuno y Plato combinado”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno tipo B y de un Plato combinado sin bebida, durante los horarios establecidos.
- a.8. Cafetería-comedor de Economía. Dos ayudas de “Beca Desayuno completo y Menú anticrisis”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Completo y Menú anticrisis con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.9. Kiosco Campus de la Salud. Una ayuda de “Beca Desayuno y Menú del día”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Tipo A y Menú del día con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.10. Cafetería Biología. Dos ayudas de “Beca Desayuno y Menú del día”, consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno Tipo A y Menú del día con bebida, durante los horarios establecidos.
- a.11. Cafetería Ciencias del Trabajo.
- 1 ayuda de “Desayuno saludable y Plato combinado saludable” consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un Desayuno con zumo, café y ½ tostada y un plato combinado saludable, durante los horarios establecidos.
- 2 ayudas de “Menú del día” consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de primer y segundo plato, ensalada, pan y postre durante los horarios establecidos.
- 5 ayudas “Plato Único de Guiso y ensalada” consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un plato de guiso del día y una ensalada, durante los horarios establecidos.
- 5 ayudas “Plato Único de Guiso” consistente en la consumición por parte del beneficiario/a de un plato de guiso del día, durante los horarios establecidos.
- b. Las presentes ayudas están dirigidas, en primer lugar, a estudiantes matriculados en la Universidad de Murcia, en el curso académico 2024/2025, en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, reguladas en el Real Decreto 822/2021, de 29 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
- c. También podrán optar a estas ayudas, los estudiantes matriculados en la Universidad de Murcia, en el curso académico 2024/2025, en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Máster, reguladas en el Real Decreto 822/2021, de 29 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, si bien, a los solicitantes de estos estudios sólo se les podrán conceder las plazas que hayan quedado vacantes por no ser cubiertas por los solicitantes de estudios de Grado. d) No podrán participar en la presente convocatoria aquellos/as estudiantes que hayan disfrutado de la ayuda en anteriores convocatorias durante un número de cursos o de años que sea superior al número de cursos o de años de que conste el plan de estudios que estén cursando, más uno.
Presentación
Las solicitudes de las Becas de Ayudas de comidas en comedores y cafeterías universitarias - UMU se formularán empleando el modelo normalizado que figura como ANEXO I.
Los aspirantes deberán presentar dichas solicitudes y la documentación indicada en el apartado 4 de la solicitud, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Murcia, ubicado en la URL https://sede.um.es/registro2/PR-SG002/acceso.seam?from=default&cid=552, dirigidas a la Sección de Becas, indicando que formulan solicitud para “AYUDAS DE COMIDA EN LOS COMEDORES Y CAFETERÍAS UNIVERSITARIAS 2024-2025”.
El plazo para presentar solicitudes de participación en la presente convocatoria permanecerá abierto entre el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia y el día 18 de octubre de 2024.
Los/las estudiantes que participen en la presente convocatoria deberán cumplimentar su solicitud utilizando el Anexo I, indicando para cada establecimiento del documento si desean o no disfrutar la ayuda en el mismo.
- Los establecimientos en los que deseen disfrutarla deberán ser relacionados o seleccionados con arreglo al orden de preferencia del peticionario.
- En el caso de establecimientos por los que no desee optar, deberá así señalarse marcando la casilla “ No deseo optar por este establecimiento”.
Si se diese el caso en que la Universidad concediera una ayuda en un establecimiento donde el solicitante no hubiera marcado la casilla “ No deseo optar por este establecimiento” y, llegado el momento, este rechazara su disfrute, se aplicará la consecuencia consistente en bajar un puesto en el orden de las “Listas de Espera” de cada tipo de ayuda en las que el solicitante permanezca activo.
Se puede solicitar la ayuda para su realización en más de un establecimiento de los detallados en la base 1ª a), pero, si por la valoración de los méritos aportados se diese la circunstancia de poder optar a varias ayudas, la Universidad asignará una de ellas de manera automática, en función de las prioridades indicadas previamente en la solicitud por la misma persona interesada.
En caso de que el solicitante no establezca ningún orden, se aplicará el orden natural del Anexo I.
A efectos de comprobar los requisitos económicos, los/as solicitantes deberán, bien presentar copia de la Declaración de la Renta del ejercicio 2023 de todos los miembros de la unidad familiar (solicitante, padre, madre y hermanos) o documento que justifique los ingresos durante ese ejercicio, bien autorizar a la Universidad de Murcia para que esta pueda obtener, en su nombre, los datos del ejercicio 2023 a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la finalidad de determinar la renta familiar a efectos de estas ayudas, mediante la cumplimentación en debida forma de autorización que figura como ANEXO II.
Toda la información recibida y recabada por la Universidad de Murcia se utilizará única y exclusivamente para los fines de esta convocatoria.
Sólo serán valorados los méritos presentados y que estén debidamente justificados por organizaciones reconocidas legalmente.
Más información
Duración de las ayudas
El período de disfrute de las “Ayudas de Comida en los Comedores y Cafeterías Universitarias” será el comprendido entre la concesión definitiva para el presente curso hasta la adjudicación definitiva de la siguiente convocatoria, 2025/2026, durante los días y períodos lectivos establecidos en los correspondientes calendarios académicos en vigor, exceptuando el periodo que media entre el 1 de julio y el inicio del siguiente curso académico. Este disfrute se puede ver alterado por situaciones imprevistas que exijan una modificación del uso de estos espacios por las autoridades competentes o por la Universidad de Murcia.
Solo se podrá hacer uso de la ayuda una vez que el beneficiario de esta haya firmado el documento de aceptación, que le será proporcionado por la oficina de Atención Social.
Obligaciones de los/as beneficiarios/as
- El/la beneficiario/a de las “Ayudas de Comida en los Comedores y Cafeterías Universitarias” deberán utilizar exclusivamente el comedor o cafetería que le hubiera sido específicamente asignado. En caso de que el/la beneficiario/a de la ayuda, de manera justificada y validada por la Oficina de Atención Social, no pudiera emplearla en el establecimiento asignado, podrá llevarse la comida en las condiciones que establezca la normativa universitaria en vigor respecto a este tema.
- Las ayudas tienen carácter personal e intransferible, quedando prohibida sucesión o cualquier otro tipo de intercambio con terceros. El incumplimiento de esta previsión comportará la aplicación de lo establecido en la base 10ª.
- Los/as beneficiarios/as de cualquier ayuda tendrán que colaborar con las actuaciones de comprobación, necesarias para la adecuada verificación del cumplimiento de las condiciones que determinaron su concesión, así como con cualquier otra obligación resultante de la aceptación de la ayuda.
Incompatibilidades
- Personas en riesgo de exclusión social, acreditada mediante:
- Informe técnico del profesional de la Oficina de Atención Social (OAS) de la Universidad de Murcia donde se valore la existencia de la situación de necesidad socio-económica alegada por el/la solicitante, conforme con las previsiones del anexo 2, de la convocatoria permanente de ayudas económicas de la Oficina de Atención Social convocadas por Resolución del Rector R-1194/2024, de 5 de septiembre. La puntuación otorgada en dicho informe se sumará al resto del baremo establecido en esta cláusula 8ª. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos.
- Escasos recursos económicos de la unidad familiar, acreditados mediante:
- Declaración del I.R.P.F. correspondiente a 2023 o justificantes de los medios de vida con los que contó la unidad familiar en 2023, emitidos por los organismos competentes, y traducidos oficialmente al castellano, en caso de estar emitidos en cualquier lengua extranjera.
- Hasta 2.500 €/persona: 20 puntos.
- Hasta 3.000 €/persona: 19 puntos.
- Hasta 3.500 €/persona: 18 puntos.
- Hasta 4.000 €/persona: 17 puntos.
- Hasta 4.500 €/persona: 16 puntos.
- Hasta 5.000 €/persona: 15 puntos.
- Hasta 5.500 €/persona: 14 puntos.
- Hasta 6.000 €/persona: 13 puntos.
- Hasta 6.500 €/persona: 12 puntos.
- Hasta 7.000 €/persona: 11 puntos.
- Hasta 7.500 €/persona: 10 puntos.
- Hasta 8.000 €/persona: 9 puntos.
- Hasta 8.500 €/persona: 8 puntos.
- Hasta 9.000 €/persona: 7 puntos.
- Hasta 9.500 €/persona: 6 puntos.
- Hasta 10.000 €/persona: 5 puntos.
- Hasta 10.500 €/persona: 4 puntos.
- Hasta 11.500 €/persona: 3 puntos.
- Hasta 12.500 €/persona: 2 puntos.
- El resto, 1 punto.
- Expediente académico: Se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico obtenida en el curso 2023/2024, conforme a la escala numérica establecida en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Cuando la titulación que haya cursado el/la alumno/a en el curso 2023/2023 o, en su defecto, la del último curso realizado, pertenezca a la rama de conocimiento de Ciencias o de Ingeniería y Arquitectura, se le aplicará un coeficiente corrector multiplicando dicha puntuación por 1,11.
Enlaces de interés
https://www.um.es/documents/24948107/48879047/CONVOCATORIA+FIRMADA.pdf/d3ca774c-e4cd-0541-8351-c71d4323c2f9?t=1727432113953