Becas Bolsas de Viaje PDI ULL
INSCRIPCIONES
Becas Bolsas de Viaje PDI ULL: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL están diseñadas para impulsar la movilidad internacional de personal docente, investigador y alumnado de doctorado. Estas ayudas permiten realizar estancias en centros de investigación y universidades extranjeras, promoviendo la colaboración académica y el intercambio de conocimientos.
El personal docente e investigador puede disfrutar de estancias de siete días a tres meses, mientras que el alumnado de doctorado puede solicitar períodos de quince días a tres meses. Los días de viaje no se contabilizan en el periodo de la estancia. Las fechas se pueden ajustar mediante la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna, manteniendo siempre la duración máxima establecida.
Estas becas financian desplazamiento, alojamiento y manutención, facilitando que los beneficiarios se concentren en sus proyectos y actividades académicas. Las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL generan impacto real en la formación y la investigación, fortaleciendo la proyección internacional de los participantes. Son una herramienta estratégica para desarrollar competencias, crear redes académicas y sumar experiencia internacional. La gestión, presentación y seguimiento se realiza completamente online, asegurando transparencia y agilidad en el proceso.
Las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL conectan talento, movilidad y resultados en un mismo programa pensado para quienes buscan avanzar en su carrera académica. Si deseas conocer toda la información, consúltala en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas solicitantes de las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL
Podrán solicitar estas ayudas:
a. El personal docente e investigador de la Universidad de La Laguna con vínculo funcionarial o laboral en aquellas modalidades de contratación específicas del ámbito universitario reguladas en la Ley Orgánica del Sistema Universitario y modalidades contractuales conforme a la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Dicha vinculación deberá poseerse tanto en el momento de la solicitud como durante la realización de la movilidad.
Quedan expresamente excluidas:
- Las personas con contrato laboral con cargo a proyectos de investigación.
- El profesorado asociado.
- El profesorado sustituto.
- Las personas con contrato predoctoral.
Adicionalmente, el PDI solicitante deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como promotor/a del mismo.
- Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.
- De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del convenio específico.
- De no existir convenio específico proponer un plan de trabajo aprobado por una institución de destino con que la Universidad de La Laguna tenga suscrito un convenio marco.
- De no existir convenio marco, proponer un plan de trabajo aprobado por una nueva institución de destino perteneciente a un país receptor de AOD.
b. El alumnado de doctorado matriculado en el curso 2025/2026, a tiempo completo o parcial, en alguno de los Programas de Doctorado de la Universidad de La Laguna. Esta condición debe mantenerse durante todo el periodo de la estancia. Se deberá poseer permiso de residencia en España, válido para la duración de la movilidad, en el caso de que la persona solicitante no sea ciudadano/a de la U.E.
Adicionalmente, el alumnado solicitante deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Estar realizando una tesis doctoral con mención internacional o cotutelada por profesorado de la institución de destino y la ULL.
- Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.
- De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del convenio específico.
El PDI solicitante deberá inscribirse en el registro de información sobre colaboración del PDI con países extracomunitarios disponible en https//sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/326.
Las personas solicitantes deberán inscribirse, de forma obligatoria, en la plataforma del Programa Becas Santander, a través de la página web habilitada a dicho efecto en la
Siguiente dirección: Santander Open Acaderny.
No podrán participar en esta convocatoria las personas solicitantes a quienes se les haya concedido esta ayuda en la anterior convocatoria y hayan renunciado a la misma, excepto por causa de fuerza mayor debidamente justificada.
Dotación
Solicitudes a subvencionar, carácter y cuantía de las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL:
Las ayudas objeto de esta convocatoria están destinadas a financiar parte de los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención durante el periodo de la estancia, por un importe máximo de 12.600€, todo ello con cargo a las aplicaciones presupuestarias 1804152501 421B1 48902 y 1804152406 422AY 48902
Se otorgarán un total de 7 bolsas de viaje en dos modalidades distribuidas de la siguiente forma:
- Modalidad A. Estancias de docencia o investigación para el Personal Docente e Investigador: 4 bolsas de viaje de 1.800 euros cada una.
- Modalidad B. Estancias de enseñanza, docencia o investigación para alumnado de doctorado: 3 bolsas de viaje de 1.800 euros cada una.
Para ambas modalidades de ayuda se establecerá una lista ordenada de reserva de solicitudes susceptibles de ser subvencionadas, que se activará si se produjeran renuncias entre las personas adjudicatarias de las bolsas, quienes deberán aceptar las bolsas en los términos establecidos en el punto 4 de la base décima.
Si el número de subvenciones concedidas para una de las dos modalidades de ayudas fuera menor que el de ayudas convocadas, se podrá aumentar el número de subvenciones de la otra modalidad, pero siempre de forma que el número total de concesiones no sea superior al número de convocadas.
Presentación
Solicitudes, documentación y plazo de presentación de las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL:
Las solicitudes, así como toda la documentación requerida en fases posteriores del procedimiento, se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna, en la dirección web https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/334 y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
En caso de que el número de solicitudes admitidas definitivamente iguale o exceda el máximo de las convocadas, sólo se concederá una bolsa por plan de trabajo.
En caso de que el número total de solicitudes concedidas sea inferior al máximo de las convocadas, se podrá conceder más de una bolsa por plan de trabajo.
En caso de solicitud múltiple, deberá indicarse en el impreso de solicitud el orden de prioridad de cada una de las solicitudes presentadas.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Convocantes Asociados
Más información
Objeto
El objeto de esta convocatoria es dotar bolsas de viaje dirigidas al personal docente e investigador y al alumnado de doctorado de la Universidad de La Laguna, para la realización de estancias durante el curso 2025/2026 en países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo
AOD), para actividades plasmadas en planes de trabajo incluidos en los convenios específicos en vigor tramitados por el vicerrectorado convocante, así como planes de trabajo elaborados específicamente para esta convocatoria.
Esta convocatoria, que constituye la segunda del ejercicio 2025, se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de La Laguna para dicho ejercicio, aprobado por Resolución del Rector de 30 de diciembre de 2024, correspondiendo a la misma línea estratégica ya prevista en dicho Plan y financiándose con el crédito disponible no agotado en la primera convocatoria. Dicho crédito procede, además, de los remanentes de la subvención concedida en el ejercicio 2024 con fondos del Banco Santander, previa autorización de la entidad, lo que permite aprovechar los importes no ejecutados en convocatorias anteriores. La misma contribuye a fomentar la movilidad académica y la cooperación internacional, fortaleciendo los lazos institucionales con universidades y centros de investigación de países extracomunitarios. Asimismo, se espera que estas estancias generen un impacto positivo en la producción académica de la Universidad de La Laguna, promoviendo el intercambio de conocimientos y buenas prácticas en diversas áreas del saber.
Condiciones de la concesión de las ayudas y exclusiones
Las ayudas reguladas en la presente convocatoria serán compatibles con otras ayudas o subvenciones concedidas por la Universidad de La Laguna de distinta naturaleza, así como con ayudas externas de cualquier entidad nacional o internacional, destinadas al mismo fin, siempre que se respeten los límites establecidos en la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Asimismo, serán excluidas las personas que hayan sido beneficiarias de esta y otras ayudas convocadas por este Vicerrectorado y no hayan justificado debidamente su actividad.
Duración de las estancias
Las estancias se deben desarrollar a partir de la publicación de la concesión definitiva de las bolsas y hasta el 16 de octubre de 2026,
La duración de las estancias será:
a. Para el PDI: mínima de 7 días y máxima de 3 meses, excluyendo, en ambos casos, los días de viaje.
b. Para el alumnado: mínima de 15 días y máxima de 3 meses, excluyendo, en ambos casos, los días de viaje.
3. Las fechas de las estancias podrán modificarse después de la concesión, siempre que no se prolonguen más allá del 16 de octubre de 2026. La modificación se deberá presentar mediante aportación al expediente previamente abierto en la Sede Electrónica de la Universidad (web_http:/sede.ulles).
Resolución de la concesión
Corresponde a la Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación la concesión de las ayudas.
La resolución de concesión será publicada en el citado portal de convocatorias e indicará la identidad de las personas solicitantes, así como la de las beneficiarias, origen de la Institución de las personas beneficiarias, el importe de la ayuda, la aplicación presupuestaria del gasto y la forma de pago, así como las personas incluidas en la lista de reserva.
Las personas beneficiarias tendrán un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de concesión, para presentar la aceptación de la bolsa de viaje. Esta se realizará mediante el envío online del formulario "Aceptación bolsa de viaje" a través del expediente en la Sede Electrónica de la Universidad.
La no presentación en plazo de este formulario de aceptación conlleva la pérdida de la bolsa de viaje. Las bolsas de viaje no aceptadas se ofrecerán, en su caso, a los candidatos suplentes. Éstos deberán aceptarlas, enviando el mencionado formulario, en el plazo de 5 días hábiles desde que reciban, por el correo electrónico institucional, la petición de confirmación por parte del Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación.
Las bolsas de viaje a que se refiere la presente convocatoria serán resueltas en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al del cierre del plazo de presentación de solicitudes. La falta de resolución en plazo tendrá carácter desestimatorio.
Notificación y publicación de la resolución de concesión
Las personas beneficiarias de las ayudas recibirán comunicación de la concesión a la dirección de correo electrónico consignada en la solicitud. La resolución de concesión se publicará en el citado portal de convocatorias.
Abono y justificación de las ayudas
Conforme a lo previsto en el art. 34.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, el importe de las ayudas concedidas se abonará a las personas beneficiarias mediante transferencia bancaria, como pago anticipado con carácter previo a la justificación.
Para justificar la ayuda concedida, la persona beneficiaria deberá acreditar, antes de quince días, desde la finalización de la estancia, y siempre como fecha límite el 15 de noviembre de 2026, la consecución del plan de trabajo que motivó la concesión de la misma, mediante entrega de la memoria final. El modelo se encuentra publicado en la web, será de uso obligatorio para las personas beneficiarias, y contiene los siguientes apartados: descripción de las actividades desarrolladas; consecución y alcance de los objetivos planteados; relevancia e impacto académico, científico e institucional; proyección y perspectivas de la relación institucional y fuentes de verificación. Este informe deberá estar firmado por la persona beneficiaria y su director/a de tesis, en su caso. De incumplir este plazo, la persona beneficiaria deberá reintegrar la cantidad concedida, así como los intereses de demora a que hubiere lugar, a través del procedimiento previsto legalmente.
Obligaciones de las personas beneficiarias
En el caso de que no se efectúe el desplazamiento para el que fue solicitada la ayuda, la persona solicitante deberá presentar un escrito de renuncia a la misma con, al menos, un mes de antelación.
Conforme al artículo 14 de la Ley 38/2003, son obligaciones de las personas beneficiarias:
a. Cumplir el objetivo que fundamenta la convocatoria de estas ayudas.
b. Justificar ante el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión y disfrute de la ayuda.
c. Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003.
Plazo y documentos de justificación de la subvención
Las personas beneficiarias de ambas modalidades deberán presentar a través de la Sede Electrónica, en el plazo de 15 días desde la finalización de la estancia y dentro del plazo máximo establecido en la base decimotercera, los siguientes documentos:
- Factura de compra del billete (o comprobante de compra por Internet) en las que consten las fechas del desplazamiento y tarjetas de embarque de los vuelos.
- Certificado de estancia de la institución de acogida en el que consten las fechas de la estancia.
- Memoria final y cualquier otro tipo de información o material que permita comprobar que los objetivos de la movilidad se han cumplido. (modelo específico de uso obligatorio por las personas solicitantes)
- Para la modalidad A: Aportación de "Solicitud de licencia a efectos de docencia e investigación" en el caso del profesorado o “Solicitud de desplazamiento” en el caso del personal investigador, debidamente autorizada.
Enlaces de interés
https://assets.santanderopenacademy.com/uploaded/programs/c0761764-1acf-47b5-96cf-1010ae8be110
Documentación a adjuntar
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- Carta de aceptación del responsable del centro receptor manifestando conformidad con la actividad propuesta por la persona solicitante y señalando el período de estancia.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para beneficiarse de subvenciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de estar al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (incluida en el impreso de solicitud).
- Plan detrabajo a realizar por el PDI (modelo específico de uso obligatorio por las personas solicitantes).
- Plan de trabajo a realizar por el alumnado de doctorado (modelo específico de Uso obligatorio por las personas solicitantes).
- Si procede, convenio de cotutela de la persona solicitante.
- Declaración responsable de no haber realizado estancias en el extranjero que sumen más de 3 meses durante sus estudios de doctorado, en su caso.






