Universidad de La Laguna (ULL)

Becas Bolsas de Viaje PDI ULL

Becas de estudiosBecas de movilidadBecas de alojamiento o residenciaBecas para trabajadoresBecas para profesoresBecas de manutenciónBecas para PDIUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio11/03/2026 Fin07/04/2026
Abierta

Becas Bolsas de Viaje PDI ULL: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL están diseñadas para impulsar la movilidad internacional de personal docente, investigador y alumnado de doctorado. Estas ayudas permiten realizar estancias en la ULL. Las ayudas serán solicitadas por el Personal Docente Investigador de la Universidad de la Laguna. Además el solicitante deberá figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar solicitud. Los beneficiarios serán los alumnos de postgrado, investigadores y o docentes de instituciones de educación superior de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo.

Estas becas financian desplazamiento, alojamiento y manutención, facilitando que los beneficiarios se concentren en sus proyectos y actividades académicas. Las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL generan impacto real en la formación y la investigación, fortaleciendo la proyección internacional de los participantes. La duración de las estancias se desarrollarán a partir de la concesión de la ayuda y hasta el 30 de noviembre de 2026.

Las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL conectan talento, movilidad y resultados en un mismo programa pensado para quienes buscan avanzar en su carrera académica. Si deseas conocer toda la información, consúltala en nuestra web.

Datos básicos

Nº de becas
12
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Postgrado-Especialidad
País de destino
  • España

Requisitos

Requisitos de las personas solicitantes de las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL

Requisitos de las personas solicitantes.

Podrá solicitar estas ayudas el Personal Docente e Investigador de la Universidad de La Laguna con vínculo funcionarial o laboral en aquellas modalidades de contratación específicas del ámbito universitario reguladas en la Ley Orgánica del Sistema Universitario y modalidades contractuales conforme a la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Dicha vinculación deberá poseerse tanto en el momento de la solicitud como durante la realización de la movilidad.

Adicionalmente, las personas solicitantes deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como promotor/a del mismo.
  • Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.
  • De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del convenio específico.
  • De no existir convenio específico, proponer un plan de trabajo aprobado por una institución de destino con que la Universidad de La Laguna tenga suscrito un convenio marco.
  • De no existir convenio marco, proponer un plan de trabajo aprobado por una nueva institución de destino perteneciente a un país receptor de AOD. Haber presentado, en calidad de coordinador, una propuesta de participación en Campus América 2026.

Las personas solicitantes deberán figurar, en el momento de presentar la solicitud, en el registro de información sobre colaboración del PDI con países extracomunitarios disponible en https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/326.

No podrá participar en esta convocatoria el PDI al que se le haya concedido esta ayuda en la convocatoria anterior y haya renunciado a la misma, excepto por causa de fuerza mayor debidamente justificada.

Requisitos de las personas beneficiarias.

Podrán obtener la condición de personas beneficiarias de las ayudas convocadas el alumnado de posgrado, investigadores y/o docentes de Instituciones de Educación Superior u Organismos Públicos de investigación de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD), invitados por el PDI solicitante para realizar una estancia en la Universidad de La Laguna.

Además, deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Para el PDI invitado:
    • a. Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como promotor/a del mismo.
    • b. Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.
    • c. De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del convenio específico.
    • d. De no existir convenio específico, proponer un plan de trabajo aprobado por una institución de origen con que la Universidad de La Laguna tenga suscrito un convenio marco.
    • e. De no existir convenio marco, proponer un plan de trabajo aprobado por una nueva institución de destino perteneciente a un país receptor de AOD.
  • Para el alumnado invitado:
    • a. Estar realizando una tesis doctoral con mención internacional (o su equivalente en la normativa del país de origen), o cotutelada por profesorado de la institución de origen y la ULL.
    • b. Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.
    • c. De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del convenio específico.

Dotación

Solicitudes a subvencionar, carácter y cuantía de las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL:

Las ayudas objeto de esta convocatoria están destinadas a financiar parte de los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención durante el periodo de la estancia, todo ello con cargo a la aplicación 180415AA 422A.X 480.02, dotada con fondos propios por un importe máximo de 21.600 euros.

En ningún caso la concesión de las ayudas derivadas de la presente convocatoria implicará compromiso por parte de la Universidad de La Laguna de ofrecer alojamiento ni manutención a las personas beneficiarias de la misma.

Se otorgarán un total de 12 ayudas en dos modalidades distribuidas de la siguiente forma:

  • Modalidad A. Personal Docente e Investigador: 8 ayudas de 1.800 euros cada una.
  • Modalidad B. Estudiantes de máster o doctorado: 4 ayudas de 1.800 euros cada una.

Para ambos tipos de movilidades se establecerá una lista ordenada de reserva de solicitudes susceptibles de ser subvencionadas, que se activará si se produjeran renuncias entre las personas adjudicatarias de las ayudas.

Si el número de subvenciones concedidas para una de las dos modalidades de ayudas fuera menor que el de ayudas convocadas, se podrá aumentar el número de subvenciones de la otra modalidad, pero siempre de forma que el número total de concesiones no sea superior al número de convocadas.

Presentación

Las solicitudes para las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL, así como toda la documentación requerida en fases posteriores del procedimiento, se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna en la dirección web https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/330 y deberán ir acompañadas de la documentación indicada.

Más información

Objeto

El objeto de esta convocatoria es dotar ayudas para sufragar parte de los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de estudiantes de posgrado e investigadores y/o docentes de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD), que realicen una estancia en la Universidad de La Laguna durante el año 2026, para actividades plasmadas en los convenios en vigor tramitados por el Vicerrectorado convocante.

Esta subvención se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de La Laguna para el ejercicio 2026, aprobado por Resolución del Rector el 23 de diciembre de 2025. La misma contribuye a fomentar la movilidad académica y la cooperación internacional, fortaleciendo los lazos institucionales con universidades y centros de investigación de países extracomunitarios. Asimismo, se espera que estas estancias generen un impacto positivo en la producción académica de la Universidad de La Laguna, promoviendo el intercambio de conocimientos y buenas prácticas en diversas áreas del saber.

Condiciones de la concesión de las ayudas y exclusiones

Las ayudas concedidas serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención destinada al mismo fin.

Duración de las estancias

Las estancias se deben desarrollar a partir de la publicación de la concesión definitiva de la ayuda y hasta el 30 de noviembre de 2026.

La duración de las estancias será:

  • a. Para el Personal Docente e Investigador: mínima de 7 días y máxima de 3 meses, excluyendo, en ambos casos, los días de viaje.
  • b. Para el alumnado: mínimas de 15 días y máxima de 3 meses, excluyendo, en ambos casos, los días de viaje.

Las fechas de las estancias podrán modificarse después de la concesión, siempre que no se prolonguen más allá del 30 de noviembre de 2026. La modificación se deberá presentar mediante aportación al expediente previamente abierto en la Sede Electrónica de la Universidad (web http://sede.ull.es).

Criterios de valoración

La selección de personas candidatas se hará en función del siguiente baremo, que será de aplicación a ambas modalidades de subvención:

  • Solicitantes que participen por primera vez en la convocatoria o no hayan sido seleccionados/as en las tres últimas convocatorias: 5 puntos.
  • En caso de que se trate de un convenio específico firmado, por primera vez, durante los últimos 2 años: 5 puntos.
  • Codirección o cotutela de la Tesis Doctoral del/de la solicitante por parte de algún miembro del equipo de investigación de la universidad de destino: 5 puntos.
  • Solicitudes destinadas a invitar a beneficiarios/as participantes en Campus América: 5 puntos.
  • Valoración del plan de trabajo: 10 puntos.

Criterios de valoración máxima puntuación

  • OBJETIVO DE LA ESTANCIA (2000 caracteres con espacios): 3.
  • PLAN DE ACTIVIDADES (4000 caracteres con espacios): 3.
  • IDONEIDAD DEL CENTRO/INSTITUCIÓN DESTINO (2000 caracteres con espacios): 3.
  • IMPACTO PREVISTO EN LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA/CIVIL DE ORIGEN (2000 caracteres con espacios): 1.

En caso de empate, las solicitudes serán priorizadas por el siguiente orden: 1.o) las personas beneficiarias que participen por primera vez en la convocatoria o no hayan sido adjudicatarias de la ayuda en las tres últimas convocatorias, 2.o) de la antigüedad del convenio primándose los más recientes, 3.o) que la tesis de la persona beneficiaria esté codirigida o cotutelada por un doctor o doctora de la ULL y otro de la Universidad de origen.

Procedimiento de adjudicación

El órgano encargado de la instrucción del procedimiento será el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación, que acordará de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará, en el portal de convocatorias de la Universidad de La Laguna, el listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas al procedimiento y se abrirá un plazo, de diez días hábiles, de subsanación, si procede, de las solicitudes que no cumplan los requisitos determinados en esta convocatoria. Se tendrá por desistidas de su petición a las personas interesadas que no subsanen su solicitud en dicho plazo. Finalizado el mismo, se publicará el listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas. En el supuesto de que todas las solicitudes presentadas reuniesen los requisitos exigibles se procederá a publicar únicamente la lista definitiva de solicitudes admitidas, obviándose el trámite de publicación de la lista provisional.

Tras la valoración y ordenación de las solicitudes de acuerdo a los criterios de la base octava, se hará pública en el citado portal de convocatorias la propuesta de resolución provisional en la que se indiquen las solicitudes subvencionadas en el orden resultante, la lista de reserva, en su caso, de aquellas solicitudes que cumplen todos los requisitos de la convocatoria pero que no han sido subvencionadas por agotarse el crédito disponible, y las solicitudes desestimadas. Se concederá un plazo de cinco días hábiles a las personas interesadas para presentación de reclamaciones.

Examinadas las reclamaciones presentadas, la presidenta de la Comisión de selección elevará la propuesta de resolución definitiva a la Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación, la cual se publicará en la página web antes indicada e indicará las personas solicitantes para las que se propone la concesión de la beca, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

Resolución de la concesión

Corresponde a la Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación la concesión de las ayudas.

La resolución de concesión será publicada en el citado portal de convocatorias e indicará la identidad de las personas solicitantes, así como la de las beneficiarias, origen de la Institución de las personas beneficiarias, el importe de la ayuda, la aplicación presupuestaria del gasto y la forma de pago, así como las personas incluidas en la lista de reserva.

Las personas beneficiarias tendrán un plazo de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de concesión, para presentar la aceptación de la ayuda. Esta se realizará mediante el envío online del formulario "Aceptación de la ayuda" a través del expediente en la Sede Electrónica de la Universidad. La no presentación en plazo de este formulario de aceptación conlleva la pérdida de la ayuda. Las ayudas no aceptadas se ofrecerán, en su caso, a los candidatos suplentes. Éstos deberán aceptarlas, enviando el mencionado formulario, en el plazo de 5 días naturales desde que reciban, por el correo electrónico institucional, la petición de confirmación por parte del Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación.

Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán resueltas en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al del cierre del plazo de presentación de solicitudes. La falta de resolución en plazo tendrá carácter desestimatorio.

Notificación y publicación de la resolución de concesión

Las personas beneficiarias de las ayudas recibirán comunicación de la concesión a la dirección de correo electrónico consignada en la solicitud. La resolución de concesión se publicará en el citado portal de convocatorias.

Abono y justificación de las ayudas

Conforme a lo previsto en el art. 34.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, el importe de las ayudas concedidas se abonará a las personas beneficiarias mediante transferencia bancaria, como pago anticipado con carácter previo a la justificación.

Las personas beneficiarias de ambos tipos de ayudas deberán remitir al Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación, en el plazo de 15 días desde la finalización de la estancia, y antes de la fecha límite del 15 de diciembre de 2026, los siguientes documentos:

  • Tarjetas de embarque originales o electrónicas del desplazamiento.
  • Memoria final del plan de trabajo desarrollado firmada por la persona solicitante y beneficiaria de la ayuda y cualquier otro tipo de información o material que permita comprobar que los objetivos de la movilidad se han cumplido. Esta memoria deberá estar firmada por el PDI solicitante y la persona beneficiaria de la ayuda. De incumplir este plazo, la persona beneficiaria deberá reintegrar la cantidad concedida, así como los intereses de demora a que hubiere lugar, a través del procedimiento previsto legalmente.

Obligaciones de las personas beneficiarias

En el caso de que no se efectúe el desplazamiento para el que fue solicitada la ayuda, la persona solicitante deberá presentar un escrito de renuncia a la misma.

Conforme al artículo 14 de la Ley 38/2003, son obligaciones de las personas beneficiarias:

  • a. Cumplir el objetivo que fundamenta la convocatoria de estas ayudas.
  • b. Justificar ante el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión y disfrute de la ayuda.
  • c. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • d. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003.

Documentación a adjuntar

  • a. Carta de invitación y aceptación (modelo específico de uso obligatorio).
  • b. Plan de trabajo (modelo de uso obligatorio por las personas solicitantes).
  • c. Documento que acredite que la persona beneficiaria es estudiante de posgrado, investigador o docente en una institución de Educación Superior u Organismo Público de Investigación de su institución de origen.
  • d. Si procede, convenio de cotutela de la persona beneficiaria o documento acreditativo de tener mención internacional (o su equivalente en la normativa del país de origen).
  • 2. En caso de que el número de solicitudes admitidas definitivamente sea igual o exceda el máximo de las convocadas, sólo se concederá una ayuda por plan de trabajo.

En caso de que el número de solicitudes admitidas definitivamente sea inferior al máximo de las convocadas, se podrá conceder más de una ayuda por plan de trabajo.

En caso de solicitud múltiple, deberá indicarse en el impreso de solicitud el orden de prioridad de cada una de las solicitudes presentadas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Bolsas de Viaje PDI ULL

Las Becas Bolsas de Viaje PDI ULL están diseñadas para impulsar la movilidad internacional de personal docente, investigador y alumnado de doctorado. Estas ayudas permiten realizar estancias en la ULL. Las ayudas serán solicitadas por el Personal Docente Investigador de la Universidad de la Laguna. Además el solicitante deberá figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar solicitud. Los beneficiarios serán los alumnos de postgrado, investigadores y o docentes de instituciones de educación superior de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Bolsas de Viaje PDI ULL" es: desde 11/03/2026 hasta 07/04/2026.

La Beca "Becas Bolsas de Viaje PDI ULL" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Postgrado-Especialidad

La Beca "Becas Bolsas de Viaje PDI ULL" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas para trabajadores
  • Becas para profesores
  • Becas de manutención
  • Becas para PDI